Materials and Methods
3.3 Study design
14.3.8.1. Sistema de suministro de energía eléctrica para instalaciones de navegación de aérea.
14.3.8.1.1. Para el funcionamiento seguro de las instalaciones de navegación aérea en los aeródromos se dispondrá de fuentes primarias de energía.
14.3.8.1.2. El diseño y suministro de sistemas de energía eléctrica para ayudas de radionavegación visuales y no visuales en aeródromos tendrá características tales que la falla del equipo no deje al piloto sin orientación visual y no visual ni le dé información errónea.
14.3.8.1.3. Los dispositivos de conexión de alimentación de energía eléctrica a las instalaciones para las cuales se necesite una fuente secundaria de energía eléctrica, deben disponerse deforma que, en caso de falla de la fuente primaría de energía eléctrica, las instalaciones se conmuten automáticamente a la fuente secundaria de energía eléctrica.
14.3.8.1.4. El intervalo de tiempo que transcurra entre la falla de la fuente primaría de energía eléctrica y el restablecimiento completo de los servicios exigidos en el numeral 14.3.8.1.10., debe ser el más corto posible, excepto que en el caso de las ayudas visuales correspondientes a las pistas para aproximaciones que no son de precisión, pistas para aproximaciones de precisión y pistas de despegue, deben aplicarse los requisitos de la Tabla 8-1 sobre tiempo máximo de conmutación.
14.3.8.1.5. Para definir el tiempo de conmutación, no será necesario sustituir una fuente secundaria de energía eléctrica existente antes del 1 de enero de 2010. Sin embargo, en el caso de las fuentes secundarias de energía eléctrica instaladas después del 4 de noviembre de 1999, las conexiones de alimentación de energía eléctrica con las instalaciones que requieran una fuente secundaria se dispondrán de modo que las instalaciones estén en condiciones de cumplir con los requisitos de la Tabla 8-1 con respecto a los tiempos máximos de conmutación definidos en el Capítulo 1.
14.3.8.1.6. Ayudas visuales
14.3.8.1.6.1. Para las pistas para aproximaciones de precisión se proveerá una fuente secundaria de energía eléctrica capaz de satisfacer los requisitos indicado en laTabla 8-1 para la categoría apropiada de este tipo de pista. Las conexiones de la fuente de energía eléctrica de las instalaciones que requieren una fuente secundaria de energía estarán dispuestas de modo que dichas instalaciones queden automáticamente conectadas a la fuente secundaria de energía en caso de falla de la fuente primaria de energía.
14.3.8.1.7. Para las pistas destinadas a despegue en condiciones de alcance visual en la pista inferior a un valor de 800m, se proveerá una fuente secundaria de energía capaz de satisfacer los requisitos pertinentes de la Tabla 8-1.
14.3.8.1.8. En un aeródromo en el que la pista primaria sea una pista para aproximaciones que no son de precisión, deberá proveerse una frente secundaria de energía eléctrica capaz de satisfacer los requisitos de la Tabla 8-1, si bien tal fuente auxiliar para ayudas visuales no necesita suministrarse más que para una pista para aproximaciones que no son de precisión.
14.3.8.1.9. En los aeródromos en que la pista primaría sea una pista de vuelo visual, debe proveerse una fuente secundaria de energía eléctrica capaz de satisfacer los requisitos indicado en el numeral 14.3.8.1.4, aunque no es indispensable instalar esa fuente secundaria de energía eléctrica cuando se provea un sistema de iluminación de emergencia, de conformidad con las especificaciones contenidas en el numeral 14.3.5.3.2., y pueda ponerse en funcionamiento en 15 minutos.
14.3.8.1.10. Se proveerá una fuente secundaria de energía eléctrica capaz de suministrar energía eléctrica en caso de que fallara la frente principal a las siguientes instalaciones de aeródromo:
a. La lámpara de señales y alumbrado mínimo necesario para que el personal de los servicios de control de tránsito aéreo pueda desempeñar su cometido;
b. Todas las luces de obstáculos que, en opinión de la autoridad competente, sean indispensables para garantizar la seguridad de las operaciones de las aeronaves;
c. La iluminación de aproximación, de pista y de calle de rodaje, tal como se expresa en las Partes 14.3.8.1.6. a 14.3.8.1.9.;
d. El equipo meteorológico;
e. La iluminación indispensable para fines de seguridad, si se provee de acuerdo con lo indicado en el numeral 14.3.9.11.;
f. Equipo e instalaciones esenciales de las agencias del aeródromo que atienden a casos de emergencia;
g. Iluminación con proyectores de los puestos aislados que hayan sido designados para estacionamiento de aeronaves, si se proporcionan de conformidad con lo indicado en el numeral 14.3.5.3.23.1.; y
h. Iluminación de las áreas de la plataforma sobre las que podrían caminar los pasajeros. 14.3.8.1.11. Los requisitos relativos a una fuente secundaria de energía eléctrica deben satisfacerse por cualquiera de los medios siguientes:
Red independiente del servicio público, o sea una fuente que alimente a los servicios del aeródromo desde una subestación distinta de la subestación normal, mediante un circuito con un itinerario diferente del de la fuente normal de suministro de energía, y tal que la posibilidad de una falla simultánea de la fuente normal y de la red independiente de servicio público sea extremadamente remota; o
Una o varias frentes de energía eléctrica de reserva, constituidas por grupos electrógenos, baterías, etc., de las que pueda obtenerse energía eléctrica.
14.3.8.2. Diseño de sistemas
14.3.8.2.1. Para las pistas de aproximaciones de precisión y para las pistas de despegue destinadas a ser utilizadas en condiciones de alcance visual en la pista inferior a un valor del orden de 550m, los sistemas eléctricos de los sistemas de suministro de energía, de las luces y de control de las luces que figuran en la Tabla 8-1estarán diseñados de forma que en caso de falla del equipo no se proporcione al piloto guía visual inadecuada ni información engañosa.
Tabla 8-1. Requisito de la fuente secundaria de energía eléctrica (Véase Parte 14.3.8.1.4.)
Pista Tiempo máximo de conmutación De vuelo visual
Indicadores visuales de pendiente de aproximación¹ Borde de pista² Umbral de pista² Extremo de pista² Obstáculo¹ Véase Partes 14.3.8.1.4. y 14.3.8.1.9. Para aproximaciones que no sean de precisión
Sistemas de iluminación de aproximación Indicadores visuales de pendiente de aproximación¹· Borde de pista Umbral de pista Extremo de pista Obstáculo¹ 15 Segundos 15 Segundos 15 Segundos 15 Segundos 15 Segundos 15 Segundos Para aproximaciones de precisión Categoría I
Sistemas de iluminación de aproximación Borde de pista²
15 Segundos 15 Segundos 15 Segundos
Indicadores visuales de pendiente de aproximación¹·
Umbral de pista Extremo de pista
Calle de rodaje esencial¹ Obstáculo¹ 15 Segundos 15 Segundos 15 Segundos 15 Segundos Para aproximaciones de precisión Categoría II/III
300m interiores del sistema de iluminación de aproximación
Otras partes del sistema de iluminación de aproximación Obstáculo¹ Borde de pista Umbral de pista Extremo de pista Eje de pista
Zona de toma de contacto Todas las barras de parada Calle de rodaje esencial
1 Segundo 15 Segundos 15 Segundos 15 Segundos 1 Segundo 1 Segundo 1 Segundo 1 Segundo 1 Segundo 15 Segundos
Pista para despegue
en condiciones de
alcance visual en la pista inferior a un valor de 800m
Borde de pista Extremo de pista Eje de pista
Todas las barras de parada Calle de rodaje esencial¹ Obstáculo¹ 15 Segundos³ 1 Segundo 1 Segundo 1 Segundo 15 Segundos 15 Segundos
¹ Se les suministrará energía eléctrica secundaria cuando su funcionamiento es esencial para la seguridad de las operaciones de vuelo.
² Véase la Parte 11.5.3.2., en lo que respecta al empleo de la iluminación de emergencia.
³ Un segundo cuando no se proporcionan luces de eje de pista
Un segundo cuando las aproximaciones se efectúen por encima del terreno peligroso
o escarpado.
14.3.8.2.2. Cuando la fuente secundaria de energía de un aeródromo utilice sus propias líneas de transporte de energía, éstas serán física y eléctricamente independientes con el fin de lograr el nivel de disponibilidad y autonomía necesarias.
14.3.8.2.3. Cuando una pista que forma parte de una ruta de rodaje normalizada disponga a la vez de luces de pista y de luces de calle de rodaje, los sistemas de iluminación estarán interconectados para evitar que ambos tipos de luces puedan funcionar simultáneamente.
14.3.8.3. Dispositivo monitor
14.3.8.3.1. Para indicar que el sistema de iluminación está en funcionamiento deberá emplearse un dispositivo monitor de dicho sistema.
14.3.8.3.2. Cuando se utilizan sistemas de iluminación para controlar las aeronaves, dichos sistemas estarán controlados automáticamente, de modo que indiquen toda falla de índole tal que pudiera afectar a tas funciones de control. Esta información se retransmitirá inmediatamente a la dependencia del servicio de tránsito aéreo.
14.3.8.3.3. Cuando ocurra un cambio de funcionamiento de las luces, se deberá proporcionar una indicación en menos de dos segundos para la barra deparada en el punto de espera de la pista y en menos de cinco segundos para todos los demás tipos de ayudas visuales.
14.3.8.3.4. En el caso de pistas destinadas a ser utilizadas en condiciones de alcance visual en la pista inferior a un valor del orden de 550m, los sistemas de iluminación que figuran en la Tabla 8- 1 deberá estar controlados automáticamente de modo que indiquen si cualquiera de sus elementos funciona por debajo del mínimo especificado en las Partes 14.3.10.4.7. a 14.3.10.4.11., según corresponda. Esta información se retransmitirse automáticamente al equipo de mantenimiento. 14.3.8.3.5. En el caso de pistas destinadas a ser utilizadas en condiciones de alcance visual en la pista inferior a un valor del orden de 550m, los sistemas de iluminación que figuran en la Tabla 8- 1deberá estar controlados automáticamente de modo que indiquen si cualquiera de sus elementos funciona por debajo del mínimo especificado por la UAEAC para continuar las operaciones. Esta información debería retransmitirse automáticamente a la dependencia del servicio de tránsito aéreo y aparecer en un lugar prominente.
14.3.9. SERVICIOS, EQUIPO E INSTALACIONES DE AERÓDROMO