1.2.3.6.1. Bien jurídico protegido
El concepto de bien jurídico es fundamental en Derecho Penal; aun cuando no existe consenso, el fin del Derecho Penal sería precisamente su protección. importantes autores como Welsel sostienen que el fin primordial del Derecho Penal es la protección del ordenamiento jurídico y su fin mediato, la protección de bienes jurídicos; mientras que otros, como Jakobs, que sigue la concepción de Luhmann del Derecho como instrumento de estabilización social, de orientación de las acciones y de institucionalización de las expectativas, opina que la violación de la norma es socialmente disfuncional, pero no porque resultan lesionados determinados intereses o bienes jurídicos, sino por cuanto es puesta en discusión la norma misma como orientación de la acción y, en consecuencia, es afectada la confianza institucional de los ciudadanos. Este concepto, como fin del Derecho Penal, tiene un rol fundamental: al ser el contenido de esta rama del Derecho es el concepto que lo limita. Es un límite del ius puniendi, y la forma de protegerlos penalmente no es otra que la tipificación de aquellas conductas que los lesionan o ponen en peligro.
1.2.3.6.2. Escuelas Penales
A través de la historia el hombre se ha dedicado al estudio de la conducta delictiva del hombre, en donde han surgido diferentes posiciones dependiendo del tiempo y del lugar.
1.2.3.6.3. Escuela clásica
La Escuela Clásica encuentra sus bases filosóficas en el Derecho Natural que es el conjunto de reglas ideales, eternas e inmutables que se anhela ver transformadas en leyes positivas.
Niega la tesis del contrato social que manejaban tanto los representantes de la Ilustración en el campo penal como Beccaria, Bentham, Howard. El Derecho es innato al hombre porque es dado por Dios, no es histórico, no es producto del hombre. El hombre debe vivir conforme a esa ley natural, pero esta no puede ser suficiente. Acepta leyes hechas por el hombre pero conforme a las leyes naturales. Para que estas leyes sean cumplidas es necesario de un conjunto de normas sancionadoras.(Quisbert, 2008)
La escuela clásica la encargada de estudiar el delito el delincuente y la pena, a través de los siguientes representantes:
Glandomenico Romagnosi Geovanni Carmigniani Francesco Carrara
1.2.3.6.4. Escuela Positiva
El origen de la Escuela Positiva de la ciencia criminal o Escuela Positiva arranca en el siglo XIX en la obra El Hombre Delincuente de Ezequiel Cesar Lombroso, como reacción hacia la Escuela Clásica, la denominación de "clásica" lo puso Enrico Ferri en forma peyorativa para referirse a "lo viejo", a "lo caduco", "lo antiguo".
En esta obra Lombroso formula la tesis del delincuente nato, naciendo así la Antropología criminal. El IUS PUNIENDI pertenece al Estado a título de defensa social. Los positivistas parten de la concepción determinista del hombre. Rechazaban el libre albedrío y la responsabilidad moral. El hombre es responsable por el solo hecho de vivir en sociedad. El fundamento de la pena no se halla en la culpabilidad, sino en la temibilidad o peligrosidad. El delito no interesa por sí mismo, sino como síntoma de la peligrosidad del delincuente. El medio social determina la comisión de delito, por lo tanto, el delincuente no es responsable de sus actos, el responsable para que un hombre cometa de lito es el medio social. Por eso tampoco acepta los tipos de delincuentes. (Quisbert, 2008)
La escuela positiva tiene sus representantes: Rafael Garofalo
Enrique Ferri Cesare Lombroso
1.2.3.6.5. Política criminal Alemana
Es un movimiento que predico en sus orígenes que la delincuencia y las sanciones aplicadas a los responsables, deben examinarse desde un punto de vista jurídico y social. Luego cambia y dice que el delito y los mecanismos para la lucha contra él deben examinarse jurídica, sociológica y antropológicamente, y estudiarse el delincuente, la delincuencia, las causas que la generan y los instrumentos o medios para, en forma científica, combatirla.
Esta Escuela no contempla como la Clásica el libre albedrío (libre escogimiento entre el bien y el mal), señalo que el delito tiene su causa en circunstancias de tipo social, individual, físico y político. También diferenció entre imputables e inimputables. Su representante Fran Von Lizst (1881). Esta Escuela dio gran desarrollo al Derecho Penal al proponer combatir la delincuencia por las causas y no por sus efectos. (Quisbert, 2008)
Integrada por criminólogos alemanes: Frank Von Lizt
Jiménez de Asua
1.2.3.6.6. Técnica Jurídica
La escuela técnica jurídica depura al derecho penal de las infiltraciones filosóficas con que los clásicos lo desvirtuaron, y de las concepciones biosociológicas de los positivistas, Que incluso lo hicieron perder su autonomía, y reduce el objeto de la ciencia penal a la elaboración de la dogmática, a la exegesis y a la crítica del derecho positivo, a los estudios de los delitos y de las penas en el aspecto jurídico como hechos o fenómenos regulados por la ley; en otros términos al contenido de los textos legales vigentes.
Parte de la base de que las normas jurídicas son debidas a un proceso de abstracción y de generalización que constituye el método lógico abstracto, absolutamente diverso del de las ciencias naturales y sociales. Elimina el libre albedrío como fundamento de la imputabilidad, que sustituye por la normalidad psíquica; y distingue entre imputables, sometidas a las penas, e inimputables, sujetos a medidas de seguridad. (Quisbert, 2008)
Manzinni Rocco
Francesco Carnelutti Karl Binding
1.2.3.6.7. Neokantismo
Movimiento filosófico desarrollado en Alemania en el último cuarto del siglo XIX y primero del XX que, partiendo de la filosofía crítica de Kant, pretende superar el positivismo, el materialismo y el constructivismo romántico mediante una consideración crítica de las ciencias y una fundamentación gnoseológica del saber.
Se distinguen dos tendencias: La Escuela de Marburgo y la de Baden o sudoccidental. En la escuela de Baden, encontramos a Max Ernst Mayer (1875-1924) y Gustav Radbruch (1878-1949). Mayer más bien seguidor de Liszt se opuso a las teorías de las normas de Binding y expuso su criterio de las normas de cultura, lo que significaba que el delito era una contradicción con las normas de cultura del Estado. En cambio Radbruch es el creador de la teoría de la creación de la conducta por el derecho, aunque antes de morir renegó del positivismo jurídico neokantiano.
Nuevos pensadores de Can representadas por: Jhon Malller
Gustav Radbruch
1.2.3.6.8. Escuela de Chicago
Es la cuna de la moderna Sociología americana, se caracterizó por su empirismo y su finalidad pragmática. Su temática preferida fue ‘‘Sociología de la gran ciudad’’, el análisis del desarrollo urbano, de la civilización industrial y la morfología del crimen en ese nuevo medio. La primera de las teorías que surge en el ámbito de esta escuela es la teoría ecológica. Entre sus representantes están:
Emile Durkein Robert King Merton
1.2.3.6.9. Representante ecuatoriano Jorge Zabala baquerizo
1.2.3.7. El Delincuente
El delincuente es aquella persona que comete delitos por influencias del medio en que vive. Busca la readaptación del delincuente
La figura del delincuente alcanza su máximo apogeo con el inicio de la Criminología Positivista del siglo XIX. El principio de la diversidad que inspiró la Criminología tradicional el delincuente como realidad biopsicopatológica. Convirtió al papel de la víctima en el proceso penal. Relaciones víctima, victimario. La victimología XII éste en el centro casi exclusivo de la atención científica
Asimismo, en el Derecho Penal, como derecho sancionador, prima el centro de su atención en la figura del delincuente sobre el de la víctima. De igual forma lo hace el Estado social e incluso la Política Criminal. En la moderna Criminología el estudio del delincuente ha pasado a un segundo plano. Después de la II Guerra Mundial, se potencia la idea de que la criminalidad no sólo responde a la idea de delincuente en consecuencia, éste deja de ser el epicentro del estudio. Empiezan a observarse las características sociales como elementos determinantes del fenómeno criminal, se sigue observando al delincuente pero dentro del ámbito social como causa predominante.
Las investigaciones, sin olvidar la persona del delincuente, centran sus intereses en la conducta delictiva, el control social y la víctima. (Molina, 2016)
1.2.3.8. La Víctima
A lo largo de la Historia, el sistema penal ha dotado a las víctimas del delito de un trato que puede estructurarse en tres términos: protagonismo, neutralización y redescubrimiento.
En la primera etapa histórica, cuando se cometía un delito, correspondía a las propias víctimas, su familia o al clan o tribu de éstas la elección de la clase, contenido y grado de venganza que merecía la reacción al delito.
Consecuencia de ello fueron los conocidos criterios de proporcionalidad Ley de Talión que buscaban una adecuación entre la intensidad de la reacción y la gravedad del hecho que la desencadenaba. (Edmundo René Bodero, 2012)
1.2.3.9. Victimología
La victimología es la ciencia que estudia la víctima, desde el punto de vista de su sufrimiento en sus tres etapas de victimización. La primera como víctima directa del delito; la segunda como objeto de prueba por parte de los operadores judiciales del Estado en el proceso de investigación; y, la tercera la víctima como sujeto de sufrimiento silencioso en su angustia, estrés, depresión, marginación social al revivir o recordar los sucesos en las cuales se produjo la comisión del delito.
La victimología, apartándose de la criminología, busca redescubrir a la víctima en sus derechos: a la verdad, a la reparación y, a que se haga justicia en un proceso penal donde tenga todas sus garantías como las tiene el procesado. (BERISTAIN, 1996)
1.2.3.10. Victimodogmática
De las teorías derivadas de los estudios victímales es la Victimodogmática, que analiza hasta qué punto y en qué medida el reconocimiento de la existencia en algunos supuestos delictivos, de víctimas que favorecen la consumación del hecho criminal, puede conducir a afirmar que éstas son corresponsables por haber contribuido a él con actos dolosos e imprudentes y en este sentido valorar una atenuación e incluso eximente de la responsabilidad del autor.
Representantes de la Victimodogmática: Benjamin Mendelshon
Hans Von Hentig
1.2.3.11. Grados de Responsabilidad de la Victima
Primer Grado.- Víctima inocente: es aquella cuyo grado de culpabilidad sobre el hecho ilícito es nulo, hablamos de casos en los que el victimario escoge libremente a su víctima sin que esta tenga conocimiento de su futuro estado: ej. Un tirón de bolso por la calle.
Segundo Grado.- Victima voluntaria: la entendemos como aquellas personas que se ofrece como sujeto pasivo en la comisión de un delito. Se caracteriza por el carácter voluntario y libre que manifiesta en su actuación, es decir, tiene que haber un pacto o acuerdo entre el sujeto activo y el sujeto pasivo, en ese sentido el grado de responsabilidad de víctima y delincuente es del 50% para cada uno. Ej. El alemán que puso un anuncio en internet de que
se quería comer a alguien y el sujeto pasivo respondió (el que se lo comió se llama Armin Meiwes). Ej. La eutanasia.
Tercer Grado.- Victima provocativa: englobaría aquellos supuestos en los que la víctima incita al sujeto activo a cometer la conducta delictiva, sería un supuesto muy próximo a la voluntaria donde el sujeto provoca hasta que el otro desarrolla la conducta criminal, el grado de culpabilidad del delincuente sería del 25% y de la víctima 75%.
Cuarto Grado.- Victima culpable: es aquella en la que la víctima presenta un 100 % de responsabilidad en cuanto el hecho criminal mientras que el delincuente no presenta responsabilidad alguna; aquí tenemos un intercambio de roles, la víctima pasa a ser delincuente y el delincuente víctima; el resultado en los casos reales es que el delincuente sea absuelto. Ej. Un sujeto se lanza a la calzada para ser atropellado y cobrar una indemnización.
1.2.3.12. El Control Social
El control social se define como el conjunto de instituciones, estrategias y sanciones que se establecen para prevenir y tratar el delito y comprende tanto los llamados sistemas de control formales, como son la policía, el sistema de tribunales de justicia o el sistema penitenciario que son los que intervienen en última instancia para hacer frente al delito, como también las formas de control social que pudiéramos llamar previas, informales que día a día a lo largo de nuestra vida van formando y condicionando nuestro comportamiento.
Como formas de control social típicas encontramos todas aquellas instituciones que, por sus características son idóneas para ejercer cierto grado de presión social al papel de la víctima en el proceso penal.
Dentro de tales instituciones destacan las del ámbito familiar, el grupo de amigos, la Universidad y especialmente las del ámbito laboral entre otras. Gracias al análisis científico del control social del comportamiento desviado, se ha enriquecido el objeto de la investigación criminológica. (LAMARCA PÉREZ, C.).
Conclusión
Desde la segunda contienda mundial, la autoafirmación de la Victimología ha marcado un antes y un después en todos los campos del saber científico y la figura de la víctima comienza a recuperar el interés que merece. La Criminología, el sistema legal, la Política Criminal y la Psicología
Social han contribuido al conocimiento y expansión de esta necesidad a la vez que incrementan los conocimientos científicos sobre la misma.
Numerosas investigaciones empíricas suministran ya una valiosa información sobre Aptitud y propensiones de los sujetos para convertirse en víctimas del delito, relaciones entre delincuente y víctima, daños que padece la víctima del delito y mecanismos de reparación, programas de prevención del delito dirigidos a ciertas víctimas, influencias sociales en el proceso de victimización y supuestos específicos de víctimas, intervención y terapia de determinadas víctimas así como la autoprotección de éstas entre muchas otras
1.2.4. Factores criminológicos
El ambiente social mundial, ecuatoriano y estrictamente en la ciudad de Quevedo producto de las políticas equivocadas del Estado ha concluido en el empoderamiento de los principales factores criminológicos.
El origen del comportamiento criminal ha sido fuertemente debatido. A principios del siglo XX se trató de vincular factores fisiológicos, como el tamaño del cráneo (o color de la piel) a comportamientos criminales. En la Rusia Soviética y China, algunos estudios hicieron hincapié en las raíces capitalistas del crimen, que vinculan el concepto de riqueza individual a la delincuencia. Ciertos modelos occidentales de la actualidad se centran en diversos factores demográficos, y han ganado aceptación. Éstos giran en torno a las diferencias de edad, género y estatus socio-económico y la integración de múltiples ciencias para comprender mejor la causa de la delincuencia.
1.2.4.1. Medio físico
Se han realizado investigaciones de la relación entre las condiciones ambientales y el delito. El factor climático es de importante análisis, se ha comprobado que el acto antisocial se da bajo ciertas circunstancias influidas por el clima.
En especial al delito de robo, arrojo los siguientes resultados. La comparación de los cambios de estación con el delito, indica que los robos aumentan en los meses fríos, debido a que en ellos es mayor la necesidad de alimentos, ropas, etc. (Wolff, 1976)
1.2.4.2. Medios de comunicación
Los medios de comunicación son los recursos con los que se cuentan para transmitir información de cualquier tipo. El comportamiento desarrollado por la influencia de los medios de comunicación tiene como base en la imitación de las conductas observadas o escuchadas en estos. La imitación
consiste en copiar las conductas de otra persona real o irreal y que son admiradas por las personas que las imitan, en los medios de comunicación se presenta el fenómeno subliminal en el que están incluidas técnicas que tratan e despertar en el individuo una ilusión de realidad para atraer la atención de los emisores y que hacen que miles de personas sean manipuladas. (key Brian, 1925)
1.2.4.3. La familia
La familia como factor criminógeno es la unidad básica de las conductas antisociales, la cual formara las personalidades violentas y agresivas, así como la manera incorrecta de relacionarse con el medio o la sociedad. La familia puede tener carácter criminógeno cuando los padres se encuentran en situaciones de alcohol, drogadicción, promiscuidad, prostitución en condiciones de abandono, y esto constituye de manera decisiva a poner a los miembros en la antisocialidad. (Rodríguez Manzanera, 2014)
1.2.4.4. Factores sociales
Son factores exógenos sociales los que se refieren a las amistades, las malas compañías, las pandillas, los centros de diversiones y de vicio, la estructura social, la organización política, la cultura, el trabajo, la educación, etc…’’ El factor social se refiere a la influencia que tiene la sociedad, la crisis económica; la desigualdad social; migración de una ciudad a otra como consecuencia de la pobreza por falta de empleo, cuerpos de seguridad corruptos o ineficientes, etc.
Todas estas circunstancias, sucesos, eventos y acontecimientos influyen en un individuo para realizar una conducta antisocial o para provocarle otro tipo de conducta. (Quiroga, 1977)
1.2.4.5. La educación
Es importante hablar de la educación. Los individuos que tengan mayor educación no quiere decir que sean los que menos conductas antisociales tengan, puede suceder todo lo contrario, a mayor conocimiento mayor preparación del delito y viceversa. Un sujeto con suficientes conocimientos permite la posibilidad de relacionarse más con su futura víctima o de envolverla mejor, es decir, manipularla. Con mayores conocimientos es más probable en la que se encuentra; por ejemplo, en los delitos de fraude sobresale la inteligencia para engañar al sujeto y así obtener algún bien. (Rodríguez Manzanera, 2014)
1.2.4.6. Factor Cultural
Dentro de la sociedad es necesario hablar de la cultura. Por la cultura entendemos aquellos comportamiento que van a diferencia a unas sociedades o grupos sociales de otros. Cuando se habla de cultura se habla de creencias, de hábitos de vida, de costumbres, de educación, de leyes, etc. La cultura va a determina también que una persona empiece a tener comportamientos antisociales. En todas las culturas van a existir individuos que tomes el camino hacia la antisocialidad, estos individuos empiezan a formar parte de subculturas antisociales. Por lo tanto, van a existir grupos de individuos que formen parte de culturas que van encontrar de la vida en sociedad, en estas culturas va a predominar la jerarquía y la disciplina. (Rodríguez Manzanera, 2014)
1.2.4.7. La economía
La economía se estudia en la criminología por la importancia del estado de satisfacción de las necesidades individuales y sociales, la insatisfacción tiene como consecuencia. La importancia de las condiciones económicas en la comisión de hechos antisociales reside en su influencia sobre el desarrollo gradual de personalidades antisociales. La conducta antisocial en este caso resultado de la inadaptación al ambiente a causa de la inestabilidad económica. Las condiciones desagradables llevan o favorecen al individuo a que realice algunas conductas antisociales, cuando la persona no se adapta a la mala situación económica, provoca problemas internos que lo llevan a satisfacer sus carencias en el robo y/o las drogas.
Los fenómenos criminales se presentan mediante procesos que, en su mayoría, actúan bajo la forma de elementos variables que son investigados y valorados en cada caso. De este modo, en el análisis de la criminalidad, no basta con enumerar los factores que la determina, si no que se hace necesario verificar cuales son las formas o viras en las que están interrelacionados, a fin de encontrar el orden lógico-funcional de