• No results found

TESTING AND MONITORING ACC_TEST

Internal Auditor Detection Process and Internal Control Deficiencies Types

TESTING AND MONITORING ACC_TEST

La idea a defender del presente proyecto de tesis se encuentra encaminada y confirmada mediante las respuestas de las encuestas aplicadas a los profesionales del derecho en las preguntas cinco, seis y ocho

Conclusiones parciales del capitulo

En este capítulo de mi proyecto de tesis acogimos la metodología que efectuamos e implementamos para poder finalizar esta tesis para lo cual se incurrió en varias técnicas e instrumentos, métodos que permiten desarrollar el tema con una secuencia lógica, de forma sistematizada, concreta respecto al tema a defender.

Se estableció el estado de conocimiento de los encuestados sobre la problemática, y de esta forma poniendo en conocimiento el tema de tesis, logrando establecer una solución a la problemática dada.

Las respuestas obtenidas de los profesionales del derecho encuestados fueron interpretados mediante cuadros estadísticos, logrando de esa forma identificar la problemática y la solución al mismo tiempo, para de esta forma poder lograr que la investigación dada en campo se constituya en fundamento para las conclusiones del presente trabajo.

81

CAPITULO III

3 Marco Propositivo

En el ámbito laboral los jóvenes se han constituido en uno de los problemas sociales más difíciles de tratar de erradicar en nuestro país, por cuanto no existe una norma legal a diferencia de otras legislaciones que el gobierno a través de su respectiva ley, establece un incentivo al empleador que haga la contratación de personas jóvenes en cada una de sus dependencias, de esta forma fomentando el empleo juvenil, y de cierta forma acabando con el desempleo.

Hay que tomar en cuenta que la Constitución De la República del Ecuador, enmarca a los jóvenes dentro del grupo de atención prioritaria, en los que establece y garantiza el desarrollo integro en todas las fases de su crecimiento sea profesional como personal, y hay que tomar en cuenta que es en la fase de la juventud y por las condiciones económicas del país existen muchos jóvenes que necesitan trabajar para poder solventar su vida y en muchos de los casos pagar sus estudios para poder obtener una profesión y ser el futuro de si mismos y por ende de sus familias.

Pero de igual forma no existe el incentivo que debería haber al empleador para que haga la contratación de los mismos, por ende a la clase trabajadora de cierta forma no toma en cuenta la problemática suscitada en la sociedad.

Estableciendo un incentivo a la clase empleadora laboral se lograría que exista un gran porcentaje de jóvenes desempleados en el país y se estaría asegurando la estabilidad laboral y se fomentaría el desarrollo integro d elos jóvenes en crecimiento en el Ecuador.

82 3.1.1 Tema:

“FOMENTO AL EMPLEO JUVENIL E INCENTIVO AL PATRONO”

3.1.2 PROYECTO DE LEY REFORMATORIO AL CODIGO DEL TRABAJO

REPÚBLICA DEL ECUADOR ASAMBLEA NACIONAL

LA COMISIÓN LEGISLATIVA Y DE FISCALIZACIÓN

EL PLENO DE LA COMISIÓN LEGISLATIVA Y DE FISCALIZACIÓN.

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución de la Republica en el artículo 1 manifiesta que el Ecuador es un Estado Constitucional de derechos y justicia social.

Que, es deber fundamental del Estado la protección integral de todos los ciudadanos a través de la aplicación de políticas dirigidas a garantizar el cumplimiento del goce de los derechos al buen vivir (Sumak kawsay)

Que, es deber del Estado procurar que todos los ciudadanos, accedan a tener un trabajo digno, que les permitan sustentar sus gastos y el de su familia para vivir dignamente.

Que, los Derechos Constitucionales se podrán ejercer, promover y exigir de forma individual o colectiva ante las autoridades competentes

83

Que, es deber del Estado la protección colectiva de todos los ciudadanos, sin excepción de clases.

Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 33, y, del Art. 325 al 333, protege el derecho al trabajo a todo ciudadano ecuatoriano.

Que, en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del hombre establece, que toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones dignas y a seguir libremente su vocación, en cuanto lo permitan las oportunidades existentes de empleo.

Que, el Art. 169 de la Constitución declara que el sistema procesal es un medio para la realización de la justicia. Las normas procesales consagrarán los principios de simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación, celeridad y economía procesal, y harán efectivas las garantías del debido proceso.

Que, las Organización Internacinal de trabajo dentro de sus acuerdos y tratados, ratificados por el Ecuador incluyen principios bases internacionales con lo referente al derecho al trabajo.

Que, el Art. 120 de la Constitución.- La Asamblea Nacional en el numeral 6; tiene la atribución. Expedir, codificar, reformar y derogar las leyes, e interpretarlas con carácter generalmente obligatorio.

EXPIDE:

El siguiente ante proyecto de Ley Reformatoria al Código del Trabajo en el cual se fomente el empleo juvenil e incentivo al patrono. Incorporando el siguiente artículo.

23.2. Incentivo al patrono.- Contratar personal joven entre 18 y 25 años, en un porcentaje mínimo del 10% de sus trabajadores; El Estado asumirá el costo del

84

seguro social de los jóvenes, correspondiente al primer año, en micro, pequeñas y grandes empresas.

DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Ley entrara en vigencia a partir de su promulgación en el Registro Oficial.

Dada y suscrita en la sede de la Asamblea Nacional ubicada en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, a los ….. días del mes de… del…..

Disposición Final.- La presente Ley reformatoria entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Registro Oficial y se deroga las disposiciones legales que se le opongan.

Dado y firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, capital de la República del Ecuador, a los 20 días del mes de noviembre del dos mil quince.

Sra. Gabriela Rivadeneira Burbano

85 Conclusiones generales.

De la revisión del proyecto de la presente tesis se desprende como la falta de empleo a la clase juvenil y el incentivo a la clase trabajadora es de conocimiento de la sociedad y en este caso en singular e ve evidenciado con las encuestas realizadas a los profesionales del derecho, en la que primeramente identifican el problema social dado, y están de acuerdo con que se incentive al empleador que haga la contratación de personal joven, sin embargo por falta de normativa legal no se da con frecuencia o con la normalidad como no existe en otras legislaciones con el fin de fomentar el empleo juvenil.

El actual Código del Trabajo no establece ninguna clase de incentivo al empleador que haga la contratación mínima del 10% de sus trabajadores que sean jóvenes.

En cuanto a los resultados obtenidos de las encuestas se evidencia el vacío o falta de esta normativa.

Estableciendo una normativa legal que de un incentivo al empleador que contrate personas jóvenes para el ámbito laboral, se estaría cumpliendo con lo que estable la Constitución de la República del Ecuador, en el desarrollo progresivo de este grupo de personas,

86 Recomendaciones.

Es menester y de suma importancia que el Presidente de la República, y la Asamblea Nacional revisen la normativa jurídica, en este caso el Código del Trabajo, para determinar la equidad entre clase empleadora y clase trabajadora juvenil, si bien es cierto se fomenta el emplea juvenil en todas las dependencias, pero de una u otra forma falta el incentivo al empleador mediante una norma legal que haga que la cosa empleadora realice la contratación de personas jóvenes.

Hay que disminuir los niveles de informalidad laboral juvenil, esto provoca un sin fin de problemas sociales, y lo más adecuado son políticas de trabajo al grupo de jóvenes de este país, para de esta forma que se puedan desarrollar tanto en el ámbito profesional como personal.

Es recomendable en la legislación actual, en lo referente al Código del Trabajo, además de lo que establece la Constitución de la República del Ecuador, en el desarrollo de la clase juvenil, se establezca la normativa para que los jóvenes desde muy temprana edad puedan trabajar y por ende acabar con la problemática social suscitada en la actualidad.

Bibliografía.

1. CABANELLAS, Dr. Guillermo (2007). Diccionario Enciclopédico De Derecho

Usual, Última Edición, Editorial Heliastas R.L. Buenos Aires-Argentina.

2. CÓDIGO DE TRABAJO (2011) Corporación de Estudios y Publicaciones.

Quito -Ecuador.

3. VALENCIA, Hugo (1979), Legislación Ecuatoriana Del Trabajo. Editorial

Universitaria, lera Edición. Quito-Ecuador.

4. VELA, Carlos (1983), Derecho Ecuatoriano Del Trabajo. Editorial Fondo de

Cultura Ecuatoriana. Edino, 2da Edición. Cuenca - Ecuador.

5. CODIGO CIVIL TOMO I, (2011), Corporación de Estudios y Publicaciones, Quito-Ecuador.

6. CODIGO PENAL, (2011), Corporación de Estudios y Publicaciones, Quito-

Ecuador.

7. CABANELLAS, Dr. Guillermo (2008), “Diccionario Jurídico Elemental”,

Editorial HELIASTA, Buenos Aires-Argentina.

8. RAYMOND GUILLIEN (2009), “Diccionario Jurídico”, Editorial TEMIS S.A.,

lera Edición, Bogotá-Colombia.

9. IZQUIERDO ARELLANO, Dr. Enrique, (2005), Investigación Científica,

Proyectos - Investigación participativa - Acción, Editorial Cosmos, Loja - Ecuador.

10. MARTÍN GONZÁLEZ, Abg. Carlos, (1992), Práctica Laboral Tomo I,

EditorialEdino, lera ED, Guayaquil - Ecuador.

11. MARTÍN GONZÁLEZ, Abg. Carlos, (1997), Práctica Laboral. Tomo III, Editorial Edino, lera ED, Guayaquil – Ecuador.

12. CAUBET, Amanda/ FERNÁNDEZ, Javier/ FERNÁNDEZ, Juan Carlos, (2008).VADEMÉCUM LABORAL CON PERSPECTIVA DE GÉNERO SISTEMA DE CONTRATACIÓN MECANISMOS NACIONALES E INTERNACIONALES, respecto al CONTRATO DE TRABAJO OCASIONAL, como Definición.- Art. 17, inciso 3o .Argentina: La Ley.

13. ASAMBLEA CONSTITUYENTE (2008).Constitución Política del Ecuador, título IV RÉGIMEN DE DESARROLLO. Montecristi. Capitulo sexto: Trabajo y producción. Sección tercera formas de trabajo y su retribución. Inciso 2 del artículo 331. Ecuador.

14. ASAMBLEA CONSTITUYENTE (2008).Constitución Política del Ecuador. Título II DERECHOS. Montecristi. Capitulo primero principios de aplicación de los derechos, el inciso 2 del numeral 2 del artículo 11 Ecuador.

15. En el artículo 23 de la referida declaración (Declaración Americana de los Derechos y Deberes de las Personas, al proclamar que todas las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos).

16. En la Declaración Americana de los Derechos y Deberes de las Personas, al proclamar que todas las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, se estableció en el artículo 25.

Bibliografía Digital

1 Ecuador. Copyright Lexis S.A. (1998-2013). Sentencia Corte Constitucional

T-426 de 1998.

2 Ecuador. Copyright Lexis S.A. (1988-2013). Sentencia Corte Constitucional T-736 de 1999.

3 Ecuador. Copyright Lexis S.A. (1998-2013).Sentencia No. 034-09-SEP- CC: 9 diciembre 2009.

Related documents