Articulo 107 Casos de enajenación mental. Modificado por el art. 68, Ley 1709 de 2014. Si un interno presentare signos de enajenación mental y el médico del centro de reclusión dictamina que el recluso padece enfermedad psíquica, el director del respectivo centro, pedirá el concepto médico legal, el cual si es afirmativo, procederá a solicitar su ingreso a un establecimiento psiquiátrico, clínica adecuada, casa de estudio o de trabajo, según el caso, dando aviso al Juez de ejecución de penas y medidas de seguridad.
De igual Manera se establece del Código Penitenciario y Carcelario por parte del INPEC lo siguiente:
El Artículo 79. Considera que el trabajo en los establecimientos de reclusión es obligatorio para los condenados, como medio terapéutico adecuado a los fines de la resocialización. Asimismo, “…a los detenidos y condenados se les abonará un día de reclusión por dos días de trabajo. Para estos efectos no se podrán computar más de ocho horas diarias de trabajo…” (p. 35).
El artículo 98. Hace referencia a “El recluso que acredita haber actuado como instructor de otros, en cursos de alfabetización de enseñanza primaria, secundaria, artesanal, técnica y de educación superior tendrá derecho a que cada cuatro horas de enseñanza se le computen como un día de estudio…” (p. 42).
Marco Contextual Contexto institucional
Ficha técnica
Nombre de la institución. Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC)
Nombre del recinto penitenciario. Cárcel Modelo de Bogotá, establecimiento carcelario; pabellón de salud mental.
Ubicación. Localidad Puente Aranda, Bogotá, Colombia
Población. Sindicada y condenada
Población delimitada. Sujetos internos, condenados y sindicados, con alteraciones mentales y/o cognitivas pertenecientes a la cárcel modelo de Bogotá y al pabellón de salud mental.
Año de fundación de la cárcel Modelo de Bogotá. 1959
Director general. Brigadier General, Saúl Torres Mojica
Historia de la institución.
La historia de la evolución carcelaria, se remonta desde el siglo XV, época en la cual solamente las comunidades más desarrolladas en ámbitos económicos y sociales mostraban una legislación civil y penal de gran influencia moral para su época, pena de muerte al homicida, debido a que era condenado a una vergüenza pública, se generaba una serie de castigos relacionados con la tortura, sin embargo no se generaba como criterio de castigo la perdida completa o parcial de la libertad. Durante muchos años las leyes han gobernado a los seres humanos, sin embargo en algunos casos se encuentra cierto privilegio de delitos dependiendo la jerarquía en la cual se encontraba el delincuente o la persona que había cometido el delito. Después de algún tiempo el recinto carcelario tomo otros caminos para generar una corrección en los delitos que
causaban infracción en los derechos de otra persona o el incumplimiento de los deberes del mismo, por lo tanto se inició una serie de castigos que implicaban la represión y mazmorras con el objetivo de privar de la libertad por un tiempo a la persona que había ejecutado el delito (INPEC, 2014).
En Colombia los recintos carcelarios se inicia en la época de la colonia con un modelo penitenciario francés y español, a partir de esto se establecen unas series de leyes donde se remonta a los años 1800 se da paso según algunos reportes los primeros procesos penales que generaban cárcel en Colombia. Seguido a esto se genera una contribución al estado-nacional donde se enmarca en los estatutos políticos territoriales del país, con el objetivo de respetar no solo los deberes incumplidos por parte de cada uno de las personas privadas de la libertad si no también, generar conciencia de los derechos a tener en cuenta por cada uno de los mismos, que permitiera revocar la contemplación de mecanismos de castigo como la tortura, y se genera la autorización legal para coartar la libertad de un ciudadano y prohibirse el ingreso a la cárcel de quien no sea legalmente conducido a ella (INPEC, 2014).
A partir de esto surgen unas fechas de gran importancia en el establecimiento de recintos carcelarios en el país algunas de estas son:
- Durante el año de 1890 se establece la primera cárcel de mujeres la cual se genera a partir de la colaboración de las religiosas del buen pastor.
- 1914: A partir de la ley 35 se crea la Dirección General de Prisiones; reglamentándose como entidad adscrita al Ministerio de Gobierno.
- En el año de 1934 se genera el primer código penitenciario colombiano: primeros lineamientos de administración penitenciaria.
- Entre los años 1936 y 1938, se establece el nuevo código penal, código de procedimiento penal y ley de vagos.
- Para el año 1940 se genera un auge de construcciones penitenciarias: dispositivos de control social por el desarrollo del capitalismo. Penitenciaria nacional la picota, Palmira y Popayán.
- 1958, Ley de Maleantes: doctrina de la peligrosidad.
- 1960, Restructuración: División de Penas y Medidas de Seguridad.
- 1992, se estableces el Decreto No. 2160, por el cual se fusiona la Dirección General de Prisiones del Ministerio de Justicia con el Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia y se crea el INPEC (Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario )
- 1993 a partir de la ley 65 de 1993, Artículo 15, El Sistema Nacional Penitenciario y Carcelario está integrado por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, como establecimiento público adscrito al "Ministerio de Justicia y del Derecho" con personería jurídica, patrimonio independiente y autonomía administrativa; por todos los centros de reclusión que funcionan en el país, por la Escuela Penitenciaria Nacional y por los demás organismos adscritos o vinculados al cumplimiento de sus fines.
A partir de esto el INPEC establece una serie de reglamentación a las distintas cárceles del país y hoy por hoy es la entidad principal en el manejo de los recintos carcelarios establecidos por el Estado (INPEC, 2014).
Actualmente, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) está Conformado por seis regionales, que agrupan 138 Establecimientos de Reclusión del Orden Nacional –ERON. La Regional Central está conformada por los departamentos de
Amazonas, Boyacá, Caquetá, Cundinamarca, Huila, Meta, Tolima y Casanare, con 42 establecimientos carcelarios (INPEC, 2013).
Esta institución establece entonces los siguientes lineamientos a seguir como entidad estatal en relación con una formulación estratégica que contribuye al establecimiento de misión y su visión de la institución:
Misión.
Contribuir al desarrollo y re-significación de las potencialidades de las personas privadas de la libertad donde se generar una prestación de servicios de tratamiento penitenciario, atención básica y seguridad con el objetivo de generar una disminución en la delincuencia y aumentar el respeto por parte de los internos hacía los derechos humanos.
Visión.
El INPEC será reconocido por su contribución a la justicia, mediante la prestación de los servicios de seguridad penitenciaria y carcelaria, atención básica, resocialización y rehabilitación de la población reclusa, soportado en una gestión efectiva, innovadora y transparente e integrada por un talento humano competente y comprometido con el país y la sociedad. Seguido a esto la institución también genera la vinculación a una serie de valores propios de la misma, que permitan fortalecer los recursos de los recintos carcelarios y penitenciarios, a partir de esto se encuentran los siguientes principios; Respeto, fundamento justo en las relaciones interpersonales brindadas tanto por los internos como por los integrantes de la institución, que permita además la inviolabilidad de los derechos de la Ética pública, como soporte de las actuaciones de los servidores del INPEC. También se incluyen los valores institucionales en los cual se enmarca cada una de las personas encargadas de la protección y el mejoramiento de la calidad de vida
de los internos, en resumidas cuentas los integrantes activos del INPEC, se incluyen de tal manera la Dignidad humana, Lealtad, Transparencia, Compromiso institucional, Solidaridad (INPEC, 2014).
Principios de la institución.
Respeto, fundamento de las relaciones interpersonales; Justicia, garante de la inviolabilidad de los derechos; Ética pública, soporte de las actuaciones servidores de las instituciones (INPEC, 2014).
Valores institucionales
Dignidad humana, lealtad, transparencia, compromiso institucional, Solidaridad (INPEC, 2014).
Programas que desarrolla
El INPEC como entidad gubernamental encargada de generar un proceso continuo a los individuos que ingresen al sistema penitenciario, por lo tanto, la institución ofrece una serie de programas con aspectos integrales los cuales se encuentra conformado por equipos interdisciplinarios que buscan por un lado disminuir los niveles de agresividad en los internos pertenecientes a los distintos establecimientos carcelarios de la entidad, y promover aspectos de reintegración y resocialización a los internos próximos a salir en libertad, lo cual genere el fortalecimiento de mayores estrategias y herramientas en la cotidianeidad (INPEC, 2011).
Entre los planes de acción que se desarrollan en la actualidad, se encuentra el PLAN REI 2011-2014 (Plan de Reintegración) el cual pretende fortalecer el tratamiento penitenciario y diferenciado a la población postulada, según la Ley 975 de 2005 y de los beneficiarios de la Ley 1424 de 2010, mediante la concepción de estrategias aplicadas a mediano y largo plazo, que incluyen la promoción y desarrollo de capacidades y
aptitudes necesarios para la interacción social, de acuerdo con el reglamento vigente y la coordinación interinstitucional con las entidades competentes, se traza como una herramienta que contribuye al fortalecimiento de la visión institucional, al ser trazado como líder en el tratamiento penitenciario para la población privada de la liberad y amparada por los lineamientos de la justicia tradicional (INPEC, 2011).
De esta manera el PLAN REI 2011-2014, forma parte del programa fuerte en la actualidad, lo cual es fundamental según lo expuesto en el Decreto 3391 de 2006 que en su artículo 13, contempla la creación de programa restaurativos por parte del INPEC rigiéndose por los principios del sistema progresivo del tratamiento penitenciario, para tal efecto el instituto debe reconocer el valor que tiene para la sociedad, la institución y en la misma línea la importancia de fortalecer los planes de acción y las estrategias de acción institucional en los distintos centros carcelarios los cuales constituyen un fundamento para el desarrollo de las acciones tendientes a fortalecer el tratamiento penitenciario diferencial para las poblaciones que son objeto los programas (INPEC, 2011).
Las acciones concretas llevadas a cabo en el marco del INPEC, están enmarcadas en el cumplimiento de las exigencias normativas como en la solución de las necesidades evidenciadas duran la cotidianidad, lo cual genera que la experiencia sea el fundamento importante para lograr la misión del plan.
Funciones del psicólogo en la institución.
El psicólogo del Pabellón de Salud Mental es Egresado de la Universidad Antonio Nariño, sus funciones están enmarcadas en la psicología clínica, y está encargado de realizar las Entrevistas iniciales de cada uno de los internos que formará parte del pabellón, aplicación de pruebas psicotécnica y lleva el seguimiento clínico durante el
tiempo que el interno permanezca recluido, también genera estrategias para disminuir las dificultades adaptativas y de la misma manera genera procesos de reintegración y resocialización, procesos psicoeducativos y promueve proyectos para disminuir la ansiedad, aumentar el control de impulsos, Disminuir el consumo de SPA (Sustancias Psicoacitvas), expresión de emociones, técnicas de relajación y manejo de crisis.
Contexto local
La Cárcel Modelo de Bogotá está ubicada en la Localidad número 16 del Distrito Capital de Bogotá, la cual tiene como nombre Puente Aranda derivado del puente que atravesaba el terreno cenagoso de don Juan Aranda sobre el río Chinúa, hoy llamado San Francisco, construido por el oidor Francisco de Anuncibay, quien llegó a la Nueva Granada hacia 1573. Puente Aranda existió desde 1944, fecha en la cual se inició la construcción de la Avenida de las Américas, proyecto promovido por la Sociedad Colombiana de Arquitectos. Esta Avenida se hizo necesaria a fin de mejorar la comunicación con el aeropuerto de Techo, ubicado cerca del monumento que se levantó para dicha ocasión (hoy conocido como Banderas), haciendo a un lado el antiguo puente y construyendo en su lugar un monumento en honor a Cristóbal Colón y a la Reina Isabel la Católica (Alcaldía Mayor de Bogotá, 2014).
Se encuentra ubicada hacia el centro occidente de la ciudad, El área total de la localidad de Puente Aranda es de 1.724,28 ha y el área urbana es de 1.723,13 ha, es una localidad totalmente urbana. Según su extensión en la parte urbana, es la novena en cuanto a tamaño del perímetro de la ciudad (Alcaldía mayor de Bogotá, 2014).
Fuente. Google.maps.
Figura 2. Ubicación de la Localidad de Puente Aranda
Durante el año de 1944 con la expansión de Bogotá hacia el sur, la zona generó mayor urbanización y organización. El sector tuvo un rápido crecimiento residencial e industrial, con el desarrollo industrial de Santa Fé de Bogotá, la localidad comenzó a convertirse en la sede de una multitud de pequeñas empresas manufactureras, que al lado del sector residencial fueron creciendo y ampliándose. A partir de entonces fue el epicentro de la actividad industrial de la capital. Diferentes actividades como las de los plásticos, textiles, químicos, metalmecánica, gaseosas, tabaco, concentrados e industrias alimenticias tienen su asiento en este sector, además la norma y el decreto adoptados por el Distrito Especial de Bogotá en 1968 convirtieron a Puente Aranda en un corredor industrial oficial de la ciudad y esto implicó beneficios para las industrias ubicadas allí. Puente Aranda permitió que la ampliación del tamaño de la ciudad fuera aún mayor, ya que se extendió hacia Fontibón y Bogotá al occidente y Antonio Nariño y Rafael Uribe
Uribe hacia el sur, además que proliferaron más barrios alrededor del Puente Aranda original. En1972, el Distrito Especial de Bogotá por decreto dividió la ciudad en dieciséis zonas, a las que les constituyó Alcaldía Menor, pasando la zona de Puente Aranda a ser declarada en la nomenclatura como la zona número 16 de esta Área Metropolitana de Bogotá, estableciéndole sus límites determinados y siendo administrada por un Alcalde Menor, nombrado por el Alcalde Mayor del Distrito Especial. Este decreto fue ratificado mediante el acuerdo de 1977 (Alcaldía Mayor de Bogotá, 2014).
Por otra parte, la localidad fue escenario de los enfrentamientos armados en la cárcel La Modelo que produjeron decenas de muertos a comienzos del siglo XXI, lo cual ha generado que en algunos sectores occidentales de la localidad haya aumento aspectos de inseguridad y micrográfico (Alcaldía Mayor de Bogotá, 2014).
Contexto poblacional
La Cárcel Nacional La Modelo está ubicada en la localidad de Puente Aranda, su construcción se inició en el año de 1957 (establecimiento de primera generación) y se edificó con el objetivo de reemplazar la deficiencia que se ofrecía en el panóptico de Cundinamarca, para albergar los llamados presos políticos y aumentar los cupos parara futuros reclusos. De esta manera al inicio la estructura contaba con capacidad total para 720 internos y fue inaugurada de manera oficial en el año de 1960, por ser una estructura antigua, en la actualidad presenta un colapso estructural, hidrosánitario y eléctrico, debido a la sobrepoblación existente y las instalaciones tan inadecuadas para albergar a la cantidad de internos con los que cuenta, impidiendo que se cumplan las condiciones mínimas que hace referencia el Código Nacional Penitenciario y Carcelario. Consecuente con lo anterior, se tiene debe tener en cuenta que el INPEC constituye una
metodología que involucra a diferente dependencias y entes del Estado, en aras de disminuir la problemática existente en el mencionado establecimiento (INPEC, 2013)
El establecimiento carcelario La Modelo, tiene una capacidad para 2907 personas, sin embargo el año 2012 la cárcel modelo contaba con aproximadamente 8000 internos, donde aproximadamente 48% de la población cuenta con un lugar digno donde dormir, comer y sobrevivir y aproximadamente el 52% debe ajustarse a convivir en patios que no cuentan con las condiciones adecuadas para sobrevivir en espacios dignos. (Mahecha, & Moreno, 2012).
El establecimiento La Modelo cuenta el ala sur el cual está compuesto por los patios 3, 3A, 4 y 5 en los cuales conviven delincuentes comunes y violadores en las más precarias condiciones, en el ala norte, en los patios 1A, 1B, 2A, 2B, Nuevo Milenio y Alta seguridad, están ubicados los narcotraficantes, paramilitares, autodefensas e internos con cuidados especiales, los cuales sobreviven entre colchonetas espumas, y drogas. La cárcel cuenta únicamente con dos pabellones para población especial, los cuales están distribuidos con población psiquiátrica y población de tercera edad. (Mahecha, & Moreno, 2012).
Para la sociedad y el Estado, la prisión es considerada como el espacio aquel de exclusión, donde estan quienes tienen “conductas antisociales”, asi se considera como un espacio de seguridad publica, que recluye oersonas que han violentado las normas y las leyes negociadas y estabelcidas sociopolicticamente por la comunidad, a pesar de que se conocen algunas deficiencias de la misma no existen otros elementos por los cuales reemplazarla (Zambrano, 2007).
Allí se efectuan una serie de redes de interacciones como resultado de vivir dentro de un recinto de encierrro, como lo es la carcel, este medio exige y requiere de los
internos, que conviven en este espacio fisico y de simbolización, un acopalmiento y entrenamiento disciplinario del cuerpo en todos sus ordenes a nivel fisico, psiquico y espacial, sin embargo no todos los actores inmersos dentro de este contexto de hacinamiento y precarias condiciones se sienten capaces de lograr e implementar el control y la adaptación de sus cuerpos al espacio carcelario y las practicas que surgen allí, a pesar de que la adaptación o acoplamiento al espacio parte de una ley basica de supervivencia para llevar en lo posible una vida minimamente segura teniendo en cuenta las practicas rutinarias del agente penal y de otra de serie de elementos como las relaciones hostiles que surgen entre los mismos internos (Zambrano, 2007).
Todo interno penitenciario una vez ingresa al centro carcelario, en calidad de preventivo o cumplimiento de una pena establecida, se le somete a un protocolo de ingreso y a un chequeo sanitario, allí por parte del sevicio medico carcelario se le realiza al interno un estudio sanitario, se identifica si hay algun problema sanitario y de las posibles necesidades farmacologicas. Generalmente las psicopatologias se detectan en la entrevista de ingreso, donde se valora tambien la capacidad psicologica del interno, teniendo en cuenta que algunas patologias surgen durante el internamiento (Defensoria del Pueblo Andaluz, 1997).
Contexto situacional
Los grupos de población reclusa en condiciones excepcionales se distingue por sus características específicas de etnia, edad, nacionalidad, discapacidad física, entre otras, las cuales los diferencian del resto de la población por cuanto requieren de un acompañamiento especial dirigido y unas acciones adecuadas a su condición, establecidas mediante programas que garantizan sus principios de igualdad y equidad
como seres humanos conforme al mandato de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (INPEC, 2013).
La población penitenciaria presetara otro nivel de adaptación al contexto carcelario debido a sus peculiaridades psiquicas, para algunos autores la enfermedad mental imposibilita u cumplimiento normal de la pena (Defensoria del Pueblo Andaluz, 1997).
Es importante tener en cuenta que el enfermo psiquico que se encuentra recluido en un cetnro penitencirario no forma parte de ningún grupo homogeneo, esto debido a los distintos diagnosticos y las distitntas fases de la enfermedad en la cual pueda encontrarse, tambien por las distintas situaciones procesales o penales a las que se encuentran sujetos, por otro lado las actividaes individuales de rehabilitación son muy escasas o casi nulas, resaltando el hechode que la prisión es un medio hostil que generalmente suele empeorar el estado del enfermo psiquico, sus posibilidades para realizar actividades de tipo ocupacional como terapias grupales, grupos de apoyo o actividades ludicas, son escasas, hay prisiones donde la posbiidad es casi nula; uno de los elementos que generalmente crean dificultades evidentes con la población carcelaria con dificultades psiquicas es la frecuencia con que se producen los altibajos o las fluctuaciones en su estado emocional, que genera problemas con los mismo compañeros o funcionarios (Defensoria del Pueblo Andaluz, 1997).
En algunas oportunidades el tratamiento del enfermo no suele estar planificado de manera organizada desde el punto devista terapeutico, excepto por el suministro de farmacos, por lo cual las acciones del dia del interno se limitan a deambular por el patio,