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(CÉDULA DE NOTIFICACIÓN)

Doña Helena Barandiarán García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 6 de Bilbao.

Hago saber: Que en autos número 571/06 de este Juz- gado de lo Social, seguidos a instancias de doña Amaya Ramírez Quero contra la empresa Construcciones Paserpi, S.L., sobre des- pido, se ha dictado la siguiente:

«Fallo:Se estima la demanda de doña Amaya Ramírez Quero contra Construcciones Paserpi, S.L., declarando improcedente el despido y condenando a la demandada a optar en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia entre la readmisión con el abono de los salarios de tramitación o el abono de una indem- nización de cuatro mil setecientos cuarenta y seis euros con vein- titrés céntimos (4.746,23 euros), y el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, 18 de julio de 2006, hasta la notificación de la sentencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal empleo hubiera sido anterior a dicha sentencia a razón de 57,27 euros diarios.

Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial de la demanda, sin perjuicio de su responsabilidad, caso de declararse la insolvencia de la empresa.

Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, debiendo ser anunciado tal propósito mediante comparecencia o por escrito de las partes, su abogado o anuncio por la mera manisfestación de aquéllos al ser notificados, en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, habiendo de designar el letrado que habrá de interponer el recurso. La empresa deberá al mismo tiempo acre- ditar haber consignado el importe de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta el día del anuncio del recurso más el importe de la indemnización por rescisión del contrato; debiendo para hacerlo la demandada ingresar en la cuenta número 4722/000/69/0571/06 de la entidad bancaria 0030, Oficina 3418 (Banesto), pudiendo sustituirse por aseguramiento mediante aval bancario, constando la responsabilidad solidaria del avalista, sin cuyo requisito no podrá tenerse por anunciado el recurso. Asi- mismo deberá constituirse en la cuenta corriente número 4722/000/99/0571/06, que bajo la denominación de recursos de suplicación tiene abierta este Juzgado, la cantidad de 150,25 euros, debiendo presentar el correspondiente resguardo en la Secreta- ría de este Juzgado al tiempo de interponer el recurso.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pro- nuncio, mando y firmo.»

Publicación: En fecha 23 de octubre de 2006 fue leída y publi- cada la anterior resolución por el Ilmo. Sr. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Cons- trucciones Paserpi, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el «Boletín Oficial de Bizkaia», en Bilbao, a veinticinco de octubre de dos mil seis.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.—La Secre- taria Judicial

(V-4904)

Juzgado de lo Social número 8 de Bilbao (Bizkaia)

EDICTO

(CÉDULA DE NOTIFICACIÓN)

Doña Izaskun Ortuzar Abando, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 8 de Bilbao.

Hago saber: Que en autos número 267/06 de este Juz- gado de lo Social, seguidos a instancias de doña Ana María Gon- zález Villegas contra la empresa Ortuella Comercial Eleco, S.L., sobre cantidad, se ha dictado la siguiente:

«Diligencia de ordenación de la Secretaria Judicial doña Izas- kun Ortuzar Abando.—En Bilbao, a diez de octubre de dos mil seis. Se declara firme la sentencia dictada en los presentes autos. De la presente diligencia se da cuenta a S.S.a.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: La presente diligencia de ordenación es revisable mediante escrito dirigido al Juez y presentado dentro del día siguiente a su notificación (artículo 52.3 y 52.4 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.»

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Ortuella Comercial Eleco, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el «Boletín Oficial de Bizkaia», en Bilbao, a veintitrés de octubre de dos mil seis.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.—La Secre- taria Judicial

(V-4901)

EDICTO

(CÉDULA DE NOTIFICACIÓN)

Doña Izaskun Ortuzar Abando, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 8 de Bilbao.

Hago saber: Que en autos número 598/06 de este Juz- gado de lo Social, seguidos a instancias de don Felipe Amutxas- tegui Soriano contra la empresa Aplicaciones Nuevas Tecnologías —ANTEC—, y A.M.E., S.A. —Auxiliar Material Electromagnéti- co—, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente:

«Parte dispositiva

Se tiene por desistido de su demanda a Felipe Amutxastegui Soriano, declarándose terminado el presente proceso.

Una ves firme esta resolución, archívense las actuaciones. Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a pre- sentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguien- tes al de recibirla, con expresión de la infracción que se imputa a la resolución impugnada (artículo 452 de la Ley 1/2000, de Enjui- ciamiento Civil) sin que su mera interposición suspenda la ejecu- tividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedi- miento Laboral).

Así, por este su auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez don Óscar Martínez Asteinza. Doy fe.—El Magis- trado-Juez.—La Secretaria Judicial.»

Y para que le sirva de notificación en legal forma a A.M.E., S.A. —Auxiliar Material Electromagnético—, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el «Boletín Oficial de Bizkaia», en Bilbao, a veintitrés de octubre de dos mil seis.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.—La Secre- taria Judicial

(V-4902)

EDICTO

(CÉDULA DE NOTIFICACIÓN)

Doña Izaskun Ortuzar Abando, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 8 de Bilbao.

Hago saber: Que en autos número 574/06 de este Juz- gado de lo Social, seguidos a instancias de doña Inmaculada Elexpe Andrés contra las empresas No Way Out, S.A., Jotaerre Woman, S.L.U., Orígenes 2000, S.L., Jotaerre Fashion, S.L.U., Jesús María Redondo Bilbao y Jotaerre Luxury Jeans, S.L.U., sobre des- pido, se ha dictado la siguiente:

«Auto.—En Bilbao, a veintitrés de octubre de dos mil seis. Hechos

1. El presente proceso ha sido promovido por Inmaculada Elexpe Andrés, figurando como parte demandada No Way Out, S.A., Jotaerre Woman, S.L.U., Orígenes 2000, S.L., Jotaerre Fashion, S.L.U., Jesús María Redondo Bilbao y Jotaerre Luxury Jeans, S.L.U., sobre despido.

2. Estando pendiente la celebración de los actos de conci- liación y juicio, Inmaculada Elexpe Andrés ha desistido expresa- mente de su demanda.

Razonamientos jurídicos

Único.—El desistimiento por parte del actor o actores con ante- rioridad a lo actos de conciliación o juicio, en el proceso laboral es un acto unilateral de la parte demandante que, cuando afecta a todos los demandantes, produce la terminación del proceso.

Parte dispositiva

Se tiene por desistida de su demanda a Inmaculada Elexpe Andrés, declarándose terminado el presente proceso.

Una vez firme la presente resolución, archívense las actua- ciones.

Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a pre- sentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguien- tes al de recibirla, con expresión de la infracción que se imputa a la resolución impugnada (artículo 452 de la Ley 1/2000 de Enjui- ciamiento Civil) sin que su mera interposición suspenda la ejecu- tividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedi- miento Laboral).

Así, por este su auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez don Óscar Martínez Asteinza. Doy fe.—El Magis- trado-Juez.—La Secretaria Judicial.»

Y para que les sirva de notificación en legal forma a No Way Out, S.A., y Orígenes 2000, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el «Boletín Oficial de Bizkaia», en Bilbao, a veintitrés de octubre de dos mil seis.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.—La Secre- taria Judicial

(V-4905)

EDICTO

(CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO)

En el Juzgado de lo Social número 8 de Bilbao se sigue jui- cio número 447/06, promovido por Pedro Montoya Delgado, sobre cantidad, contra Montajes Mae K 6000, S.L., en concepto de parte demandada en dicho juicio, al objeto de asistir al acto de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por Pedro Montoya Delgado, sobre los hechos y circunstancias objeto del jui- cio y que el Tribunal declare pertinentes, en la sede de este Juz- gado, sito en la calle Barroeta Aldámar, 10, código postal 48001, Sala de Vistas número 14, ubicada en la planta 1.a, el día 13 de

diciembre de 2006, a las 11:55 horas. Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebra- ción del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).

2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

3. Si pretende comparecer en el juicio asistido de Abogado, o representado por Procurador o Graduado Social colegiado, debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguien- tes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incompa- recencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de Procedimiento Laboral).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado, hasta el día de la celebración del juicio.

En Bilbao, a veintitrés de octubre de dos mil seis.—El/La Secretario/a Judicial

(V-4899)

EDICTO

(CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO)

En el Juzgado de lo Social número 8 de Bilbao se sigue jui- cio número 506/06, promovido por Igor Morales Sáez, sobre des- pido, contra Comercial de Mercancías Dobaga, S.L., e Isidro Cor- chado Barragán, en concepto de parte demandada en dicho juicio, al objeto de asistir al acto de conciliación y juicio y, en su caso, res- ponder al interrogatorio solicitado por Igor Morales Sáez, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el Tribunal declare pertinentes, en la sede de este Juzgado, sito en la calle Barroeta Aldámar, 10, código postal 48001, Sala de Vistas número 14, ubi- cada en la planta 1.a, el día 20 de noviembre de 2006, a las 12:40

horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebra- ción del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).

2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

3. Si pretende comparecer en el juicio asistido de Abogado, o representado por Procurador o Graduado Social colegiado, debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguien- tes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incompa- recencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de Procedimiento Laboral).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado, hasta el día de la celebración del juicio.

En Bilbao, a veintitrés de octubre de dos mil seis.—El/La Secretario/a Judicial

(V-4900)

Juzgado de lo Social número 10 de Bilbao (Bizkaia)