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MATERIALS AND METHODS

TOF-SIMS ANALYSIS

La creación de la CELAC fue pactada el 23 de febrero de 2010, en sesión de la Cumbre de la Unidad de América Latina y el Caribe, en Playa del Carmen, México, y surge como continuidad a los esfuerzos realizados en el Grupo de Río y de la Cumbre de América Latina y el Caribe sobre Integración y Desarrollo. El propósito de la CELAC, de acuerdo a la Declaración de dicha Cumbre, es: “impulsar la integración regional con miras a la promoción del desarrollo sostenible de la región, promover la concertación política latinoamericana y caribeña en foros globales y fomentar los procesos de diálogo con otros Estados, grupos de países y organizaciones regionales, para fortalecer la presencia de la región en el escenario internacional” (Cumbre de la Unidad, 2010, p. 3).

La CELAC representa un esfuerzo de concertación política en América Latina y el Caribe, lo que a su vez es la expresión del surgimiento de algunos liderazgos a nivel regional y del posicionamiento internacional que ha cobrado la región. En un escenario diverso, emerge una voluntad política renovada en torno a la integración y a un nuevo regionalismo. Está compuesta por 33 Estados miembros de la región y, de acuerdo con la Declaración de Caracas del 2011, la CELAC es un espacio que facilita el diálogo político entre sus Estados miembros sobre temas de interés para la región. Con su creación se ha ratificado el apego a los propósitos y principios enunciados en la Carta de Naciones Unidas y el respeto al Derecho Internacional, pues se reconoce el derecho que tiene cada nación de construir libremente su propio sistema político y económico (CELAC, 2011).

La CELAC es una plataforma distinta con identidad latinoamericana y caribeña, que no busca reemplazar o eliminar a una entidad hemisférica en la que participan actores como Estados Unidos y Canadá, considerando además que tienen roles y visiones distintas.

La CELAC, en la Declaración Especial sobre la defensa de la democracia, en diciembre de 2011, acordó una cláusula de compromiso que obliga a los Estados miembros a adoptar acciones concretas de cooperación cuando exista una amenaza de ruptura o alteración del orden democrático. En la misma declaración se expresa que se busca el pronunciamiento de la comunidad latinoamericana y caribeña para la defensa y preservación de la institucionalidad democrática y la contribución a la restitución del proceso político institucional democrático (CELAC, 2011).

La CELAC y la UNASUR reflejan el contrapeso y la nueva dinámica a nivel internacional referente a la creación de organizaciones para defender intereses comunes a nivel regional y que éstos no se vean sometidos a intereses de otros Estados fuera de la región. En la región existen distintos proyectos políticos de concertación e integración, algunos más direccionados a la realidad imperante en Latinoamérica y el Caribe, como la CELAC y UNASUR, y otros de alcance continental, con la participación de los Estados Unidos y Canadá, como las Cumbres de las Américas y la OEA. Diversos episodios antidemocráticos en América Latina y el Caribe, como los suscitados en Venezuela en 2002, en Bolivia en 2008, en Honduras en 2009, en Ecuador en 2010 y en Paraguay en 2012, así como la poca efectividad de los mecanismos

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interamericanos a través de la OEA, han dado pauta al surgimiento de nuevas expresiones políticas que figuran como alternativas de la idea panamericana de la región. Tales son los casos de la UNASUR y de la CELAC, esta última retomando desde el 2010 la herencia programática regional de una instancia de concertación como lo fue el extinto Grupo de Río.

En este capítulo se han analizado los instrumentos políticos y jurídicos que sirvieron de antecedentes a la Carta Democrática Interamericana, comenzando con las conferencias panamericanas que propiciaron la gradual conformación de un entramado institucional de alcance continental, y pasando por otros instrumentos como el Pacto de Bogotá, el Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Carta constitutiva de la OEA, la Declaración de Santiago, la Resolución 1080 de la Asamblea General de la OEA, la Declaración de Nassau, el Protocolo de Washington, la Declaración de Managua y la Declaración de Quebec, que reflejan la evolución que ha tenido la democracia, sus mecanismos de protección y las sanciones a través del tiempo, heredando incluso los mismos errores del pasado que deben ser abordados en la actualidad para responder al objeto mediante el cual se adoptó la Carta.

Asimismo, es necesario establecer en el escenario práctico la relación del contenido de la Carta con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, ya que en la Carta Democrática Interamericana se ha relacionado a la democracia con los derechos humanos y el Sistema Interamericano concibe la interrelación de la democracia con los derechos humanos en sus opiniones consultivas y fallos la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Además, es importante señalar que la protección de la democracia en los distintos procesos de integración en la región, pueden llegar a ser modelos a seguir por parte de la OEA en la medida en que sus mecanismos de protección junto con sus sanciones y su aplicación tengan mayor eficacia en el abordaje de los casos de ruptura del orden democrático y de la alteración del orden constitucional en la región.

Para continuar con el presente estudio, es importante identificar las limitaciones de la Carta a la luz de tres casos de estudio en los que la activación de este instrumento político-jurídico no desempeñó un papel relevante o no logró el restablecimiento del orden democrático en situaciones de ruptura de la democracia mediante Golpes de Estado. En tal sentido, en los siguientes capítulos se identifican y evalúan tales limitaciones, a partir de la exigencia de la Carta Democrática Interamericana10 establece que la organización tiene como propósito esencial el promover y consolidar la democracia representativa dentro del respeto del principio de no intervención. Este es el fundamento de donde deben partir las acciones de la OEA en el área democrática, la defensa colectiva en busca de proteger la democracia, que está relacionado con el compromiso que los Estados americanos tienen de integrar y proteger el principio democrático a nivel interno y de cumplir con sus obligaciones de solidaridad y cooperación internacional en materia democrática en la región. Finalmente, se contrasta el contenido de la Carta con el del Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo de UNASUR sobre la protección de la democracia, con el fin de evaluar el diferente grado de eficacia que históricamente han evidenciado ambos instrumentos.

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En esta investigación es en base a sus artículos 3 y 4 que contemplan los elementos esenciales de la democracia representativa y los componentes fundamentales de su ejercicio junto con el artículo 2 de la Carta de la OEA.

CAPÍTULO 2. APLICACIÓN DE LA CARTA DEMOCRÁTICA

INTERAMERICANA A TRES SITUACIONES DE