• No results found

NACIONAL DE SALUD: PRESTACIONES DEL SISTEMA NACIONAL DE

SALUD

SALUD

Estructura Estructura

La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud consta de 79

La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud consta de 79

artículos que se distribuyen en doce capítulos (incluyendo el capítulo preliminar), y se completa con

artículos que se distribuyen en doce capítulos (incluyendo el capítulo preliminar), y se completa con

diez Disposiciones Adicionales, una Disposición Transitoria, dos Disposiciones Derogatorias y seis

diez Disposiciones Adicionales, una Disposición Transitoria, dos Disposiciones Derogatorias y seis

Disposiciones Finales Disposiciones Finales Disposiciones generales Disposiciones generales Objeto Objeto

El objeto de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud es

El objeto de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud es

establecer el marco legal para las acciones de coordinación y cooperación de las Administraciones

establecer el marco legal para las acciones de coordinación y cooperación de las Administraciones

públicas sanitarias, en el ejercicio de sus respectivas competencias, de modo que se garantice la

públicas sanitarias, en el ejercicio de sus respectivas competencias, de modo que se garantice la

equidad, la calidad y la participación social en el Sistema Nacional de Salud, así como la colabora-

equidad, la calidad y la participación social en el Sistema Nacional de Salud, así como la colabora-

ción activa de éste en la reducción de las desigualdades en salud

ción activa de éste en la reducción de las desigualdades en salud

Principios generales Principios generales

La condición de asegurado La condición de asegurado

La asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de

La asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de

Salud, se garantizará a aquellas personas que ostenten la condición de asegurado

Salud, se garantizará a aquellas personas que ostenten la condición de asegurado

Reconocim

Reconocimiento y control iento y control de la condición de de la condición de aseguradoasegurado

El reconocimiento y control de la condición de asegurado o de beneficiario del mismo correspon-

El reconocimiento y control de la condición de asegurado o de beneficiario del mismo correspon-

derá al Instituto Nacional de la Seguridad Social o, en su caso, el Instituto Social de la Marina, a

Asistencia sanitaria en situaciones especiales Asistencia sanitaria en situaciones especiales

Derechos de los ciudadanos en el conjunto del Sistema Nacional de Salud Derechos de los ciudadanos en el conjunto del Sistema Nacional de Salud Ámbito de aplicación

Ámbito de aplicación Accion

Acciones en relación con es en relación con las entidades sanitarias no integradas en el Sistema Nacional Delas entidades sanitarias no integradas en el Sistema Nacional De Salud

Salud

De acuerdo con el art. 43.2 de la Constitución, el Ministerio de Sanidad y Consumo y los órganos

De acuerdo con el art. 43.2 de la Constitución, el Ministerio de Sanidad y Consumo y los órganos

competentes de las comunidades autónomas, en el ámbito de las competencias que les correspon-

competentes de las comunidades autónomas, en el ámbito de las competencias que les correspon-

den, ejercerán un control de las entidades sanitarias no integradas en el Sistema Nacional de Salud,

den, ejercerán un control de las entidades sanitarias no integradas en el Sistema Nacional de Salud,

en relación con las actividades de salud

en relación con las actividades de salud pública y en materia de garantías pública y en materia de garantías de información, seguridadde información, seguridad

y calidad, y requerirán de ellas la información necesaria para el conocimiento de su estructura y

y calidad, y requerirán de ellas la información necesaria para el conocimiento de su estructura y

funcionamiento

funcionamiento

Ordenación de las prestaciones Ordenación de las prestaciones

Catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud Catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud Cartera común de servicios del

Cartera común de servicios del Sistema Nacional de SaludSistema Nacional de Salud Cartera común básica de servicios

Cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Saludasistenciales del Sistema Nacional de Salud Cartera común suplementaria del Sistema Nacional de Salud

Cartera común suplementaria del Sistema Nacional de Salud Cartera común de servicios accesorios del

Cartera común de servicios accesorios del Sistema Nacional de SaludSistema Nacional de Salud Cartera de servicios

Cartera de servicios complementaria de las comunidades autónomascomplementaria de las comunidades autónomas Persona

Personal y l y centros autorizadoscentros autorizados Financiación

Financiación

Prestaciones de salud pública Prestaciones de salud pública Prestación de atención primaria Prestación de atención primaria Prestación de atención especializada Prestación de atención especializada Prestación de atención

Prestación de atención sociosanitariasociosanitaria Prestación de atención de urgencia Prestación de atención de urgencia Prestación farmacéutica

Prestación farmacéutica Prestación ortoprotésica Prestación ortoprotésica

Prestación de productos dietéticos Prestación de productos dietéticos Prestación de transporte sanitario Prestación de transporte sanitario

La cartera de servicios es el conjunto de técnicas, tecnologías o procedimientos, entendiendo por

La cartera de servicios es el conjunto de técnicas, tecnologías o procedimientos, entendiendo por

tales cada uno de los métodos, actividades y recursos basados en el conocimiento y experimenta-

tales cada uno de los métodos, actividades y recursos basados en el conocimiento y experimenta-

ción científica, mediante los que se hacen efectivas las prestaciones sanitarias

ción científica, mediante los que se hacen efectivas las prestaciones sanitarias

Actualiza

Actualización de la ción de la cartera de servicios del cartera de servicios del Sistema Nacional de SaludSistema Nacional de Salud

La cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud se actualizará mediante orden del Ministro

La cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud se actualizará mediante orden del Ministro

de Sanidad y Consumo, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

de Sanidad y Consumo, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

El procedimiento para la actualización se desarrollará reglamentariamente

El procedimiento para la actualización se desarrollará reglamentariamente

Uso tutelado Uso tutelado

El Ministerio de Sanidad y Consumo, por propia iniciativa o a propuesta de las correspondientes

El Ministerio de Sanidad y Consumo, por propia iniciativa o a propuesta de las correspondientes

Administraciones públicas sanitarias y previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema

Administraciones públicas sanitarias y previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema

Nacional de Salud, podrá autorizar el uso tutelado de determinadas técnicas, tecnologías o proce-

Nacional de Salud, podrá autorizar el uso tutelado de determinadas técnicas, tecnologías o proce-

dimientos

dimientos

Garantías de las prestaciones Garantías de las prestaciones

Garantía de

Garantía de accesibilidaccesibilidadad Garantía de movilidad Garantía de movilidad Garantía de tiempo Garantía de tiempo Garantía de información Garantía de información Garantía de seguridad Garantía de seguridad

Garantía de calidad y servicios de referencia Garantía de calidad y servicios de referencia Ámbito de las garantías de

Ámbito de las garantías de seguridad y calidadseguridad y calidad

Related documents