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7. Conclusions

7.1. Summarising the argument

En la formación de la Mesa de la mayoría de los Parlamentos Autonómicos analizados6 se aplica el método utilizado en la Mesa de las Comisiones del Congreso de los Diputados, con diferencias en los modos de resolver los empates (repitiendo las votaciones entre los candidatos empatados, resolviendo a favor de la candidatura con más votos a partir de un número repetido de empates, o desempatando a favor del Diputado con mayor edad).

Los únicos Parlamentos Autonómicos que difieren son el Parlamento de Andalucía y la Asamblea de Madrid, que eligen tres Vicepresidentes y tres Secretarios, pero de un modo diferente: en los dos Parlamentos se eligen los tres Vicepresidentes en una votación. Pero para la elección de los tres Secretarios, en Andalucía se realiza igual que para la elección de los Vicepresidentes, mientras que en la Asamblea de Madrid se vota separadamente: primero se eligen dos Secretarios y en otra votación el tercero.

Merece la pena analizar las diferencias existentes entre votar los tres miembros a

la vez y votarlos por separado. Si se supone un Parlamento con dos grupos

políticos, y uno de los grupos tiene más del doble de escaños que el otro, entonces votando por separado dos puestos y luego uno, puede darse el caso de que el grupo con más escaños obtiene tres puestos, mientras que si se votaran los tres puestos a la vez obtendría solamente dos.

Por ejemplo, con un total de 129 escaños (los que tiene la Asamblea de Madrid), si un grupo tiene más de 86 escaños obtiene los tres puestos votando separadamente, mientras que si se votaran los tres puestos a la vez necesitaría tener 97 escaños (más del triple que el segundo grupo con 32 escaños). Es decir, votar separadamente

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En el Parlamento de Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla la Mancha, Cataluña, Extremadura, Islas Baleares, Murcia, Navarra, País Vasco y La Rioja. En todos estos casos se eligen 2 Vicepresidentes y 2 Secretarios a excepción de Cataluña que elige 2 Vicepresidentes y 4 Secretarios.

implica que el partido mayoritario está más representado en términos relativos que si se votan los puestos conjuntamente.

Además, estas diferencias aparecieron en la práctica, en las Elecciones Autonómicas de la Asamblea de Madrid de 2011 (IX Legislatura). Los escaños obtenidos por cada candidatura son:

Candidatura PP PSOE IU UPyD Total

Escaños 72 36 13 8 129

En la votación para elegir los tres Vicepresidentes los votos recibidos por cada candidatura fueron:

PP PSOE IU UPyD Total

Vicepresidentes 66 36 27=6+13+8 129

1ºVicep 2ºVicep 3ºVicep

El Primer Vicepresidente del PP obtuvo sólo 66 de los 72 votos que tenía porque se formó una coalición entre PP, IU y UPyD para alcanzar el tercer Vicepresidente. En realidad, si se supone que el orden de todos los Vicepresidentes es relevante, este modo de votar no es óptimo, porque la coalición PP, IU y UPyD podría haber conseguido el segundo Vicepresidente si en lugar de dar 66 votos al primer Vicepresidente, hubiera dado solamente 56. Con el resto de votos del PP (72-56=16), sumados a los votos de IU y UPyD (21=13+8), se obtienen 37 votos, que son suficientes para ganar a los 36 votos del PSOE.

En las dos votaciones para elegir separadamente Secretarios los votos se repartieron el siguiente modo:

PP PSOE IU UPyD Total

Secretarios (2) 56 36 37 129

1º Secret 2º Secret

Secretarios (1) 72 36 13 8 129

3º Secret

En la primera votación se eligieron dos Secretarios: el primero fue del PP (con 56 votos) y el segundo de UPyD con 37 votos (16 del PP + 13 de IU + 8 de UPyD). El PP consiguió el tercer Secretario con 72 votos (el resto fueron en blanco). En esta votación se corrige el aspecto señalado en la elección de Vicepresidentes por lo que la votación de los tres Secretarios por separado es un Equilibrio de Nash, dada la alianza de PP, IU y UPyD.

Se observa en este ejemplo que aparece un resultado diferente debido a que se han votado separadamente dos Secretarios primero y uno después. Si la votación de los tres Secretarios hubiera sido simultánea (como sucede en el Parlamento de

Andalucía), entonces el PSOE tendría garantizado 1 miembro. Si los 93 votos de PP,

IU y UPyD se hubieran dividido entre tres, hubieran dado 31 votos a cada candidato. Por ello, el PSOE con 36 se garantiza uno. De este modo la asignación de los Secretarios habría sido más proporcional.

La asignación d´Hondt hubiera sido (2, 1) para PP+IU+UPyD y PSOE respectivamente como muestra la tabla:

Alianzas Nº Votos Nº Votos/1 Nº Votos/2 Nº Votos/3

PP+IU+UPyD 93 93 46,5 31

PSOE 36 36 18 12

Merece la pena señalar que el PP tenía justo el doble de Diputados del PSOE, por lo que no habría tenido por qué aliarse con otros partidos para conseguir dos puestos en Vicepresidentes y Secretarios. Si el PP hubiera dividido sus 72 votos en 2 (dando 36 votos a dos de sus candidatos) hubiera empatado con los 36 votos del PSOE y habría que haber acudido a la regla de desempate que aparece en el artículo 52 apartado 5 del Reglamento de la Asamblea de Madrid:

“Si en alguna de las votaciones a las que se refieren los apartados precedentes se produjese empate, se celebrarán sucesivas votaciones entre los Diputados igualados en votos hasta que el empate quede dirimido. Ello no obstante, si en la cuarta votación persistiera el empate, se considerará elegido el Diputado que forme parte de la candidatura más votada en las elecciones autonómicas.”

De este modo el PP (la candidatura más votada) hubiera conseguido dos Vicepresidentes y el PSOE el tercero. Además, en la votación de Secretarios el PP hubiera conseguido tres Secretarios. Los dos primeros (en la primera votación) al dividir los 72 votos en 2, empatando con el PSOE y el tercero por ser la fuerza política más votada. Por lo tanto, el PP tendría seis de los siete puestos en la Mesa sin necesidad de alianza alguna.

4.5. Conclusiones.

En este capítulo se ha analizado la formación de la Mesa del Congreso de los Diputados español, mediante un modelo más general (elección de q miembros con e votantes), obteniendo algunos resultados. Uno de estos resultados demuestra que (en teoría) el Equilibrio de Nash coincide con la asignación d´Hondt si los votos fraccionarios están permitidos y, además, se conjetura que dicha coincidencia se cumple con la regla de desempate aplicada en el artículo 37.3 del Reglamento del Congreso en su interpretación débil, si los votos fraccionarios no están permitidos (supuesto más cercano a la realidad).

Además, se ha realizado un análisis empírico de las votaciones de la Mesa del Congreso, comprobando que, en general, la asignación d´Hondt se consigue en todas las votaciones, aunque las acciones no sean Equilibrio de Nash debido a que en la práctica existen consideraciones que no se pueden tener en cuenta en las hipótesis teóricas.

También se han revisado las votaciones de la Mesa del Senado y de los Parlamentos Autonómicos reflexionando sobre los elementos relevantes, por ejemplo, la diferencia entre elegir tres Secretarios en dos votaciones separadas (como en la Asamblea de Madrid) y elegirlos en una única votación. El primer caso favorece al grupo mayoritario mientras que el segundo es más proporcional.

Tratar de predecir a priori cuál será el resultado de una votación de Vicepresidentes y Secretarios no es tan fácil, porque es necesario conocer el número de grupos (en los días anteriores a la votación se suelen hacer alianzas que reducen el número de grupos), número de votantes de cada grupo, las acciones finalmente realizadas,…, pero en la realidad hay errores (votos a Secretarios en la votación de Vicepresidentes y viceversa), votos nulos y votos en blanco que también modifican el resultado final.

Además, para mejorar dicha predicción es muy útil que la información disponible sea pública y conocida por todos los grupos, pero a veces no es así (la elección de la última Legislatura en la Asamblea de Madrid fue una sorpresa de alianzas) y esto teóricamente no se puede resolver.