1.4 Thesis Outline
2.1.1 Smart Grid/Microgrid Components
Y UBICACIÓN DE LOS DIFERENTES EQUIPOS
Habrá dos recintos de infraestructuras de telecomunicación, un Recinto Inferior
(RITI), situado en la planta baja (no detallado en este estudio) y un Recinto Superior (RITS), situado en la planta 3ª. Estarán ubicados en los lugares señalados en los correspondientes planos. Serán recintos de obra y tendrán como dimensiones mínimas 1 x 0,5 x 2 m (ancho x profundo x alto), o bien podrán sustituirse por sendos armarios de tipo modular no propagador de la llama.
Estos recintos, si se construyen de obra, deberá tener las siguientes características constructivas mínimas:
Solado: pavimento rígido que disipe cargas electrostáticas. Paredes y techo con capacidad portante suficiente.
En todo caso tendrán puerta de acceso metálica, con apertura hacia el exterior y dispondrán de cerradura con llave común para los distintos usuarios autorizados. Dicha llave estará en poder del presidente de la comunidad de propietarios o de la propiedad del inmueble. Estarán situados en zona comunitaria.
Se evitará que se encuentren en la proyección vertical de canalizaciones o desagües, y en todo caso, se garantizará su protección frente a la humedad. Se
habilitarán los medios para que en el recinto exista una intensidad mínima de 300 lux, así como un aparato de iluminación autónomo de emergencia.
Dispondrán de ventilación natural directa, ventilación natural forzada por medio de conducto vertical y aspirador estático, o de ventilación mecánica que permita una renovación total del aire al menos dos veces por hora.
En los RIT's existirá una placa identificativa de dimensiones mínimas 20 x 20 cm, resistente al fuego y situada en lugar visible (1,2-1,8 m de altura), donde aparezca el número de registro asignado por la Jefatura de Inspección de Telecomunicaciones al proyecto técnico de la instalación.
De encontrarse alguno de los RIT cercano a maquinaria de ascensores, transformadores o maquinaria de aire acondicionado (distancia inferior a 2 m) se le dotará de una protección mínima contra campo electromagnético, según directiva 89/336/CEE, pudiendo utilizarse como referencia la norma ETS 300 386 del ETSI. El valor máximo aceptable de emisión de campo eléctrico del equipamiento o sistema para un ambiente de clase 2 (ambiente
electromagnético a esperar en los recintos) se fija en 40 dBµV/m en la banda 30- 230 MHz y en 47 dBµV/m en la de 230-1.000 MHz, medidos a 10 m de distancia. Esto en la práctica puede llevarse a cabo utilizando como pantalla una malla (enrejado de 15 ó 20 cm de lado con varillas de 2 ó 3 mm) y una lámina con una cara cubierta por una lámina de aluminio y todo conectado a tierra.
1. DISTRIBUCIÓN INTERNA
La distribución del espacio interior en los recintos, según las dimensiones previstas, para uso de los operadores de los distintos servicios será de la siguiente forma: (únicamente se detalla el recinto superior)
RITS:
Mitad superior para RTV. Reservando, en esta mitad, espacio para al menos dos bases de enchufe. Mitad inferior derecha para TB+RDSI.
Mitad inferior izquierda para TLCA. Reservando, en esta mitad, espacio para al menos dos bases de enchufe y el correspondiente cuadro de protección.
Dispondrá de espacios delimitados en planta para cada tipo de servicio de telecomunicación. Estará equipado con un sistema de escalerillas o canaletas horizontales para el tendido de los cables oportunos. La escalerilla o canaleta se dispondrá en todo el perímetro interior a 30 cm del techo.
2. VENTILACIÓN
Dispondrá de ventilación natural directa, ventilación natural forzada por medio de conducto vertical y aspirador estático, o de ventilación mecánica que permita una renovación total del aire al menos dos veces a la hora.
3. INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE LOS RECINTOS
Se habilitará una canalización directa desde el cuadro de servicios generales del inmueble hasta cada recinto, constituida por cables de cobre con aislamiento hasta 750 V y de 2 x 6 + T mm2 de sección mínima, irá bajo tubo de PVC, empotrado o superficial, con diámetro mínimo de 32 mm o canal de sección equivalente.
La citada canalización finalizará en el correspondiente cuadro de protección, que tendrá las dimensiones suficientes para instalar en su interior las protecciones mínimas y una previsión para su ampliación hasta un 50% más, que se indican a continuación:
a) Hueco para el posible interruptor de control de potencia (I.C.P.)
b) Interruptor magnetotérmico de corte general. Tensión nominal 230/400 Vc.a. Intensidad nominal 25 A. Poder de corte 6 KA.
c) Interruptor diferencial de corte omnipolar para protección de las bases de toma de corriente del recinto. Tensión nominal 230/400 Vc.a, Frecuencia 50-60 Hz. Intensidad nominal 25 A. Intensidad de defecto 30 mA de tipo selectivo. Resistencia de cortocircuito 6 KA.
d) Interruptor magnetotérmico de corte general para la protección del alumbrado del recinto. Tensión nominal 230/400 Vc.a. Intensidad nominal 10 A. Poder de corte 6 KA.
e) lnterruptor magnetotérmico de corte omnipolar. Interruptor magnetotérmico de corte omnipolar. Tensión nominal 230/400 Vc.a. Intensidad nominal 25 A. Poder de corte 6 KA.
En cada recinto, además, se dispondrá de un interruptor magnetotérmico de corte omnipolar para la protección de los equipos de cabecera de la infraestructura de radiodifusión y televisión: Tensión nominal 230/400 Vc.a.. Intensidad nominal 16 A. Poder de corte 6 KA. Si se precisara alimentar eléctricamente cualquier otro dispositivo situado en cualquiera de los recintos, se dotará el cuadro eléctrico correspondiente o las protecciones adecuadas.
El cuadro de protección se situará lo más próximo posible a la puerta de entrada, tendrá tapa y podrá ir instalado de forma empotrada o superficial. Podrá ser de material plástico no propagador de la llama o metálico. Tendrá un grado de protección mínimo IP 4X + 1K 05. Dispondrá de un regletero apropiado para la conexión del cable de puesta a tierra.
En cada recinto habrá como mínimo dos bases de enchufe con toma de tierra y de capacidad mínima de 16 A. Se hará con cables de cobre con aislamiento hasta 750 V y de 2 x 2,5 + T mm2 de sección. En el RITS se dispondrá además de las bases de enchufe necesarias para alimentar las cabeceras de RTV.
En el lugar de centralización de contadores deberá preverse espacio suficiente para la colocación de, al menos, dos contadores de energía eléctrica para su uti lizaci ón
por posibles compañías operadoras de se rvici o s de telecomunicación. A tal fin, se habilitarán, al menos, dos canalizaciones de 32 mm de diámetro desde el lugar de centralización de contadores hasta cada RIT, donde existirá espacio suficiente para que la compañía operadora instale el correspondiente cuadro de protección, que, previsiblemente estará dotado, con, al menos, los siguientes elementos:
a) Hueco para el posible interruptor de control de potencia (I.C.P.)
b) Interruptor magnetotérmico de corte general. Tensión nominal 230/ 400Vca. Intensidad nominal 25 A. Poder de corte 6 KA.
c) Interruptor diferencial de corte omnipolar. Tensión nominal 230/400 Vca. Frecuencia 50-60 Hz. Intensidad nominal 25 A. Intensidad de defecto 30 mA. Resistencia de cortocircuito 6 KA.
d) Tantos elementos de seccionamiento como se considere necesario.