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4.2 Research methodologies

4.2.2 Social Development Needs Analysis (SDNA)

Buenos Aires, 24 de noviembre de 2010

VISTO:

El Expediente Nº 1.183.098/2010 por el que se solicita el Visado de Planos de “Modificación bajo parte cubierta con demolición parcial”, en el inmueble sito en la calle Necochea Nº 1424/30/36/42/48, con destino “Depósito y Oficinas”, con una superficie de terreno de 470,86m², una superficie existente de 728,46m², según planos obrantes de fs. 44 y sus copias a fs. 45 y 46, y

CONSIDERANDO:

Que el inmueble en cuestión pertenece a la Subcategoría D a) Bloques de chapa y madera con frente de mampostería, correspondiente a la tipología arquitectural T22, Caso particular (1) “Barrio La Boca”, y se encuentra incluido en el Listado de inmuebles singulares con Nivel de Protección Cautelar por Resolución Nº 27-SSPLAN-07;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen Nº 4656-DGIUR-2010, informa que de la lectura del Expediente se desprende lo siguiente: - A fs. 16 y 17 se presenta Memoria Descriptiva de las obras a realizar.

- De fs. 18 a 22 constan fotografías que demuestran el estado actual del inmueble. - A fs. 26 el recurrente adjunta copia del Plano de Modificación aprobado el 18 de Septiembre de 1950.

- A fs. 30 se adjunta ampliación de la Memoria Descriptiva. - A fs. 31 se incorpora propuesta de fachada.

- A fs. 32 se presentan fotografías del inmueble indicando su estado hasta el 29/10/10. - De fs. 33 a 37 se adjuntan fotos del exterior e interior del inmueble.

- A fs. 38 consta acta de emergencias del 30/10/2010 donde se comprueba: “Fachada en mal estado y desprendimiento de cerramiento de chapa lateral s/finca lindera.” y se dispone: “Retirar fachada de chapa y elementos sueltos y cortar paño lateral y asegurar fachada lateral s/finca lindera.”

- A fs. 40 a 42 constan fotografías donde se visualiza el estado actual del inmueble. - A fs. 43 obra fotografía donde se observa el estado original del inmueble.

- A fs. 44 y sus copias a fs. 45 y 46, se adosan planos de “Modificación bajo parte cubierta con demolición parcial” para el destino “depósito y oficinas”;

Que de acuerdo a lo visualizado en una visita realizada por Profesionales del Área Técnica competente, se constató que el inmueble en cuestión solo conserva un sector del frente materializado con un cerramiento mixto de chapa y madera (planta alta) y mampostería (planta baja). Asimismo se conserva el muro medianero de mampostería original;

Que las obras a ejecutar, según Memoria Descriptiva adjunta a fs. 16 y 17 y su ampliación a fs. 30, consisten en:

construcción de dos entrepisos, con un núcleo de circulación vertical. - La consolidación de los muros existentes con la construcción de un muro perimetral. - Con respecto a la fachada, se respetarán las características de la construcción mixta original, “…con basamento de ladrillo, terminación superior en chapa acanalada, respetando la tipología de los aventanamientos. No se modifica la cubierta existente y por ende el volumen exterior no se altera, manteniendo sus características y su altura.” Que de acuerdo a los parámetros dispuestos para el estudio de obras de “Modificación bajo parte cubierta con demolición parcial”, se informa que:

Subcategoría D

a) Tipología edilicia: T22 – Bloques de chapa y madera con frente de mampostería. Los bloques de chapa y madera responden a las características enunciadas en las subcategorías A y B) a excepción de la fachada a L.O. que se materializa en mampostería.

b) Disposiciones particulares:

- Las intervenciones en los bloques de chapa y madera con frente de mampostería ubicados sobre L.O. serán evaluados por el Órgano de Aplicación en función de sus valores arquitectónicos y urbanísticos.

- Se admitirán obras de restitución, reconstrucción, renovación y ampliación, de partes o del todo del módulo habitacional en función de su estado de conservación.

- Se deberá recurrir a un sistema constructivo en seco que recree conceptualmente el modelo original de módulo habitacional independiente con acceso individual superior por escalera exterior en patio y estructura portante de bastidor y pilotes.

- El revestimiento exterior será de chapa metálica, al igual que la cubierta, sin que por ello se repliquen: espesores, tipos y formas de encastre de la madera. Se cuidará la armonía del conjunto en el uso de colores y textura de los materiales, no admitiéndose revestimientos que contradigan la unidad del mismo.

- Se deberá respetar la proporción de los vanos siendo deseable la conservación de las carpinterías originales.

- Se deberá cumplimentar con las exigencias de “Protección contra incendio” y de aislamiento térmico.

- Se admitirá la reforma en los locales sanitarios y cocinas para adaptarlos a las necesidades actuales;

Que en tal sentido se concluye que las obras propuestas cumplimentan los parámetros dispuestos para la Tipología edilicia: T22 – Bloques de chapa y madera con frente de mampostería por lo que no existirían inconvenientes en acceder al visado del plano obrante a fs. 44 y sus copias a fs. 45 y 46, con una superficie de terreno de 470,86m², una superficie existente de 728,46m². El uso será permitido una vez finalizadas las obras en su totalidad de acuerdo a los términos en los cuales fueron aprobadas las mismas;

Que en virtud a lo dispuesto en el Acuerdo Nº 265 – CoPUA – 2003, no corresponde elevar los presentes actuados a dicho Organismo

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Vísanse los Planos de “Modificación bajo parte cubierta con demolición parcial”, en el inmueble sito en la calle Necochea Nº 1424/30/36/42/48, con destino “Depósito y Oficinas”, con una superficie de terreno de 470,86m² (Cuatrocientos setenta metros cuadrados con ochenta y seis decímetros cuadrados), una superficie existente de 728,46m² (Setecientos veintiocho metros cuadrados con cuarenta y seis

decímetros cuadrados), según planos obrantes de fs. 44 y sus copias a fs. 45 y 46, debiendo cumplir con la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.

Artículo 2º.- Notifíquese al interesado que el visado del plano de obra y la memoria descriptiva se circunscribe a la conformidad respecto de las intervenciones a ejecutar en el inmueble y del uso correspondiente, exclusivamente en los aspectos que están relacionados con la protección del Patrimonio. Una vez finalizadas las obras en su totalidad, el uso será Permitido de acuerdo a los términos en los cuales fueron aprobadas las mismas.

Artículo 3º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma, modificación del inmueble o tratamiento de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General.

Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente.

Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese copia certificada de la presente Disposición y de la fs. 46 al recurrente; para archivo en el Organismo se reserva la fs. 45. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

Ministerio de Desarrollo Social