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Age-related changes in muscle function and structure of low back muscles

Racionalmente hablando, se ve que de la ética ciudadana no se puede excluir a priori a nadie. Tanto el militar que defiende profesionalmente las instituciones del Estado, como el campesino sin tierras que lucha por transformar esas mismas instituciones, deben poder ser integrados en la comunidad ciudadana. Ambos deben poder aspirar a que esa comunidad apruebe sus principios éticos y sus acciones.

Junto a estas puntualizaciones que proponemos en torno a la ética ciudadana, hay que señalar un aspecto que, nos parece, precisa los límites y a su vez señala las bondades del consenso ético: el consenso ético tiende a concretarse y debe concretizarse en normas, y éstas conforman el derecho, el mundo de las leyes. El peligro de la ética ciudadana, en su relación con el derecho, consiste en llegar a identificar el mundo del derecho —del derecho positivo— con la dimensión moral del ser humano. El camino por el cual este peligro se

abre paso sería el siguiente: identificar, primero, la moral con la moral ciudadana, e identificar luego, la moral ciudadana con las normas y las leyes, con lo cual la moral llegaría a identificarse con las leyes, como si cumpliendo leyes —incluso leyes que son producto de un consenso sano— el ser humano agotara su potencial moral, ético y ciudadano.

Es un hecho que todo ethos tiende a transformarse en ley. La ética ciudadana no escapa a esta propensión y es bueno que así sea. Y es que lo que la ética ciudadana espera de los individuos no son comportamientos admira-bies que esquivan la órbita del derecho. Nada más opuesto a la ética ciudadana que los héroes a la manera de Robin Hood, quienes, indiferentes frente a las instituciones de derecho - producto del consenso—, deciden tomar a su cuenta y riesgo la realización de lo que ellos -—sin consultarlo con nadie— deciden que es bueno. Ese individualismo ético no tiene cabida en el concepto de sociedad civil.

Lo otro frente a lo cual hay que estar prevenidos y atentos es la absolutización de lo normativo y la consecuente absorción de la moral dentro de la ética ciudadana. El positivismo jurídico no tiene nada que ver con la ética ciudadana. Esta última, debe ser entendida como mínima, es decir, como un conjunto muy reducido de principios, normas y reglas de juego de la vida ciudadana que sin despojar al individuo de su responsabilidad personal, al positivarse, lo colocan frente a esa responsabilidad compartida que consiste en saber y aceptar como verdadero que la diferencia no separa definitivamente a los seres humanos hasta que la fuerza del más fuerte se imponga. Por eso la violencia es el fracaso de la ética ciudadana.

Pero precisamente si la ética ciudadana debe ser caracterizada como ética mínima, haríamos mal en olvidarnos de la moral, de la moral a secas. Esta no es mínima sino máxima. Las distintas visiones del hombre y de la sociedad, las convicciones religiosas, los ideales morales de perfección, de virtud, solidaridad o utilidad social, todo eso que a uno lo mueve simbólica, racional o instintivamente para actuar frente a decisiones problemáticas concretas, todo eso como que se le escapa a la ética ciudadana mínima. La ética ciudadana no nos va a resolver las preguntas por el qué hacer concreto. Más aún, por formal, el carácter mínimo de la ética ciudadana es lo que permite que al interior de un conjunto social coexistan distintas alternativas morales maximalizantes La ética ciudadana sólo excluye aquellas alternativas morales que no logran universalizarse en el consenso, es decir, aquellas propuestas que, sin presión o manipulación, no podrían ser aceptadas por parte de todos los implicados en la norma a la que se aspira: la desigualdad de razas, la discriminación de sexos, el favoritismo religioso de las instituciones en una sociedad pluralista, etc. Nótese lo siguiente: al decir que la ética ciudadana no nos resuelve problemas concretos, no estamos diciendo que ella sea indiferente frente a las propuestas morales máximas. A la moral —a secas— le interesan los máximos y no sólo los mínimos normativos. Ella se preocupa porque haya valores por los cuales valga la pena empeñar la vida, por eso se ocupa con no poca intensidad en que esos valores puedan coexistir en forma pacífica”... ( tomado de : ética

ciudadana como ética del consenso en - Colombia una casa para todos – Durán Casas Vicente, ed. Antropos. Bogotá. 1991. Pp 72 – 82 )

Ahora bien, la convivencia social es un espacio de relaciones interpersonales complejas donde la vida debe ser compartida con otros. Significa, que ocupamos, habitamos y nos movemos en contextos que son mediados por actitudes comportamentales que aseguran y garantizan la organización y el mejor estar de todos.

La convivencia social al igual que la ética ciudadana son un hecho social, un proceso de construcción consciente donde los individuos y los ciudadanos le apuestan al diálogo y a la cooperación solidaria como mecanismos de seguridad y bienestar social.

“ Aunque el ser humano posee una tendencia natural a convivir con los otros, la convivencia social es construida, no se da naturalmente. La convivencia como hecho social es definida, construida, conservada y proyectada a través de actos intencionales.

Por no ser un hecho natural, la convivencia social debe ser aprendida y puede ser enseñada. Y aunque podemos decir que el cuidado de la vida y la felicidad son las grandes finalidades de la convivencia social, no existe un modelo ideal establecido de convivencia al que podamos aproximarnos o imitar: es un proceso en construcción, siempre redefinible, el cual se manifiesta de múltiples formas y modelos con alcances y características diferentes. La convivencia es una búsqueda y como la Democracia, de la cual forma parte constitutiva, es una de las grandes aventuras humanas.

Por ser un hecho construido y en construcción, la convivencia debe ser aprendida y debe ser enseñada; y por ser una búsqueda universal debe fundarse sobre un conjunto de aprendizajes básicos generalizables a todos los modelos en construcción. Ambos criterios fundamentan la convivencia social como un propósito factible”. (tomado de : Siete aprendizajes básicos para la educación en la convivencia social en – Colombia una casa para todos – Toro José Bernardo. ed. Antropos , Bogotá, 1991. Pp 417 – 418).