6.6 Improving the response functions
7.2.1 User interactions
La valoración pretende brindar una solución cifrada y un apoyo objetivo a las decisiones o al análisis de cualquiera de los siguientes supuestos en los que aparece arbolado de interés paisajístico, tanto público como privado.
- Expropiación, afección a arbolado de terceros por actividad de planeamiento de la Administración.
- Estimación de repercusión de catástrofes, incendios e inundaciones.
- Daños a bienes municipales, concepto de valoración de daños por obras en vía público, redes de servicio, accidentes de tráfico, fianzas e infracciones administrativas.
- Análisis financiero o presupuestario de la actividad pública. - Catastro, inventario o catálogo.
- Transolantes, seguros.
- Regulación mediante Ordenanzas y Normas de Planeamiento Urbanístico. - Consideraciones de impacto ambiental, evaluación económica.
GRUPOS DE INTERVENCION.
Se fijan tres grupos de intervención, con variaciones en el procedimiento de valoración: a) Frondosas.
b) Coníferas.
c) Palmeras y similares.
DEFINICIONES.
Arboles sustituibles: Son aquellos que se pueden comprar y replantar y el diámetro frontera en las frondosas está a partir de tener menos o igual de 30 cm de circunferencia.
Arboles no sustituibles: Son los que no tienen posibilidad de ser conseguidos en el mercado de los viveros ornamentales.
Calibre característico: Tamaño del árbol cuyo precio medio en vivero va a servir como base de valoración. Se refiere a un precio de catálogo, y se fija en un perímetro de 10-12 cm para las frondosas (tomado 1,30 m sobre el nivel del suelo), y en una altura de 100-125 cm para las coníferas.
Ordenanza Municipal de Medio Ambiente. Ayuntamiento de Leganés (Madrid) _________________________________________________________________________________________
Valor básico: Llamado también valor estándar o tipo. Tiene un carácter objetivo por obtenerse de las ecuaciones o funciones tamaño precio, y se da en términos monetarios. Es un punto de partida mínimo con el que se puede continuar el proceso de valoración.
Si el árbol está vivo, el valor mínimo es el básico Las circunstancias de estado, singularidad, sanidad, etc, solo pueden considerarse para aumentar, nunca reducir el valor básico.
Valor de reposición: Es el valor de compra incluyendo los costos de transplantes y de mantenimiento actualizados.
A1.- VALORACION PARA ARBOLES SUSTITUIBLES.
Para los árboles sustituibles se buscarán los precios de compra en catálogo de los viveros ornamentales o en la curva o función de regresión correspondiente al grupo de especies de similar comportamiento.
Al precio de mercado se le suma los gastos de plantación y arranque, y los gastos anuales de mantenimiento capitalizados a interés compuesto , durante el tiempo de vida del árbol.
La formula más general es:
Valor básico (Vb)=(Pm+Ct)/alfa x (1+r)**t + (Ccn+1) x (1+r)**t + (Ccn+2) x (1+r)**(t-1)+ .... +(Cct-1) x (1+r) + Cct
Pm = Precio de mercado para un calibre y (edad determinado) Ct = Coste de arranque y plantación.
Alfa= Probabilidad de éxito en trasnplante (0 <= alfa <= 1)
Cc 0 costes de cultivo y mantenimiento el año n+1; n= año de plantación; t= edad del árbol arrancado (año de valoración); r = interés.
Si se supone que los costes de cultivo y mantenimiento son iguales todos los años, la fórmula queda así.
Vb= (Pm + Ct) /alfa x (1+r)**(t-n) + Cc x ((1+r)**((t-n)+1)) – 1 / r.)
A2.- VALORACION PARA ARBOLES NO SUSTITUIBLES FRONDOSAS Y CONIFERAS. La ecuación es Y=Vb = K / ( 1+ 0.01 x e **(b x (x-xi))) ** 100
Donde:
K = es el multiplicador máximo del precio estándar en vivero para un calibre característico (tamaño 10-12 cm de diámetro en frondosas y 100-125 cm en coníferas). Los valores que se toman son 1000, 750 y 500 dependiendo de la longevidad de las especies.
Xi variable que cambia según la longevidad y hábito de crecimiento . B es parámetro para el precio de partida.
Ordenanza Municipal de Medio Ambiente. Ayuntamiento de Leganés (Madrid) _________________________________________________________________________________________
_____ Página 128___________________________________________________________________________ A3.- VALORACION PARA ARBOLES NO SUSTITUIBLES. PALMERAS Y SIMILARES.
Vb = V característico x ( h / k ) ** 2 Donde:
V característico es el precio medio teórico de mercado para el mínimo tamaño comercial que se debe revisar y actualizar periódicamente.
H es la altura en cm del tronco y K es la constante del crecimiento según Tabla VI.
A4.- INDICES CORRECTORES.
A partir del Valor básico Vb , entran en juego unos índices correctores de dos tipos : - Factores Intrinsecos .Ii
1. Tamaño fotosintéticamente activo. 2. Estado Sanitario.
3. Expectativa de vida útil. Factores Extrinsecos . Ie
1. Estético y funcional. 2. Representatividad y rareza. 3. Situación.
4. Factores extraordinarios.
La fórmula de aplicación de los indices descritos sería : Vfl = Vb x ( 1+ Sumatorio Ii + Sumatorio Ie )
Donde :
Vf = Valor final. Vb = Valor básico.
Sumatorio Ii = Indices de factores intrinsecos. Sumatorio Ie = “ “ extrinsecos. La tabla de valores de indices correctores es la Tabla VII
A5.- TRONCOS MULTIPLES.
Para el caso de árboles con troncos múltiples, si se puede descubrir el cuello del árbol, se mide el perímetro envolvente inmediatamente por encima del cuello, que sería el valor de la circunferencia con el que se entra en las ecuaciones.
Ordenanza Municipal de Medio Ambiente. Ayuntamiento de Leganés (Madrid) _________________________________________________________________________________________ Si el árbol tiene fuerte engrosamiento en el cuello o no se puede descubrir este, tomar las circunferencias de todos los troncos que existan a una altura de 80 cm del suelo y se toma como perímetro virtual, el de una circunferencia que circunscriba como envolvente todas las de los troncos existentes, tangentes entre sí.
A6.- DAÑOS PARCIALES.
Los daños se clasificarán según sean: heridas en el tronco, desgajamiento de ramas o destrucción de raices.
El cálculo de las indemnizaciones a que haya lugar por estas tres causas se hará separadamente sumando luego los porcentajes obtenidos para obtener el valor total de la indemnización. Si ese total resultará mayor de 100 %, se tomará el valor total del árbol.
A6.1.- Heridas en el tronco.
La extensión del daño se mide en anchura, proyectando sus extremos más separados sobre la circunferencia que pasa por el punto más alto de la herida.
La proyección P se expresa como fracción de la circunferencia citada C y se multiplica por la altura h de la herida en mm.
I % = (P / C) x (h + 50)
I se considera igual a 100 cuando tome valores superiores a 50 %. Los valores de indemnización figuran en la tabla VIII
A6.2.- Pérdidas de ramas.
Si la destrucción de las ramas afectará a más del 80 % de ellas, el valor de la indemnización será el del total del árbol.
Cuando la destrucción suponga un desequilibrio en la copa del árbol, se incluirá para el cálculo de indemnización el volumen de copa que sea preciso quitar para lograr otra vez el equilibrio y el costo de ello.
A6.3.- Destrucción de raíces.
Para calcular el % que suponen las raíces destruidas sobre el conjunto del sistema, se toma como extensión de este, la de la proyección de la copa del árbol y como profundidad 1 m.
Se debe aplicar este criterio en caso de zanjas que pasen cerca del árbol o incluso en caso de transplante de este.
A6.4 Otros daños.
Los daños no mencionados en los apartados anteriores como los ocasionados por sacudidas, separación de la vertical, corte de yema terminal, u otros cualquiera, se valorarán estimando la repercusión que puedan tener en la vida futura del árbol y en su clasificación dentro de los distintos índices.
Ordenanza Municipal de Medio Ambiente. Ayuntamiento de Leganés (Madrid) _________________________________________________________________________________________ _____ Página 130___________________________________________________________________________