DISPONE
Artículo 1°.- Artículo 1.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares, planos y demás documentación que regirán la Licitación Pública N° 430-SIGAF-12 (01-12).
Artículo 2.- Llámase a Licitación Pública N° 430-SIGAF-12 (01-12) con el objeto de adjudicar los trabajos de instalación eléctrica de BT y MBT en el Edificio de la Escuela N° 8 D.E. N° 10 sita en Mendoza 1000, Ciudad de Buenos Aires, por ajuste alzado y fijando como presupuesto oficial la suma de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS OCHO CON NOVENTA CENTAVOS ($ 1.454.708,90);
Articulo 3.- Redúzcanse los plazos de publicación conforme lo normado en el articulo 10 de la Ley N° 13.064.
Artículo 4.- Establécese como fecha de apertura de ofertas el día 11 de abril de 2012, a las 12:00 hs. en Licitaciones, Ministerio de Educación sito en Paseo Colón 255, Piso 2° frente, de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 5.- Publíquese el llamado efectuado mediante el art. 2° de la presente en la Cartelera de Licitaciones del Ministerio de Educación sito en la Av. Paseo Colón 255 2° piso frente, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de tres (3) días con diez (10) de anticipación a la fecha prevista para la apertura de ofertas, un (1) día en un diario de distribución masiva y en el sitio de Internet www.buenosaires.gob.ar y notifíquese a las Cámaras empresariales pertinentes.
Artículo 6.- Regístrese y publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento y prosecución del trámite pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones. Loprete
Ministerio de Desarrollo Urbano
DISPOSICIÓN N° 275/DGIUR/12
Buenos Aires, 9 de marzo de 2012 VISTO:
El Expediente N° 166.814/2012 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: “Comercio Minorista de: Máquinas para Oficina, Cálculo, Contabilidad, Computación, Informática; Comercio Minorista de: Artículos Personales y para Regalos; Comercio Minorista de: Aparatos, Equipos y Artículos de Telefonía y Comunicación; Comercio Mayorista de Máquinas para Oficina, Cálculo, Contabilidad, Computación, Informática (c/ depósito Art. 5.2.8 inc. a); Comercio Mayorista de Artículos Personales y para Regalos (c/ depósito Art. 5.2.8 inc. a); Comercio Mayorista de: Aparatos, Equipos y Artículos de Telefonía y Comunicación c/ depósito Art. 5.2.8 inc. a)”, para el inmueble sito en la calle Larrea N° 175, Planta Baja, con una superficie a habilitar de 51,37 m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a Distrito APH 13 “Iglesia Nuestra Señora de Balvanera” de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007, el mismo se encuentra Catalogado con Nivel de Protección Cautelar;
Que los usos permitidos para el distrito, son los que indique el Cuadro de Usos N° 5.2.1 del Código de Planeamiento Urbano para el Distrito C3;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Dictamen N° 629-DGIUR-2012, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso solicitado toda vez que el mismo no origina impactos relevantes en el Distrito;
Que los usos consignados Permitidos son: Comercio Minorista de: Textiles, Pieles, Cueros, Artículos Personales, del Hogar y afines. Regalos; Comercio Minorista de: Máquinas para Oficina, Cálculo, Contabilidad, Computación, Computación, Informática – Aparatos y Equipos de Telefonía y Comunicación; Comercio Mayorista: Locales con depósito menor 60% Productos no perecederos hasta 200 m², se lo exime de la obligación de cumplimentar los requerimientos de estacionamiento establecidos en el Cuadro de Usos 5.2.1.a) por aplicación del Artículo 5.3.4 “Casos Especiales”;
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad, deberá ser consultada a la Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE
Artículo 1°.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso:“Comercio Minorista de: Máquinas para Oficina, Cálculo, Contabilidad, Computación, Informática; Comercio Minorista de: Artículos Personales y para Regalos; Comercio Minorista de: Aparatos, Equipos y Artículos de Telefonía y Comunicación; Comercio Mayorista de Máquinas para Oficina, Cálculo, Contabilidad, Computación, Informática (c/ depósito Art. 5.2.8 inc. a); Comercio Mayorista de Artículos Personales y para Regalos (c/ depósito Art. 5.2.8 inc. a); Comercio Mayorista de: Aparatos, Equipos y Artículos de Telefonía y Comunicación c/ depósito Art. 5.2.8 inc. a)”, para el inmueble sito en la calle Larrea N° 175, Planta Baja, con una superficie a habilitar de 51,37 m², (Cincuenta y un metros cuadrados con treinta y siete decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.
Artículo 2°.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada, deberá ser consultada a esta Dirección General de Interpretación Urbanística.
Artículo 3°.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente.
Artículo 4°.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma
DISPOSICIÓN N° 276/DGIUR/12
Buenos Aires, 9 de marzo de 2012 VISTO:
El Expediente N° 656.191/2011 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: “Casa de Comidas, Rotisería; Comercio de Bebidas en general envasadas”, para el inmueble sito en la calle Bolívar N° 1156, Planta Baja y Entrepiso, con una superficie a habilitar de 54 m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a Distrito APH 1 Zona 2b de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General de Interpretación Urbanística, a través del Dictamen N° 562-DGIUR-2012, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso solicitado toda vez que el mismo no origina impactos relevantes en el Distrito APH 1 zona 2b;
Que los usos consignados Permitidos: El uso “Comercio Minorista de: Casa de Comidas, Rotisería”, si bien no se encuentra expresamente consignado en el Cuadro de Usos 5.2.1, puede considerarse encuadrado en el rubro “Alimentación en general, Restaurant, Cantina, Pizzería, Grill, Heladería, Confitería, etc.;
Que el uso “Comercio Mayorista de Bebidas en general envasadas”, si bien no se encuentra consignado en el Cuadro de Usos N° 5.2.1, puede considerarse encuadrado en el rubro “Productos Alimenticios y/o Bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio) (se opere o no por sistema de venta autoservicio) Tabaco, Productos de Tabaquería y Cigarrería”
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad, deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE
Artículo 1°.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: “Casa de Comidas, Rotisería; Comercio de Bebidas en general envasadas”, para el inmueble sito en la calle Bolívar N° 1156, Planta Baja y Entrepiso, con una superficie a habilitar de 54 m², (Cincuenta y cuatro metros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.
Artículo 2°.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General de Interpretación Urbanística.
Artículo 3°.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente.
Artículo 4°.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma
DISPOSICIÓN N° 277/DGIUR/12
Buenos Aires, 9 de marzo de 2012 VISTO:
El Expediente N° 2.254.832/2011 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: “Servicios: Oficina Comercial”, para el inmueble sito en la calle Riobamba N° 429, Piso 11, con una superficie a habilitar de 129,85 m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a Distrito APH 50 “Callao” Zona 1 de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General de Interpretación Urbanística, a través del Dictamen N° 651-DGIUR-2012, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso solicitado toda vez que el mismo no origina impactos relevantes en el Distrito;
Que los usos consignados Permitidos son los correspondientes al distrito C2 del Código de Planeamiento Urbano: Servicios: Oficina Comercial – Oficina Consultora; Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad, deberá ser consultada a esta Dirección General de Interpretación Urbanística.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE
Artículo 1°.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: “Servicios: Oficina Comercial”, para el inmueble sito en la calle Riobamba N° 429, Piso 11, con una superficie a habilitar de 129,85 m², (Ciento veintinueve metros cuadrados con ochenta y cinco decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.
Artículo 2°.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada, deberá ser consultada a esta Dirección General de Interpretación Urbanística.
Artículo 3°.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente.
Artículo 4°.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma
Ministerio de Desarrollo Social
DISPOSICIÓN N° 131/DGTALMDS/12
Buenos Aires, 8 de febrero de 2012 VISTO:
La Ley N° 2.095, su Decreto Reglamentario N° 754/GC BA/08 y el Expediente N° 98853/2012, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación mencionada tramita la solicitud de contratación por la “Provisión de Alimentos Secos” con destino a la Dirección General de Atención Inmediata dependiente de la Subsecretaria de Fortalecimiento Familiar y Comunitario dependiente del Ministerio de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en concordancia con las razones que anteceden se entiende como mejor medio de contratación el procedimiento de Licitación Pública conforme artículo 30° inciso a) y al párrafo primero del artículo 31°, de la Ley N ° 2095, denominada Ley compras y contrataciones del GCBA;
Que obran las solicitudes de gasto que reflejan la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión;
Que por Disposición N °171/DGCyC/08 (B.O.C.B.A. N ° 2968) la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo con lo establecido en el Artículo 85° de la Ley N° 2095 de l Gobierno de la Ciudad, aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales que rige la presente Contratación;
Que son parte integrante de este llamado a Licitación Pública los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares;
Que se publicará el presente llamado a Licitación Pública en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en la cartelera de la repartición licitante;
Por ello, en virtud de las facultades conferidas por el Articulo N°13 del Decreto N°754/2008, quien suscribe se encuentra autorizado para efectuar el presente llamado a Licitación Publica;
EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL EN SU CARACTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES
DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DISPONE: