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PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

D.E. N° 480-1075-2017.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, a las 9 horas del 3 de mayo de 2017. Declárese liquidada la Cooperativa de Comercialización de Tilapia R.L. (TILACOOP R. L.), originalmente inscrita mediante resolución N° 1075 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.

Mag. Gustavo Fernández Quesada, Director Ejecutivo a. í.— O. C. N° 37011.—Solicitud N° 84837.—( IN2017138612 ).

D.E. N° 481-1402-2017.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, a las 9 horas del 03 de mayo de 2017. Declárese liquidada la Cooperativa Autogestionaria de Mujeres en Desarrollo de Liberia R. L. (COOPEMUDELI R. L.), originalmente inscrita mediante resolución N° 1402 del 19 de marzo del 2007, del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.

Mag. Gustavo Fernández Quesada, Director Ejecutivo a. í.— O. C. N° 37012.—Solicitud N° 84838.—( IN2017138620 ).

D.E. N° 482-1023-2017.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, a las 9:00 horas del 03 de mayo de 2017.—Declárese liquidada la Cooperativa Autogestionaria de Mujeres Engrandeciendo su Provincia R. L., (COOPEMESPRO R. L.), originalmente inscrita mediante resolución N° 1023, del 16 de setiembre de 1996, del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Mag. Gustavo Fernández Quesada, Director Ejecutivo a. í.—O. C. N° 37013.— Solicitud N° 84839.—( IN2017138621 ).

D.E. 483-1070-2017.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, a las 9 horas del 03 de mayo de 2017. Declárese liquidada la Cooperativa de Vivienda de Mujeres de Horquetas de Sarapiquí de la provincia de Heredia R.L. (COOPELIRIOS R.L.), originalmente inscrita mediante resolución N° 1070 del 17 de febrero de 1998, del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.

Mag. Gustavo Fernández Quesada, Director Ejecutivo a. í.— O. C. N° 37014.—Solicitud N° 84840.—( IN2017138625 ).

D.E. N° 484-1143-2017.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, a las 9:00 horas del 03 de mayo de 2017.—Declárese liquidada la Cooperativa de Comercializacion de San Gerardo del Indio R.L. (COOPEAGRISANGERARDO R.L.), originalmente inscrita mediante resolución N° 1143, del 29 de abril del 1999, del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la comisión liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Mag. Gustavo Fernández Quesada, Director Ejecutivo a. i.—O. C. N° 37015.— Solicitud N° 84841.—( IN2017138627 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

D.E. N° 485-1317-2017.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, a las 9 horas del 03 de mayo de 2017. Declárese liquidada la Cooperativa Autogestionaria de Servicios Ecoagroturísticos R.L. (COOPEAGUABUENA R.L.), originalmente inscrita mediante resolución N° 1317 del 21 de octubre del 2004, del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.

Mag. Gustavo Fernández Quesada, Director Ejecutivo a.í.— O. C. N° 37016.—Solicitud N° 84843.—( IN2017138630 ).

D.E. N° 487-1189-2017.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, a las 9:00 horas del 03 de mayo de 2017. Declárese liquidada la Cooperativa de Producción de Peces de Bagaces R. L. (COOPEBAGAPEZ R. L.), originalmente inscrita mediante resolución N° 1189 del 05 de mayo del 2001, del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese

al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.

Mag. Gustavo Fernández Quesada, Director Ejecutivo a. í.— O. C. Nº 37019.—Solicitud Nº 84845.—( IN2017138633 ).

D.E. N° 488-1023-2017.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, a las 9 horas del 03 de mayo de 2017. Declárese liquidada la Cooperativa de Productores de Piedra Caliza R.L. (PIEDRACOOP R.L.), originalmente inscrita mediante resolución N° 1023, del 16 de Setiembre de 1996, del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.

Mag. Gustavo Fernández Quesada, Director Ejecutivo a.í.— O. C. N° 37020.—Solicitud N° 84846.—( IN2017138643 ).

D.E. N° 489-1392-2017.—San José, a las 9:00 horas del 3 de mayo del 2017. Declárese liquidada la Cooperativa Autogestionaria de Jóvenes del Silencio R. L. (Jovencoop R. L.), originalmente inscrita mediante resolución N° 1392 del 14 de Febrero del 2007 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Mag. Gustavo Fernández Quesada, Director Ejecutivo a. i.—O. C. Nº 37021.—Solicitud Nº 84847.—( IN2017138663 ).

D.E. N° 490-69-2017.— San José, 10:00 horas del 3 de mayo de 2017. Declárese liquidada la Cooperativa de Ahorro y Crédito y Servicios Múltiples de los Empleados y Exempleados de la Municipalidad de Limón R. L. (Coopemultiser R. L.) originalmente inscrita mediante resolución N° 69 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Mag. Gustavo Fernández Quesada, Director Ejecutivo a. i.— O. C. Nº 37022.— Solicitud Nº 84848.—( IN2017138664 ).

D.E. N° 491-363-2017.—San José, 10:00 horas del 3 de mayo de 2017. Declárese liquidada la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Alajuelita R. L. (Coopealajuelita, R. L.) originalmente inscrita mediante resolución N° 363 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que

proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Mag. Gustavo Fernández Quesada, Director Ejecutivo a. i.—O. C. Nº 37023.— Solicitud Nº 84849.—( IN2017138665 ).

D.E. N° 492-1332-2017.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, 10:00 horas de 03 de mayo de 2017. Declárese liquidada la Cooperativa Autogestionaria de Servicios y Productos Agropecuarios de Palmitas de Pococí R. L. (COOPEPALMITAS R. L.) originalmente inscrita mediante resolución N° 1332 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Mag. Gustavo Fernández Quesada, Director Ejecutivo a. í.—O. C. Nº 37024.— Solicitud Nº 84850.—( IN2017138666 ).

D.E. N° 493-1139-2017.—San José, 10 horas del 03 de mayo de 2017. Declárese liquidada la Cooperativa Autogestionaria Fundada por Mujeres Dos Mil Para el Cuido de Niños R. L. (Coopeniñeras R. L.) originalmente inscrita mediante resolución N° 1139 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Mag. Gustavo Fernández Quesada, Director Ejecutivo a. i.—O. C. Nº 37025.—Solicitud Nº 84851.—( IN2017138668 ).

D.E. N° 494-1451-2017.—San José, 10 horas del 03 de mayo del 2017. Declárese liquidada la Cooperativa De Autogestión de Maquila R. L. (Coopeyireth R. L.) originalmente inscrita mediante resolución N° 1451 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Mag. Gustavo Fernández Quesada, Director Ejecutivo a. i.—O. C. Nº 37026.— Solicitud Nº 84852.—( IN2017138670 ).

AVISOS

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