2. THE SITUATION IN THE DIFFERENT SECTORS
2.5. Environment
2.5.5. Waste
El Estado al requerir necesariamente de un ordenamiento que se encuentre constituido por principios jurídicos que el poder político disponga para cubrir las necesidades del pueblo, en el entendido de que dicho ordenamiento es entonces la ley fundamental de la organización de un Estado, y que para la población se ha convertido la actividad deportiva como necesaria y en algunos casos indispensable, de ahí que los regímenes constitucionales de algunos países europeos hayan incluido en su texto básico lo concerniente a la práctica deportiva como un derecho humano y que ante el surgimiento de algunas voces en México, se haya proclamado la necesidad de elevar la práctica deportiva como un derecho constitucional, pues se comprende que el deporte se ha transformado en un fenómeno de importancia social en nuestro país.
Entre los preceptos constitucionales vinculados al deporte en México, se encuentran principalmente el último párrafo del artículo 4º y el artículo 73 fracción XXIX inciso J, que a la letra establecen:
“Artículo 4º …
Toda persona tiene derecho a la cultura física y a la práctica del deporte. Corresponde al Estado su promoción, fomento y estímulo conforme a las leyes de la materia.”
“Artículo 73. El congreso tiene la facultad: …
XXIX-J. Para legislar en materia de cultura física y deporte con objeto de cumplir lo previsto en el artículo 4º de esta Constitución, estableciendo la concurrencia entre la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los municipios; así como de la participación de los sectores social y privado.” En efecto, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 73 fracción XXIX-J, por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de junio de 1999, que adicionó el mencionado precepto constitucional, dispone la facultad del Congreso de la Unión para legislar en materia de cultura física y deporte, estableciendo las bases generales de coordinación de la facultad de concurrencia entre la Federación, las Entidades Federativas, el Distrito Federal y los municipios en relación a la materia de deporte, así como la intervención de los sectores social y privado en la misma, a través de una ley federal.
En consecuencia, es desde la derogada Ley de Estímulo y Fomento del Deporte, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 27 de diciembre de 1990, hasta la vigente Ley General de Cultura Física y Deporte, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 24 de febrero de 2003, pasando por la también derogada Ley General del Deporte, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de junio del año 2000, las bases generales de coordinación y colaboración entre los tres niveles de gobierno, a saber; federal, local y municipal, así como la concertación para la participación de los sectores social y privado en materia de cultura física y deporte, y la coordinación mediante el Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte, se establece claramente en la actual y ya citada Ley General de Cultura Física y Deporte, así como en su Reglamento.
Por consiguiente, las leyes y disposiciones jurídicas que en materia deportiva han sido expedidas por las diversos Estados, Distrito Federal y municipios, constituyen conjuntamente con la normatividad de las diversas
asociaciones deportivas a nivel nacional y estatal del país, el total del entramado normativo que rige al deporte en México.
Así, el derecho a la cultura física y a la práctica de la actividad deportiva se incorpora como un derecho humano, producto de la conciencia política del gobierno para satisfacer esa gran necesidad de reconocimiento en materia de cultura física y deporte a favor del pueblo, materializándose como ya se refirió en la reforma constitucional del artículo 4º, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 12 de octubre del año 2011.
No obstante lo anterior, atento a la jerarquización de las leyes de nuestro país y que por mandato constitucional forman parte del sistema jurídico mexicano, no es óbice destacar ciertas Convenciones y Tratados Internacionales en materia deportiva celebrados por México, que a saber son:
a) Convención Internacional contra el Apartheid en los Deportes; b) Estatutos del Consejo Iberoamericano del Deporte (CID);
c) Convenio de cooperación en las áreas de la cultura, la educación y el deporte entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la Federación de Rusia;
d) Convenio de cooperación en las áreas de la educación, la cultura y el deporte entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de Bolivia;
e) Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Rumania en materia de educación, cultura, juventud y deporte;
f) Convenio de cooperación en los campos de la educación, la cultura, el arte y el deporte entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Lituania;
g) Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Letonia sobre cooperación en las áreas de educación, cultura y deporte;
h) Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte, y
i) Convenio de cooperación entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo en los campos de la educación.61