4.3 Quantitation of muscle activity based on T 2 and diffusion-weighted MRI
4.3.3 Quantitative T 2 weighted MRI
El imperativo kantiano representa el mandato objetivo que recibe la voluntad; afecta a toda voluntad. En este sentido, los imperativos son leyes universales. Las máximas, en cambio, son principios subjetivos, afectan a tal o cual voluntad, aunque se convierten en leyes prácticas al universalizarse, al hacerse válidas para la voluntad de todo ser racional. Son, pues, universales y necesarias porque emanan de la razón práctica, que Kant identifica con la voluntad.
Al analizar los distintos tipos de mandatos imperativos, Kant distingue entre imperativos hipotéticos y categóricos. Los primeros ordenan lo que ha de hacerse si se quiere alcanzar algo. Los categóricos ordenan simplemente lo que ha de hacerse. Si quieres aprobar, debes estudiar, sería un mandato hipotético, mientras que el mandato categórico sería “debes estediar”.
Según Kant, el imperativo moral es ‘categórico’, es decir, expresa el mandato o la obligación sin ninguna condición. El hombre lo reconoce y se siente responsable ante él por ser libre e inmortal.
Al no tener ningún contenido, el imperativo enuncia sólo la forma de la ley, y es único porque la ley siempre se expresa como mandato. No obstante encontramos hasta cinco formulaciones distintas:
1. Obra según una máxima tal que puedas querer al mismo tiempo que se torne ley universal.”
2. Obra como si la máxima de tu acción debiera tornarse, por tu voluntad, ley universal de la naturaleza.
3. Obra de tal manera que trates siempre a la humanidad, sea en tu persona o en la de otro, como un fin, y que no te sirvas jamás de ella como de un medio. 4. Obra según máximas que puedan al mismo tiempo tenerse por objeto a sí mismas, como leyes naturales universales.
5. Obra por máximas de un legislador universal en un posible reino de los fines.
(Cfr. I. KANT. Fundamentacíon de la metafísica de las costumbres. Ariel, Barcelona, 1996, págs. 41-58)
Reale y Antíseri resumen muy bien los propósitos de la Crítica de la razón
práctica y algunas de las características generales más importantes de la
voluntad y de la libertad, relacionadas con el imperativo categórico:
“La crítica de la razón práctica se propone en general la tarea de desligar la razón, empíricamente condicionada, de la pretensión de proporcionar ella sola el fundamento exclusivo de determinación de la voluntad
(…) Se trata, pues, de mostrar que la razón es suficiente por sí sola (sin los auxilios de impulsos sensibles) para mover la voluntad, porque sólo en esta caso pueden existir principios morales válidos sin excepción para todos los hombres, es decir, leyes morales de valor universal. Ahora bien, entre todos los
principios prácticos, es decir, entre las leyes generales (subjetivas y objetivas)
que determinan la voluntad, sólo los imperativos categóricos constituyen las leyes prácticas que valen incondicionalmente para el ser racional, porque determinan la voluntad simplemente como voluntad, prescindiendo de la obtención de un determinado efecto deseado.
La ley moral no depende del contenido; según Kant, si la ley moral se subordina al contenido se cae en el Empirismo y en el Utilitarismo. La esenci del imperativo consiste en su valor en virtud de su forma de ley, es decir, por su racionalidad, y la esencia de la moral consiste pues en la adecuación de la
voluntad a la forma de la ley.
El imperativo categórico es una proposición por la cual se determina la voluntad
a priori objetivamente, y esto significa que la razón pura es en sí misma “práctica”, porque justamente determina la voluntad sin que entren en juego otros factores. La existencia de la ley moral se impone a la conciencia como un
hecho de la razón y este “hecho” (Faktum), sólo se puede explicar si se admite la libertad: adquirimos la conciencia de la libertad precisamente porque antes
soy libre (de otro modo, éste no tendría sentido) y por lo mismo me indica la dimensión no fenoménica de la libertad, aun sin hacerme comprender
cognoscitivamente en su esencia. La libertad es la independencia de la
voluntad respecto a la ley natural de los fenómenos, es decir, del mecanismo
causal; esta libertad, que no explica nada en el mundo de los fenómenos y que
en la dialéctica de la razón pura da lugar a una antinomia insuperable, explica,
en cambio, todo en la esfera de la moral: y es precisamente por eso que
tomamos conciencia de la misma por vía moral.
La libertad entendida como a) independencia de la voluntad respecto de la ley natural de los fenómenos y b) como independencia de los contenidos de la ley moral, es la libertad en sentido negativo (o sea, de lo que ella excluye).
Entendida como c) capacidad de la voluntad para determinarse por sí misma,
de autodeterminarse, es la libertad en sentido positivo y específico; este
aspecto positivo es llamado por Kant autonomía que es contrario a la
heteronomía.
(…) Todas la éticas prekantianas procedían a establecer lo que es el “deber moral” y el “mal moral” y luego deducían las leyes morales. Kant, al contrario, cambia exactamente los términos del asunto por lo que ante todo es la ley
moral la que determina el concepto de bien.”
(Tomado de REALE G. Y ANTÍSERI D. Historia de la filosofía. Universidad Pedagógica y Editorial San Pablo. Bogotá. 2008. pp. 571-572)
OBJETIVO PRINCIPAL: Mostrar que la razón pura es capaz de determinar por sí sola (libremente) a la voluntad, sin la intervención de impulsos sensibles.
SOLO LOS IMPERATIVOS CATEGÓFICOS
Pueden ser leyes morales (deberes universales): ellos son reglas prácticas objetivas que valen independientemente de todas las condiciones subjetivas accidentales que se pueden encontrar en
un ser racional.
Mientras que la materia de un imperativo categórico es el objeto de la voluntad, la esencia del imperativo mismo (del deber) consiste en su valor en virtud de la forma de la ley, y su formulación
más apropiada es:
“Actúa de tal modo que la máxima (la regla práctica subjetiva) de tu voluntad, pueda valer siempre, al
mismo tiempo, como principio de una legislación universal (regla práctica objetiva)”.
La esencia de la ley moral es, por tanto,
LA ADECUACIÓN DE LA VOLUNTAD A LA FORMA DE LA LEY MORAL (DEL DEBER) Y EL RESPETO POR EL DEBER MISMO.
RESPETO: Único sentimiento racional puro,
cognoscible a priori La existencia de la ley moral, que
determina el concepto del bien es un HECHO de la razón y sólo se
explica si se postula la LIBERTAD:
Nosotros adquirimos conciencia de la libertad porque tenemos, antes que nada, conciencia del
deber. LIBERTAD:
En sentido negativo: independencia de la voluntad respecto de la ley natural de los fenómenos LIBERTAD En sentido positivo: capacidad de la voluntad independiente para autodeterminarse. (AUTONOMÍA)
Las tres ideas de la razón teorética pura llegan a ser, pues, en la razón práctica pura TRES
POSTURADOS: 1) libertad, 2) existencia de Dios, 3) inmortalidad del alma.
Presupuestos prácticos necesarios que no amplían el conocimiento especulativo, sino que confieren realidad objetiva a la Idea de la razón especulativa pura.
RESPUESTA AL PROBLEMA INICIAL: LA RAZÓN puede y debe determinar a la VOLUNTAD, de modo puro según la LEY MORAL, es decir, según la proposición sintética a priori del imperativo
categórico fundado sobre la LIBERTAD.
KANT