1. Durante el ejercicio de 2001, el Comité Ejecutivo Nacional del Partido realizó transferencias en efectivo por $18,949,853.04 (dieciocho millones novecientos cuarenta y nueve mil ochocientos cincuenta y tres pesos 04/100 M.N.), al Comité Directivo Regional en el Distrito Federal, las cuales no se consideraron en los registros contables respectivos; incumpliendo lo establecido en los numerales 8.3, 8.4 y 17.1 de los Lineamientos del Instituto Electoral del Distrito Federal para la Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos.
1. Las transferencias de recursos por parte del Comité Ejecutivo Nacional por un monto de $18’949,853.04 (dieciocho millones novecientos cuarenta y nueve mil ochocientos cincuenta y tres pesos 04/100 M.N.) ya están registrados tanto en ingresos como en egresos tal como lo señalan los numerales 8.3 y 8.4 de los Lineamientos del Instituto Electoral del Distrito Federal para la Fiscalización de los Recursos de los Partidos, tal como se refleja en el informe financiero modificado, así como en la balanza de comprobación, anexos a este documento. Cabe aclarar que en el Informe Anual sobre el origen y destino de los recursos de los Partidos Políticos correspondiente al ejercicio 2001, sí se presentó el monto de las transferencias realizadas por el Comité Ejecutivo Nacional tal como lo señala en numeral 17.1 de los Lineamientos del Instituto Electoral del Distrito Federal para la Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos. (Anexo I) 2. El saldo inicial del Informe Anual del año 2001
presentado por el Partido, por un monto de - $7,135,214.42 (menos siete millones ciento treinta y cinco mil doscientos catorce pesos 42/100 M.N.), difiere del determinado en el año 2000, el cual asciende a la cantidad de -$7,135,654.64 (menos siete millones ciento treinta y cinco mil seiscientos cincuenta y cuatro pesos 64/100 M.N.), existiendo una diferencia por $440.22 (cuatrocientos cuarenta pesos 22/100 M.N.), incumpliendo lo establecido en el numeral 16.1 de los Lineamientos del Instituto Electoral del Distrito Federal para la Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos.
Adicionalmente, el Partido omitió incluir en la suma de los ingresos presentados en su Informe Anual, el importe del saldo inicial por -$7,135,654.64 (menos siete millones ciento treinta y cinco mil seiscientos cincuenta y cuatro pesos 64/100 M.N.), lo cual genera que el saldo final no sea el correcto, incumpliendo lo establecido en el numeral 16.1 de los Lineamientos del Instituto Electoral del Distrito Federal para la Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos.
2. En referencia a la diferencia entre el saldo inicial del informe estamos presentado un nuevo informe con la cantidad de $ $7’135,654.64 (menos siete millones ciento treinta y cinco mil seiscientos cincuenta y cuatro pesos 42/100 M.N.). Cabe aclarar que de acuerdo a nuestro criterio, el saldo inicial no es un ingreso por lo que el saldo final se integró restando a la diferencia entre ingreso y egreso el saldo inicial, dando por resultado $16’998,432.39 que es la cifra consignada en el informe como saldo final.
Concepto Importe Saldo Inicial (7’135,214.42) Ingresos 75’443,685.90 Egresos (51’310,039.09) Saldo final 16’998,432.39 No obstante atendiendo a esta observación en el informe modificado el cual se anexa a este documento, estamos incluyendo el saldo inicial a los ingresos. (Anexo I) y presentando como saldo inicial la cantidad de $ 7,135,654.54 (siete millones ciento treinta y cinco mil seiscientos cincuenta y cuatro pesos 54/100 M.N.)
3. Para la revisión de las cuentas “Aportaciones de Militantes”, “Aportaciones de Simpatizantes”, “Autofinanciamiento”, “Activo Fijo” y “Materiales y Suministros”; el Partido no proporcionó diversas pólizas por un total de $2,684,954.23 (dos millones seiscientos ochenta y cuatro mil novecientos cincuenta y cuatro pesos 23/100 M.N.), incumpliendo lo establecido en los numerales 1.2 y 11.1 de los Lineamientos del Instituto Electoral del Distrito Federal para la Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos.
3. Estamos adjuntando al presente las pólizas que nos han observado (Anexo II), ya que no fueron identificadas durante el proceso de la auditoría.
ERROR U OMISIÓN TÉCNICA RESPUESTA DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL*
Dicho importe se integra en el anexo 1.
4. El Partido registró indebidamente en la cuenta “Autofinanciamiento”, subcuenta “Otros Ingresos”, un ajuste contable para corregir la depreciación acumulada de ejercicios anteriores al 2001 de activos fijos por $892,498.01 (ochocientos noventa y dos mil cuatrocientos noventa y ocho pesos 01/100 M.N.), debiendo registrarse en la cuenta “Déficit o Remane nte del Ejercicio” afectando el periodo contable que corresponda, de tal forma que de los $2,144,156.64 (dos millones ciento cuarenta y cuatro mil ciento cincuenta y seis pesos 64/100 M.N.), reportados como autofinanciamiento sólo $1,251,658.63 (un millón doscientos cincuenta y un mil seiscientos cincuenta y ocho pesos 63/100 M.N.), corresponden a ese concepto de ingresos, incumpliendo lo establecido en el numeral 1.2 de los Lineamientos del Instituto Electoral del Distrito Federal para la Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos. Asimismo, el Partido reportó en el formato IA-3 “Detalle de Ingresos por autofinanciamiento” haber realizado 25 eventos de autofinanciamiento los cuales integran el importe de $1,251,658.63 (un millón doscientos ci ncuenta y un mil seiscientos cincuenta y ocho pesos 63/100 M.N.). Al respecto, el Partido no cuenta con el formato por cada evento realizado, en los que se mencione el tipo de evento, forma de administración del mismo, fuente de ingresos, control de folios, números y fechas de las autorizaciones legales para su celebración, importe total de los ingresos brutos obtenidos, importe desglosado de los gastos, ingreso neto obtenido, nombre y firma del responsable del evento, incumpliendo lo establecido en los numerales 6.1 y 6.2 de los Lineamientos del Instituto Electoral del Distrito Federal para la Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos.
4. Se anexa formato IA-3 (Anexo I) modificado por un total de 1’296,308.63 (un millón doscientos noventa y seis mil trescientos ocho pesos 63/100 M.N.)., el cual ya no contiene el importe de $892,498.01 (ochocientos noventa y dos mil cuatrocientos noventa y ocho pesos 01/100 M.N.), así como la póliza de reclasificación en la cuenta de otros ingresos, sin embargo, no se presenta de la manera que se sugiere, en la cuenta de “Déficit o Remanente del Ejercicio” ya que por parte de la Comisión de Vigilancia del Consejo Regional, órgano superior de nuestro Partido en el Distrito Federal, nos practican auditorías anuales y los estados financieros del 2001 ya fueron dictaminados para tales efectos, por “Castillo Miranda, Contadores Públicos” auditores que avalaron el criterio seguido y además nuestros estados financieros ya fueron aprobados por el pleno del Consejo Regional. Adicionalmente, estamos incorporando los formatos de Autofinanciamiento por los cursos y eventos realizados, así como los talones de los folios utilizados para tales efectos. (Anexo I)
5. Del Financiamiento Público que recibió para Actividades Ordi narias Permanentes, que ascendió a la cantidad de $48,799,690.47 (cuarenta y ocho millones setecientos noventa y nueve mil seiscientos noventa pesos 47/100 M.N.), el Partido no destinó por lo menos el 2% al desarrollo de sus fundaciones o institutos de investigación, el cual ascendería a $975,993.81 (novecientos setenta y cinco mil novecientos noventa y tres pesos 81/100 M.N.), incumpliendo lo establecido en el art. 30
fracción I, inciso c) del Código Electoral del Distrito Federal..
5. La intención del Partido es atender las recomendaciones y observaciones de la Institución que usted representa con el objeto de dar cumplimiento al Código Electoral del Distrito Federal.
Durante el ejercicio de 2001 se pagaron ciertas investigaciones y anteproyectos para la creación de la Fundación, pero fue que el pasado día 16 de Julio del año 2002, que se creó la Fundación para Estudios Urbanos y Metropolitanos Adolfo Chistlieb Ibarrola, mediante el acta constitutiva No. 108491, dando fe del acto el Notario Público No. 48, Lic. Felipe Guzmán Núñez, se anexa copia del Acta (Anexo III) Con el ánimo de atender la disposición legal invocada es que constituimos la Fundación en referencia. Nosotros no queremos dejar de cumplir con la Ley y estamos dando todos los pasos para lograrlo.
6. Como resultado de la revisión al rubro “Cuentas por Cobrar”, el cual al 31 de diciembre de 2001 ascendió a
6. En el presente año se inició la depuración de las cuentas por cobrar, detectando que existen saldos
ERROR U OMISIÓN TÉCNICA RESPUESTA DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL*
$886,570.39 (ochocientos ochenta y seis mil quinientos setenta pesos 39/100 M.N.), se determinaron saldos deudores por $591,029.71 (quinientos noventa y un mil veintinueve pesos 71/100 M.N.) y saldos acreedores por $40,893.44 (cuarenta mil ochocientos noventa y tres pesos 44/100 M.N.), con una antigüedad mayor a un año, mismos que a la fecha de la fiscalización no fueron aclarados ni comprobados, incumpliendo lo establecido en el numeral 25.3 de los Lineamientos del Instituto Electoral del Distrito Federal para la Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos.
Dicho importe se integra en el anexo 2.
con antigüedad mayor a un año. Derivado de ese trabajo se determinaron saldos irrecuperables, por lo que el pasado 21 de junio se solicitó a nuestro Consejo Regional, órgano superior del Partido en el Distrito Federal, la cancelación de diversos saldos por un monto de $ 302,251.00 (trescientos dos mil doscientos cincuenta y un pesos 00/100 M.N.) dicha acta fue proporcionada a los fiscalizadores durante el procesos de auditoría, así mismo estamos anexando copia del oficio en donde se solicitó al Consejo Regional la cancelación de las cuentas incobrables (Anexo IV), la cual finalmente fue aprobada.
Por otra parte tenemos saldos que se cancelan con cuentas de saldo contrario que comparando los saldos de la balanza federal se obtiene compensación cuyo efecto es cero; por un monto de $55,715.70 (cincuenta y cinco mil setecientos quince pesos 70/100 M.N.) con saldo deudor y $ (14,990.49) (catorce mil novecientos noventa pesos 49/100 M.N.) con saldo acreedor, se anexa relación de los saldos antes mencionados. Por lo que respecta al resto de los saldos, continuamos en el proceso de la depuración con el propósito de cancelar en la forma adecuada los saldos antiguos.
7. De la revisión a las cu entas de “Materiales y Suministros” y “Servicios Generales”, se determinó que el Partido no presentó la documentación comprobatoria por el importe de $413,621.77 (cuatrocientos trece mil seiscientos veintiún pesos 77/100 M.N.), incumpliendo lo establecido en el numeral 11.1 de los Lineamientos del Instituto Electoral del Distrito Federal para la Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos. Dicho importe se integra en el anexo 3.
7. Se anexan a este documento los comprobantes originales de “ Materiales y Suministros” no identificados durante el proceso de la auditoría por un importe de $ 315,591.27 (Trescientos quince mil quinientos noventa y un pesos 27/100 M.N.) (Anexo V)
Por lo que respecta a la PE-308 de marzo de 2001, debe tenerse en cuenta que se trató de un curso recibido por un funcionario del Partido en el extranjero (California E. U. A) Es decir, se trata de una erogación efectuada en el extranjero y el comprobante que nos fue proporcionado, es la impresión proveniente del Internet. Así incluso, se indica en la página primera de tres, párrafo final de la impresión de internet aludida, la cual forma parte de la póliza.
8. Derivado de la revisión a la cuenta “Servicios Generales” de los Comités Delegacionales de Álvaro Obregón, Miguel Hidalgo, Tláhuac y Xochimilco, se determinó que existe documentación que no reúne requisitos fiscales por un importe de $130,860.00 (ciento treinta mil ochocientos sesenta pesos 00/100 M.N.), incumpliendo lo establecido en el numeral 11.1 de los Lineamientos del Instituto Electoral del Distrito Federal para la Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos.
Dicho importe se integra en el anexo 4.
8. La cantidad de 130,860.00 (Ciento treinta mil pesos 00/100 M.N.) se integra por diversas partidas de las cuales se presenta la aclaración de la siguiente manera: (sic)
a) Respecto a los 8 pagos de $3,700.00 (tres mil setecientos pesos 00/100 M.N.) que dan un total de $29,600.00 (veintinueve mil seiscientos pesos 00/100 M.N.) pagos realizados por el Comité Directivo Delegacional de Alvaro Obregón por concepto de arrendamiento; me permito hacer referencia a las observaciones del año 2000, para lo cual les enviamos copia de la carta de solicitud de los comprobantes con requisitos fiscales y el reporte presentado en el mes de octubre por las personas que gestionaron para conseguir
ERROR U OMISIÓN TÉCNICA RESPUESTA DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL*
los comprobantes adecuados a pesar de las gestiones que se realizaron al respecto, se determinó resolver este problema en el mes de septiembre de 2001 dejando el inmueble que ocupaban las oficinas del Comité antes mencionado, anexo carta mencionada (Anexo VI).
Por lo que respecta al 2000, esta misma observación ya incluso se encuentra desahogada a satisfacción de ustedes. b) Por el pago de $ 18,575.00 (dieciocho mil
quinientos setenta y cinco pesos 00/100 M.N.) se realizó un ajuste ya que estaba considerado como un gasto y en realidad es un depósito en garantía entregado por el arrendamiento de las nuevas oficinas en donde se encuentra el Comité Directivo Delegacional de Alvaro Obregón a partir del mes de septiembre del 2001. (anexamos póliza original del gasto, el recibo entregado por el arrendador y la póliza de ajuste PD-1659 del 31 de diciembre de 2001. (Anexo VII)
c) Por lo que respecta a los 3 recibos de $23,575.00 (Veintitres mi l quinientos setenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.), cuyo monto total es de $70,725.00 (setenta mil setecientos veinticinco pesos 00/100 M.N.), por concepto de arrendamiento del Comité Delegacional de Alvaro Obregón anexamos a este documento los recibos originales No. 0209, 0212 y 0216, que cumplen con todos los requisitos fiscales. (Anexo VIII) d) Anexamos Comprobante original de gastos
por $ 2,240.00 (Dos mil doscientos cuarenta mil pesos 00/100 M.N.), la diferencia por $ 4, 069.61 (Cuatro mil sesenta y nueve pesos 61/100 M.N.), se realizó un ajuste PD-1665 del 31/Dic/2001 considerando este monto como una cuenta por cobrar .(Anexo IX)
e) Por lo que respecta al comprobante de gastos de timbres realizado por el Comité Directivo Delegacional de Xochimilco, cuyo comprobante corresponde al Servicio Postal Mexicano por un importe de $ 2,400.00 (dos mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.), se nos ha observado que no cumple con el requisito de la vigencia, nos permitimos comentar que de conformidad con el numeral 2.4.17 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente durante el 2001 emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que menciona “ La vigencia de dos años será aplicable únicamente a personas morales que No tributen conforme al Título III (Personas
ERROR U OMISIÓN TÉCNICA RESPUESTA DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL*
morales no contribuyentes) de la Ley del ISR ...” y de conformidad con el artículo 73 de la Ley del ISR (2001) los organismos descentralizados en este caso el Servicio Postal Mexicano, pueden tributar en el Título III antes mencionado. Consecuentemente, consideramos por esta razón, que el comprobante que recibimos no tiene que cumplir con el requisito de la vigencia.
f) El recibo de Tláhuac fue por el pago de la renta de un salón de fiestas para un evento del partido en el mes de octubre del cual estamos anexando la pólizas cheque 109 y 142 que esta última es en la que se encuentra el comprobante original por ser el complemento de la primera póliza. (Anexo V)
9. En la conciliación bancaria de diciembre de 2001 de la cuenta Banamex no. 244-4113661 correspondiente a la Delegación Coyoacán, el Partido presentó en el renglón de saldo según registros contables el importe de $56,774.66 (cincuenta y seis mil setecientos setenta y cuatro pesos 66/100 M.N.); sin embargo, en los registros contables proporcionados por el Instituto Político se observó que existe un saldo negativo, por la cantidad de - $21,055.70 (menos veintiún mil cincuenta y cinco pesos 70/100 M.N.), incumpliendo lo establecido en el numeral 1.1 de los Lineamientos del Instituto Electoral del Distrito Federal para la Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos.
9. No dio respuesta.
10. De la revisión a la cuenta “Gastos por Amortizar” se determinó que el Partido adquirió bienes durante el ejercicio 2001, por un total de $62,877.50 (sesenta y dos mil ochocientos setenta y siete pesos 50/100 M.N.), que no fueron controlados mediante kardex y entradas y salidas de almacén, incumpliendo lo establecido en el numeral 14.2 de los Lineamientos del Instituto Electoral del Distrito Federal para la Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos.
Dicho importe se integra como sigue:
CUENTA IMPORTE