vehículos de la Dirección General de Tráfico, anotación que devengará la tasa
correspondiente. La gestión de la tasa podrá ser objeto de encomienda de gestión por la Administración General del Estado a las comunidades autónomas, mediante la suscripción del correspondiente convenio en el que se determinará el procedimiento para la transferencia a la Dirección General de Tráfico de la recaudación de la tasa efectuada por el organismo inspector. 7.3 Defectos más comunes en vehículos en las ITVs
Recordemos que los defectos leves se notifican en el informe con la recomendación de que se arreglen antes de que se conviertan en efectos graves, pero no existe obligación de arreglarlos.
7.3.1 Defectos en el alumbrado
Antes de acudir a pasar la ITV es muy conveniente comprobar previamente el funcionamiento de todas las bombillas que componen el sistema de alumbrado y señalización del vehículo.
Según el Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones ITV una luz fundida, siendo una de las piezas principales del sistema de alumbrado y señalización, puede considerarlo como defecto grave.
A continuación, relatamos lo que dice el Manual con respecto a las luces del vehículo y cómo interpreta cada defecto según su gravedad a la hora de pasar o no favorablemente la ITV.
a) GENERAL
Color no reglamentario de la luz emitida: defecto grave b) LUCES DE CARRETERA.
No funciona alguna luz de carretera: lo considera como defecto leve No funciona ninguna luz de carretera: lo considera como defecto grave c) LUCES DE CRUCE.
No funciona alguna luz de cruce: lo considera como defecto grave
Orientación del haz luminosos de las luces de cruce demasiado alta: defecto grave d) LUZ DE MARCHA ATRÁS.
No funciona ninguna luz: defecto grave e) INTERMITENTES.
No funciona alguna luz o la frecuencia de pulsación es tal que el efecto es próximo a la luz fija o luz apagada: defecto grave
f) 4 INTERMITENTES – SEÑAL DE EMERGENCIA.
No funciona el sistema, o la frecuencia de pulsación es tal que el efecto es próximo a la luz fija o apagada: defecto grave
Al operar el mando de funcionamiento, se enciende algún otro dispositivo luminoso diferente: defecto grave
g) LUZ DE FRENO.
Número de luces no reglamentario: defecto grave No funciona ninguna luz: defecto grave
Alguna luz no funciona: defecto leve h) LUZ MATRÍCULA TRASERA.
Inexistencia del dispositivo de iluminación de la placa de matrícula trasera: defecto grave Placa con iluminación insuficiente: defecto leve
Estado de dispositivo defectuoso: defecto leve
Si el estado afecta a su función o existe riesgo de desprendimiento: defecto grave i) LUZ DE POSICIÓN.
No funciona alguna luz: Defecto leve
Si se trata de todas las luces delanteras o traseras: defecto grave
Si se trata de todas las luces de un lateral, en caso de ser obligatorias: defecto grave j) LUCES ANTINIEBLA.
No funciona alguna luz delantera: defecto leve
No funciona la luz trasera izquierda, o en su caso central: defecto grave
Así pues, cuando en la ITV el informe de la inspección es desfavorable por “una bombilla fundida”, se está velando en primer lugar por la seguridad del propio conductor del vehículo que tiene dicha luz fundida y en segundo lugar por el resto de los usuarios de la vía pública que pueden estar a su alrededor.
7.3.2 Defectos relacionados con las placas de matrícula
Si falta una de las matrículas o lleva menos o más de las placas reglamentarias: defecto grave.
Si está deteriorada: defecto leve.
Si el deterioro impide una correcta legibilidad: defecto grave. Si está oculta parcial o totalmente: defecto grave.
Si las placas no son reglamentarias: defecto grave. Si no están correctamente emplazadas: defecto grave.
Si dentro de la placa, tienen signos, adornos o caracteres no reglamentaros: defecto grave. Si tiene una fijación defectuosa: defecto leve.
Si no coincide con el número que figura en la documentación: defecto grave. 7.3.3 Defectos relacionados con los limpia y lavaparabrisas
Si carece de limpia y/o lavaparabrisas: defecto grave. El limpiaparabrisas no funciona: defecto grave
El lavaparabrisas no funciona adecuadamente: defecto leve.
Superficie insuficientemente barrida por el limpiaparabrisas: defecto grave. Escobillas defectuosas: defecto leve.
Escobillas que no cumplen su función: defecto grave. Inexistencia de las escobillas: defecto grave.
7.3.4 Defectos relacionados con los retrovisores
Inexistencia de alguno de los retrovisores reglamentarios: defecto grave Ubicación no reglamentaria: defecto grave
Deterioro de las superficies que dificulten la retrovisión (retrovisor interior e izquierdo): defecto grave
Deterioro de las superficies que dificulten la retrovisión (retrovisor derecho): defecto grave Fijación defectuosa: defecto leve
Fijación defectuosa con riesgo de desprendimiento: defecto grave Retrovisor no homologado: defecto grave
7.3.5 Defectos relacionados con los cinturones de seguridad
El vehículo no dispone de alguno de los cinturones obligatorios: defecto grave
Cinturones de seguridad de tipo distinto al reglamentario o no homologados: defecto grave Estado defectuoso del cinturón: defecto leve
Cinturón roto o que no cumple su función: defecto grave Número de puntos de anclaje no reglamentario: defecto grave Fijación defectuosa de los anclajes:defecto grave
Existencia de elementos que impidan el normal despliegue de algún airbag: defecto grave.
7.4 Explicación del contenido de un informe emitido por una Estación ITV
El informe constará de los siguientes apartados: