DE ATRACCIÓN PARA INVESTIGAR LOS SUPESTOS HECHOS DELICTIVOS RALACIONADOS CON LA DESAPARICION DE 12 JOVENES DEL BAR “AFTER HEAVEN”.; al tenor de los siguientes:
A N T E C E D E N T E S
1.- Que el pasado 26 de mayo del año en curso, desaparecieron 12 jóvenes que presuntamente estaban en el bar “After Heaven”, ubicado en la Zona Rosa y que según una de las líneas de investigación, fueron sustraídos de dicho bar, en vehículos manejados por integrantes vinculados al crimen organizado.
2.- Que al día de hoy no se ha confirmado ninguna de las varias líneas de investigación posibles sobre el caso, por lo que no se descarta una posible participación de un comando armado que secuestrara a los jóvenes, y los vínculos de diversa índole con narcomenudeo y narcotráfico.
_____________________________________________________________________________2 3.- La Procuraduría General de Justicia y la Secretaria de Seguridad Pública ambas del Distrito Federal, desde que se conoció el caso, se han abocado al esclarecimiento de lo acontecido y buscado he investigado todas las posible líneas de investigación posibles. Existe una excelente coordinación entre todas las instancias del Gobierno del Distrito Federal para llevar esclarecer el caso de los jóvenes desaparecidos.
A raíz de la desaparición de 12 jóvenes, el pasado sábado 26 de Mayo del bar “After Heaven” ubicado en la zona rosa, las autoridades capitalinas han llevado a cabo una investigación seria, siguiendo protocolos indicados y cuidando en todo momento las posibles fugas de información que puedan complicar las investigaciones.
4.- Que las procuradurías de Estado de México, Morelos e Hidalgo, rastrean en sus estados posibles vínculos de investigación que los lleve con el paradero de los 12 jóvenes desaparecidos, así como el paradero de las dos camionetas en las que presuntamente fueron trasladados.
5.- El 30 de mayo de este año en la clausura de la reunión nacional de procuradores, el procurador capitalino, Rodolfo Ríos Garza, según lo publicado en la pagina web pidió la colaboración a sus homólogos, incluso de la Procuraduría General de la República (PGR), para buscar pistas de los vehículos en todo el país.
6.- Por otro lado, es claro que el caso puede tener vínculos con el crimen organizado, por lo que si las investigaciones confirman la premisa, entonces correspondería al Gobierno federal atenderlo. Al respecto el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Miguel Angel Mancera Espinosa, declaró el 10 de Junio lo siguiente: "Por lo que se refiere a si hubiera o se presentaran combates de otros tipo de fuerzas, que fueran ajenas o de la competencia federal, pues el llamado es a las autoridades federales, cada quien debe estar en su esfera de competencias".
7.- La Procuraduría General de la Republica, con fundamento en el Artículo 73 fracción XXI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos., el Artículo 10, párrafo segundo, del Código Federal de Procedimientos Penales., el Artículo 4o., fracción I, inciso A) punto d) de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República., tiene todas las facultades para atraer casos como el que nos ocupa.
_____________________________________________________________________________3 8.- La Procuraduría General de la República puede intervenir en los casos de delitos que tengan conexidad, es decir, es decir que se relacionen jurídicamente con delitos federales. Sin dejar de advertir que si bien los artículos 21 y 102, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establecen que incumbe al Ministerio Público de la Federación la investigación y persecución, ante los tribunales, de todos los delitos del orden federal, también es cierto que, en virtud de su facultad de atracción, la representación social federal puede conocer de los delitos del fuero común, cuando, de acuerdo con la Carta Magna, “las autoridades federales podrán conocer también de los delitos del fuero común, cuando éstos tengan conexidad con delitos federales.
9. Que la razón única de pedir a la Procuraduría General de la República, atraiga el caso en mención, atiende exclusivamente a las facultades legales que goza para ello y a la trascendencia y alta relevancia que el caso tiene para el País, y que no tiene nada que ver con razones de eficiencia o eficacia de las autoridades respectivas, como es el caso de la Procuraduría General de Justicia y la Secretaría de Seguridad Pública Federal.
C O N S I D E R A N D O S
PRIMERO.- Que de conformidad con la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa
del Distrito Federal, es deber de los Diputados presentar proposiciones y denuncias, así como representar los intereses de los ciudadanos y promover y gestionar la solución de los problemas y necesidades colectivas ante las autoridades competentes.
SEGUNDO.- Que de conformidad con el artículo 18 fracción VII de la Ley
Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, es una obligación de los Diputados Representar los intereses de los ciudadanos y promover y gestionar la solución de los problemas y necesidades colectivas ante las autoridades competentes;
TERCERO.- Que de conformidad con el artículo 58 fracción X de la Ley Orgánica
de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal es atribución de la Diputación Permanente conocer de los pronunciamientos, propuestas, dictámenes y denuncias que no comprendan la aprobación, reforma, derogación o abrogación de leyes, decretos.
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CUARTO.- Que de conformidad con el artículo 4° de la Ley Orgánica de la
Procuraduría General de la República el cual señala en su fracción I, inciso A) punto d) “Ejercer sus facultades de investigación respecto de los delitos en materias concurrentes cuando las leyes otorguen competencia a las autoridades del fuero común, siempre que prevenga en el conocimiento del asunto, le solicite al Ministerio Público local la remisión de la investigación o se actualicen las hipótesis que para tal efecto se contemplen en ley;”
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de la Comisión Permanente de esta Honorable Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con carácter de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con
PUNTO DE ACUERDO
ÚNICO.- SE EXHORTA RESPETUOSAMENTE A LA PROCURADURIA