3.3 Post processing parameters
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JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA. SAN PEDRO, COAHUILA.
E D I C T O
Ante este Juzgado de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de San Pedro de las Colonias, Coahuila, con sede en esta misma ciudad, se presentaron la Ciudadana MARIA DEL CONSUELO MORA GOMEZ, a denunciar JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO A BIENES DE VENANCIO BERNAL LEIJA, mismo que se radicó bajo el Expediente número 903/2010, en el cual se ordena publicar edictos POR DOS VECES CON UN INTERVALO DE DIEZ DIAS, convocando a todos los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores del difunto, para que se presenten en el juicio a deducirlos según corresponda publicación que deberá realizarse en la Tabla de avisos del Juzgado, en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en este lugar donde se esta llevando a cabo el juicio.-
SAN PEDRO, COAHUILA A 12 DE NOVIEMBRE 2010 EL C. SECRETARIO
LIC. PRIMITIVO DELGADO CHAVEZ.-
(RÚBRICA) 15 JUL Y 12 AGO
DISTRITO DE PARRAS DE LA FUENTE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL Y FAMILIAR. PARRAS, COAHUILA.
E D I C T O
BEATRIZ AVILA TORRES, compareció ante este Juzgado de Primera Instancia en Materia Civil y Familiar del Distrito Judicial de Parras, con residencia en Parras de la Fuente, Coahuila, a promover JUICIO ORDINARIO CIVIL DE ACCIÓN DE OTORGAMIENTO Y FIRMA DE ESCRITURA, el cual se radicó como Expediente Número 241/2011, en contra de JUANA MARÍA LEÓN AVILA Y MIGUEL MARTÍNEZ ROMERO; con fundamento en lo dispuesto por el Articulo 221 fracción II del Código Procesal Civil empláceseles a los diversos demandados JUANA MARÍA LEÓN AVILA Y MIGUEL MARTÍNEZ ROMERO mediante edictos que contengan un extracto de demanda, los cuales se publicarán por tres veces de tres en tres días, en el periódico Oficial del Estado y en otro de mayor circulación en la región haciéndoles saber que deben presentarse a producir su contestación a la demanda instaurada en su contra, dentro de un término de treinta días, contados a partir del día siguiente de la ultima publicación del edicto respectivo, quedando en la Secretaria del Juzgado, las copias simples de la demanda y anexos que se acompañan debidamente selladas y cotejadas para que la parte demandada se imponga de las mismas.- DOY FE.-
viernes 12 de agosto de 2011
PERIODICO OFICIAL
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Parras de la Fuente, Coahuila; a 08 de Julio del 2011
EL SECRETARIO “B” DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PARRAS
LIC. LUIS ALBERTO ZAMORA CONTRERAS
(RÚBRICA) 2-5 Y 12 AGO
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL Y FAMILIAR. PARRAS, COAHUILA.
EDICTO
ANDRÉS LEZA SOTO Y MARÍA DEL ROSARIO MEDINA ALCALÁ, comparecieron ante este Juzgado de Primera Instancia en Materia Civil y Familiar del Distrito Judicial de Parras, con residencia en Parras de la Fuente, Coahuila, a promover PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE USUCAPIÓN, el cual se radicó como Expediente Número 631/2009, en contra de JORGE PSHIAS CHAUL Y DIRECTOR REGISTRADOR DEL REGISTRO PÚBLICO DE ESTA CIUDAD; con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 221 fracción II del Código Procesal Civil emplácesele al diverso demandado JORGE PSHIAS CHAUL mediante edictos que contengan un extracto de la demanda, los cuales se publicarán por tres veces de tres en tres días, en el periódico Oficial del Estado y en otro de mayor circulación en la región haciéndole saber que debe presentarse a producir su contestación a la demanda instaurada en su contra, dentro de un término de treinta días, contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto respectivo, quedando en la Secretaría del Juzgado las copias simples de la demanda y anexos que se acompañan debidamente selladas y cotejadas para que la parte demandada se imponga de las mismas.- DOY FE.-
Parras de la Fuente, Coahuila a 04 de Noviembre de 2010
EL SECRETARIO “B” DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PARRAS
LIC. LUIS ALBERTO ZAMORA CONTRERAS
(RÚBRICA) 9-12 Y 19 AGO
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL Y FAMILIAR. PARRAS, COAHUILA.
E D I C T O
En el Juzgado de Primera Instancia en Materia Civil y Familiar del Distrito Judicial de Parras, con residencia en Parras de la Fuente, Coahuila, se radicó el Expediente número 262/2010, relativo al JUICIO ORDINARIO CIVIL DE ACCIÓN DE OTORGAMIENTO Y FIRMA DE ESCRITURA, promovido por GRACIELA Y ERNESTINA ambas de apellidos VELÁZQUEZ FLORES, en contra de MARÍA DE LA LUZ CHÁVEZ DE MACÍAS Y RODRIGO MACÍAS, en el cual se ordena Notificar los Puntos Resolutivos de la Sentencia Definitiva dictada en autos en fecha Trece de Junio del presente año, mediante edictos, a los demandados MARÍA DE LA LUZ CHÁVEZ DE MACÍAS y RODRIGO MACÍAS, mismos que se publicarán por una sola vez en el periódico Oficial del Estado y en otro de mayor circulación en esta ciudad: PUNTOS RESOLUTIVOS: PRIMERO.- Este Juzgado resultó ser competente para conocer y resolver del presente juicio.- SEGUNDO.- Fue procedente el procedimiento intentado y tramitado por las partes.- TERCERO.- Las actoras acreditaron los elementos constitutivos de su acción de OTORGAMIENTO Y FIRMA DE ESCRITURA, por lo cual se condena a MARÍA DE LA LUZ CHÁVEZ DE MACÍAS y RODRIGO MACÍAS, a que formalicen y eleven a escritura pública a favor de GRACIELA y ERNESTINA ambas de apellidos VELÁZQUEZ FLORES, el contrato celebrado por las partes el quince de enero de 1991, en los términos del mismo; en tanto, deberán de firmar la correspondiente escritura dentro del plazo de CINCO DÍAS siguientes al en que se requiere el cumplimiento voluntario de la presente resolución, siempre y cuando la misma sea legalmente ejecutable; en el entendido que de no hacerlo, este Tribunal lo hará e su rebeldía.- CUARTO.- Siendo esta sentencia de condena y habiendo sido adversa a MARÍA DE LA LUZ CHÁVEZ DE MACÍAS Y RODRIGO MACÍAS, se les condena al pago de gastos y costas del presente juicio, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 130 del Código Procesal Civil.- QUINTO.- NOTIFIQUESE PERSONALMENTE.- Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 211, fracción V del Código Procesal Civil, y por lo que hace a los demandados MARÍA DE LA LUZ CHÁVEZ DE MACÍAS Y RODRIGO MACÍAS, deberá notificársele mediante publicación por una sola vez de los puntos resolutivos en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación de esta ciudad, en el entendido de que la sentencia no se ejecutará sino pasados tres meses a partir de la última publicación de las antes señaladas, a no ser que el actor otorgue fianza bastante para restituir las cosas al estado en que se encontraban antes de la ejecución, como lo ordena el artículo 781 de la Ley antes señalada.- ASÍ DEFINITIVAMENTE JUZGANDO, lo resolvió y firma el licenciado EDGAR ARTURO GARCÍA ALMANZA, Juez de Primera Instancia en Materia Civil y Familiar de éste Distrito Judicial de Parras con residencia en la ciudad del mismo nombre, actuando con el licenciado FRANCISCO JOSÉ RAMÍREZ TORRES, Secretario “A” de Acuerdo y Trámite que autoriza, ambos con carácter de interino.- DOY FE.- -
Parras de la Fuente, Coahuila, a 29 de Junio de 2011
EL SECRETARIO “A” DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PARRAS
LIC. FRANCISCO JOSE RAMÍREZ TORRES