CHAPTER 2 NON-CONFORMING DOCUMENTS
2.4 Types of Discrepancies
2.4.10 Typographical errors
La regulación del sector audiovisual es un tema que despierta discusiones y debates en cualquier foro o taller, debido a la connotación de control de contenido que conlleva. El principal reto regulatorio que se presenta en un ambiente de convergencia es precisamente el tratamiento del contenido en los medios masivos de difusión (“mass media” en inglés) que en resumidas cuentas no guarda relación con la regulación tradicional de las telecomunicaciones. Ejemplos abundan de entes que regulan tanto al sector de telecomunicaciones como al de audiovisual (radio, televisión y TV cable), que al momento de realizar sus tareas encuentran problemas con los operadores de medios, cuando ellos aluden que la regulación no debiera atentar contra los principios de libertad de expresión ni los derechos a informar a la gente. Resulta entonces que un operador de radio o de televisión por circuito abierto (de libre recepción) consigue muchas veces continuar operando en forma irregular, escudándose en los argumentos indicados. Por otra parte, se dan también casos en los que el Estado ejerce presión sobre los operadores de audiovisual a través del ente regulador, aludiendo en este caso el incumplimiento a normativa técnica, cuando las razones reales radican en el contenido que difunden. Por estas razones es que el régimen regulatorio del sector audiovisual debe separar los aspectos de la transmisión del contenido.
En un ambiente de convergencia, las redes acarrean todo tipo de tráfico, y audiovisual no es ninguna excepción. Los problemas se presentan cuando la regulación del contenido comienza a interferir con la regulación de la transmisión, porque obligan al regulador a dejar de ser un ente orientado a cuestiones técnicas y/o económicas y se comienza a ocuparse de temas sociales que
98
incrementan la carga regulatorio y muchas veces se ve forzado a tomar decisiones que no se basan en criterios objetivos. La preparación del regulador hacia un escenario donde las tradicionales fronteras entre radiodifusión y telecomunicaciones han desaparecido debe entonces orientarse a garantizar que los roles se mantengan diferenciados entre lo referido a comunicaciones electrónicas propiamente dichas y el contenido audiovisual. El objetivo debiera ser entonces el racionalizar la regulación de servicios audiovisuales y telecomunicaciones a través de:
El marco regulador de audiovisual regulando el contenido;
El marco regulador de telecomunicaciones ocupándose de la red de transmisión y la tecnología; Pese a existir casos de reguladores convergentes que se responsabilizan por ambos, radiodifusión y telecomunicaciones con buenos resultados (por ejemplo, Ofcom en el Reino Unido), la regulación de contenido es realizada por otra instancia gubernamental. La clave del éxito consiste en que el regulador convergente tenga roles bien definidos en cuanto a las redes y las comunicaciones electrónicas, dejando al regulador de audiovisual los aspectos referidos a contenido. La regulación de contenido audiovisual guarda mucha relación con la idea de “regulación de contenidos de Internet”, que lleva a pensar en un recorte de la libertad de expresión, mas aún tratándose Internet de un medio que, dada su naturaleza, ha sido un espacio difícil de controlar, un espacio donde la libre expresión está protegida, como señala Lawrence Lessig, por la propia arquitectura de la red.29
Finalmente, resulta ilustrativo el citar las opiniones de los Doctores Gaspar Ariño y Juan Miguel de la Cuétara, en la Conferencia Marco “Audiovisual y Telecomunicaciones: El caso de Latinoamérica” auspiciada por AHCIET.30 En su opinión, el gran desafío que suponen las redes de nueva generación y la convergencia, exige desde el punto de vista político y jurídico de una “reconstrucción” del modelo regulatorio. El término “convergencia regulatoria” no es quizás el más adecuado, pues puede inducir a pensar que se trata de una agregación de regulaciones, lo que es incorrecto pues no se puede trasladar la regulación actual a las nuevas redes y servicios. Existe una clara alteración de los flujos económicos hacia los proveedores de contenidos, la competencia entre las redes permite precios distintos y variedad de ofertas.
A la hora de aplicar la separación funcional o estructural, no hay que confundir las telecomunicaciones, o mejor dicho el sector de las telecomunicaciones, con otros sectores como puede ser el de la energía, lo que en el sector energético puede ser positivo no lo es en el de las telecomunicaciones, donde la pluralidad de redes y enlaces marca una diferencia significativa. Medidas de este tipo pueden conducir a una paralización de la red, lo más indicado es caminar hacia la competencia en infraestructuras.
La convergencia es una realidad, las empresas radicadas en los tres sectores convergentes (voz, datos y audiovisual) dirigen sus pasos hacia Internet, donde ya están otras empresas de nueva creación (i.e. Google). Los mercados financieros cada vez valoran más los contenidos que las redes y tienden a dirigir su dinero hacia:
Quienes lo organizan, Quienes lo generan y Quienes lo comercializan.
Si el dinero se queda ahí y no va a las redes, puede representar a la larga un serio peligro. Los operadores no tendrían incentivos para montar nuevas plataformas si no se les permite entrar en el sector audiovisual. Ante esta situación hay que caminar hacia una reintegración de la innovación a las redes, darles acceso al mundo multimedia, evitar conductas oportunistas de terceros y activar la
29 “El Código 2.0”, Lawrence Lessig, Facultad de Comunicación de la Universidad de Málaga, 2006.
30 “Retos inmediatos de la regulación: audiovisual y telecomunicaciones. El reparto de competencias”, Relatoría del IX Foro de Regulaciónn de AHCIET, Barcelona, 4 y 5 de junio de 2008.
99
competencia inter-plataformas. La red la tienden los operadores y no así los agregadores, por lo que las asimetrías regulatorias no tienen sentido en el mundo multimedia.