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Strategies for Virus Sequence Integration

3. DISCUSSION

3.1. Integration of Pathogenic Virus Sequences in Cancer Genome

3.1.1. Strategies for Virus Sequence Integration

la introducción de nuevas figuras e instituciones jurídicas en nuestra legislación, antes que responder a la evolución de la realidad jurídica ecuatoriana, responden a las necesidades internacionales del mundo desarrollado de homogeneizar los sistemas legales de nuestros países, para facilitar el proceso de transnacionalización de los procesos productivos y financieros.

Este proceso de readecuación del sistema jurídico, atendiendo a las nuevas realidades económicas mundiales que ha vivido el país en varias oportunidades, debe llamarnos a reflexionar sobre el papel que el derecho tiene en el desarrollo de la sociedad, en especial si la evidencia empírica nos conduce a observar cómo muchas de las innovaciones jurídicas actuales se han hecho al calor de una posición teórica e ideológica que justifica la implantación de un modelo social y económico que excluye a la mayoría de miembros de la sociedad de sus posibles beneficios, concentrando la riqueza en muy pocas manos y ampliando los niveles de miseria en intensidad y número de afectados.

Si bien es cierto que no podemos permanecer aislados del entorno mundial, es necesario entender que la readecuación de los esquemas jurídicos relativos a la economía debe contemplar no solamente las necesidades de la expansión capitalista mundial, sino también y sobre todo las necesidades de la economía ecuatoriana, que si bien está siendo impulsada a transformarse, dada la coyuntura actual, tiene especificidades propias que no la hacen apta para amoldarse de inmediato a «lo nuevo».

El subdesarrollo del país determina que nuestros sistemas económicos sean frágiles e inestables, en especial las débiles estructuras financieras, por lo que los cambios jurídicos deberían haberse pensado también para dar respuestas a esa readecuación. Ejemplos para evidenciar lo difícil de los cambios no faltan; creemos que lo ocurrido en México, lo que se manifiesta en Argentina y, sobre todo lo ocurrido en el país a raíz del conflicto bélico, de la crisis energética, de la crisis política reciente, nos debería volver cautos acerca de las bondades de los cambios jurídicos que se le ha exigido al país y que este gobierno, sin mayor reflexión, ha impulsado.

En algunos momentos históricos se ha señalado que es necesario cambiar las caducas estructuras jurídicas, parecería ser que hoy es uno de esos momentos y que es correcto que el discurso oficial plantee que lo viejo debe desaparecer, para dar paso a la «modernización» del Estado. Sin embargo, del análisis precedente podemos ver con claridad que no todo lo viejo ha querido ser cambiado, sino solamente aquello que interesa a los sectores dominantes. Es natural que esto se dé porque, como todo hecho político, la reforma jurídica ha respondido a la correlación de fuerzas imperantes en el momento actual, lo que ha sido otro de los

factores que le ha dado a la actual modificación un carácter nada democrático, porque al momento de hacer las leyes, no se han tomado en cuenta los intereses de la mayoría sino los de un reducido grupo social.

En el espacio de reflexión de lo jurídico, este hecho ha conducido a la hegemonía de un pensamiento legal que no da paso al desarrollo doctrinario. No solamente por lo cambiantes que resultan ser en la actualidad las normas relativas a la economía, sino porque no interesa profundizar en el significado social de cada una de ellas, dado los graves efectos que provocan en la sociedad, los cuales contradicen tajantemente las ideas de justicia y equidad de las cuales el derecho ha hecho gala. Es más, casi no hay el debate acerca de la bondad de la norma jurídica, ya que la discusión teórica fundamental se da en otro campo, en el de la economía, quedándole al derecho solamente la tarea de institucionalizar el pensamiento hegemónico. Esto ha conducido a un empobrecimiento del pensamiento jurídico ecuatoriano, lo que –aunado a la forma cómo se enseña el derecho en nuestras universidades y a la ausencia de investigación en este campo– da como resultado la acriticidad del profesional del derecho a la hora de aplicar, enseñar o desarrollar la reforma jurídica en marcha.

Como no existe espacio para profundizar en la doctrina jurídica económica, se han aceptado, sin réplica, las «sugerencias» de los organismos internacionales que, al ser trasladadas a nuestra realidad, ocasionan choques e incongruencias con el resto de la normativa vigente.

Todo esto no es nuevo en el país; un proceso similar se vivió al calor de la readecuación jurídica que impulsó la constitución del Estado interventor, por tanto es necesario incentivar el debate doctrinario, dando espacio para la crítica y la reflexión, pero sobre todo ligando el fenómeno jurídico al conjunto de hechos sociales, económicos, políticos y culturales, que son los que marcan el paso que debe seguir el derecho.

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