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Hayek adscribe a una concepción nominalista de la sociedad influida por la teoría individualista de Popper. Sin embargo, lo que no es coherente, concibe la sociedad de modo organicista, como una combinación de órdenes espontáneos (selfgenerating orders) que constituyen un kosmos, y de organizaciones que llama taxis. Estas son creadas de acuerdo a objetivos explícitos, son jerárquicas y siempre deben subordinarse y mantenerse en los límites establecidos por los órdenes autogeneradores. Estos son: el derecho consuetudinario, las normas tradicionales del mercado, de la moral y del lenguaje. El Estado está concebido como un conjunto de organizaciones cuyas funciones principales son garantizar la propiedad, el sistema de contratos, la competencia y, en general, el funcionamiento del mercado, y debe realizar aquellas funciones que a juicio de Hayek

220 HAYEK, Friedrich von, La fatal arrogancia. Los errores del socialismo (Madrid: Unión Editorial, 1990), p. 44. 221 Ibíd., p. 53-54.

no son privatizables: policía, fuerzas armadas, sistema judicial, impositivo, de aduanas y otros. Desde su perspectiva evolucionista y naturalista, las sociedades humanas, como las animales, están regidas por tendencias adaptativas. A diferencia de Popper, que sostiene que la historia no tenía ningún sentido u orientación, Hayek, haciendo suya la concepción ilustrada del progreso, cree que este existe y que la sociedad abierta corresponde a su mayor expresión. A la vez, hay una tendencia al equilibrio tanto en la naturaleza como en la sociedad y el mercado. No dice que sea la sociedad final o definitiva, pero lo sugiere.

La función principal de la ley es defender la libertad individual de la intervención estatal. La restricción de dicha libertad es inaceptable y contradictoria con el carácter del Estado.

La libertad en el ámbito mercantil ha significado libertad amparada por la ley, pero no que los poderes públicos se abstengan de actuar. La “interferencia” tan solo significa transgredir la esfera de la acción privada, actividad que la ley intentaba proteger.223

Para Hayek, la ley es un medio para alcanzar el fin de un orden abstracto. La “sociedad extendida”, como un orden abstracto, no es solo autogenerado, sino también requiere de la ley: “un orden que proporcione el máximo de libertad que sea posible en la sociedad”.224 Hayek cita a Karl

Binding, que dice: “La ley (Recht) es un orden de la libertad humana”.225

Asimismo, cuestiona la creación consciente de reglas políticas, sociales y morales, puesto que la consideraba una postura “constructivista”, y una forma de acción ilegítima, ya fuera estatal o propiciada por grupos ajenos al Estado. Pensaba que las únicas normas válidas y eficaces eran las que se forman, espontáneamente, a través del tiempo; que son productos de la acción humana, pero no de su designio. Sin embargo, consideraba legítima una dictadura si otorgaba libertad económica a sus súbditos, si instauraba reglas que favorecían la libertad económica y el mercado. El constructivismo de las dictaduras es aceptable y deseable si está orientado a la creación de un orden social neoliberal. Su crítica está dirigida solo a las normas jurídicas que considera de carácter intervencionista, no a las que corresponden a sus concepciones jurídicas y políticas. El objetivo de dicha crítica es deslegitimar la legislación del estado social y la eliminación del Estado de Bienestar.226

Su concepción sobre las normas jurídicas, económicas, sociales y morales es dicotómica. Las verdaderas normas se basan en tradiciones que se forman espontáneamente en el tiempo. Las otras son espurias, y productos de concepciones “constructivistas”, “racionalistas” o “socialistas”.

El modelo jurídico de Hayek, que define como un ideal político, es el estado de derecho.

223 DIETZE, Gottfried, En defensa de la propiedad (Buenos Aires: Centro de Estudios de la Libertad, 1988), p. 85. 224 Idem.

225 Ibíd, p. 86.

226 VERGARA ESTÉVEZ, Jorge. “La concepción de Hayek del estado de derecho y la crítica de Hinkelammert”,

Sostiene que su función es proteger la libertad económica individual, preservar la propiedad privada y el sistema de contratos, condiciones necesarias de la existencia del llamado mercado libre. También debe favorecer el comercio nacional e internacional, estimular el crecimiento económico y la competencia. Como se ve, el estado de derecho está pensado desde y para el mercado.

Este es considerado como el principal orden autogenerado, cuyo funcionamiento armónico se debe a la tendencia inmanente al equilibrio de sus factores. Hayek se define como agnóstico y, por tanto, no cree en el principio teológico enunciado por Smith de que la mano invisible de la Divina Providencia armoniza la oferta y la demanda, la inversión y el gasto, etcétera. Hayek tiene una concepción organicista del mercado, lo sustancializa, lo presenta como un organismo viviente que posee vida propia. Como se sabe, la tendencia a la autorregulación es propia de los organismos vivientes, que son sistemas abiertos que controlan sus inputs y outputs, y sus equilibrios internos (temperatura, presión arterial, ritmo cardíaco, pH, glucemia, etcétera). Sin embargo, Hayek dice que no podemos probar ni sabemos cómo funciona dicha tendencia al equilibrio, pero debemos creer en ella. Incluso afirma que es una tarea de la ciencia económica verificar dicha tendencia al equilibrio.227

Esta postura no ha convencido a sus críticos, quienes aducen que la competencia en el mercado siempre produce el desequilibrio y que el concepto de competencia perfecta resulta un concepto autocontradictorio.228 Pierre Bourdieu sostiene que la competencia perfecta es irrealizable,

que es solo un concepto matemático puro como los eidos platónicos, absolutamente separados de la realidad empírica.229

Paradojalmente, las características que Hayek atribuye al mercado son las que la teología cristiana atribuye a Dios. No dice que el mercado sea Dios, sino que participa de las cualidades perfectas de la divinidad y, por tanto, es sagrado. Cree que el mercado es el más poderoso porque se muestra capaz de hacer lo que ningún hombre, o grupo de hombres, podrían hacer por sí solos. Es el más justo, porque da a cada uno lo que le corresponde en relación con su aporte: do ut des. Es el más sabio, porque sintetiza en sus precios más información que la que podría llegar a tener un hombre o grupo de hombres. El mercado es “fuente de vida”, porque permite vivir a la mayor cantidad de personas, aunque no a todas.

Esta teoría social fundamenta su proyecto político. Este posee carácter elitista, pues sostiene que el principal poder político –es decir, el legislativo– debe reservarse para la élite de los triunfadores del mercado. Solo esas personas poseen el saber práctico para hacer las leyes que

227 HAYEK, Friedrich von, Individualismo y orden económico (Madrid: Unión Editorial, 1996). 228 HINKELAMMERT, Franz, Crítica de la razón utópica (San José de Costa Rica: Dei, 1984).

229 BOURDIEU, Pierre, Contre-feux, tome 1: Propos pour servir à la résistance contre l'invasion Néo-libérale (Paris:

estimularán la competencia y potenciarán el desarrollo del mercado; condiciones necesarias para realizar el proyecto político neoliberal.

De ello se sigue el rechazo a los derechos humanos, a los que considera un obstáculo para la realización de su proyecto político social. Para Hayek, los derechos humanos son solo individuales, nunca sociales ni económicos. Estos son la libertad económica en todas sus formas, el derecho de propiedad y las igualdades necesarias para su realización en el mercado: igualdad ante el mercado, la justicia y la ley. La anulación de los derechos económico-sociales y la eliminación de toda forma de legislación social corresponde a la concepción de libertad de Hayek y a su rechazo a toda forma de justicia social. Pensaba que se puede ser individualmente libre aunque la sociedad no sea libre.230

Esto significa que si un régimen político respeta la libertad económica y el orden del mercado, sus súbditos son libres aunque esa sociedad sea una colonia o una dictadura. Asimismo, considera la justicia social como un mito peligroso y erróneo, y cree que el intento de realizarla significa la destrucción del estado de derecho. Escribe:

La igualdad formal ante la ley está en pugna y de hecho es incompatible con toda actividad del Estado dirigida deliberadamente a la igualación material o sustantiva de los individuos, y que toda política directamente dirigida a un ideal sustantivo de justicia distributiva tiene que conducir a la destrucción del Estado de Derecho. Provocar el mismo resultado para personas diferentes significa, por fuerza, tratarlas diferentemente.231

Este proyecto político niega el derecho a la vida. No solo rechaza absolutamente las normas de solidaridad y justicia distributiva que considera atavismos de la sociedad tribal, sino también el principio de la vida, entendido como el derecho de todos a vivir. Por ello rechaza la noción de dignidad básica de todo ser humano. Afirma que el mero hecho de existir no otorga ningún derecho, y que, consiguientemente, los que no pueden acceder al mercado no tienen derecho a ser auxiliados por la sociedad y el Estado, debiéndose dejarlos morir. Designa a este colectivo recurriendo a la misma expresión –“parásitos”–, que emplearon Herbert Spencer y los nazis para denominar a “las razas inferiores”.232 Consiguientemente, rechaza la ayuda humanitaria a países que sufren

hambruna.

Si desde el exterior usted subvenciona la expansión de la población, que es incapaz de alimentarse a sí misma, usted contrae la responsabilidad permanente de mantener vivas a millones de personas en el mundo, que no podemos mantener vivas. Por lo tanto, me temo que debemos confiar en el control tradicional del aumento demográfico. Probablemente morirá el número suficiente de recién nacidos. Eso ha sido la historia del hombre desde siempre.233

Esta postura que sacrifica a los seres humanos a la reproducción del sistema es radicalmente

230 HAYEK, Friedrich von, Los fundamentos de la libertad, (Madrid: Unión Editorial, 1998), cap. 7. 231 HAYEK, Friedrich von, Camino de servidumbre. ed. cit., p. 113.

232 HAYEK, Friedrich von. La fatal arrogancia, op. cit.

antihumanista, aunque se proclame como un individualismo.234

Hayek en la modernización chilena

El largo período dictatorial de diecisiete años, desde 1973 a 1990, se divide en dos fases. La primera se extiende desde 1973 a 1980, y presenta una combinación de estrategias represivas y de refundación institucional. En la segunda, que va desde 1980 a 1990, llamada de institucionalización, predomina el componente refundacional. En el primer período se pusieron las bases de la economía neoliberal mediante la completa libertad de precios, la privatización de casi todas las empresas públicas, la apertura unilateral del comercio, la eliminación de la legislación laboral precedente, etcétera. Paralelamente, se elaboró la Constitución de 1980 mediante una Comisión Constituyente, dirigida por el asesor jurídico de la Junta Militar, el abogado Jaime Guzmán, quien conocía el pensamiento constitucional de Hayek y realizó una compleja combinación de este con una interpretación conservadora de la Doctrina Social de la Iglesia Católica, con el decisionismo de Carl Schmitt, principal teórico político del nacionalsocialismo y con el militarismo.235

La Junta Militar había derogado de hecho la Constitución de 1925. Aunque el golpe militar se hizo en nombre de su defensa, en sí mismo era un acto de sedición, carente de validez jurídica, pues el sector golpista se arrogó la representación de la nación. Pocos años después, en 1976, la Junta, siguiendo la doctrina decisionista de Schmitt, se atribuyó poder constituyente y dictó las Actas Constitucionales. Desde sus inicios la dictadura empezó a elaborar un proyecto fundacional de un nuevo orden económico, social y político en el cual las concepciones de Hayek fueron una de sus principales fuentes.

La Constitución de 1980 está basada en una concepción instrumental de la democracia. Dice Hayek:

La democracia tiene una tarea: garantizar que los procesos políticos se conduzcan en forma sana. No es un fin. Es una regla de procedimiento que tiene por objetivo servir a la libertad. Esta última requiere de la democracia, pero sería preferible sacrificarla temporalmente, antes que prescindir de la libertad.236

Por su parte, Guzmán, haciendo suyas las ideas de Hayek, escribe: “la democracia es una forma de gobierno, y como tal solo un medio –y ni siquiera el único o el más adecuado en toda circunstancia para favorecer la libertad–”.237 Es solo un método político para institucionalizar y

consolidar el orden económico social existente; una forma vacía, como dice Popper. Niegan que sea

234 Ver BENÍTEZ, Gustavo, El antihumanismo neoliberal. El individuo como totalidad (Lima: Arteidea Editores,

2000).

235 CRISTI, Renato, El pensamiento político de Jaime Guzmán, Autoridad y libertad (Santiago: Lom, 2000).

236 HAYEK, Friedrich von, “Entrevista”, El Mercurio, 19/4/1981. Reproducida en SANTA CRUZ, Lucía,

Conversaciones con la libertad (Santiago: El Mercurio y Aguilar, 2000), pp. 50-51.

un fin en sí misma y una forma de vida que pudiera ampliarse a las instituciones principales de la sociedad, como lo proponen los liberales Harold Laski, Dewey y Robert Dhal.238

La Constitución de 1980 busca substraer la voluntad política de los ciudadanos a las instituciones fundamentales de la sociedad. Para ello rechaza radicalmente el principio de la soberanía popular y lo sustituye por el de la “soberanía nacional”, el cual tuvo desde su origen en Locke y la Revolución Francesa, un carácter elitista. La ciudadanía activa y el derecho a voto deben quedar reservados a la minoría propietaria.239 En esta Constitución, el poder delegado de los

representantes políticos –propio de una democracia representativa– está limitado por el poder suprapolítico de las principales organizaciones burocráticas del Estado: la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional. Este último puede vetar una ley si la considera anticonstitucional.240 En su

versión original, que rigió hasta el 2005, fue una democracia tutelada por las Fuerzas Armadas. Esta concepción corresponde a la idea de Hayek que adopta la postura de Joseph A. Schumpeter de que la democracia es solo un medio. Por ello, se debe minimizar el poder de “las masas”,241 pues las mayorías son incapaces políticamente, porque están formadas por seres

inferiores. Para Hayek, como se expuso, esta inferioridad es atávica, una herencia genética que se manifiesta en que las masas actúan movidas por impulsos tribales: solidaridad, respeto a la vida, justicia distributiva. Las élites, en cambio, poseen plena capacidad adaptativa a las relaciones mercantiles abstractas propias de la sociedad extendida, y por ello deben gobernar la sociedad.242

La impronta de la ética hayekiana en el texto constitucional se manifiesta en su formulación de los derechos humanos como derechos mínimos. Dicha concepción niega la existencia de los derechos económicos y sociales, los cuales solo están enunciados “programáticamente” y carecen de recursos legales efectivos para exigir al Estado su cumplimiento. Ellos son: el derecho a la vida, a vivir en un ambiente libre de contaminación, a la protección de la salud, a la educación, a la seguridad social y de reunión. Los derechos fundamentales para Hayek y esta Constitución son el derecho de propiedad y el de realizar actividades económicas. Estos cuentan con toda clase de resguardos y recursos, y por ello ocupan cuatro páginas del texto.243 Esto coincide con su doctrina

que sostiene que las principales normas morales son las condiciones de funcionamiento del

238 HAYEK, Friedrich von, Los fundamentos de la libertad, ed. cit., cap. 7. La posición opuesta dentro del espacio

liberal es la de los liberales del autodesarrollo y participativos aquí mencionados.

239 En la referida Comisión se discutió seriamente la posibilidad de restaurar el voto censitario que había sido abolido

en Chile en 1888. Sin embargo, por razones prácticas, se prefirió instaurar los mecanismos constitucionales mencionados.

240 Después de la reforma de 2005, se eliminó el Consejo de Seguridad Nacional, que tenía carácter resolutivo y

sometía al Presidente y a los parlamentarios a los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas.

241 SCHUMPETER, Joseph A., Capitalismo, socialismo y democracia, Tomo primero (Buenos Aires: Orbis, 1968). 242 HAYEK, Friedrich von, Nuevos estudios de filosofía, política, economía e historia de las ideas (Madrid: Unión

Editorial, 2007).

mercado.

La concepción del Estado en dicha Constitución corresponde a las concepciones de Hayek. Por una parte, se trata de un Estado mínimo, y por otra, su función principal en esta Constitución es favorecer la actividad desregulada del mercado. En consecuencia, esta representa un caso límite de constitución extendida, puesto que a su texto se deben agregar las 24 “leyes de quórum calificado” que comprenden las principales instituciones: fuerzas armadas, sistema electoral, educación, previsión, minería, autorización al Estado para realizar actividades empresariales, etcétera. Su modificación y derogación exigen la aprobación de “la mayoría absoluta de los diputados y senadores en ejercicio” y no pueden ser objeto de delegación de facultades legislativas. De este modo, se establece un quórum de casi unanimidad, que solo puede alcanzarse con el acuerdo de los sectores conservadores, a los cuales otorga un poder de veto de cualquier iniciativa destinada a cambiar las bases del sistema institucional. La Constitución de 1980 es tal vez la única en el mundo que fue hecha para instaurar y conceder estatus constitucional a un sistema neoliberal.

El rechazo radical del principio de mayoría de la teoría política de Hayek se expresa, asimismo, en la ley electoral promulgada por la dictadura que instauró un sistema electoral único en el mundo. Según este, en cada distrito electoral se eligen dos parlamentarios. Si la minoría obtuviera un tercio más uno de los votos válidamente elegidos, elige un representante y la mayoría, el otro. Solo si la votación de la mayoría excediera los dos tercios de los votos elegiría los dos. Este anómalo sistema implica una sobrerrepresentación de los partidos conservadores y obliga a la mayoría a cogobernar con la minoría. El objetivo político de Guzmán y de la Constitución fue el de establecer una democracia elitista, controlada y tutelada por la élite de poder y defensora de la libertad, especialmente la económica, tal como la definió Pinochet durante la década de 1979. En ella, la concepción neoliberal del Estado, el derecho y la propiedad se unen con una concepción militantemente conservadora, descripta por Pinochet como “nuestra concepción humanista, impregnada de sentido nacional y cristiano”.244

La presencia del conservadurismo neoliberal de Hayek, que busca instaurar de modo definitivo las instituciones políticas adecuadas a la sociedad de mercado, se manifiesta en el carácter extremadamente rígido de este texto constitucional. Su modificación no es posible sin un acuerdo con los sectores conservadores, pues “el proyecto de reforma necesitará, para ser aprobado en cada cámara, el voto conforme de las tres quintas partes de los diputados y senadores en ejercicio”.245

La influencia de Hayek en la modernización chilena se potenció con sus visitas a Chile, en

244 PINOCHET, Augusto, Visión futura de Chile (Santiago: Dinacos, 1979),p. 39.

1981 y en 1982, ocasión en que también visitó Argentina.246 Su venida fue precedida por la de

Friedman, quien también viajó a Chile en otras dos ocasiones: 1975 y 1981. Fue invitado por varios grupos económicos y por sus discípulos chilenos, que habían hecho postgrados en la Universidad de Chicago, los Chicago Boys, los cuales dirigieron la economía chilena durante toda la dictadura, hasta 1989. Pinochet, en 1975, le pidió a Friedman que diseñara lo que este llamó “la política de

shock”, con la cual se inició el proceso de modernización neoliberal. Medidas que lograron hacer

descender el alto nivel de inflación, pero con un gran costo social de cesantías y empobrecimiento

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