MATERIAL AND METHODS
TABLE-50 DISCUSSION
La ley Agraria en su Artículo 9, señala que los núcleos de población comunal son propietarios de las tierras que les han sido dotadas.
En los núcleos agrarios existen tierras para parcelas agrícolas, solares urbanos y tierras de uso común, que generalmente son las áreas forestales y pastizales. Aunque Rodríguez et al (2008: 56) señalan que en los hechos existen áreas forestales parceladas, pero en el Artículo 59 de la Ley Agraria se prohíbe la parcelación, además de que la Legislación Forestal establece como titulares y responsables del manejo y de los aprovechamientos forestales a los núcleos agrarios.
La ley Agraria señala que los derechos comunales se denominan derechos agrarios y confieren a sus titulares derechos de propiedad particular y colectiva. Entre los primeros están los derechos de acceso y uso de las parcelas agrícolas y solares urbanos. Dentro de los derechos colectivos se encuentran los derechos de acceso y uso de las áreas comunes y de participación en su gestión.
Las asambleas de las comunidades agrarias tienen la capacidad legal de integrar a tantos nuevos miembros como lo considere viable. Generalmente los nuevos miembros son jóvenes que alcanzan la edad adulta y desean permanecer en sus comunidades. En las comunidades agrarias el número de titulares de derechos agrarios se incrementa y el proceso de envejecimiento es menor.
Además del Artículo 59, los Artículos 73, 74, 75 y 100 de la Ley Agraria tienen enorme trascendencia para la gestión y uso de las áreas forestales del país. El Artículo 73 indica que las tierras comunales de uso común constituyen el sustento
23 económico de la vida en comunidad del núcleo agrario. Por su parte el Artículo 74 menciona claramente que la propiedad de las tierras de uso común es inalienable, imprescriptible e inembargable. El reglamento interno regulará el uso, aprovechamiento, acceso y conservación de las tierras de uso. Finalmente el Artículo 75 y 100 de la Ley reglamentaria autorizan a las comunidades agrarias para transmitir el pleno dominio de sus tierras de uso común a las sociedades mercantiles o civiles.
3.3.2. Participación de los integrantes del grupo doméstico en el uso de los recursos naturales
A fin de mejorar las condiciones de vida de hombres y mujeres a través de actividades en el sector forestal es necesario planificar acciones orientadas a la población rural, que requiere de información sobre quien es la población, puesto que es un grupo heterogéneo que incluye a hombres, mujeres, jóvenes, ancianos y niños. En todos lados y dentro de cada grupo socioeconómico, las vidas de hombres y mujeres se estructuran de manera diferente (López y Schreuel, 1999: 14).
Haciendo énfasis sobre la participación de las mujeres en puestos clave, Acharya y Popular (2006) señalan que pueden influir en las políticas y decisiones a nivel local con el fin de la práctica democrática, proceso de gestión de los recursos naturales y para garantizar la distribución equitativa de beneficios. Además de demostrar su compromiso de producir resultados prometedores en términos de organización para abogar por sus necesidades, intereses y derechos, y para aumentar el acceso y control sobre los recursos forestales de la comunidad. También, la participación de la mujer en la vida pública está asociada a que exista menor nivel de corrupción.
En este sentido, el enfoque de género brinda a los miembros de una comunidad, de identificar las oportunidades, así como sus roles y la existencia de igualdades, desigualdades y diferencia en cuanto al acceso y control sobre los recursos y beneficios. Así mismo, permite informar y estar consciente de la situación y proponer cambios graduales que se consideren pertinentes para un desarrollo equitativo. En este contexto, la inclusión de hombres y mujeres en el manejo de los recursos
24 forestales radica en el conocimiento de la realidad genérica de cada comunidad, lo cual permite que las acciones de desarrollo rural y forestal contribuyan a disminuir las desigualdades existentes (López y Schreuel, 1999: 14).
Velásquez (2005) identificó la diferencia de percepciones de mujeres y hombres sobre la conservación de los recursos naturales, mientras que para los hombres es una fuente importante de ingresos económicos; para las mujeres constituye parte del patrimonio que sus hijos heredarán. Mientras que Towsend et al. (1994) señalaron que existe división de trabajo en las unidades domésticas, las mujeres desempeñan la actividad tradicional que la sociedad le ha impuesto (actividades del hogar); y casi nunca trabajan en las actividades agropecuarias. Mientras que los hombres consiguen el ingreso familiar, en ellos recae la responsabilidad de la siembra de la parcela familiar. Por último, estos autores encontraron que los roles que desempeñan cada uno, en particular las mujeres lo hacen gustosamente, pues ellas expresaron “ nosotras no nos quemamos de sol, en cambio los hombres sí”.
En cualquier clase o grupo socio-lingüístico, las mujeres y hombres tienen diferentes papeles, responsabilidades, recursos, limitaciones y oportunidades derivadas de la organización genérica. Sin el manejo objetivo de información desagregada por género, se reducen las posibilidades de diseñar adecuadamente acciones de desarrollo forestal; resultando en fracasos e impactos negativos. Por eso, cualquier proyecto forestal debe tomar en cuenta los aspectos de género al elaborar y definir propuestas, para asegurar que las actividades respondan a las necesidades de los hombres y mujeres y que los beneficios se distribuyan en forma equitativa, de manera que ayuden a reducir las desigualdades existentes López y Schreuel (1999: 19) y Velásquez (2005).
La marginación de las mujeres deriva de la estructura agraria, dado que la tenencia de la tierra recae en los hombres, jefes de familia. Warman (2003: 167) lo ejemplifica, al señalar que las mujeres quedaron al margen de las jerarquías religiosas tradicionales, con pocas excepciones. Continúa diciendo, que están segregadas del desempeño de cargos públicos en los municipios indígenas tradicionales.
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