G. THE DISCLOSURE SYSTEM IN SINGAPORE 64
1. The switch from merit-based regulation to a disclosure-based system 64
Con el propósito de garantizar el debido proceso a las entidades territoriales beneficiarias de los recursos de regalías y compensaciones, la Dirección de Regalías, a través de la Subdirección de Procedimientos Correctivos (SPC), está facultada para adelantar el Procedimiento Administrativo Correctivo tendiente a verificar las presuntas irregularidades cuando tales entidades no ejecuten los recursos de conformidad con los criterios de Ley, y determinar si existe mérito para imponer la medida correctiva.
Medidas correctivas
Cambio de ejecutor,
No aprobación de nuevos proyectos. Medidas preventivas
Suspensión de giros
Se levantan una vez se subsane la causal.
Cuando del análisis de la información recaudada se advierta la existencia de alguna posible irregularidad se da inicio al Procedimiento Administrativo Correctivo, previsto en el artículo 31 del Decreto 416 de 2007.
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tapas delp
rocediMientoc
orrectivo Informes de Irregularidades - IAF* - SCV* - Autoridades - Terceros Acto inicio de procedimiento Pruebas preliminares Acto de formulación de cargos Descargos de la ET* 20 días hábiles Decreto y práctica de pruebas 30 días prorrogable por 15 días más Informe final Asignaciones FNR No estudio de nuevos proyectospor parte del Consejo Asesor de Regalías
* IAF: Interventoría Administrativa y Financiera * SCV: Subdirección de Control y Vigilancia * ET: Entidad Territorial
Resolución correctiva Regalías y compensaciones Cambio de ejecutor Cambio de ejecutor Suspensión de Giros
¡recuerde!
- La entidad territorial tiene un plazo de (20) días improrrogables para presentar los descargos y (30)
días para allegar las pruebas decretadas, prorrogable por 15 días hábiles únicamente.
- Es de vital importancia que las entidades territoriales presenten oportunamente los descargos y las pruebas decretadas con el propósito de adelantar de manera ágil y oportuna el Procedimiento Administrativo Correctivo.
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¿e
s posible terMinar anticipadaMente elpac?
Sí, cuando se determine que no existe mérito suficiente para iniciarlo o proseguirlo, ya sea porque no existe irregularidad, porque la entidad se ha ajustado a los criterios de Ley, o porque los hechos investigados ya fueron objeto de actuación, se archivarán las diligencias adelantadas y no se continuará con el impulso de la actuación.
Suscripción Plan de Desempeño
Para levantar la suspensión preventiva o correctiva, o terminar anticipadamente el procedimiento correctivo en cualquier etapa, la entidad territorial podrá suscribir un plan de desempeño, de acuerdo con el artículo 29 del Decreto 416 de 2007.
Acto de inicio formulación de Acto de
cargos Descargos
Decreto y práctica de
pruebas
* ET: Entidad Territorial
* PAC: Procedimiento Administrativo Correctivo * DR. Dirección de Regalías
* SPC. Subdirección de Procedimientos Correctivos
En cualquier etapa del PAC* si la ET*presenta Plan de Desempeño y es aprobado por la DR.
SPC* proyecta Resolución, medida correctiva condicionada al cumplimiento del Plan de Desempeño. Se compulsan copias de la misma a los órganos de control y Fiscalía General de la
Nación.
Incumplir el Plan de Desempeño genera la inmediata adopción de la medida correctiva prevista en la Resolución.
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eseMpeñoInforme Final
¡recuerde!
Aspectos del Plan de Desempeño Preventivo y Correctivo
- Es un compromiso unilateral e irrevocable de la entidad territorial suscrito por el representante legal facultado, para ajustar la administración y ejecución de sus recursos a los requisitos previstos en la Ley, y adoptar las previsiones necesarias para evitar incurrir en nuevas y/o futuras irregularidades y compensar los montos que haya dejado de invertir correctamente.
- Su objeto es formalizar y soportar ajustes frente a indebida utilización y prevenir incumplimientos. - Deben aprobarse por la Dirección de Regalías del Departamento Nacional de Planeación.
- Una vez aprobados se levantan las medidas preventivas y/o correctivas impuestas y se suspende el Procedimiento Administrativo Correctivo adelantado.
- La entidad territorial se someterá a condiciones especiales de control y vigilancia, tales como la remisión mensual de informes discriminados y debidamente soportados de ingresos y ejecución de recursos.
- La Dirección de Regalías del DNP realiza el seguimiento al cumplimiento del Plan de Desempeño.
r
eportes a órGanos de controlCuando del análisis de la información allegada a la Dirección de Regalías - Subdirección de Procedimientos Correctivos se presuma que alguna entidad territorial ha incurrido en algún otro tipo de responsabilidad diferente a la administrativa, dará traslado a los órganos de Control competentes, de acuerdo con los Decretos 4355 de 2005 y 416 de 2007, de la siguiente forma:
Artículo 9 Decreto 4355 de 2005
La Subdirección de Procedimientos Correctivos de la Dirección de Regalías reporta a los órganos de control competentes y/o da traslado a la Fiscalía General de la Nación, la inobservancia de la normativa disciplinaria, fiscal o penal en el uso y manejo de recursos del Fondo Nacional de Regalías, y de regalías y compensaciones.
Numeral 9 Decreto 4355 de 2005
De la decisión de fondo debidamente ejecutoriada mediante la cual se imponga una medida correctiva, se compulsarán copias a los órganos de control y a la Fiscalía General de la Nación.
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s
anciones por el ManeJo inadecuado de los recursosInstrumento Definición Componentes
Penal El servidor público que en ejercicio de su cargo utilice indebidamente los recursos provenientes de regalías, se apropie de ellos, o de una aplicación oficial diferente puede incurrir en conductas tipificadas como delito110.
- Prisión - Multas
- Inhabilidad para ejercer cargos públicos
Fiscal Acciones que afecten el erario público. La Contraloría General de la República es la encargada de hacer control fiscal de las regalías directas e indirectas111.
- Pago de dinero equivalente al monto de la responsabilidad fiscal.
- Llamados de atención - Amonestaciones y multas112
Disciplinaria
Por el uso indebido de los recursos de regalías se incurre en faltas
gravísimas, graves y leves113.
- Destitución e inhabilidad general - Suspensión en el ejercicio del
cargo e inhabilidad especial - Suspensión
- Multa
- Amonestación escrita