César Rodríguez Garavito (2014) en la introducción que realiza al libro “Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo” de Boaventura de Souza Santos, considera que al mismo tiempo que se experimentó la crisis económica y social de la década de los años de 1970, de manera simultánea se fue dando una ruptura o transformación de la perspectiva que se tenía de los derechos humanos. Situación que ha llegado hasta establecer que es el “fin de los derechos humanos”, tal como los hemos conocido.
Esto debido a que los derechos humanos se han transformado, pues ya no sólo se reconoce su matriz occidental, ya que han surgido nuevos actores que los exigen, nuevas formas de exigibilidad, nuevos derechos emergentes y un Estado que ha dejado de garantizarlos.
Antes este nuevo escenario de los derechos humanos, y en el marco del proyecto surgen las preguntas de ¿qué perspectiva(s) de los derechos humanos pueden surgir desde un proceso de exigibilidad
de los derechos humanos y defensa del territorio, en movimientos sociales que no consideran que los derechos humanos resuelvan directamente los problemas a los que se enfrentan?, ¿Es posible la idea de Rodríguez de la creación de un ecosistema de derechos humanos basado en la diversidad de las luchas? O para la investigación y desde la propuesta de Boaventura (2014), ¿pueden los derechos humanos desde una perspectiva contra hegemónica y de diversidad, contribuir al reforzamiento de una autonomía colectiva, para la autodeterminación de los pueblos y a una conciencia ambientalista y anticapitalista para enfrentar con éxito la vorágine de los innumerables conflictos y emergencias socioambientales provocados por el despojo del capitalismo extractivista?
Para Sánchez (2011), la respuesta a esta pregunta es positiva, pero implicaría modificar las formas en que los movimientos y luchas perciben los derechos humanos, sino también cambios epistemológicos, axiológicos y culturales dentro de la academia, pero sobre todo en las instancias de gobierno. Siendo este último el que pareciera más irrealizable ante las actuales condiciones de desvío de poder.
Analizar las posibilidades de los derechos humanos para contribuir al reforzamiento de una autonomía colectiva y la autodeterminación de los pueblos, desde la territorialidad y la diversidad en el contexto del neo extractivismo, implicaría analizar cómo se ha construido históricamente el territorio y las posibilidades materiales del entorno de garantizar una forma histórica social de las organizaciones afectadas por macroproyectos o emergencias ambientales, contrastarlas con otras territorialidades y establecer cómo sus contradicciones convergen en un mismo espacio. Pero más importante aún es la construcción propia de una perspectiva de dignidad y de lo que deberían de ser los derechos humanos desde su propia territorialidad.
Respecto a las entrevistas a las personas, lo que se puede establecer sobre la reconfiguración realizada respecto a los derechos humanos, es que las organizaciones tienen claro que la función del territorio como entorno se encuentra en función de la perspectiva económica, cultural, política y social que le quiera asignar un grupo determinado, que en determinados contextos históricos, entra en contradicción con el de otros grupos o actores. Y que si bien habían sido
las propias comunidades y barrios quienes primordialmente le daban una asignación o un ordenamiento al propio territorio, que aunque no estaba exento de conflictos entre los distintos actores o grupos sociales que tenían diferentes territorialidades, permitía una perspectiva común de convivencia en las comunidades.
Sin embargo, concuerdan que los conflictos se han generalizado y agudizado en sus territorios, y que el Estado, a través de mecanismos jurídicos e institucionales, y las empresas a través de modificar los usos del suelo, han despojado de las condiciones de vida para realizar su territorialidad.
Un segundo aspecto es que tienen una clara perspectiva de su territorio o entorno local, principalmente las que se encuentran vinculadas a redes regionales y nacionales, además de que conocen las trasformaciones institucionales y jurídicas que han tenido lugar y que han conducido a la apertura de grandes proyectos y desarrollo de infraestructura en su entorno.
Plantean que esta transformación fue un disruptor en la condiciones de su entorno o condiciones materiales del territorio dentro de la comunidad, aspecto que también fue modificando el imaginario político al interior de la comunidad entre los distintos actores y con ello, las territorialidad que se viven y las condiciones para garantizar los derechos humanos.
La territorialidad, no sólo transformó el entorno, sino la generación de identidades, nuevas formas de relaciones e inclusive nuevas formas de organización barrial, comunitaria, regional y hasta de redes. En donde consideran a la empresa o al Estado, como el otro, como el actor que impone una nueva dinámica y nuevas relaciones, que siempre se encontraban distantes de las personas, pero que iban convirtiendo una realidad en negativa, a través de un nuevo ordenamiento del territorio.
Ordenamiento territorial que se materializa en la presencia de empresas, pero es desde el Estado, donde se está rompiendo o violentando todas las prácticas, principios y pactos que se estaban dando en la forma tradicional de ordenar el territorio en México. Consideran que desde el Estado se actúa como si no hubiera pactos sociales, como una desviación de poder que se refleja en su entorno a través de la descomposición social, el incremento de la violencia y del arrasamiento
desde la normativa que protege los derechos humanos.
En este sentido, la perspectiva que tienen, es que el Estado utiliza todo su poder a través de un conglomerado de Instituciones que lo conforman, pero también desde la representación pública del conjunto de clases y grupos sociales que habitan en el país, que es manejado para el beneficio de las clases políticas o de interés particular favoreciendo, ya sea por omisión o comisión, el despojo, y dejando de lado el equilibrio de los intereses sociales y las distintas territorialidades que existen dentro de un barrio, comunidad, pueblo o nación.
Por lo que aunque consideran que el Estado, a través de sus funciones e instituciones, podría tener la capacidad de solucionar los conflictos o emergencias socioambientales, como actor social, que también pone en juego su perspectiva de territorialidad; se convierte en un factor más que está generando el conflicto. Es por ello, que consideran que el Estado los ha dejado solos, pero además la justicia no puede provenir desde él, ya que es parte del acoso, del hostigamiento que hará posible este nuevo ordenamiento del territorio.
Situación que va generando en la población, un imaginario respecto al actuar del Estado, que si bien no definen como, desviación de poder, en los términos expresados por Magdalena Gómez, si perciben que el contexto de conflicto, no sólo es por omisión en garantizar los derechos humanos, sino que con su actuar, favorece y otorga las condiciones necesarias para que el despojo y la acumulación de capital se realice,
Sin embargo, la perspectiva de los derechos humanos, se ha extendido en los actores y en los territorios. De tal forma que es manejado tanto por empresas, el Estado en sus distintos ámbitos de gobierno y por las propias comunidades, en donde el manejo, el discurso y los principios mismos de lo que se entiende por derechos humanos, se encuentra en el conflicto mismo, ante la diversidad de posiciones y formas de entenderlos, de tal forma, que algunos de los grupos reconocen la existencia de diversa matrices de los derechos y no sólo ello, sino que están re-conceptualizando u otorgando otra connotación a lo que son los derechos humanos de acuerdo a la territorialidad que viven.
Las personas entrevistadas se asumen como defensoras del territorio y defensoras de los derechos humanos, aunque tienen posiciones
encontradas respecto a la eficacia de la utilización de los derechos humanos ─como el entramado de normas, actores gubernamentales e instituciones encargadas de protegerlos y garantizarlos desde el Estado─ para ayudar en términos prácticos a solucionar sus conflictos locales.
Aunque predominan las posiciones de que los derechos humanos por sí mismos no han ayudado directamente a la solución del conflicto, estos han sido utilizados de manera frecuente, ya que les ha permitido establecer una posición política, un proceso de integración dentro del grupo y una propuesta educativa. Como una contraposición, el Estado ha omitido, tergiversado y hasta amañado el garantizar o defender los derechos humanos, colocando de ejemplo los casos de represión, el hostigamiento y la negación de acciones administrativas o de servicios que colocan en riesgo la vida e integridad física de las personas, y el trabajo de la organización.
Situación que se agrava cuando consideran que los derechos se encuentran establecidos o formulados en una forma, lenguaje e instituciones que van configurando una pérdida en la credibilidad respecto a que el Estado pueda garantizar el ejercicio pleno de estos.
Sin embargo, tienen una perspectiva de futuro en donde se apropian de los derechos humanos desde perspectiva e interpretación, con el imaginario de que se puede transformar la realidad cambiando el curso de la historia, al menos localmente, permitiendo la inclusión de su apuesta política en la conformación y uso del territorio.
Es decir que existe en ellas, al menos de manera incipiente, la concepción que (Herrera citado por Sánchez, 2011: 11) tiene de los derechos humanos como un imaginario propio de las personas, que les da “una apertura y consolidación de espacios de lucha por la dignidad humana, y aluden a diversas formas de reivindicación y reclamo político, social, económico, sexual, cultural, etc., para que los seres humanos sean reconocidos como sujetos diferenciados”.
Los derechos humanos pasan así a formar parte de su imaginario ético de transformación de la realidad. Y aunque estos se encuentran distantes de la forma en que estos se han concebido desde las instituciones, están dando lugar a nuevas formas de territorialidad y de vida.
Sin embargo, consideran que este imaginario no debe ceñirse a los propios derechos humanos, sino abordar lo que se entiende por justicia, lo que se está representando con su lucha y, en particular, con la defensa del territorio. Ya que si no se enfrenta este debate y esta discusión se corre el riesgo de que muy fácilmente se le pueda nuevamente desvirtuar o tergiversar.
CONCLUSIONES
La situación que se vive en México, es la de un colapso socioambiental que está afectando el conjunto de las condiciones de vida y el entorno que permite realizar y garantizar la territorialidad de los pueblos, barrios y comunidades. Sin embargo, este colapso no es más que la manifestación de la situación de despojo y saqueo que se está viviendo como respuesta del modelo económico a la serie de crisis económicas que se han establecido desde mediados de la década de 1970.
La forma en que se nos presenta este saqueo y despojo, es a través de una economía rentista, a través de la extracción de capital por medio de la deuda pública de los países latinoamericanos, posteriormente la privatización de los servicios públicos y de condiciones naturales y finalmente con el neo-extractivismo.
La forma en que se ha operado desde el Estado, es la de generar las condiciones legislativas, de ordenamiento del territorio y de aprobación de proyectos, a través de sus recursos económicos, la creación de marcos legislativos y de instituciones que le dan forma, es decir, de todo su poder. A lo cual autores como Magdalena Gómez, Angélica Araceli Maza Albores y Octavio Rosas Landa han caracterizado como de desvío de poder.
En los pueblos barrios y comunidades, este interactuar entre el Estado, las empresas, corporaciones y diversidad de grupos locales se nos muestra como la existencia de múltiples territorialidades en un mismo espacio, que no necesariamente son posiciones de choque o de confrontación permanente, sino que coexisten y se entrelazan como una diversidad de posiciones políticas en juego. Cada una de estas territorialidades obedece a una realidad histórica, que dentro de su propuesta política establece una perspectiva de transformación de su entorno, que contiene toda su bioculturalidad, su cosmovisión e historia
y por tanto, su propia perspectiva de la dignidad humana, la justicia y de lo que son los derechos humanos.
Por lo tanto existen en estos territorios locales una diversidad de propuestas de lo que es la justicia y los derechos humanos, que no son necesariamente compatibles con la perspectiva de los derechos humanos que se ha plasmado desde las instituciones internacionales y nacionales de derechos humanos.
Se ha hecho cada vez más recurrente la utilización de los derechos humanos por todos los actores, sin embargo consideran una serie de limitaciones en su uso, como son: el actuar del estado como un actor antagónico que por su propia condición no garantizará ni protegerá los derechos humanos, además de una situación constante de amenazas, hostigamiento, represión y despojo con la utilización de mecanismos legales y la modificación de la legislación.
Debido a ello, plantean que la reconfiguración de los derechos humanos, no debe de pasar por cuáles derechos están establecidos o cuáles no, sino cuál es el contexto y las condiciones de la realidad histórica que permiten su realización y más concretamente, la justicia como elemento central de los derechos humanos. Estableciéndose ¿Qué es lo que la gente considera como un acto de justicia? ¿Qué es lo necesita ella, para que ella considere que se está haciendo justicia? Esto ante las afectaciones que está viviendo en su entorno.
Consideramos que existen formas de hacer posible la territorialidad y los derechos humanos. Sin embargo aún se carece de una memoria que recupere desde los pueblos y comunidades la historia de los que se ha estado viviendo con el neoextractivismo, de lo que ellos entienden por justicia. Un registro de lo que está sucediendo, con los hechos, agravios y propuestas permitiría no sólo dejar constancia desde su propia perspectiva, sino en ir instrumentando una forma diferente de hacer justicia.
Además de que existe en las comunidades una realidad negativa en torno a los derechos humanos, en donde el hostigamiento, las amenazas, las detenciones arbitrarias y hasta el asesinato de los integrantes, han provocado rupturas y divisiones en los grupos y han desalentado la participación. Debido a ello, es necesaria su protección y garantizar la integridad física de los defensores de derechos humanos, que incluya la
revocación de las órdenes de aprehensión y su liberación.
Es necesario reconocer que existe una separación entre el concepto de derechos humanos y lo que viven las comunidades. Lo que implica una re conceptualización, que asuma esta nueva realidad histórica de los que está ocurriendo y que impacta en la defensa de nuestros ámbitos de reproducción tanto territorial como en nuestra territorialidad.
REFERENCIAS
Bartra Vergues, A., (2013) Rosa de Luxemburgo y el Despojo. Reproducción, crisis,
organización y resistencia: a cien años de la acumulación de capital de Rosa Luxemburgo, Puebla: Benemérita Universidad Autónoma de Puebla -
Universidad Autónoma Metropolitana Unidad Xochimilco.
Batra Vergues, A., (2006) El Capital en su laberinto. Dela renta de la tierra a la renta
de la vida, México: Universidad Autónoma de la Ciudad de México, Ítaca,
Cámara de Diputados.
Calderón Aragón, G. y León Hernández, E., (2013) Descubriendo la espacialidad
social desde América Latina, México: ITACA.
De Souza Santos, B., (2014) Derechos Humanos, democracia y desarrollo, Bógota: Centro de Estudios de Derecho, Justica y Sociedad (Dejusticia).
Fini, D., (2013) La defensa del territorio comunitario en Guerrero contra los proyectos
mineros. Tesis en Antropología política. Licenciatura magistral en Antropología,
historia y lenguajes de las imágenes, Universidad de Siena, Italia.
Fini, D., (2015) “Territorio como paradigma en las luchas sociales contemporáneas”, Puebla. Conferencia en el Instituto de Ciencias Sociales y Humanidades “Alfonso Vélez Pliego” de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, el día 5 de junio de 2015.
Gilly, A., (2007) La revolución interrumpida (Segunda ed.), México: Era.
León Hernández, E., (2015) “Naturaleza, dependencia y territorialidades múltiples. Ecología Política: Extractivismo, conflictividad socioambiental y luchas comunitarias en México”, Puebla: Benemérita Universidad Autónoma de Puebla. Conferencia en el Instituto de Ciencias Sociales y Humanidades “Alfonso Vélez Pliego” de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, el día 12 de junio de 2015
Ramírez Velázquez, B. R., (2006) “Espacio - tiempo en la comprensión del territorio”.
Revista Ciudades. Análisis de la coyuntura, teoría e historia urbana.
Volumen 18 (70), abril junio de 2006, pp: 3–8.
Ribeiro Palacios, M., (2015). Conflictos socio-ambientales y degradación biocultural;
tres casos de estudio en el estado de Querétaro, Querétaro: Facultad de
Filosofía. Universidad Autónoma de Querétaro.
Sánchez Rubio, D., (2011) Encantos y desencantos con los derechos humanos. De
emancipaciones, liberaciones y dominaciones, Barcelona: Icaria.
Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2014). Protocolo de Actuación para quienes imparten justicia en casos relacionados con proyectos de desarrollo e infraestructura. México, Distrito Federal: Suprema Corte de Justicia de la Nación.
DERECHOS HUMANOS Y TRANSNACIONALES: UNA