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4.2.5 TOXICOLOGICAL STUDY Materials and methods

La declinación de la producción agropecuaria argentina en los últimos años y como consecuencia la de los saldos exportables, exige urgentes medidas para modificar esa tendencia. Entre esas urgentes medidas se en­ cuentra la de creación de nuevos ac­ cesos al crédito agrario para los pro­ ductores. A ello tiende la proyectada Administración de Crédito Rural.

Esa urgencia hace necesaria la in­ tervención del Banco de la Nación Ar­ gentina en la etapa de organización por no estar los productores prepara­ dos aun para hacerse cargo por sí solos de la conducción de una ent dad crediticia.

En consecuencia se han previsto dos etapas que abarcan los períodos de creación y consolidación y posterior evolución. En la primera interviene el Banco de la Nación Argentina co­ mo guía de la organización y con di­ recto control — a través de sus repre­ sentantes— en toda la estructura y funcionamiento del sistema.

ejecución del proyecto, la puesta en marcha del sistema contará pues con la organización del Banco de la Na­ ción Argentina, su red de sucursales en todo el país y su propia respon­ sabilidad como respaldo de las ope­ raciones. Asimismo, durante ese lap­ so, los organismos componentes de la Administración de Crédito Rural ad­ quirirán la experiencia para orientar por sí mismos la conducción del sis­ tema. Se considera posible que du­ rante ese período se cumpla en bue­ na parte el proceso de capitalización de modo que la responsabilidad pue­ da ser trasladada totalmente a la or­ ganización.

El principio rector que ordenará to­ do el sistema es que deberá llegar a ser administrado por los productores sin ingerencia alguna externa a la organización salvo la prevista por la legislación argentina para las entida­ des que cumplen funciones crediticias, a pesar de que la concreción defini­ tiva de este objetivo se proyecta para el sexto año de funcionamiento, pau­ latinamente, a partir del tercer año, se acrecentará la responsabilidad de los productores de la Administración.

ORGANIZACION

La Administración de Crédito Rural estará integrada por una Junta Central, con sede en la ciudad de Buenos Ai­ res y las Juntas de Crédito Rural a crearse en distintos puntos del país, que son a la vez su razón de ser y que forman la estructura en la que se apoya y a quienes en definitiva debe atender y vigilar.

ADMINISTRACION DE CREDITO RURAL

1? ETAPA

La Junta Central se integrará con un directorio y un gerente general. El directorio estará constituido con siete directores, todos ellos productores agropecuarios, venidos de diversos sectores agrícola-ganaderos del país. Su constitución inicial es la siguiente:

N<? 1. 1 Director representante del Banco de la Nación Argentina y elegido por el presidente de dicha institución de entre los re­ presentantes del agro que inte­ gran su directorio. Será el Pre­ sidente de la Administración de Crédito Rural y por consiguien­ te de la Junta Central durante un período mínimo de seis años y hasta tanto el Banco de la Nación Argentina sea responsa­ ble de la actuación y fondos de la Administración de Crédito Rural.

N? 2. 1 Director elegido por la Secre­ taría de Agricultura y Ganadería. N? 3. 1 Director elegido por la Socie­

dad Rural Argentina.

N? 4. Director elegido por Confede­ raciones Rurales Argentinas. N<? 5 - 6. 2 Directores elegidos por

Coninagro.

N? 7. 1 Director elegido por la Fede­ ración Argentina de CREAS. La designación inicial de los direc­ tores 3-4-5-6-7 debe ser aprobada por el Presidente de la Administración de Crédito Rural.

Este Directorio será el encargado de la organización y puesta en marcha de toda la estructura.

El Director N? 1 ejercerá el cargo por un período igual a la duración de su cargo en el Directorio del Banco de la Nación Argentina.

El Director N? 2 será confirmado o se renovará de acuerdo a lo que re­ suelva cada nuevo Secretario de Agri­ cultura y Ganadería. Será el represen­ tante del Gobierno Nacional en e! Di­ rectorio, y en consecuencia, quien, en colaboración con la Auditoría de Con­ trol, verificará la marcha de la orga­ nización en lo que hace a la respon­ sabilidad de la misma ante el Gobier­ no Nacional por el uso del Fondo de Redescuento A.C.R.

Al constituirse el Directorio se deter­ minarán, por sorteo, entre los Directo­ res 3-4-5-6-7, dos que ejercerán el cargo por cuatro años y tres que lo ejercerán por seis años.

A partir del cuarto año se prevé el traspaso a la segunda etapa y mé­ todo de designación varía de acuerdo a lo indicado más adelante.

Sus atribuciones incluyen:

— Elegir y despedir al Gerente Ge­ neral.

— Orientar la política de crédito de la Administración.

— Fijar normas para la creación, funcionamiento y relación con las Juntas de Crédito Rural.

Las normas de creación de estas Juntas incluirán:

— Establecimiento de los ¡imites geográficos de cada Junta. ^ — Elección de sus comisiones direc­

tivas ?n su primera etapa.

— Fijación de normas de contrata­ ción, y retribuciones de los técni­ cos agrícolas.

— Fijación del sueldo del Secreta­ rio Administrativo y empleador, — Establecimiento del monto total

de préstamos a efecti/ar (cartera) por cada Junta.

— Fijación del monto inicial de ac­ ciones que deberán integrar los fundadores.

— En general proveer a la Dirección y guía inicial de las Juntas. GERENTE GENERAL

Designado por el Directorio.

Durante los primeros seis años su designación deberá ser aprobada por el Presidente de la Administración, quien tendrá poder de veto sobre ello.

Es Secretario del Directorio. Recibe y somete apelaciones. Lleva toda la información estadísti­ ca y administrativa.

Efectúa los estudios técnicos. Ordena y organiza inspecciones. En general, sirve de enlace entre el Directorio de la Junta Central y las Juntas de Crédito Rural.

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