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Who Needs It?

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Section 4 Who Needs It?

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El Mercado Común del Sur (Mercosur) se constituye jurídicamente el 26 de marzo de 1991 con el acuerdo integracionista del Tratado de Asunción, que suscriben en ese momento Carlos Saúl Menem por Argenti- na, Collor de Melo por Brasil, Andrés Ro- dríguez por Paraguay, y Luis Alberto Lacalle por Uruguay. Su objetivo originario era la progresiva eliminación de barreras arancela- rias para integrar a los países miembros en un mercado común para el 31 de diciembre de 1994. Y en efecto, el inmediato día de Año Nuevo entra en efecto la unión adua- nera y la circulación libre de bienes entre los cuatro países signatarios, con lo cual co- mienzan a cumplirse en la práctica los pro- pósitos asumidos en el artículo 1 del Tratado de Asunción:

—La libre circulación de bienes, servicios y factores productivos entre los países, a través, entre otros, de la eliminación de los derechos aduaneros y restricciones no arancelarias a la circulación de mercaderías y de cualquier otra medida equivalente; —El establecimiento de un arancel externo

común y la adopción de una política co- mercial común con relación a terceros Estados o agrupaciones de Estados y la coordinación de posiciones en foros eco- nómicos, comerciales, regionales e inter- nacionales;

—La coordinación de políticas macroeconó- micas y sectoriales entre los Estados Partes, de comercio exterior, agrícola, industrial, fiscal, monetario, cambiario y de capitales, servicios, de transporte, comunicaciones, entre otras, acuerden a fin de asegurar con- diciones adecuadas de competencia entre los Estados Partes;

—El compromiso de los Estados Partes de armonizar sus legislaciones en las áreas pertinentes, para lograr el fortalecimiento del proceso de integración.

El Tratado se refiere esencialmente a la exen- ción mutua de tarifas arancelarias y su coor- dinación con respecto al exterior, pero ex- tiende sus alcances hasta la coordinación de

políticas macroeconómicas e incluso hasta la política monetaria, y prevé la futura armoni- zación de legislaciones nacionales sobre las materias de que trata. Su artículo 4 contem- pla explícitamente la posibilidad y la necesi- dad de políticas proteccionistas con respecto al exterior:

En las relaciones con terceros países, los Estados Partes asegurarán condiciones equi- tativas de comercio. A tal efecto, aplicarán sus legislaciones nacionales para inhibir im- portaciones cuyos precios estén influencia- dos por subsidios, dumping o cualquier otra práctica desleal.

Paralelamente, los Estados Partes coordina- rán sus respectivas políticas nacionales, con el objeto de elaborar normas comunes sobre competencia comercial (Tratado de Asun- ción, 1991: art. 4).

El proyecto arranca con buen pie: el inter- cambio aumenta un 25%, y pasa de 1.337 millones de dólares entre 1980 y 1985, a 1.656 millones entre 1986-1990 (Guerrero, 2005: 22). Argentina vendía a los países que luego integrarían el Mercosur el 8% de sus exportaciones para 1986: en 1996, el 25%, y gran parte de ellas a su principal socio co- mercial, Brasil. En el mismo período Brasil incrementó sus exportaciones a los socios de 5% al 14%, Paraguay y Uruguay colocan la mitad de sus exportaciones y compran la mitad de sus importaciones dentro del bloque (Schvarzer, 1999: 97).

1.3. Contrahegemonía

Pero la constitución del enorme bloque se fundamenta en razones que rebasan la mera conveniencia comercial, para abarcar lo polí- tico y lo geopolítico. En alguna oportunidad Nixon habría advertido que «hacia donde se incline el Brasil, se inclinará América Latina». Las dirigencias brasileñas parecen compartir este aserto. Por tal motivo, según señala Moniz Bandeira, el presidente Cardoso habría afirmado en 2001 que «Mer- cosur es más que un mercado; es, para Brasil, un destino». Según Moniz Bandeira:

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Y esta frase, expresando la continuidad esen- cial de la política exterior brasileña, reper- cutió en EEUU, lo que llevó a Henry Kis- singer a constatar que el Mercosur tendía a presentar los mismos rasgos de la UE, que buscaba definir una identidad política dis- tinta de EEUU, si no una manifiesta opo- sición. «Especialmente en Brasil hay líderes atraídos por la perspectiva de una América Latina políticamente unificada que choca con EEUU y con el TLCAN», observó Kis- singer. Según percibió, mientras se concebía el ALCA como un área de libre comercio, el Mercosur representaba una unión aduane- ra, que por su naturaleza tendría un arancel externo común más alto que el vigente entre los Estados asociados, buscando evolucionar hacia un mercado común; señalaba que ello no sería conveniente, porque probablemen- te afirmaría la identidad latinoamericana como separada y, de ser necesario, opuesta a EE.UU. y al TLCAN. «Todo esto ha creado un potencial de disputas entre Brasil y EE.UU. sobre el futuro del Cono Sur del hemisferio occidental», reconoció Kissinger (Moniz Bandeira, 2003: 150).

Asimismo, sostiene Lincoln Bizzozero que:

Estas negociaciones pueden propiciar una nueva agenda interamericana basada en el intercambio entre el desarrollo regional y un proceso continental que se dirige hacia el libre comercio. Por otra parte, ella es posible porque se ha ido consolidando una agenda sudamericana que tiene como eje articulador a Brasil, en tanto Estado continental. En este carácter, Brasil toma un mayor liderazgo en los distintos vectores de América del Sur, promoviendo: en el Mercosur (y los países asociados), con Argentina, un mercado y una política exterior y de seguridad comunes; a partir del Mercosur, con la CAN, una zona de libre comercio; en el espacio sudameri- cano, el desarrollo de las comunicaciones, infraestructura y energía (Lincoln Bizzozero, 2003: 142).

Nada tiene de extraño que el eje del colosal proyecto sea Brasil. Ya hemos indicado que su ejemplar resistencia a la disgregación mientras las restantes unidades políticas la- tinoamericanas se disociaban contribuyó a constituirlo en potencia regional por su mera talla. Resultará interesante contemplar la aplicación de este talento para consolidar

uniones, no sólo dentro de sus fronteras, sino en el panorama más amplio de las alian- zas continentales.

Mercosur es así desde sus comienzos muchas cosas: unión aduanera, organismo de regulación y gestión común en materias económicas, sociales, laborales y ambienta- les, basamento para el desarrollo de proyec- tos comunes de comunicación e instrumen- to de contra hegemonía.

1.4. Organización

Una decisiva diferencia separa el mecanismo de adopción de decisiones de la Comuni- dad Andina y el del Mercosur: en aquella se toman por mayoría, mientras que, de acuerdo con el artículo 16 del Tratado de Asunción, «durante el período de transi- ción las decisiones del Consejo del Mercado Común y del Grupo Mercado Común serán tomadas por consenso y con la presencia de todos los Estados Partes». Es un mecanismo de difícil funcionamiento, que ha requerido frecuentes conferencias de alto nivel, como las que sostuvieron los jefes de Estado de Argentina y Brasil en 1999 para resolver directamente diferencias en lo relativo a la industria del calzado y la automotriz.

Tales prácticas enfatizan las relaciones di- rectas entre gobierno y gobierno por encima de la propia gestión del organismo. Pero por otra parte, tienden a disminuir la des- confianza de los miembros y garantizan que Brasil, el más poderoso de los firmantes, no quede sujeto a decisiones de países de menor talla geopolítica y económica. Asimismo, aseguran que países de menor talla, como Paraguay y Uruguay, no queden automáti- camente subordinados a los miembros de mayor extensión, población y desarrollo eco- nómico. La preponderancia de mecanismos consensuales explica también la ausencia de un órgano normativo que imponga por mayoría reglas obligatorias para todos, y de un órgano jurisdiccional que dirima las di- ferencias sobre interpretación de las normas comunes con fuerza legal y definitiva.

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2. Recorramos

sintéticamente la

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