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SUBPART I: ILLINOIS CERTIFICATION TESTING SYSTEM Section

Section 25.810 State Priorities

Entre los parámetros constitucionales se puede apreciar que la conciliación es una herramienta alternativa de solución de conflictos de materia de tránsito, mediante este medio se pretende llegar a resolver el problema de manera pacífica y que garantice la restauración al bien jurídico protegido o vulnerado y también se pretende alcanzar la reparación del hecho fáctico.

Sin embargo, mediante el minucioso análisis del Art. 7 de la Resolución N°327-2014, se puede observar la vulneración de derechos y principios establecidos en la Constitución de la República del Ecuador, entre los principios violentados se encuentra el de la autoincriminación de una infracción, acogiéndonos al procedimiento penal vigente, se encuentra que la acusación tiene que venir por la parte demandante o por la fiscalía, teniendo la carga de la prueba, dentro de la presente investigación se aprecia claramente que dentro de todo el articulado de la resolución se menciona que la persona implicada debe poseer la autoincriminación, es por ello que se aprecia la vulneración en derecho, en el principio de inocencia.

55 CONCLUSIONES

 Para no vulnerar los Derechos de los ciudadanos en cuanto a materia de tránsito es necesario realizar una derogatoria al Art. 7 de la Resolución N° 327-2014 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura publicado a dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil catorce.

 Con la derogatoria establecida en la presente investigación no se vulneraría el principio de inocencia establecido en la Constitución de la República del Ecuador.

 Con el objetivo de garantizar la justicia plena en el país y la paz social para el beneficio de la población mediante la Constitución de la República y el Código Orgánico Integral Penal se establecen las sanciones para las hechos punibles y responsabilidades que debe asumir el acusado.

 Gracias a la conciliación es posible dar solución de manera eficaz a los conflictos entre las partes.

 Que al conciliar se descongestiona la carga procesal.

 Que la conciliación es un mecanismo de reparación integral.

 Que por supremacía constitucional prevalece sobre normas infra constitucionales. RECOMENDACIONES

 Se recomienda aplicar la conciliación en materia de tránsito para dar por terminado el conflicto de manera inmediata y efectiva.

 Se recomienda que el operador de justicia garantice la protección de derechos y evite su vulneración mediante la aplicación de la supremacía constitucional.

 Se recomienda que el Estado utilice la herramienta de conciliación implementando capacitaciones para que los ciudadanos conozcan los beneficios de este medio

 Se recomienda realizar una derogatoria a la Resolución 237-2014 artículo 7, con la finalidad de no vulnerar el principio de inocencia del que goza todo ciudadano

BIBLIOGRAFÍA

Alfonso, Z. P. (2011). Principios de oportunidad y mínima intervención Penal. Artículo. Asamblea General de la ONU. (1948). Declaración Universal de los Derechos Humanos. Asamblea General de las Naciones Unidas. (1966). Pacto Internacional de Derechos Civiles

y Políticos . Resolución 2200 A (XXI). Nueva York.

Barrezueta, J. (2016). Vulneración a la presunción de inocencia y el principio de proporcionalidad en las contravenciones de tránsito flagrantes en Machala. Obtenido de http://repositorio.utmachala.edu.ec/handle/48000/8225

Carta Bajul . (27 de julio de 1981). XVIII Asamblea de Jefes de Estado .

Chalán, A. D. (10 de Octubre de 2014). Requisitos de la Responsabilidad Civil. Obtenido de

Universidad Nacional de Cajamarca:

https://works.bepress.com/abelardo_delacruz_chalan/10/

Código Orgánico Integral Penal. (3 de Febrero de 2014). derechosecuador.com. Obtenido de https://www.derechoecuador.com/uploads/content/2018/03/file_1521478528_15214 78536.pdf

Código Orgánico Penal. (2014). Capítulo segundo Conciliación. Obtenido de https://www.propiedadintelectual.gob.ec/wp-

content/uploads/downloads/2017/micrositio/normativa/codigo-organico-penal- 2014.pdf

Convención Americana sobre los Derechos. (22 de Noviembre de 1969). Obtenido de http://www.tce.gob.ec/jml/bajar/CONVENCION%20AMERICANA%20SOBRE% 20DERECHOS%20HUMANOS.pdf

Convención Europea de Derechos Humanos. (4 de noviembre de 1950). Consejo de Europa. Obtenido de https://www.echr.coe.int/Documents/Convention_SPA.pdf

Criminología, M. d. (2006). Principio de Oportunidad y los Preacuerdos con la Fiscalía. Bogotá: Leyer.

El Pleno del Consejo de la Judicatura. (8 de Diciembre de 2014). Resolucion 327-201. Capítulo II, Reglas para la conciliación en materias de tránsito.Articulo 7. Obtenido de http://www.funcionjudicial.gob.ec/www/pdf/resoluciones/2014cj/327-2014.pdf El Pleno del Consejo de la Judicatura. (8-10 de Diciembre de 2014). Resolucion 327-201.

Capítulo II.Reglas para la conciliación en materias de tránsito.Articulo 7. Obtenido de http://www.funcionjudicial.gob.ec/www/pdf/resoluciones/2014cj/327-2014.pdf Enciclopedia Jurídica. (2014). Nullum crimen, nulla poena Sine praevia lege. Obtenido de

http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/nullum-crimen-nulla-poena-sine- praevia-lege/nullum-crimen-nulla-poena-sine-praevia-lege.htm

Galindo, A. (2011). Las audiencias como base de la oralidad en el sistema penal acusatorio ecuatoriano. Análisis de las falencias en el desarrollo de las audiencias. Obtenido de http://dspace.udla.edu.ec/bitstream/33000/285/3/UDLA-EC-TAB-2011-68.pdf Guadalupe, A. M. (2017). La Conciliación en Asuntod de Infracciones de Tránsito y

Garantías del Debido Proceso.. Universidad Regional Autónoma de los Andes. Ambato, Tungurahua, Ecuador.

Intriago, Y. (2016). Aplicación del Principio de Oficialidad en el trámite de denuncias societarias. Quito, Pichincha, Ecuador: Quito: UCE.

Judicatura, C. d. (2014). Resolucion 327-2017.

Judicatura, C. d. (s.f.). Resolución 53-09 Art. 425. Obtenido de http://www.funcionjudicial.gob.ec/www/pdf/comunicacion/resolucionesoctubre/Res olucion%20Corte%20Nacional.pdf

Ley de Arbitraje y Mediación. (14 de Diciembre de 2006). Título I del Arbitraje. Obtenido de Codificación de la Ley de Arbitraje y Mediación: http://www.funcionjudicial.gob.ec/www/pdf/mediacion/Ley%20de%20Arbitraje%2 0y%20Mediacion.pdf

Ley de Arbitraje y Mediación. (14 de Diciembre de 2006). Título II de la Mediación Art.43. Obtenido de Codificación de la Ley de Arbitraje y Mediación: http://www.funcionjudicial.gob.ec/www/pdf/mediacion/Ley%20de%20Arbitraje%2 0y%20Mediacion.pdf

Medina Cuenca, A. (2002). Derecho penal. En S. M. Puig, Parte general, (pág. 133). Barcelona: Reppertor.

Medina, C. A. (2001). Los principios limitativos del IUS PUNIENDI. Revista del Instituto de Ciencias Jurídicas, 91-94. Obtenido de http://www.redalyc.org/html/2932/293222926005/

Ramos, J. (2011). Pirámide de Kelsen. Obtenido de El Imperio del Derecho: http://iusuniversalis.blogia.com/2011/022402-piramide-de-kelsen.php

Rodriguez, D. F. (1994). Universidad de Murcia. Obtenido de file:///C:/Users/jessy/Downloads/Dialnet-LosLimitesDelIusPuniendi-46467.pdf Zabala, J. (2014). "Tratado de derecho procesal penal". Quito: EDINO.

ANEXOS

ANEXO 1

Encuesta dirigida a los profesionales de Derecho que ejercen en materia penal, en el cantón Pastaza-provincia Pastaza.

Objetivo: recapitular información concerniente al conocimiento que poseen los profesionales de Derecho sobre el procedimiento de conciliación en materia de infracciones de tránsito.

Modelo de la encuesta: Señale la respuesta correcta.

1. Conoce usted si existe conciliación en el procedimiento directo de materia de tránsito.

SI NO

2. Conoce el efecto de la sanción a establecer una vez cumplido el acuerdo conciliatorio.

SI NO

3. Está de acuerdo que una vez conciliado en materia de tránsito, se imponga rebaja de puntos.

SI NO

4. Se encuentra de acuerdo que una vez cumplido el acuerdo conciliatorio se extinga la acción

SI NO

5. Esta de acuerdo que se debe derogar el Art.7 de la Resolución

ANEXO 2

Figura 8 Pirámide de Kelsen

Fuente: Recuperado de Ramos, J. (2011). Pirámide de Kelsen.

(a) CDE (b) Tratados y convenios internacionales (c) Leyes orgánicas (d) Leyes ordinarias (e) Normas regionales y ordenanzas

distritales (f) Decretos y reglamentos

(g) Ordenanzas

(h) Los acuerdos y las resoluciones

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