DESIGN AND METHODOLOGY Study Design:
RESULTS 1. STUDY PROFILE AND
En el análisis de los argumentos a favor y en contra de la implementación de acciones positivas debe tenerse en cuenta que el Estado tiene obligaciones de respetar, de proteger, de realizar, facilitar y promover la igualdad entre varones y mujeres.
Han sido numerosas y diversas las objeciones para denostar la puesta en marcha de acciones positivas. Paralelamente se han desarrollado argumentos a su favor.
Están quienes -emparentados con el liberalismo político- sostienen que las categorías sospechosas (raza, sexo, nacionalidad, origen, orientación sexual, discapacidad, edad o cualquier otra condición) no son válidas para discriminar ni a favor ni en contra. El problema es que los grupos oprimidos no tienen oportunidad en el sistema político de revalorizar la diferencia por la cual son discriminados porque están fuera de los mecanismos de representación, es decir no constituyen una masa crítica que tenga voz en los procesos de toma de decisión.
Otro argumento que se ha planteado es aquel que sostiene que la discriminación no se soluciona mirando hacia el pasado. Esta idea ha sido rebatida por las nuevas concepciones del derecho antidiscriminatorio que, como hemos apuntado sólo requiere que objetivamente aquella se produzca. Es cierto que los culpables de las discriminaciones pasadas pueden no tener nada que ver con las actuales; ni tampoco ser las mismas, las personas que la sufren, pero también es cierto que sin medidas de este tipo es poco probable que quien esté en una situación de privilegio haga algo por cambiar la posición de los marginados. Young (1996:114) lo sintetiza de este modo:
Como persona que goza de un privilegio social, no resulta probable que escape a mi propia situación y me preocupe por la justicia social, a no ser que me vea forzada a escuchar la voz de aquellos que mi privilegio tiende a silenciar.
En tal sentido la discriminación que se hace en favor de las mujeres no tiende a desfavorecer ni a promover la discriminación contra los varones.
Tal vez el argumento más difícil de rebatir sea el fundado en la idea de que las medidas de acción positiva trastocan el sistema de méritos en que se asientan las sociedades modernas y su implementación supone una vuelta a los sistemas de adscripciones. Este argumento resulta un tanto falaz porque desconoce que quienes logran méritos suelen estar en el grupo aventajado. Por otra parte, olvida el problema de las opciones y condicionamientos a que están sujetas las personas en general y más marcadamente los grupos marginados. Un sistema democrático no se sostiene solamente en base al mérito también está asentado en criterios de justicia.
El mérito no es absoluto, puede ceder a favor de otros criterios de justicia como la igualdad de oportunidades (Kemelmajer (s/f), incluso pueden combinarse.
En condiciones de desigualdad estructural es poco probable que los individuos del grupo discriminado alcancen niveles competitivos para adquirir posiciones según su mérito, por lo cual son plenamente aplicables las medidas de acción positiva. En el caso, cabría preguntarse quién dice qué es el mérito y si quienes lo alcanzan pertenecen al grupo que los define102.
Para la situación de las mujeres, hemos dicho que las formas en que son socializadas muchas veces son adversas para insertarse en espacios donde los valores prioritarios son opuestos. La idea de mérito o de éxito puede variar enormemente entre los grupos sociales, máxime en sociedades fragmentadas como las actuales103.
Una de las diputadas apuntó:
…a veces digo… tenés que tener el mayor nivel de decisión para poder remover (los obstáculos) creo eso … a veces es tal los obstáculos que advierto para lo mejor de la política pública… que tenés que ser gobernadora…a veces digo yo quiero ser gobernadora para modificar… pero casi lo digo risueñamente no?... porque no soy una persona que tenga tantas expectativas…. Ehh? incluso personales … siempre pienso en la mejoría del conjunto… es mas cuando estudio siempre pienso… a ver? Qué cosa puedo entender porque a veces los procesos ocurren… por qué pasan estas cosas?... yo lo que advierto es que el varón tiene mas difusión de sus cosas … se planta más ….también sé que por ejemplo en los medios … para poder trascender tenés que poner algo de plata a lo cual no estoy dispuesta sinceramente te lo digo…
Esta situación de las retribuciones personales que se esperan o se dan por descontadas, y en lo que se han convertido los partidos se corrobora con el testimonio de la ex diputada cuando comentaba los detalles de las campañas en las que participó. Preguntada si se esperaba algo, dijo:
… no, nada, nada pero aparte uno no esperaba reconocimiento…a ver… yo creo que hay muchísimos como yo …no esperas reconocimiento… si viene, viene… yo cuando trabajaba en el Juzgado de Paz… no lo esperaba …ehh? yo creía que militando en el Partido Justicialista … te das cuenta? Iba a… a… ayudar para que los representantes nuestros que nos representaban por el partido llegar realmente a cumplir con el objetivo de la política …a lograr un bienestar en el pueblo… de ahí mi gran frustración cuando estuve en la Cámara que ver el bloque mayoritario… mayoritario en Cámara … el Partido Justicialista con un color afín en el gobierno provincial se han perdido una oportunidad histórica de mejorar La Pampa, la oportunidad histórica se ha perdido si… esa es la gran frustación mía … teniendo mayoría las cosas que podrían haber hecho y no lo hicieron …como yo no esperaba ….aparte me molesta mucho la gente… cuando te dice ¿no te han dado nada? No querido, como yo… hay miles … hay cien mujeres …hay cincuenta mujeres... ¿Por qué a mí?... Si yo milito ehh?... o milité en el Partido Justicialista … era por otra cosa …no para conseguir cargos …. Yo gracias a dios tenía mi trabajo en la provincia, en el registro de la propiedad pero no era realmente para conseguir
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Balaguer (2005) dice que quienes sostienen esta postura ignoran que el mérito es una noción de valor construida como tantas otras sin perspectiva de género, el mérito no es objetivo sino previamente establecido según el modelo masculino.
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Al respecto hay una interesante investigación sobre el sentido del éxito de Markus, María en Benhabib, Seyla y Cornella, Drucila (1990).
cargos … políticamente yo creo que se me dio el lugar llegué a diputada no importa por qué … creo que en ese sentido, mi gran frustración es que … veía mi propio partido de antaño no logró nada, nada absolutamente para La Pampa.
Para otra de las diputadas, el mandato político es full time y si bien desde lo legal se puede ser funcionario y tener otro cargo, no lo es desde el compromiso que se debe tener.
Yo continúo en el gremio……. En ese momento a mi me ofrecen ir en la lista de concejales…en esa candidatura… esa en el 95… Ahí yo no acepto porque me parecía que si en el 93 yo había tomado las cuestiones del gremio, debía seguir esa tarea en el gremio y no era lógico dar ese salto en ese momento … Cuando yo empecé …te quiero aclarar en el concejo deliberante… pase mis clientes al estudio de otras colegas … porque entendí siempre que la política tiene que ser full time …. por eso también pedí mi licencia sin goce en la universidad …. Y muchos me decían no, pero si vos sos secretaria general de un gremio!!! ...cuántos diputados nacionales hay que son secretario general de gremios ... Mirá yo creo que desde lo legal, se puede no hay incompatibilidad se puede, ahora desde lo ético si vos pensás dedicarte a ser concejal tenés que ser full time …no podes ser concejal medio día en una ciudad de cien mil habitantes …si vos querés ser secretario general de un gremio te tenés que dedicar full time …entonces …son incompatibles desde ese punto de vista no?.
Este tipo de respuestas, estaría mostrando una tensión entre un comportamiento orientado a lo social y caracterizado por la responsabilidad y una posición más individualista de los varones104 o de las estructuras partidarias.
En cuanto al ejercicio de los derechos políticos, la participación y representación y respecto de las cuotas electorales ni siquiera puede decirse que los varones tengan más méritos para estar en una lista de candidatos que las mujeres. Ya hemos señalado que la cultura política, el sistema electoral y de partidos afectan diferencialmente la presencia femenina en el ámbito de lo público-político. Las barreras y obstáculos que las mujeres enfrentan conspiran contra su mayor presencia en los cargos y funciones de decisión. Son justamente las adscripciones y pertenencia a grupos selectos o los liderazgos territoriales, los hechos que en la mayoría de los casos favorecen la elección de varones para las listas partidarias.
El liberalismo sostiene que deben llegar a los puestos los más calificados, lo que resulta compatible con una postura ideológica que deja en manos del mercado la regulación de todos los aspectos de la vida. Aspira al mérito y cree infundadamente que la igualdad de oportunidades es una realidad.
Como estas posturas -por lo menos desde el plano discursivo- están desacreditadas, se busca refinar los argumentos. Así se plantea que las cuotas vulneran el principio de soberanía del pueblo ya que afectan los derechos fundamentales a la participación como también la
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Esto puede tener que ver con lo que apuntó la otra diputada cuando decía que su actividad iniciática en la política había sido trabajar en zonas muy pobres de San Juan y la ex diputada cuando decía que la militancia de hoy era muy distinta a la que ella hacía en los 80 donde se requería mucho esfuerzo y no se pedía nada.
representación política. Si se propugna una versión radicalizada de la soberanía no puede explicarse cómo crecientemente los Estados se someten -ceden soberanía- a los mandatos de organismos internacionales, muchos de ellos gerenciados por desconocidas personas que actúan con una considerable autonomía y que además no han sido elegidas mediante elecciones populares. En cambio Macías Jara (2008:27) refuta:
…la medida de acción positiva consistente en la reserva electoral vía legislativa en favor de la inclusión de mujeres en la representación política no vulnera per se la idea de representación ni el principio de soberanía, sino que, por el contrario, perfecciona y completa ambos conceptos al abogar por la igualdad de género en el acceso y permanencia a los cargos públicos representativos.
El argumento del estigma también ha sido utilizado para denostar la implementación de medidas positivas. Esta particular posición explica que favorecer a un grupo produce una marca de inferioridad, humillación y baja autoestima que torna en efecto contrario la igualación que se pretende alcanzar. Según Kemelmajer (s/f) no deja de ser una manifestación dogmática pues no cuenta con respaldo empírico.
De establecerse acciones positivas para mejorar la situación de un grupo se provocaría el efecto contrario: se aumentaría el sentimiento de inferioridad y resentimiento que aumentaría la tensión y división social. A lo cual Macías Jara (2008) replica que la cuota invisible de que han gozado los varones o la vía de la cooptación no ofrecen mejores garantías.
Por otro lado, se afirma que los miembros del grupo que no recibe los beneficios, podría resentirse contra los destinatarios de la medida. Sin perjuicio de tener en cuenta estas reacciones sociales, Rodríguez (1994) agrega que debería demostrarse que los beneficios que unos pierden se justifican con los logros que otros alcanzan cuando se implementan medidas de estas características y también considerar que las acciones positivas tienden a equilibrar situaciones de desigualdad grupal.
La idea de que si se establecen cuotas para las mujeres, deberán establecerse cupos para todos los grupos minoritarios se contrarresta con el dato de que si bien, las características por las que se minoriza al grupo son articulables, se solapan y yuxtaponen; no puede asimilarse el género a otras categorías. Como hemos visto las mujeres no son una minoría en el sentido numérico, sino que están presentes en todos los grupos sociales.
Este argumento parte de la concepción de que las mujeres representarán a las mujeres como los varones han representado a los varones, lo que implica una esencialización de los intereses y necesidades de cada grupo, cuando en realidad a través de estas medidas se trata de adoptar las demandas de presencia política en las democracias actuales.
Phillips (1999) advierte lo dificultoso que resulta decidir acerca de cuál grupo debe tener representación en las asambleas legislativas. En parte, este problema halla su solución al establecer una jerarquía de exclusiones: género, etnicidad y clase; en la que la diferenciación por género está estabilizada, es decir no es un mero hecho biológico sino una manera de articular las relaciones sociales, por lo que se justifica adoptar cuotas para lograr la inclusión política de las mujeres105.
En otro sentido, y para favorecer la implementación de acciones afirmativas, éstas han sido justificadas por razones de justicia compensatoria, justicia distributiva y utilidad social (Rodríguez, 1994).
Hemos señalado que el derecho antidiscriminatorio actualmente se basa en criterios objetivos de producción de discriminación para reforzar la puesta en marcha de políticas afirmativas, por lo que no hay necesidad de justificar la compensación en hechos o situaciones discriminatorios del pasado.
El argumento de utilidad se relaciona con los aportes que podrían hacer los miembros del grupo discriminado a la sociedad. Las mujeres -logrando representación política a través de medidas especiales electorales- estarían en condiciones de llevar al ámbito público, valores, ideas y temas que son obviados, harían contribuciones sustantivas a la democracia.
Este parece ser el fundamento esgrimido por la diputada Alegre en 2009 cuando se discutía en el Recinto de la Cámara de Diputados local la ley 2550 de adhesión a la ley nacional 26485:
Esta norma es una propuesta que además de tratar acerca de los derechos humanos específicamente hacia las mujeres, tiende además a consolidar procesos de democratización de nuestras comunidades. Por eso entendemos que esta es una ley para el conjunto de la sociedad, apunta estratégicamente en su artículo 2°, donde habla de iniciar o remover los patrones socio culturales que promueven y sostengan la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres (Diario de Sesiones del 22/11/2009).
De esta alocución se derivan dos ideas: la conciencia de la especificidad de los derechos humanos de las mujeres y el beneficio que logra toda la comunidad con la incorporación de las mujeres.
A través de la implementación de medidas especiales se trata de incrementar el beneficio social como consecuencia de la inclusión, por ello las razones de justicia se orientan
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La autora no descarta que puedan adoptarse cuotas para otros grupos. Pero dice que en el caso de la clase, ésta ha tenido protagonismo en la articulación de la agenda política sin necesariamente obtener representación asamblearia, mientras que el clivaje raza es más complejo ya que remite a etnia mayoritaria y minoritaria, además podría tener el efecto de inmovilizar las diferenciaciones entre los grupos étnicos. Kymlicka y Norman (1997) también advierten la dificultad que en términos de ciudadanía implica la ampliación indefinida de categorías de grupos a quienes otorgar representación política.
hacia el presente y al futuro, ya que se busca la reducción de aquí hacia delante de las situaciones de discriminación y resultan ser una forma más justa de acceso a bienes escasos.
También se han esgrimido justificaciones tales como la paz social, mantener a la comunidad como un todo cohesionado y permitir el más pleno desarrollo de las personas, que de lo contrario podrían ver su estatus como un techo a sus aspiraciones (Juarez, 2007).
No son menores los efectos de inclusión y de estabilización social que las medidas positivas pueden tener. En ese sentido el derecho funciona como mecanismo de integración social.
Teniendo en cuenta lo que venimos diciendo, a tenor de los datos que hemos podido construir acerca de la presencia de las mujeres en órganos de decisión, la estabilización de la cantidad de diputadas en la Cámara de Legisladores y la dificultad de tener presencia femenina en otras áreas donde no hay cupo, no debiera haber controversia acerca de la necesidad y utilidad de las acciones positivas para obtener mayores niveles de presencia e inclusión de mujeres.
CAPITULO VI
1) LA PARTICIPACIÓN ELECTORAL DE LAS MUJERES PAMPEANAS A