5.4 Petrol supply process
5.4.4 Accounting processes
Una vez concluido el presente capítulo, hemos podido aportar al presente Informe Jurídico con cierta información como es el lugar donde se encuentra ubicado el Camal Municipal en nuestro Cantón, para de esta manera evitar el incumplimiento de la Normativa Legal para el proceso de faenamiento.
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Dentro de la metodología empleada para poder llegar al propósito planteado hemos utilizado métodos como inductivo, deductivo, histórico, lógico; los cuales nos han servido para poder determinar la inobservancia de la norma legal en el tema de estudio “el Camal Municipal del Cantón de Santo Domingo y su cumplimiento con las normativas legales de bienestar animal”, ya que hemos determinado como afecta a la ciudadanía en general el consumo de carne en muchos casos de mala calidad.
En la investigación de campo realizada pude constatar la veracidad de como se violan las normas legales en el Camal de nuestro Cantón, ya que en el lugar de faenamiento no son higiénicos y que en muchas de las veces se sacrifican a los animales en el piso sin control sanitario.
Las entrevistas fueron realizadas a dos Doctores Veterinarios conocedores de la materia los cuales manifestaron sus criterios en que al Camal de nuestro Cantón verdaderamente le hace falta un poco más de atención por parte de las autoridades competentes que deben de ser las encargadas de velar por su buen funcionamiento.
Los entrevistados nos manifestaron como sus inquietudes de cómo debe ser el Camal del Cantón desde el mejoramiento de la infraestructura hasta el tipo de equipos con los que deben contar para brindar a la ciudadanía en general un tipo de carne libre de impurezas apta para su consumo.
De lo que sí están de acuerdo es que si es necesario que se de cumplimiento con las Normas Legales que ampara al derecho de los animales en todo su conjunto como deben ser tratados para que de esta manera al momento que van a ser sacrificados tengan una muerte digna y así lograr que sin torturas no se afecte la carne que va ser para el consumo humano.
49 CAPÍTULO III
VALIDACIÓN Y EVALUACIÓN DE RESULTADOS DE SU APLICACIÓN.
3.1. Procedimiento de la Aplicación de los resultados de la Investigación.
El presente informe jurídico, va encaminado con la Constitución de la República del Ecuador en lo que respecta a los artículos 13, 14, 66 numeral 27, 281 numeral 7, los cuales nos manifiestan lo siguiente:
Art. 13.- Las personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro y permanente a alimentos sanos, suficientes y nutritivos; preferentemente producidos a nivel local y en correspondencia con sus diversas identidades y tradiciones culturales. El Estado ecuatoriano promoverá la soberanía alimentaria.
Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados.
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Art. 66, numeral 27.- El derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de contaminación y en armonía con la naturaleza.
Art.281, numeral 7.- Precautelar los animales destinados a la alimentación a la alimentación humana estén sanos y sean criados en un entorno saludable.
La Declaración Universal de los Derechos de los Animales en sus Arts. 3 literales a, b, y art 9
Artículo 3.-
a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni actos crueles.
b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.
Artículo 9.- Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que de ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.
Al igual manera que el Art. 16 de la Ley Orgánica de Salud:
Art. 16.- El Estado establecerá una política intersectorial de seguridad alimentaria y nutricional, que propenda a eliminar los malos hábitos alimenticios, respete y fomente los conocimientos y practicas alimentarias tradicionales, así como el uso y consumo de productos y alimentos propios de cada región y garantizará a las
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personas, el acceso permanente a alimentos sanos, variados, nutritivos, inocuos y suficientes.
El Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización en el Art. 134 manifiesta:
Art. 134.- Ejercicio de la competencia de fomento de la seguridad alimentaria.- El fomento, de la seguridad alimentaria, cuyo ejercicio corresponde a los gobiernos autónomos descentralizados regionales se gestionará aplicando las disposiciones constitucionales y legales para garantizar la soberanía alimentaria, la política pública de esta materia bajo el principio de integralidad y comprende:
a) Promover, concurrentemente con los gobiernos autónomos descentralizados parroquiales rurales, en el marco de la economía social y solidaria, la asociación de los microempresarios, pequeños y medianos productores y brindar la asistencia técnica para su participación en mejores condiciones en los procesos de producción, almacenamiento, transformación, conservación y comercialización de alimentos;
b) Implementar coordinadamente con los gobiernos autónomos descentralizados provinciales, municipales y parroquiales rurales, la producción sustentable de alimentos, en especial los provenientes de la agricultura, actividad pecuaria, pesca, acuacultura y de la recolección de productos de medios ecológicos naturales; garantizando la calidad y cantidad de los alimentos necesarios para la vida humana;
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c) Planificar y construir la infraestructura adecuada, en coordinación con los gobiernos autónomos descentralizados provinciales, municipales y parroquiales rurales, para fomentar la producción, conservación, intercambio, acceso, comercialización, control y consumo de alimentos, preferentemente provenientes de la pequeña, la micro, y la mediana producción campesina, y de la pesca artesanal; respetando y protegiendo la agro biodiversidad, los conocimientos y formas de producción tradicionales y ancestrales. Complementariamente, la planificación y construcción de las redes de mercados y centros de transferencia de las jurisdicciones cantonales serán realizadas por los gobiernos autónomos descentralizados municipales;
d) Fomentar el acceso de los ciudadanos a alimentos suficientes y sanos mediante la capacidad de incidir en los mercados y en el impulso a estrategias de consumo de alimentos nutritivos, agroecológicos y provenientes de la producción local, además del impulso de sistemas solidarios de comercialización en coordinación con los otros niveles de gobiernos autónomos descentralizados; y,
e) Promover un proceso para el manejo adecuado de animales destinados al consumo humano, observando las normas técnicas nacionales e internacionales, como prerrequisito en la producción de cárnicos sanos, competencia que se ejercerá en el marco de la ley y del sistema de soberanía alimentaria.
Los gobiernos autónomos descentralizados regionales ejercerán esta competencia con sujeción a las políticas nacionales que para el efecto emita la entidad rectora en materia de soberanía alimentaria, de acuerdo con la ley, y tendrán la obligación de coordinar y articular sus políticas y acciones con todos los gobiernos autónomos
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descentralizados de su circunscripción territorial en el ejercicio de sus competencias de fomento de desarrollo agropecuario y productivo.
El Camal Municipal de Santo Domingo de los Tsáchilas presta un servicio de suma importancia tanto para los productores como para los consumidores de carne de la ciudad y sus inmediaciones; y que según las cifras arrojadas por el Camal sacrifican unos 100 bovinos y unos 30 porcinos diariamente.
Para poder realizar un sacrificio a un animal sea bovino o porcino debe realizarse las inspecciones consideradas muy importantes en vista de que primeramente se lleva a cabo la inspección del Camal que de esta manera sabremos si cuenta con los equipos necesarios para realizar el faenamiento de dichos animales.
Luego de esto vendrá la inspección ante mortem, que consiste en constatar si el animal que va ser sacrificado ha cumplido con el reposo que la Ley determina para su sacrificio, en caso de comprobar la violación será el inspector quien dictamine si se autoriza o no su matanza y la inspección post mortem deberá incluir el examen visual, la palpación y, si es necesario, la incisión y toma de muestras que garantice la identificación de cualquier tipo de lesiones, causa de decomiso.
Los camales que estén en funcionamiento serán evaluados anualmente para de esta manera certificar la capacidad de beneficio y a más de esto la condición de higiene, sanidad, estado de conservación y funcionamiento, y el impacto ambiental, se
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impedirá la entrada a personas y vehículos que no estén autorizados para su ingreso.
Dentro de la infraestructura y los equipos deben contener un sistema de recolección, tratamiento y disposición de los desechos sólidos y líquidos que producen los camales o mataderos, deben estar dotados de cisternas, bombas de presión y calderos de vapor.
De igual manera el personal que presta sus servicios en los camales o mataderos deberán someterse a un control periódico de enfermedades infecto-contagiosas que el Código de Salud disponga para estos casos, para el proceso de faenamiento deberán portar su vestimenta completamente limpia y en caso de haber tocado animales infectados deberán cambiarse y colocarse vestimentas completamente esterilizadas.
El Camal Municipal de Santo Domingo se ocupa de la transformación del ganado porcino y bovino en carne para el consumo humano. Las operaciones subsidiarias consisten en dividir los cortes primarios de la carne en pedazos más pequeños y en la separación y el tratamiento de diversos subproductos. Resulta esencial establecer un sistema de higiene de la carne a lo largo de todas las etapas de producción. Este sistema debe comenzar donde tienen su origen el ganado y proseguir a través de la elaboración hasta la distribución final al cliente.
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El traslado del ganado al lugar donde se le va a sacrificar es un procedimiento complejo de lo que se suele pensar. Un tejido muscular que cuesta caro se pierde por deshidratación, en el mejor de los casos, o por extirpación con posterioridad a la muerte de carne magullada o infestada con abscesos y en el peor de los casos, se pierde totalmente la canal a causa de una grave lesión.
Para contrarrestar estos efectos nocivos sobre el ganado, en el propio matadero se deben establecer unas instalaciones de recepción adecuadas en forma de corrales, complementados con terrenos de retención cuando sea necesario, con el fin de reducir este nivel de tensión provocado por la manipulación precedente para no deteriorar la calidad de la carne.
Existen ciertas modalidades de comportamiento innatas en el ganado que deben tenerse en cuenta y utilizarse al diseñar las instalaciones de los corrales, como por ejemplo la mayoría de las lesiones por magulladura de las vacas y cerdos se producen durante la carga y descarga del ganado y las rampas no escalonadas comúnmente utilizadas contribuyen a las lesiones.
Considero que es de vital importancia que es nuestro Cantón, ya que es considerado como uno de los más grandes a nivel nacional, debe darse cumplimiento con lo que respecta a la Normativa existente para este caso, como es un sinnúmero de leyes y normas vigentes relacionado con la sanidad del camal, las inspecciones necesarias, la infraestructura adecuada.
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C E R T I F I C A D O D E V I A B I L I D A D
Santo Domingo, a 28 de Abril del 2013.
A petición verbal de la interesada, el señor LEONARDO RICARDO RUIZ YUGLA, portador de la cédula de ciudadanía N° 172195771-8 tengo a bien manifestar que, una vez conocido su Informe Jurídico para la obtención del título de Abogado de los Tribunales y Juzgados de la República del Ecuador, cuyo tema es “EL CAMAL MUNICIPAL DEL CANTON SANTO DOMINGO Y SU CUMPLIMIENTO CON LAS NORMATIVAS LEGALES DE BIENESTAR ANIMAL”, consideró que es viable, por
lo tanto brindará una gran contribución a la sociedad en general.
El interesado puede hacer uso de la presente certificación en lo que más estime conveniente.
DR. JUAN CARLOS BERMUDEZ
GERENTE GENERAL DE LA AGROVLA CLINICA VETERINARIA “TSACHILA”
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C E R T I F I C A D O D E V I A B I L I D A D
Santo Domingo, a 30 de Abril del 2013.
A petición verbal de la interesada, el señor LEONARDO RICARDO RUIZ YUGLA, portador de la cédula de ciudadanía N° 172195771-8 tengo a bien manifestar que, una vez conocido su Informe Jurídico para la obtención del título de Abogado de los Tribunales y Juzgados de la República del Ecuador, cuyo tema es “EL CAMAL MUNICIPAL DEL CANTON SANTO DOMINGO Y SU CUMPLIMIENTO CON LAS NORMATIVAS LEGALES DE BIENESTAR ANIMAL”, consideró que es viable, por
lo tanto brindará una gran contribución a la sociedad en general.
El interesado puede hacer uso de la presente certificación en lo que más estime conveniente.
DR. ALVARO CHUMO
GERENTE GENERAL DE LA AGROVETERINARIA “AGRO FARM”
58 3.2. Conclusiones Parciales del Capítulo.
Al finalizar el presente capítulo, que ha consistido en el Informe Jurídico del cómo se aplica las Normas que la ley respalda a los animales tanto del ganado vacuno como del porcino y considerando que al igual que las personas los animales tienen sus derechos y que deben ser respetados y más aún cuando estos animales son destinado para el consumo humano
El Camal Municipal del Cantón, con ayuda de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD), deben ser dotados de maquinaria y personal especializado para el faenamiento del ganado bovino y porcino desde el momento en que van a ser criados hasta el momento en que van hacer faenados ya que estos deben de cumplir con un sinnúmero de requerimientos para que sean destinados para el consumo humano.
Los animales que van a ser destinados para el consumo humano deben de tener una alimentación adecuada y a más de esto estar en constante observación, para que de esta manera al momento de llegar a su destino que vendría a ser la ciudadanía en general, pueda dárseles una carne verdaderamente sana y que no sea perjudicial para su consumo.
Cada animal sea este bovino o porcino es un mundo diferente toda vez que deben ser cuidados caudalosamente no ser objetos de ningún tipo de maltrato, ya que se
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debe considerar que por el mismo hecho de que van a ser destinados a la ciudadanía en general no deben ser maltratados, golpeados y mucho menos torturados, ya que se considera que estos animales al momento en que van a ser sacrificados deben estar relajados sin ningún tipo de estrés ya que de lo contrario se estará afectando a su carne destinada para el consumo humano.
Es por esto que considero que es de vital importancia que se respete los derechos de los animales conforme lo establece las Leyes, Acuerdos y demás normas vigentes en nuestro país y de esta manera evitar que sus derechos sean violados al momento de ser sacrificados en las diferentes instalaciones que hoy en día se conocen como camales o mataderos.
CONCLUSIONES
El presente Informe Jurídico, referente a El Camal Municipal del Cantón de Santo Domingo y su Cumplimiento con las Normativas Legales de Bienestar Animal”, he
podido llegar a las siguientes conclusiones:
Se ha podido concluir con el objetivo general planteado para la realización del Informe Jurídico.
Que en la Constitución de la República expresa que los animales tienen derechos y que por ende deben ser respetados.
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La responsabilidad ya no es únicamente del Estado, el que a través de sus leyes regula el derecho de los animales sino de la sociedad entera develar porque estos derechos se cumplan y poder gozar de carnes de primera calidad para nuestro consumo.
En el desarrollo del Informe Jurídico, he podido determinar cómo se vulnera los derechos del ganado bovino y porcino destinado para el faenamiento.
El trabajo de investigación referente a EL CAMAL MUNICIPAL DEL CANTON DE SANTO DOMINGO Y SU CUMPLIMIENTO CON LAS NORMATIVAS LEGALES DE BIENESTAR ANIMAL”, generó interés tanto al personal que labora en el mismo como en la ciudadanía en general..
RECOMENDACIONES
De la misma forma al finalizar el presente Informe Jurídico, me permito realizar las siguientes recomendaciones:
Se recomienda a las Autoridades competentes, tomar muy en cuenta que se de cumplimiento con la Normativa en lo relacionado al derecho animal.
A la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, a fin de que
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Mantener una capacitación constante al personal que labora en el Camal Municipal sobre formas de optimar los procesos, como evitar enfermedades profesionales y entre otros que sean de interés para el personal, demostrando el compromiso de la empresa con sus operarios; lo que permite mejorar permanentemente los índices productivos y económicos en esta empresa.
Realizar evaluaciones y planes de mejoramiento en los que contemple el bienestar humano.
62 BIBLIOGRAFIA
Física
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR, (Enero 2012), Ed. Talleres de la Corporación de Estudios y Publicaciones, Quito-Ecuador.
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DE LOS ANIMALES, (Enero 2013), Londres.
LEY DE SALUD PÚBLICA, (2013), Ed. Jurídica del Ecuador, Quito–Ecuador.
CODIGO ORGANICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL AUTONOMIA Y DESCENTRALIZACIÓN, (2013), Ed. Jurídica del Ecuador, Quito–Ecuador.
LEY DE MATADEROS O CAMALES, (2013), Ed. Jurídica del Ecuador, Quito–
Ecuador.
VERA, Alfredo (2013), CAMALES O MATADEROS, Ed. Andu, ed. Segunda, Argentina.
ANZULI, Federico (2013), CAMALES EN ECUADOR, Ed. Nomos; ed. Primera, Cuenca–Ecuador.
OSORIO, Juan (2013), FAENAMIENTO ANIMAL, Ed. Heliasta; ed. 26, Buenos Aires–Argentina.
63 Digital: http://es.wikipedia.org/wiki/Faenamiento http://www.slideshare.net/DaisyPaez/proceso-de-faenado-en-bovinos http://www.slideshare.net/sebas344/sacrificio-y-faenado-de-bovinos-y-porcinos http://www.fagro.edu.uy/~alimentos/cursos/carne/Unidad%203/FAENA%20de%20va cunos.pdf http://www.oni.escuelas.edu.ar/2003/santa_cruz/283/faena.htm http://www.oni.escuelas.edu.ar/2003/santa_cruz/283/faena.htm http://www.slideshare.net/jotarqv/tecnologia-de-la-carne#btnNext. http://www.uclm.es/profesorado/produccionanimal/BasesPA/Bienestar_Animal_Mast er.pdf http://intranet.uach.cl/dw/canales/repositorio/archivos/28/4132.pdf. http://www.produccionanimal.com.ar/etología_y_bienestar/bienestar_en_bovinos/96- transporte_de_ganado_bovino.pdf. http://www.larevoluciondelacuchrara.org. http://ec.europa.eu/food/animal/welfare/docs/brochure_aw_strategy_es.pdf. http://www.infocarne.com/documentos/normativa_bienestar_animal.htm http://www.easp.es/publicaciones/descargas/Menores1_outfinal_contrasena.pdf
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
“UNIANDES”
CARRERA DE DERECHO FACULTAD DE JURISPRUDENCIA
PERFIL DE TESIS DE GRADO PREVIA A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA
TEMA:
“EL CAMAL MINICIPL DEL CANTON SANTO DOMINGO Y SU CUMPLIMIENTO CON LAS NORMATIVAS LEGALES DE BIENESTAR ANIMAL.
AUTOR:
LEONARDO RICARDO RUIZ YUGLA
ASESOR:
Ab. JULIÁN RODOLFO SANTILLÁN ANDRADE. Esp.
2. DESARROLLO
Antecedentes de la Investigación
De acuerdo a la investigación que se encuentra planteada dentro de este informe jurídico nos vamos a dirigir sobre las causas de la falta de aplicación de las normativas legales de bienestar animal en el proceso de faenamiento del ganado vacuno y porcino en el Camal Municipal del Cantón de Santo Domingo, podemos indicar que es un fenómeno que no se encuentra solo en el Ecuador si no en varios países, que afecta a todos los ciudadanos y que todos deberíamos conocer la razón faenamiento del ganado del porque la implementación de esta normativa legal de bienestar animal en el proceso del faenamiento del ganado vacuno y porcino.
Una vez que se ha llevado a efecto la respectiva verificación física y digital en la biblioteca de Santo Domingo, CEDIC de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “Uniandes”, e internet, a fin de constatar la existencia de un informe jurídico o perfil de tesis sobre el estudio de “EL CAAL MUNICIPAL DEL CANTON SANTO
DOMINGO Y SU CUMPLIMIENTO CON LAS NORMATIVAS LEGALES DE BIENESTAR ANIMAL”, se puede concluir que no se ha realizado con antelación investigación alguna con este enfoque, razón por la cual el desarrollo del presente