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training module 9: integration & cohesion

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PLAN

3.1VALORES CORPORATIVOS

Los valores corporativos de Beat Brothers son:

Responsabilidad: Consideramos nuestros servicios tan vitales e importantes para nosotros como lo son para el cliente, los proveedores y la comunidad en general al ser consientes del significado que los artistas le dan a nuestro trabajo, por lo tanto nuestro compromiso es el de apropiarnos del producto para alcanzar el mejor resultado para todas las partes.

Puntualidad: Nuestros compromisos empresariales son considerados como esenciales y por esa razón son siempre atendidos en el momento preciso, demostramos respeto por el tiempo de nuestros clientes y proveedores cumpliendo con nuestras responsabilidades a la hora acordada.

Calidad en el servicio: No nos limitamos con hacer las cosas, nos esforzamos por usar todas nuestras capacidades para entregar el mejor resultado posible en cada una de nuestras labores por lo que creamos calidad en la grabación, contamos con excelentes instrumentos y recursos, y brindamos comodidad para nuestros clientes.

3.2 MISIÓN

BEAT BROTHERS pretende contribuir a la difusión y creación de la música y la cultura en la ciudad al proporcionar a los artistas musicales los medios necesarios para ensayar y realizar sus producciones sonoras de una manera fácil y con una excelente calidad teniendo en cuenta aspectos como el profesionalismo, la comodidad del cliente y la disposición al servicio total.

3.3 VISIÓN

El propósito de BEAT BROTHERS es ser líderes en el mercado de la grabación de sonido semi-profesional en los próximos 5 años, para lograr este objetivo se debe tener una política clara de repartición de dividendos igual a 0% de las utilidades en los primeros años de este proyecto, con esto se podrá ampliar el número y calidad de salas de ensayo y grabación teniendo en estas últimas un mayor énfasis en la calidad de los equipos de grabación.

3.4 TIPOS DE SOCIEDADES

Cuadro tomado de:

http://www.scribd.com/doc/1251808/Tipos-de-sociedades-en-colombia

Sin embargo, además de estos tipos de sociedades tradicionales, en 2008 y con la ley 1258 nace una nueva topología conocida como SAS (Sociedad por Acciones Simplificada) que ha tomado mucha fuerza en el país y tiene las siguientes características:

- Los socios pueden ser una o varias personas naturales o jurídicas, quienes sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes.

- La empresa puede ser constituida a través de un documento privado. Esto también aplica a la reforma de estatutos durante el desarrollo de la actividad económica.

- La SAS no obliga al empresario a crear ciertos órganos, como la junta directiva, o a cumplir con otros requisitos, como la pluralidad de socios.

- Pueden crear diversas clases y series de acciones, como son las acciones ordinarias; con dividendo preferencial y sin derecho a voto; con voto múltiple; privilegiadas; con dividendo fijo; o con acciones de pago. (las acciones y los demás valores que emita la sociedad por acciones simplificada no podrán

inscribirse en el Registro Nacional de Valores y Emisores ni negociable en bolsa.

- El pago de los aportes de los socios de la compañía puede diferirse hasta por un plazo máximo de dos años y no se exige una cuota o porcentaje mínimo para iniciar.

Por lo que Beat Brothers se ajustará a este tipo de sociedad, que fue creada para los emprendedores, empresas pequeñas y medianas, para desarrollar su

actividad económica debido a la flexibilidad que brinda el esquema. En los siguientes puntos se muestra de forma más concreta el funcionamiento de la organización.

3.5 ORGANIGRAMA

3.6 ORGANOS DE GOBIERNO

Como se ha mencionado la ley 1258, prevé todo tipo de asuntos referentes a la sociedad por acciones simplificada, la cual se regirá por los estatutos y las normas de la sociedad anónima y las disposiciones generales de las sociedades (Código de Comercio), en cuanto no resulten contradictorias.

ASAMBLEA DE ACCIONISTAS

INGENIERO DE SONIDO

Capital

El capital se pagará en los plazos que establezcan los estatutos, como ya se mencionó en el punto 4 el plazo no podrá exceder los dos años y quien se encargue de dar certificación del capital suscrito y pagado será el revisor fiscal, en caso que la SAS no tenga revisor fiscal, lo hará un contador público independiente.

Organización y Funcionamiento

El funcionamiento se puede determinar en los estatutos, sin embargo, si no ocurre así, las funciones de organización serán ejercidas por la Asamblea de Accionistas y las funciones de administración por el representante legal. Para dar una idea de lo flexible que es esta sociedad se observa que cuando la sociedad es unipersonal, el accionista puede ejercer todos los roles y funciones, incluso las de representante legal (aunque este no es el caso de Beat Brothers). Otro claro ejemplo de flexibilidad se observa en la asamblea de accionistas, que puede reunirse en el domicilio de la sociedad o fuera de él (así no sea una reunión universal). Siempre y cuando se cumpla con la convocatoria y el quórum (que difiere radicalmente de otros tipos de sociedades), además, se permiten las reuniones no presenciales y la toma de decisiones por voto escrito y pueden regularlas en los estatutos.

Lo no pactado en los estatutos, se regirá por los artículos 19 y 20 de la Ley 222 de 1995 y tanto para la organización como para el funcionamiento no se requiere la presencia de la Superintendencia de Sociedades en ningún caso.

Convocatoria

Salvo pacto estatutario en contrario, la convocatoria se hará por escrito y estará dirigida a cada accionista, con una antelación mínima de cinco días hábiles. En esta, se deberá insertar el orden del día y los accionistas podrán renunciar

mediante comunicación escrita dirigida al representante legal de la sociedad, antes, durante o después de la sesión correspondiente. Igualmente, los accionistas podrán renunciar a su derecho de inspección. Si dado el caso no se realizara la convocatoria y el accionista asiste a la reunión, se entenderá que renunció a la convocatoria, salvo manifestación de inconformidad antes de que la reunión se lleve a cabo.

En dado caso que por falta de quórum suficiente en la primera reunión, se lleve cabo una segunda convocatoria, la fecha de esta se podrá incluir en el texto de convocatoria de asamblea de accionistas de la primera reunión; Esta segunda reunión deberá hacerse, no antes de diez días hábiles ni después de treinta días hábiles.

Quórum y Mayoría

Respecto al Quórum y la mayoría, la asamblea deliberará con uno o varios accionistas que representen por lo menos la mitad más una de las acciones suscritas, Salvo estipulación en contrario. Así mismo, las decisiones serán tomadas con el voto favorable de un número singular o plural de accionistas que representen cuando menos la mitad más una de las acciones presentes, salvo que se pacten mayorías superiores en los estatutos. El quórum y las mayorías en las reuniones de segunda convocatoria se regirán por lo señalado en el artículo 429 del Código de Comercio.

Referente a las mayorías especiales, se tendrá en cuenta que no se computará el voto que se dé en contravención a algún acuerdo de accionistas, y se requerirán decisiones unánimes respecto a la transformación, fusión y escisión y para incluir o modificar las cláusulas en los estatutos como la Restricción a la negociación de acciones, la Autorización de la asamblea para transferencia de acciones, la Exclusión de accionistas y la Resolución de conflictos

Representación Legal

Para la representación legal, estará a cargo una persona natural o jurídica, quien será designado por la Asamblea de Accionistas o el accionista único, salvo estipulación estatutaria en contrario, y podrá celebrar todos los actos y contratos comprendidos dentro del objeto social o que se relacionen directamente con la existencia y funcionamiento de la sociedad. El representante legal de la sociedad por acción simplificada (S.A.S), se regirá por las normas de responsabilidad de los administradores de la ley 222 de 1995.

Reformas Estatutarias

Respecto a las reformas estatutarias, deberán ser aprobadas por la asamblea de accionistas, con el voto favorable de uno o varios accionistas que representen, por lo menos, la mitad más una de las acciones presentes. Estas reformas podrán constar en documento privado, (acta de la asamblea de accionistas), con las formalidades del artículo 189 del Código de Comercio.

Resolución de conflictos

Para la resolución de conflictos, podrá pactarse en los estatutos, que todos los conflictos societarios de las S.A.S podrán someterse a decisión arbitral o de amigables componedores. Si no se presenta manifestación alguna, todas las controversias serán resueltas por la Superintendencia de Sociedades, mediante el proceso verbal sumario.

Disolución

Respecto a la disolución de la sociedad por acción simplificada (S.A.S) se dará por vencimiento del término, si lo hubiere, salvo que fuere prorrogado mediante documento inscrito antes de su expiración. La disolución se produce de pleno derecho. Las demás causales tendrán efecto a partir de la fecha de registro del documento privado o de la ejecutoria del acto que contenga la decisión de

autoridad competente. Así mismo y teniendo en cuenta la Ley 258 que permite eliminar la causal de disolución durante los seis meses siguientes a la fecha en que la asamblea de accionistas reconozca su acaecimiento, este plazo será de 18 meses en el caso en que la causal sea por pérdidas que reduzcan el patrimonio neto de la sociedad por debajo del 50% del capital suscrito.

Liquidación

En dado caso de liquidación de la S.A.S, se aplican las normas del Código de Comercio para sociedades limitadas y en últimas se aplican las normas del Código de Comercio para las sociedades anónimas, ya que se aplica la remisión del artículo 372 de este ordenamiento legal. En este caso el liquidador será el representante legal o la persona que designe la asamblea de accionistas.

Junta Directiva

Para el caso de las S.A.S. no es necesario tener Junta Directiva, Si estatutariamente se crea la Junta Directiva, podrá estar conformada por uno o varios miembros, respecto de los cuales podrán establecerse reemplazos. Si no se dice nada, las funciones de administración y representación legal le corresponden al representante legal designado por la asamblea.

Para Beat Brothers las decisiones que toma la junta directiva serán dictaminadas directamente en la asamblea de accionistas.

3.7 PERFILES DE CARGOS

3.7.1 Ingeniero de sonido

Actividades: Será el encargado de ajustar todos los equipos de la sala de grabación, manejar la consola y software del estudio cuando acudan las agrupaciones musicales y realizar la mezcla de las obras, todo lo anterior de

acuerdo con los clientes y el gerente, que en este caso, hará las veces de productor.

Requisitos: Profesional en Ingeniería electrónica o Ingeniería de sonido con estudios musicales o experiencia en agrupaciones musicales, producción de sonido o sonido en vivo de por lo menos 3 años, que maneje Pro-Tools y técnicas de grabación.

Condiciones de trabajo: Como parte fundamental en la unidad estratégica de grabación tendrá un contrato de obra basado en el número de canciones grabadas que realizará en el momento en que él en acuerdo con las agrupaciones consideren más apropiado.

Competencias: debe tener las competencias generales de: compromiso, ética, justicia, orientación al cliente, orientación a los resultados, calidad del trabajo, sencillez, integridad, iniciativa, innovación, flexibilidad y conciencia organizacional.

Adicionalmente debe contar con las siguientes competencias: Iniciativa – Autonomía – Sencillez (que se refiere a la rápida ejecutividad ante las pequeñas dificultades o problemas que surgen en el día a día de la actividad), Orientación al cliente interno y externo, Profundidad en el conocimiento de los productos, Comunicación, Credibilidad técnica y Pensamiento analítico.

Sueldo: 75.000 pesos por obra.

3.7.2 Asistente

Actividades: Debe encargarse del cuidado de las salas de la organización, de la adecuación de las mismas para el momento en el que entren las agrupaciones,

de que los grupos dispongan de lo que necesiten para ensayar y grabar, del cobro de los ensayos y es responsable también de todos los recursos físicos de Beat Brothers.

Requisitos: Bachiller con excelente presentación personal que tenga experiencia tocando en grupos musicales o interpretando algún instrumento de 1 año.

Condiciones de trabajo: Como parte de la unidad estratégica de ensayos tendrá en principio un contrato a término fijo con un horario de 8 horas diarias que van de 10 de la mañana a 8 de la noche con un espacio para almorzar de 12 a 2 de la tarde.

Competencias: debe tener las competencias generales de: compromiso, ética, justicia, orientación al cliente, orientación a los resultados, calidad del trabajo, sencillez, integridad, iniciativa, innovación, flexibilidad y conciencia organizacional.

Además debe contar con: Dinamismo – Energía, Colaboración, Franqueza – Confiabilidad – Integridad, Nivel de compromiso – Disciplina personal – Productividad, Presentación de soluciones comerciales, Manejo de relaciones de negocios, Desarrollo de relaciones y Tolerancia a la presión.

Sueldo: 515.000 pesos.

3.8TRAMITES DE FORMALIZACIÓN

En la página de Internet: www.crearempresa.com.co se encontró una guía útil para tener claridad en la forma de formalizar la empresa, de acuerdo con esto se buscó:

3.8.1Consulta de Nombre

Como lo indica la página el nombre de Beat Brothers puede ser usado:

3.8.2 Consulta de Actividad Económica

Al revisar los distintos códigos se seleccionó para Beat Brothers:

D224003 Servicios de Grabación de Discos.

3.8.3 Pagos

De acuerdo con el simulador de pagos virtual usado se observan los siguientes pagos con un capital de 10´000.000 pesos y un establecimiento:

CAMARA DE

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ESTAMPI LLAS Y FORMULARI OS TOTAL BOGOTÁ $ 0,00 $ 244.000,00 $ 70.000,00 $ 0,00 $ 0,00 0 $ 314.000,00

3.9 OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

De acuerdo con las opciones en cuanto a regimenes existentes en Colombia, se debe ubicar a la compañía en el régimen común o en el simplificado de acuerdo con los requisitos previstos en el artículo 499 del Estatuto Tributario, si los cumple se debe optar por el régimen simplificado, pero si los supera, pertenecerá al común.

Estos requisitos son:

Que en el año anterior hubieren obtenido ingresos brutos totales provenientes de la actividad gravada inferiores a cuatro mil 4.000 UVT [$95.052.000].

Que tengan como máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejercen su actividad.

Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier sistema que implique la explotación de intangibles.

Que no sean usuarios aduaneros.

Que no hayan celebrado en los 2009 contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por valor individual y superior 3.300 UVT [$78.418.000].

Que no celebre en los 2010 contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por valor individual y superior 3.300 UVT [$81.032.000].

Que el monto total de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año anterior (2009) no supere la suma de (4.500 UVT) [$106.934.000]

Que el monto total de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año 2010 no supere la suma de (4.500 UVT) [$110.498.000]

Para la celebración de contratos de venta de bienes o servicios en el 2010 por cuantía individual superior a 3.300 UVT [$81.032.000], el responsable del régimen simplificado deberá primero inscribirse en el Régimen común.

Ingresos que se deben tener en cuenta para determinar si se pertenece al régimen simplificado

Para el cálculo de los montos de los ingresos base para pertenecer al régimen simplificado, se deben tener en cuenta los ingresos provenientes de las actividades gravadas, es decir, que si el responsable del impuesto ejerce una actividad gravada y una excluida, solo se tienen en cuenta los ingresos originados en la actividad gravada.

Las obligaciones de este régimen son:

- Inscribirse en el RUT.

- Inscribirse en la cámara de comercio.

- Llevar un libro fiscal de registro de operaciones diarias (ingresos y costos). - Exhibir en un lugar visible al público el documento en que conste la inscripción en el RUT y expedir copia del mismo en la primera venta con los adquirientes que así lo requieran.

- Informar a la administración tributaria el cese de actividades. - Suministrar información cuando la DIAN lo requiera.

Por lo que Beat Brothers cabe dentro del régimen simplificado, las prohibiciones de este régimen son:

- Los responsables del régimen simplificado no están obligados a facturar, pero en caso de hacerlo, deben cumplir con todos los requisitos legales de una factura exceptuando la autorización de la numeración por parte de la DIAN.

3.10 TIPOS DE CONTRATO DE TRABAJO

3.10.1 CONTRATO A TÉRMINO FIJO

Este tipo de contrato será usado para ingresar al Asistente a la compañía, de acuerdo con su desempeño, su contrato será cambiado a término indefinido.

El contrato a término fijo debe hacerse siempre por escrito, tiene dos grandes modalidades, la primera se da cuando el contrato comprende un periodo inferior a 1 año y la segunda de 1 a 3 años que es renovable indefinidamente, para el caso del Asistente es el de la primera modalidad.

Para terminar este contrato se exige un preaviso de no prorroga del mismo con 30 días de anticipación, de no hacerse el contrato se entiende renovado por un periodo igual al inicialmente pactado.

Los contratos a término fijo inferior a 1 año sólo podrán prorrogarse hasta 3 veces por periodos iguales al inicialmente estipulado o inferiores. Luego de estas 3 prorrogas la renovación del contrato no podrá ser inferior a 1 año. Para el caso de nuestro Asistente el primer periodo tendrá una duración de 4 meses.

3.10.2 CONTRATO DE OBRA

Este contrato debe hacerse por escrito debido a que la obra o labor contratada debe ser descrita en forma detallada y expresa. El tiempo que dura el contrato es el que tome realizar la obra, que en este caso es una obra musical.

Este contrato es el que será usado para contratar al Ingeniero de sonido de la organización. 3.11 GASTOS ADMINISTRATIVOS 3.11.1 FIJOS 3.11.2 VARIABLES Valor Salarios variables 75.000 TOTAL 75.000 Valor Salarios Mensuales 515.000 Caja de Compensación 21.600 ICBF 15.450 SENA 10.300 ARP 1.792 Salud 43.775 Pensión 61.800 Matricula Mercantil 244.000 Impresión de Registro 70.000 TOTAL 668.717

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