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5 Paper C: An Evaluability Perspective on Privacy Risks

5.4.2 Analysis of the Structural Models

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Fundamentación racional de la acción comunicativa

El capítulo que acaba de concluir se ocupóde contrastar el pensamiento de Habermas con el esquema paradigmático de la filosofía de la conciencia (limitado a la relación sujeto-objeto) el que expresa la estructura de conciencia de la modernidad europea. En adelante se enfatizará particularmente en los intentos por superar dicho paradigma, esto es, revisar el horizonte del pensamiento hacia la necesidad de una reconstrucción de un nuevo paradigma bajo una filosofía del lenguaje. Sobre todo, mediante una Pragmática Formal encargada de “reconstruir las bases universales de validez del habla; de identificar y reconstruir las bases del acuerdo […] entre seres dotados de competencia comunicativa” (Cortina, s/f, p. 6).

Este segundo capítulo se ocupará del giro lingüístico de la filosofía actual, con el que se configura un cambio en la marcha de la filosofía, lo que también presupone un cambio de estilo o actitud en la filosofía (Cfr. Ronzón, Hidalgo& Lorenzo, 1981, pp. 52-53). Esta revolución lingüística hace uso sustancial del lenguaje, por un lado, sienta las bases fundamentales para superar el esquema de la acción instrumental y, por otro lado, fundamenta racionalmente las respuestas convincentes para las tareas centrales de la teoría de la sociedad:de cómo es posible un orden social racionalmente motivado. Lo cual, conlleva a una reconstrucción teórica de las competencias comunicativas inherentes al lenguaje que trasciendan los límites de un mero análisis interpretativo,cuestión que caracteriza a la hermenéutica filosófica. Trasladando asíel énfasisa la pretensión por configurar un entendimiento explicativo orientado a la comprensión del orden social inseparable a las capacidades comunicativas.

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Esto conlleva para el quehacer filosófico un compromiso concreto con la realidad presente, teórica y práctica. La responsabilidad estriba en transformar la realidad misma. La acción comunicativa posee, por tanto, “una prioridad axiológica, porque el sentido y meta del lenguaje –el télos- consiste en lograr un entendimiento” (Cortina, s/f, p. 7). La propuesta habermasiana proporciona una concepción dialógica del pensamiento.

El interés se orienta ahora a la necesidad de mostrar las condiciones que permiten superar la acción instrumental –inherente al capitalismo moderno- por las acciones orientadas al entendimiento. Tomar en serio la acción comunicativa presupone asumir unas condiciones básicas en cuanto a semántica formal. Esto, en última instancia, admite una transición,pasar “del análisis de las oraciones al análisis de las acciones lingüísticas” (Habermas, 1987, I, p. 356). Para esta fundamentación de la acción comunicativa, se retoman a varios autores que van desde el segundo L. Wittgenstein a J.R. Searle a través de J.L Austin.

Habermas enfrenta el dilema de cómo abandonar el esquema de acciones orientadas al éxito o acción instrumental para entrar en el horizonte racional de acciones orientadas al entendimiento, inherentes al mundo de la vida.

Ante este esfuerzo por dilucidar el concepto de acción comunicativa racionalmente fundamentado se encuentra, en términos de la teoría del significado, con el problema de qué entender por acción. Como se expuso en el capítulo anterior, ya Weber, en su teorización de la modernidad, agotó sus recursos por calificar un concepto fundamental de racionalidad de la acción. Weber señala, en su

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pensamiento dos modelos o versiones de acción. Por un lado, una versión oficial de la acción que presenta un modelo intencional y teleológico; su tipología axiológica está orientada para que el actor, en vez de orientarse al entendimiento lingüísticamente mediado, pueda conseguir determinados objetivos aisladamente a través de una acción de corte instrumentalista. “Esta tipología se basa en las categorías de fines de acción porque el actor se orienta en su actividad teleológica: a fines utilitarios, valorativos y afectivos” (Habermas, 1987, I, p. 361).

Por otro lado, la fundamentación racional de la acción comunicativa sustentada en sus teorías sociológicas. Habermas, basándose en Economía y sociedad(1944) de Weber, dilucida un tipo de acción que propicia los cimientos de la acción comunicativa. Éste centra su atención en la acción social que puede ser, según los mecanismos de coordinación de la acción, las relaciones sociales bajo tramas de intereses (dada por costumbre o interés personal) o, también, en un consenso normativo (ligado a una moralidad tradicional o a una moral racional) (Cfr. 1987, I, p. 364). Es decir, acciones orientadas al éxito y al entendimiento.

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Esta tipología de la acción indica que la acción comunicativa se da cuando los planes de acción de los actores implicados no se coordinan a través de cálculos egocéntricos o solipsista, sino mediante actos de entendimiento. En la acción comunicativa, por tanto, “los participantes no se orientan primariamente al propio éxito; antes persiguen sus fines individuales bajo la condición de que sus respectivos planes de acción puedan armonizarse entre sí sobre la base de una definición compartida de la situación” (Habermas, 1987, I, p. 367). Esta definición de la situación, por tanto, se torna parte esencial de la interpretación exigida por la acción comunicativa. Entender, en este sentido, es un proceso de obtención de un acuerdo entre sujetos lingüística e interactivamente competentes. En efecto, en Habermas, (1987),“el entendimiento es inmanente como telos al lenguaje humano” (I, p. 369).

Precisamente, la acción comunicativa se centra entre las acciones sociales orientadas por procesos de entendimiento. En este análisis de las estructuras generales del proceso de entendimientos se deduce una caracterización formal de las condiciones de participación. La particularidad del análisis consiste en que éste debe enfocarse en los participantes de la acción y no en el observador pasivo y que, además, en esta interacción de los participantes, se asume el saber pre-

Orientación de la acción

Situación de la acción

Orientada al éxito Orientada a la acción

No social Acción instrumental --

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teórico de los hablantes competentes cuando se entienden entre ellos y no en la caracterización empírica de sus conductas (Cfr. Habermas, 1987, I, p. 368).

Este entendimiento entre los participantes se presenta como un acuerdo supuesto en común entre sujetos capaces de habla y de acción. Sin embargo, es un acuerdo proporcionalmente diferenciado. Gracias a su estructura lingüística, este acuerdo común no se induce desde fuera sino que se capta como válido para todos los participantes. De esta manera se distingue de un acuerdo meramente fáctico. “Los procesos de entendimiento tienen como meta un acuerdo que satisfaga las condiciones de un asentimiento, racionalmente motivado, al contenido de unaemisión” (Habermas, 1987, I, p. 368). Los acuerdos alcanzados – con miembros en la interacción- deben tener una base racional, es decir, que el acuerdo no puede ser impuesto desde fuera sino basado en las convicciones comunes. El acto de habla que un sujeto emite solo puede tener éxito si el otro capta la oferta que el acto de habla entraña, tomando postura con un sí o con un no frente a la pretensión de validez susceptible a crítica.

Estas precauciones hasta aquí expuestas llevan a la conclusión de que el modo original de un uso del lenguaje orientado al entendimiento, no puede ser reducido a la acción teleológica o cualquier otra acción que manipule la comunicación en orden a obtener un fin calculado.

Habermas precisa que sólo se comprende el concepto de entendimiento si el sujeto es capaz de concebir qué significa emplear acciones con fines comunicativos. Hablar y entender se interpretan el uno al otro. Ambos, permiten

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analizar las propiedades pragmático-formales de la actitud orientada al entendimiento. Este análisis puede ilustrarse, con mayor claridad, mediante los actos de habla propuestos por Austin. A través de los cuales, se resalta el carácter procedimental y procesual del uso comunicativo del lenguaje.

Con ello, se abandonala idea de considerar al lenguaje como un instrumento para la transmisión de información; en adelante el lenguaje será considerado como un

medio para el entendimiento. En este sentido, la comprensión implica tanto el

entendimiento entre interlocutores como también, al mismo tiempo, un acuerdo sobre algo existente.

Uno de los aportes, en términos de acción comunicativa, que Austin proporciona, es que no toda interacción mediada lingüísticamente representa a cabalidad un ejemplo de acción orientada al entendimiento; puesto que existen innumerables ejemplos de entendimiento indirecto como es el uso de señales, inducir al otro para sus fines, etc. En este punto estriba la importante tarea de la pragmática formal para la acción comunicativa.

Los actos de habla y la acción comunicativa.

La solución a la problemática que se ha venido desarrollandoestriba en recurrir al análisis de los actos de habla propuestos por Austin. Para el autor, al comunicarse lingüísticamente, en la interacción entre participantes, necesariamente se realizan actos lingüísticos o actos de habla que –en Habermas- constituyen la unidad básica de la comunicación. Ante este punto, Searle, (s/f), sostiene que:

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“La unidad de la comunicación lingüística no es, como generalmente se ha supuesto, ni el símbolo ni la palabra ni la oración, ni tan siquiera la instancia del símbolo, la palabra u oración, sino más bien lo que constituye la unidad básica de la comunicación lingüística es la producción de la instancia en la realización de actos de habla” (p.1).

Con los actos de habla –componente central de la pragmática formal para la elaboración de una teoría de la acción comunicativa- Habermas pretende hacer una diferenciación de niveles interactivos en los que los hablantes incurren simultáneamente siempre que hablan. Mediante los cuales pretende mostrar el uso comunicativo del lenguaje en su status realizativo.

Ampliando lo expuesto, para Austin las oraciones o proposiciones pueden distinguirse entre acto locucionario, acto ilocucionario y acto perlocucionario. En los acto locucionario “el hablante expresa un estado de cosas; dice algo” (Habermas, 1987, I, p. 370); el hablante persigue con su emisión el mismo significado de lo dicho, es decir, lo que el hablante dice lo quiere saber entendido por el oyente. Se sitúan, en efecto, en la experiencia de estado de cosas existentes sobre lo que se entienden los dialogantes; es lo que dice el agente en torno a un tema u objeto mediado lingüísticamente.

Con los actos ilocucionariosel agente realiza una acción diciendo algo. Permite la interacción entre individuos en un plano intersubjetivo. Además, indica la función o modo en que se emplea la oración. De ello podemos deducir las condiciones del correspondiente éxito ilocucionario. Ejemplo: H afirmó a O que deja su empresa; O

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advirtió a H que no podía dejar su empresa. El hecho de que H no pida el despido no es efecto de un acto perlocucionario (el hablante busca causar un efecto sobre su oyente) sino consecuencia de un consenso alcanzado comunicativamente. Estos actos ilocucionarios guardan con el acto de habla relación interna o regulada convencionalmente.

Es pues, en esta interacción, inherente al acto ilocucionario, donde hablante y oyente entran en comunicación simultáneamente en dos niveles: el nivel subjetivo y el nivel objetivo. Esta doble estructura del habla forma la unidad del habla. En este sentido, comunicarse es entenderse sobre objetos. Es decir, para la existencia de un acto de habla se tiene que saber no solo sobre qué se habla, sino cómo hablar sobre el objeto.

Estos dos niveles de comunicación explican por qué para entender lo que el otro ha querido decir, se ha de tomar en serio su pretensión. Esto exige, por un lado, un plano de la intersubjetividad en el que el hablante y oyente establecen actos ilocucionarios, relaciones que les permitan entenderse entre sí y, por otro, un plano de las experiencias y estado de cosas, sobre los que hablante y oyente tratan de entenderse con el medio de la función comunicativa inherente a los actos de habla.

Austin también distingue los actos perlocucionarios con los que el hablante busca causar un efecto en su oyente. “Mediante la ejecución de un acto de habla causa algo en el mundo” (Habermas, 1987, I, p. 371). Los actos perlocucionarios constituyen una subclase de acciones teleológicas que el actor puede realizar por

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medio de actos de habla a condición de no aclarar o confesar, como tal, el fin de la acción.

Al asumir lo anterior, se comprende que, dependiendo del punto de vista del tipo de la acción al que se orienta, los actos de habla pueden ser locucionarios e ilocuicionarios y perlocucionario. Es decir, perlocucinario cuando el hablante actúa orientándose al éxito o un fin en un plexo de la acción teleológica. Mientras que, y aquí se centra el interés de Habermas, (1987), con los actos de habla locucionarios e ilocucionario el hablante actúa orientándose al entendimiento, o sea, a un acuerdo comunicativamente consensuado. “[L]os éxitos ilocucionarios guardan con el acto de habla una relación interna o regulada por convención, mientras que los efectos perlocucionarios permanecen externos a lo dicho” (I, p. 374). Los posibles efectos perlocucionarios de un acto de habla contienen un carácter contextual y contingente que se restringen al consenso. Se introducen como instrumentos en una acción teleológica orientada al éxito, donde el hablante pretende producir determinado efecto en el oyente bajo coacción.

Habermas se sirve de los actos de habla para que, por el camino del análisis crítico, pueda alcanzarse una definición precisa, en término de pragmática formal, de lo que implica entender-se. La comunicación exige, por ende, una orientación al entendimiento mutuo. Y la estructura comunicativa, mencionada con anterioridad, muestra que la acción teleológica –a las que pertenecen los actos perlocucionarios- no es constitutiva al proceso de entendimiento (Cfr. Habermas, 1987, I, p. 375). La comunicación original supone la interacción en la que los

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participantes lleguen a un acuerdo a través del empleo de actos ilocucionarios sin

reserva de ningún género.

Mediante el esbozo de los actos de habla, se concibe la acción comunicativa como “aquellas interacciones mediadas lingüísticamente en que todos los participantes persiguen con sus actos de habla fines ilocucionarios y sólo fines ilocucionarios” (Habermas, 1987, I, p. 378) a fin de alcanzar un acuerdo que ofrezca el fundamento racional para una coordinación consensuada de los planes perseguidos por los respectivos individuos.

El carácter dialógico en la acción comunicativa es inmanente. La problemática es desplazada ahora hacia el acuerdo. La acción comunicativa supone un proceso que se orienta al entendimiento mutuo. Esto exige, además, una indagación sistémica de las condiciones de aceptabilidad suficientes para alcanzar un acuerdo válido.

Con los actos de habla se introduce al lenguaje como un medio que permite el entendimiento. El interés se concentra en la comprensión de las condiciones de aceptabilidad que hacen un acto de habla válido. Se analizan los mecanismos que motivan la aceptación de la propuesta racional de un hablante. Concentrando la atención en una comparación analógica de los principios básicos de la semántica de la verdad lo cual implica “reducir la comprensión de una emisión al conocimiento de las condiciones bajo las cuales tal emisión puede ser aceptada por un oyente. Entendemos un acto de habla cuando sabemos qué lo hace

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Esta aceptabilidad de un acto de habla para Habermas se da desde una actitud realizativa de los participantes en la comunicación. En este sentido, “[l]lamaremos aceptable a un acto de habla cuando cumple las condiciones necesarias para que un oyente pueda tomar postura con un sí frente a la pretensión que a ese acto vincula el hablante” (1987, I, p. 382). Estas condiciones de aceptabilidad exigen, primero, un reconocimiento intersubjetivo de un acto de habla que establece un acuerdo sobre las obligaciones relevantes para tal interacción.

Como una condición necesaria para el entendimiento se presupone como segunda condición, la corrección gramatical de la expresión, ésta exigencia no es esencial para la acción comunicativa pero sí importante, puesto que procuran “que las expresiones lingüísticas empleadas están correctamente formadas y que se cumplen las condiciones de contexto que los distintos tipos de actos de habla exigen” (Habermas, 1987, I, p. 382). Todas las demás condiciones de aceptabilidad se sintetizan en satisfacer el sentido del papel ilocutivo de los actos de habla.

Por lo dicho, se deduce que la acción comunicativa demanda,como condición adicional, del carácter situado del uso comunicativo del lenguaje. Al moverse en el nivel subjetivo y objetivo –inseparables al acto de habla- del lenguaje, es decir, relación con la realidad interna (subjetivo) de aquello que el hablante quiere expresar como propio y la relación con la realidad externa (objetivo) de aquello que es percibido, surge la necesidad de que las oraciones así emitidas por los hablantes queden puestas bajo pretensión de validez. Es decir que, una oración como producto gramatical ni necesita cumplir ni puede cumplir pretensiones de

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validez puesto que, ese carácter contextual del uso comunicativo del lenguaje, mediante el cual los hablantes pretenden llegar a un entendimiento, implica que el logro de éste sea necesariamente dependiente de que hablante y oyente puedan estar de acuerdo o no en las presuposiciones de realidad inherente a sus actos de habla. En la medida en que dichas pretensiones de validez puedan ser tematizadas y ligadas a argumentos, los actos de habla adquieren una base racional de la fuerza ilocucionaria.

Esta preocupación lleva al mismo Habermas (1987) a sintetizar las condiciones de aceptabilidad de la siguiente manera:

Un oyente entiende [una condición de aceptabilidad] si a) conoce las condiciones bajo las que un destinatario puede producir el estado de cosas deseadas (no fumar) y si b) conoce las condiciones bajo las que [el hablante] puede tener razones convincentes para considerar válido, esto es, normativamente justificada una exigencia de contenido a). Las condiciones a) encierran las obligaciones de acción que resultan de un acuerdo que se base en el reconocimiento intersubjetivo de las pretensiones de validez normativa aneja a la correspondiente exigencia. Las condiciones b) encierran a la aceptación misma de esa pretensión de validez; tenemos, pues, que distinguir entre la validez de un acto o de la norma que lo respalda, la pretensión de que se cumplen las condiciones de su validez, y el desempeño […] de la pretensiones de validez entablada, esto es, la prueba de que se cumplen las condiciones de validez del acto, o de la norma subyacente. Un hablante puede motivar racionalmente, como

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podemos decir ya, a un oyente a la aceptación de la oferta que su acto de habla entraña, porque en virtud a la conexión interna que existe entre validez, pretensión de validez y desempeño de la pretensión de validez puede garantizar que en caso necesario aportara razones convincentes que resistan a una posible crítica del oyente a la pretensión de validez. Así, un hablante debe la fuerza vinculante de su éxito ilocucionario, no a la validez de lo dicho, sino al efecto coordinador que tiene la garantía que ofrece el desempeñar […] llegando el caso, la pretensión de validez que su acto de habla comporta (I, pp. 386-387).

Siguiendo con lo anterior, el interés de Habermas radica en el hecho de puntualizar la importancia que, para la acción comunicativa, tiene la toma de postura libre, no coaccionada, del oyente frente a las exigencias o pretensiones de que lo dicho por el hablante sea válido. Tal aceptación es motivada por las razones racionales vinculadas a los actos de habla ilocucionarios puesto que el hablante se expone a la crítica y ofrece razones convincentes que garanticen la racionalidad o validez de lo dicho.

Además, se admite otra condición de aceptabilidad sólo en casos que esta