6.3 MATERIALS AND METHODS
6.3.4 Survival Endpoints and Outcome Ascertainment
* La web de la Dirección General de Inversión Extranjera es: www.investinturkey.gov.tr * La web del Tesoro turco es: www.treasury.gov.tr.
Marco Legal
Hasta 2003, el marco legal que regulaba la inversión extranjera estaba compuesto por: la Ley Nº 6.224 de 18 de Enero de 1954, el Decreto Marco Nº 95/6990 de 7 de Junio de 1995, y el “Comunique” del 27 de Junio de 1996. Este era el marco básico. Existían además otras leyes, decretos y “comuniques” que completaban la legislación sobre la materia.
El 5 de junio de 2003, el Parlamento de Turquía aprobó la nueva Ley de Inversión Extranjera Directa Nº 4875, que reemplaza a la anterior Ley Nº 6224 y los Decretos y Comuniques que la complementaban, constituyendo así el nuevo Marco Legal Básico para la inversión extranjera.
Junto con ella, el 11 de junio de 2003, se aprobó otra nueva Ley, Nº 4884 por la que se simplifica el proceso de establecimiento de empresas en Turquía y con la que se completa el mencionado marco legal actual. Los trámites necesarios para el establecimiento de una empresa pasan de 19 a 3, y los documentos requeridos de 58 a 19.
Finalmente, con la entrada en vigor de la Ley Nº 5523 del 21 junio de 2006, Turquía dispone de un organismo en materia de IDE, la Agencia de Apoyo y Promoción de Inversiones de Turquía.
Principios que informan el vigente Marco Legal:
1) Tratamiento Nacional: las compañías de capital extranjero tienen los mismos derechos y obligaciones que las nacionales tal y como especifica el artículo 3 de la nueva Ley Nº 4875. 2) No limitaciones al capital extranjero, salvo en determinados sectores:
Radiodifusión: en este sector, el ratio de participación de los socios extranjeros se encuentra restringido al 25% del capital propio. Aviación Civil, Transporte Marítimo y Puertos: 49%. Türk Telekom, 45%. Puertos Deportivos (" Marinas"), al menos deben contar con un socio turco.
3) Libre repatriación de beneficios, capital, royalties y dividendos: La Ley garantiza la transferencia de beneficios, royalties y la repatriación de capital y dividendos (art. 3.c) Ley Nº 4875).
4) Libre acceso a campos de actividad: todos los sectores que están abiertos a los inversores privados nacionales, lo están también para un extranjero. Sin embargo, se requieren permisos especiales para el establecimiento en sectores tales como:
- Financiero, explotaciones petrolíferas y en la minería, con el fin de asegurar los principios de seguridad nacional, orden público y sanidad.
- Propiedad Inmobiliaria: los inversores extranjeros pueden adquirir inmuebles o derechos sobre los mismos, en igualdad de condiciones con los inversores turcos, a través de la empresa establecida en Turquía. Para las personas físicas se exige el principio de reciprocidad.
5) No existencia de limitaciones en la contratación de expatriados como personal técnico o directivo.
6) No existencia de condicionamientos para la aprobación de adquisición de crédito extranjero.
7) Se permite la realización de acuerdos en materia de licencias, know-how, asistencia técnica, franquicia y management, sin estar sometidos a condición alguna ni registro en la DGIE.
8) Requisito de capital mínimo: con la entrada en vigor de la Ley Nº 4875, se ha abolido este requisito.
Además, entre España y Turquía existe un Acuerdo de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones1 (APPRI) vigente desde el 3 de marzo de 1998. La protección otorgada por
este APPRI se aplica una vez que la inversión se ha realizado de conformidad con la legislación del país receptor.
Tipos de sociedades: Cualquier tipo de sociedad reconocida por el Código de Comercio Turco puede ser utilizada por los inversores extranjeros. Los tipos más comunes son: sociedad anónima (Anonim Şirket), las cuales deben contar con un mínimo de 5 socios; o sociedad limitada (Limited Şirket), que deben contar con 2 socios al menos. La figura más recomendable es la Sociedad Anónima, ya que en general protege mejor los derechos del inversor extranjero. El requisito de los 5 socios es fácilmente solucionable nombrando a varios socios que posean una sola acción de la compañía.
Compraventa de participaciones: Las personas físicas y jurídicas residentes en el extranjero están capacitadas para comprar acciones de sociedades turcas sin necesidad de obtener ningún permiso previo de la DGIE.
Inversiones en cartera: Las inversiones en cartera no están sujetas a la aprobación de la DGIE.
Ampliaciones de capital: Cuando se vaya a realizar una ampliación de capital, basta con avisar de la operación al Ministerio de Comercio e Industria.
Capital de la sociedad: Las aportaciones de capital podrán ser:
1) En efectivo, en cualquiera de las divisas convertibles por el Banco Central de Turquía. 2) En maquinaria o equipamiento.
3) Acciones y obligaciones de compañías extranjeras.
4) Derechos de propiedad intelectual tales como patentes o marcas comerciales. 5) Reinversión de beneficios y otros derechos financieros.
6) Derechos comerciales para la exploración y extracción de recursos naturales. Tipos de establecimiento.
A) Empresa incorporada en Turquía
1 Se puede acceder al texto completo del acuerdo en el enlace:
Empresa turca (empresa constituida en Turquía, con personalidad jurídica propia, independiente de la empresa española). Puede establecerse bajo una de las dos “formas jurídicas” siguientes: Anonim Sirket (Sociedad Anónima), Limited Sirket (Sociedad Limitada). La Empresa Turca constituida puede tener distintos porcentajes de capital español, conforme a lo que la llamaremos:
Filial: 100% capital de la empresa española
Filial y Joint-Venture (empresa mixta): participación del capital español superior al 50% Participada y Joint-Venture: participación del capital español inferior al 50%
B) Sucursal
El establecimento en Turquía es simplemente una sucursal de la empresa constituida en España, de modo similar a las sucursales que la empresa pueda tener en territorio español. No se trata de una nueva compañía, la empresa es la misma, la española.
C) Oficinas de Representación ("Liaison Offices"):
La Subsecretaría del Tesoro es competente para otorgar la autorización a empresas extranjeras establecidas en el exterior para abrir Oficinas de Representación, que no pueden realizar actividades comerciales en Turquía. La solicitud de apertura debe efectuarse por escrito y debe proporcionar suficiente información sobre las actividades del solicitante para que demuestre la necesidad de abrir una oficina en Turquía.
También es necesario adjuntar una descripción detallada de las actividades que se van a emprender en la oficina y el compromiso de no realizar actividades comerciales por cuenta propia. Se exige detallar los beneficios que para la economía turca va a suponer la actividad de la oficina. Debe incluirse igualmente el estado financiero de la empresa de los últimos 5 años, así como los presupuestos de la oficina, que deben cubrirse exclusivamente con fondos de la empresa matriz.
Está prohibido a las oficinas de representación en Turquía desplegar funciones comerciales o productivas o facturar y cobrar pagos debidos a la empresa matriz en su propio nombre y por su propia cuenta. Si lo hicieran, el director estaría expuesto a duras sanciones. El director de la oficina debe que estar en posesión de un poder notarial de la casa matriz, en el que se le autorice a contratar en nombre de ella los servicios necesarios en Turquía. Si queda especificado en el permiso de la DGIE, se autoriza la importación del material que va a ser utilizado en la oficina. Si estuviera incluido en el permiso del DGIE, la oficina de representación podría concluir contratos de compra en nombre de la matriz pero no de venta, excepto en el caso de los bienes que se hayan adquirido en el mercado local para ser utilizados en la oficina.
Las oficinas de representación no están obligadas al pago del Impuesto de Sociedades al no producir rentas en el país ni a llevar los libros de contabilidad. Sin embargo, sí tienen la obligación de llevar el registro de los gastos y ponerlo a disposición de las autoridades del Ministerio de Finanzas. Se requiere que las oficinas de representación remitan un informe trimestral de sus actividades a la DGIE.
Pueden emplear personal local o extranjero sin restricciones si está previsto en el permiso y, por esta razón, las necesidades de personal tienen que ser detalladas en la solicitud a la DGIE. La Ley Nº 4842 de 24 de abril de 2003 elimina la hasta ahora vigente exención del pago del IRPF aplicable en algunos supuestos a estas oficinas. (Exención establecida por el artículo 23 de la Ley del Impuesto sobre la Renta ("IRPF", "Income Tax"). La oficina es responsable de efectuar las retenciones para Impuesto sobre la Renta y la Seguridad Social sobre los salarios de sus empleados.
Organizaciones y Tratados Internacionales.
-Desde 1985, Turquía ha estado negociando y firmando tratados de promoción y protección de inversiones con 62. Turquía es miembro de la OCDE, OMC, "WAIPA", FMI y BM. Asimismo, firmó con España un Acuerdo de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones el 15 de febrero de 1995.
-También ha firmado tratados para evitar la doble imposición con 61 países. El firmado con España está en vigor desde el 1 de enero de 2004.
-En 1987, Turquía firmó y ratificó los acuerdos del ICSID (Organismo regulador de las posibles disputas en inversiones) y MIGA (Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones del Banco Mundial). Asimismo, ha firmado los Códigos de la OCDE sobre Movimientos de Capital y Transacciones Invisibles y sobre Inversión Internacional y Empresas Multinacionales.
-Turquía es firmante de tratados de la OMC como el Acuerdo TRIMS (relativo a inversiones) y TRIPS (Derechos de Propiedad Intelectual).
Trámites para la Inversión Extranjera
El 11 de junio de 2003 se aprobó por el Parlamento de Turquía la ley Nº 4884, por la que se simplifica el proceso de establecimiento de empresas en Turquía. La Ley Nº 4884 se considera complementaria de la ley Nº 4875, Ley de Inversión Extranjera Directa, que se aprobó pocos días antes, el 5 de junio de 2003.
La Ley Nº 4884 comprende un conjunto de enmiendas a distintos textos legales: el Código de Comercio, la Ley de Procedimiento Fiscal, la Ley del Trabajo, la Ley de la Seguridad Social y la Ley sobre el Impuesto del Timbre.
En virtud de esta ley Nº 4884, los 19 trámites antes necesarios para el establecimiento de una empresa en Turquía, han quedado reducidos a sólo 3:
- Fe pública notarial de los Estatutos Constitutivos de la sociedad. - Depósito del 0,2% del Capital en el Banco Central de Turquía.
- Cumplimentación del formulario de establecimiento y registro en el Registro Mercantil. Tras estos trámites la compañía está legalmente establecida.
A continuación, sólo falta proceder a su registro en la Agencia Tributaria para que la empresa pueda comenzar a operar.
En virtud del artículo 3 c) de la nueva ley Nº 4875, "los inversores extranjeros pueden transferir libremente al exterior a través de bancos o instituciones financieras especiales: beneficios, dividendos o el producto de la venta o liquidación de toda o parte de una inversión, cantidades procedentes de acuerdos de licencia, gestión y similares, así como el reembolso y pago de intereses procedentes de créditos extranjeros."
Conforme a un artículo transitorio de la Ley Nº 4875, las disposiciones legales compatibles procedentes de la antigua Ley Nº 6224 siguen vigentes, por lo tanto:
Los beneficios de las empresas extranjeras pueden ser transferidos al país designado siempre que hayan pagado los impuestos correspondientes. Las únicas empresas que no se benefician de dicha situación son las refinerías de petróleo. Los extranjeros podrán realizar sus inversiones a través de los bancos o agencias bursátiles, siempre de acuerdo con lo establecido en la normativa del mercado de capitales en Turquía pero sin ser necesario el permiso de la Subsecretaria del Tesoro. Los inversores extranjeros que posean valores bursátiles podrán repatriar los beneficios e intereses de dichos títulos sin ningún tipo de restricción.
Los dividendos de los inversores extranjeros no están sujetos al pago de impuestos en Turquía ya que éstos son calculados después del pago de impuestos por parte de la sociedad, con un tipo del 44,06%.
La repatriación de capital de la compañía se garantiza en caso de liquidación a un precio razonable, el cual vendrá marcado por el precio de las acciones en ese momento en la bolsa. Si la empresa no cotizase, el precio lo marcaría la DGIE, con el fin de evitar la evasión fiscal o que se apliquen tipos de cambio que no correspondan. Normalmente, el precio se basará en los beneficios de años anteriores.
También se pueden repatriar los honorarios y royalties en moneda extranjera al país de origen. Los impuestos sobre dichos honorarios deberán estar pagados, demostrándolo con los correspondientes documentos de la oficina de impuestos. Los honorarios de los ingenieros, arquitectos, asesores, controladores y supervisores y demás personal técnico están sujetos al pago del 21% de impuestos. Las licencias basadas en la facturación o calculadas como proporción de éstas, están también sujetas al pago del impuesto de sociedades, con una tasa del 21,4%.
Incentivos a la inversión
El Decreto de 28 de Agosto de 2006 y el Comunicado 2006/3 regulan la concesión de incentivos en Turquía (Ver http://www.investinturkey.gov.tr/cms/index.php?a=204).
Las finalidades de la concesión de incentivos en Turquía son: canalizar las inversiones hacia sectores prioritarios de la economía turca y promover inversiones en las regiones menos desarrolladas del país. El régimen de incentivos del país se basa en los compromisos adquiridos por Turquía con la Organización Mundial de Comercio (OMC) y con la UE tras la Unión Aduanera.
Las empresas extranjeras que cumplan las disposiciones del Código de Comercio Turco y que estén inscritas en el Registro Mercantil Turco tienen los mismos derechos y obligaciones que cualquier empresa local.
Los incentivos a la inversión se otorgan considerando tres aspectos: a) Región Geográfica, b) Sector y c) Tamaño de la Empresa (hay un Régimen Especial para PYMES).
Régimen General de Incentivos:
La política de los gobiernos turcos ha consistido en promover las inversiones en aquellas áreas más desfavorecidas del país. La clasificación actual del territorio para otorgar los incentivos a la inversión es la siguiente:
Regiones desarrolladas: las provincias de Estambul y Kocaeli y la municipalidad de Ankara, Esmirna, Bursa, Adana y Antalya (excepto las zonas organizadas industriales).
Regiones de desarrollo prioritario: son 50 ciudades determinadas por el Consejo de Ministros. Ver web: www.hazine.gov.tr
Regiones normales: todas las demás. Organismo regulador y cantidades mínimas
La Subsecretaría del Tesoro es el organismo encargado de conceder los certificados de incentivo a la inversión; las empresas extranjeras deben dirigirse a la DGIE para dicho cometido. Estos certificados son necesarios para beneficiarse del programa de ayudas estatales.
Para conseguir los certificados, la principal condición es que el valor de la inversión exceda de 200.000 NTL, en el caso de Pymes; 200.000 NTL para proyectos de leasing financiero y 1.000.000 NTL para otro tipo de inversiones
(http://www.investinturkey.gov.tr/cms/index.php?a=204)
Para aquellas empresas que no puedan cumplir con dichos requisitos existe otro tipo de ayudas (sobre todo para proyectos de tamaño medio y pequeño). La Subsecretaría del Tesoro se guarda el derecho de vetar aquellos proyectos de inversión que no aumenten la competitividad internacional, no aporten tecnología apropiada o que estén por debajo de las capacidades mínimas requeridas económicamente.
Sectores prioritarios para los incentivos:
Los siguientes sectores fueron definidos como prioritarios en el plan de incentivos: Proyectos de generación de electricidad (incluyendo la autoproducción); Inversiones en infraestructura; Proyectos BO y BOT; Proyectos de investigación y desarrollo; Proyectos relacionados con la protección del medio ambiente; Proyectos prioritarios de inversión en tecnología, determinados por el Consejo Superior de Ciencia y Tecnología; Inversiones en la industria electrónica; Inversiones en astilleros y marinas; Inversiones en servicios determinados por la Subsecretaría del Tesoro, como parques tecnológicos, educación, tecnologías de la información, salud, turismo y comunicaciones; Inversiones en regiones prioritarias o en el extranjero, con la aprobación de la Subsecretaría del Tesoro; Inversiones en Modernización y mejora de la calidad; Las inversiones que excedan de los 50 millones de dólares, aprobadas por la Subsecretaría del Tesoro que pertenezcan a una de las siguientes categorías: inversiones de alto valor añadido, inversiones en tecnología avanzada, inversiones que incrementen los ingresos fiscales e inversiones que promuevan la creación de empleo.
El Subsidio a la Inversión.
Eliminación de los Aranceles. Este incentivo sólo es aplicable a la maquinaria y bienes de equipo requeridos para el proyecto de inversión incluidos en la lista aprobada por la DGIE, excluyéndose materias primas y bienes intermedios.
Devolución de IVA.
Pago aplazado (o exento) del IVA: para maquinaria o equipos importados o comprados localmente.
Exención de impuestos, tributos y tasas.
Zonas Francas y Zonas Organizadas Industriales
Las Zonas Francas
Las Zonas Francas están reguladas por la Ley Nº 3218 de 1985 y la Ley Nº 5084 de 6 de febrero de 2004, que limita las ventajas establecidas por la Nº 3218.
Las Zonas Francas son zonas especiales dentro del país pero consideradas como regiones fuera del territorio aduanero, donde la normativa (aplicada a empresas establecidas en el territorio turco) relativa al comercio internacional y a otras áreas económicas y financieras no es aplicable o sólo es aplicable en parte. Las Zonas Francas son regiones en las que se ofrece un entorno más conveniente para incrementar el volumen del comercio y la exportación en comparación con otras partes del país.
Las ganancias e ingresos obtenidos en la Zona Franca pueden ser transferidos a cualquier país, incluido Turquía, libremente sin necesidad de permiso previo. Se permiten las ventas en el mercado doméstico. Las ventas al mercado turco están sujetas a una tasa del 0´5% del valor de la transacción.
Los incentivos otorgados a las Zonas Francas por la Ley Nº 3218 (ahora limitadas desde el 6 de febrero de 2004) pueden resumirse en:
Exención del pago de todo tipo de impuestos incluyendo el IVA, el Impuesto de Sociedades y el Impuesto sobre la Renta; exención del Impuesto sobre la Renta en los salarios del personal (aunque sí cotizan a la Seguridad Social); no limitación en la transferencia de los beneficios generados en dichas zonas; no limitación a la participación del capital extranjero en las inversiones; reducción de la burocracia; posibilidad de recibir ayudas estatales; inexistencia de las formalidades de importación y exportación en bienes de inversión; exenciones de aranceles a la importación.
La Ley 5084 limita varias de esas ventajas de manera que:
Las empresas que obtuvieron sus Licencias de Operación en una Zona Franca antes del 6 de febrero de 2004:
a) se seguirán beneficiando de la exención del Impuesto de Sociedades con el límite del periodo especificado en la Licencia de Operación.
b) no deberán pagar el impuesto sobre la renta de los empleados hasta 2009.
c) estarán exentas de todos los impuestos, gravámenes y responsabilidades generadas durante el ejercicio de sus actividades relacionadas con las operaciones de las Zonas Francas hasta 2009.
Las empresas que obtuvieron sus Licencias de Operación en o después del 6 de Febrero de 2004:
a) Están solamente exentas del Impuesto de Sociedades hasta el fin del año fiscal en que Turquía sea oficialmente miembro de pleno derecho de la Unión Europea.
Las Zonas Organizadas Industriales
Las Zonas Organizadas Industriales (ZOI) se han creado para que las empresas encuentren los terrenos y las infraestructuras necesarias para el desarrollo de sus actividades empresariales y crear así áreas de densidad industrial.
Las ZOI están gestionadas por entidades públicas o privadas. Las privadas son menos abundantes pero, al parecer, mejor gestionadas. El caso más exitoso es la de GEBZE, GOSB.
Por otra parte, las ZOI se dividen también en multisectoriales y sectoriales. Éstas últimas parecen obtener mejores resultados, entre ellas se cuentan Imes (manufacturas del metal), Des (trabajos en hierro), Kadosan (automóviles) y Modoko (fabricación de muebles).
Las ventajas de las ZOI son las siguientes:
Disponer de infraestructura (accesos, agua, electricidad y otros servicios).
Mayor facilidad de tramitación al poderse hacer ésta a través de la ZOI, sin necesidad de contactar al Municipio (la autoridad sigue siendo el Municipio, pero la ZOI facilita la consecución de los permisos).
Otras ventajas son:
Mayor eficiencia en la producción y mayor rendimiento empresarial, por concentración de industrias del mismo sector y de la industria auxiliar.
Planificación industrial y urbana que junto con la existencia de plantas depuradoras industriales, contribuyen a la mejora del medio ambiente.
La desventaja es el coste del terreno que suele alcanzar precios comparativamente altos.