presta a nivel nacional. Hay que señalar la existencia de innumerables opiniones positivas hacia la
institución, las que en general para todas las regiones, abordan la buena disposición y compromiso
de los peritos y funcionarios para trabajar y cumplir con sus labores, muchas veces en condiciones
muy adversas. Del mismo modo, hay que señalar la alta participación de Fiscales y Jueces para con
el estudio, muchos de los cuales agradecieron la posibilidad de poder manifestar su opinión respecto
al actual funcionamiento del SML, y de las relaciones, que como clientes, mantienen con el mismo.
A continuación se señala las opiniones vertidas por lo encuestados, a partir de su propia experiencia
de trabajo con nuestra institución, y posteriormente se informa de las medidas y acciones que ha
tomado el SML en función de mejorar los ámbitos más críticos relacionados con la entrega de los
productos y subproductos estratégicos.
Á r e a C o n t r o l d e G e s t i ó n
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REGION METROPOLITANA REGION DE METROPOLITANA
REOCUPACIONES NECESIDAD DE MEJORAR TIEMPOS DE RESPUESTAS
Se plantea que el tiempo de respuestas de los peritajes solicitados al SML es adecuado, sin prejuicio de que quizás sería importante establecer mecanismos más expeditos de entrega de informes. Se plantea la posibilidad de enviar con más rapidez el informe pericial a través del correo electrónico, y con posterioridad, en formato de papel. Esto dado a que el informe en formato digital, es suficiente para trabajar y acudir con él en las audiencias. Podría mandarse el informe escaneado vía email para determinados delitos, por ejemplo, lesiones leves, menos graves o manejos en estado de ebriedad.
PERITAJES PSICOLOGICOS Y PSIQUIATRICOS
Se plantea mejorar los tiempos de respuestas para los peritajes psiquiátricos, psicológicos, toxicológicos e histológicos.
Que los tiempos para evacuar informes acordados en el inicio de la Reforma Procesal Penal no se cumplen a cabalidad. Las horas que se entregan en Psiquiatría son muy alejadas de la realidad que establecen los plazos de investigación, por lo que a veces en algunas causas se quedan si el informe, sobretodo en algunas investigaciones de delitos sexuales.
En relación a las pericias psiquiátricas de imputabilidad se plantea que éstas tienen un desarrollo deficiente, toda vez que no existe de parte de los psiquiatras evaluadores ningún sistema que contraste la información que entrega el imputado examinado. Se ha observado que informes consignan enfermedades que supuestamente habría sufrido el examinado, pero sin dar cuenta de ninguna confirmación médica que confirme aquello, ya sea a través de fichas clínicas u otros documentos médicos que permitan certificar las informaciones contenidas en el peritaje. Dicho cotejo es un requisito establecido en el desarrollo pericial de acuerdo a las normas que rigen el trabajo pericial.
En virtud de aquellos delitos de infracción a la Ley de Drogas, que posperitajes psiquiátricos y psicológicos tienen deficiencia en los que respecta a la información en torno a si el imputado presenta adicción o dependencia a las substancias estupefacientes o psicotrópicas. En este sentido, se debería informar si eventualmente existe algún grado de simulación en los que respecta a dichos estados de adicción o dependencia. Se observa que en dicho informes las conclusiones son relativas. Por lo tanto, se dice que los peritajes son deficientes en términos de lo exigido por el Artículo 315 del Código Procesal Penal. Además, se observa que por regla general las conclusiones son idénticas para gran parte de los informes.
Las pericias de credibilidad de relato y evaluación de daños a menores, se están otorgando fechas para llevarlas a cabo que van hasta los 4 meses, demorando otros meses más para evacuar el informe. Ello trae consigo un retardo de la tramitación de las causas y complicaciones con los plazos de investigación sobretodo al tener al imputado en prisión preventiva. Por lo tanto, se sugiere dar horas más próximas
PERITAJES SEXOLOGIA FORENSE
Los peritajes sexológicos son bastantes deficientes en términos de lo exigido por el Articulo 315 del Código Procesal Penal6. Asimismo, se observa que las conclusiones son idénticas en gran parte de los informes y el desarrollo de la anamnesis7 y del análisis externo de las victimas no es desarrollado suficientemente y con acuciosidad como para describir las condiciones en que se encuentran las victimas.
En relación a los informes de sexología forense, se observa que se debe incluir dentro de la pericia, fotografías de las lesiones, lo cual para eventuales juicios orales sería indispensable. Se debería poner mas atención en las lesiones extragenitales en los informes sexológicos, especialmente cuando se trata de abusos sexuales en que no hay lesiones genitales. Se plantea que en casos puntuales, los informes sexológicos son pocos claros en sus conclusiones. INFORME DE LESIONES
Para el caso de los informes de lesiones, éstos no concluyen la gravedad de las mismas, lo que obliga a solicitar mayores antecedentes para la pericia, lo cual impacta en la celeridad del proceso. Se plantea que muchas veces los informes no son concluyentes lo cual genera problemas en la investigación.
JUICIOS ORALES
En relación a los juicios orales, se plantea existe confusión relativa a los costos asociados al juicio (traslado, almuerzos y otros), los que deberían ser subsidiados por la institución a la que pertenecen los peritos y no por el Ministerio Público. También existiría una descoordinación en el Juicio Oral, y que esto obedece a los tiempos que deben esperar los peritos para entrar al juicio oral, algo que no depende de los fiscales si no que del Tribunal.
Se aprecia poca colaboración de los peritos para participar en la preparación del Juicio Oral, a entrevistarse previamente con los fiscales en orden a preparar su presentación en el juicio, y en el Juicio mismo. Se aprecia gran disparidad entre los peritos del SML en este tema, mientras unos son cooperadores y facilitan el tema por cuanto entienden que hoy es parte de su trabajo, otros simplemente esquivan esta obligación y dificultan el tema.
Se observa que en los juicios orales los peritos sean más claros en su exposición y en el desarrollo de sus argumentos INFORME DE AUTOPSIA
Necesidad de que los informes de autopsia indiquen conclusiones respecto a la participación o no de terceros, dado que muchos informes no lo señalan, obligando a solicitar ampliaciones del mismo. Que exista más precisión en la causas de muerte.
INFORMES EN GENERAL
Si bien la calidad de los informes es buena, deberían ser más detallados y de mayor profundidad, expliciten la metodología aplicada, que tengan un lenguaje más cercano y menos técnico para su mayor entendimiento. En relación a las materias de violencia intrafamiliar, se observa que no hace mención a los rasgos del agresor o a los síntomas de estrés postraumático de la victima.
Se llama la atención a la forma en que se tratan a las personas periciadas, teniendo en cuenta las materias sensibles en algunos tipos de procesos. Esto apunta a que las victimas tengan un trato más digno, en tanto tenga el derecho y posibilidad de que se les informe acerca de los procedimientos que se le realizarán. (Revisión de genitales por ejemplo).
6El artículo 315 del Código Procesal Penal, regula la materia de los contenidos del informe pericial. Señala que el informe deberá ser escrito y contendrá:
a) la descripción de la persona o cosa que fuere objeto de él, del estado y modo en que se hallare; b) la relación circunstanciada de todas las operaciones practicadas y su resultado, y
c) las conclusiones que, en vista de tales datos formularen los peritos conforme a los principios de su ciencia o reglas de su arte u oficio.
Por otra parte, debe señalarse que para practicar sus informes los peritos deben poder acceder a examinar los objetos, documentos o lugares a que se refiriere su pericia. Con este fin, el artículo 320 del Código Procesal Penal consagra expresamente la facultad de los intervinientes en el proceso penal para solicitar durante la etapa de investigación o en la audiencia de preparación del juicio oral, al juez de garantía que dicte las instrucciones necesarias al efecto.