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5.3 Test Plan

6.1.1 Apache Webserver Performance

El trabajo de revisión se realizará con los productos cartográficos disponibles, a fin de garantizar que cada localidad y cada ciudadano tenga una asignación de casilla (Básica o Extraordinaria) de acuerdo con las propuestas planteadas por el Organismo Electoral Local, y así poder realizar la división de la Lista Nominal de Electores con Fotografía. Para este trabajo de análisis, se considera necesario contar con técnicos de actualización cartográfica, contratados por un periodo de 1.5 meses; la plantilla estará determinada por un técnico de actualización cartográfica por cada 20 secciones electorales con propuesta de Casilla Extraordinaria. Para esta plantilla, se asigna un paquete básico de material de oficina con costo de $62.70 y un paquete de limpieza de $54.11 por cada mes de contratación.

Cuando el Organismo Electoral Local solicite oportunamente la verificación en campo de las localidades que integraron las casillas extraordinarias, éste deberá proporcionar los recursos humanos y financieros para el desarrollo de esta actividad, cuyo cálculo de recursos dependerá de la ubicación de las secciones por verificar, tomando en cuenta los costos de servicios personales y de gastos de campo asignados en las actividades de actualización cartográfica.

Base Cartográfica

Debido a que actualmente el R.F.E. cuenta con cartografía federal digitalizada, se realizará la entrega de dos discos compactos; uno con la base geográfica digital en formato smartstore para Geomedia Viewer y otro con el software Geomedia Viewer. Ésto, con el propósito de que el Organismo Electoral Local realice la visualización cartográfica del Estado respectivo. Por lo anterior, se solicitarán 2 discos compactos a manera de reposición. La base geográfica digital se entregará con distrital local, siempre y cuando así los solicite el Organismo Electoral Local y proporcione el catálogo de secciones con demarcación distrital local.

3.4.3.2. Integración y publicación de casillas bajo plataformas tecnológicas en ambiente web.

En apoyo a las entidades con Proceso Electoral Local, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores a través de la Dirección de Cartografía Electoral, realiza la publicación de la ubicación de casillas electorales, la cual consiste en la difusión a través de un sistema informático en ambiente web, donde los ciudadanos pueden consultar la ubicación de la casilla en la cual podrán acudir a ejercer su derecho al voto en la jornada electoral local.

Para llevar a cabo esta publicación, será necesario el intercambio de información sobre la ubicación de las casillas, entre el Organismo Electoral Local y el Registro Federal de Electores, este intercambio se realizará de acuerdo con los tiempos y formatos que definirán ambas partes. La publicación de la ubicación de casillas en el sistema se realizará preferentemente 15 días antes de la jornada electoral o conforme lo especifiquen ambas partes atendiendo los periodos de publicación definitiva de la ubicación de casillas establecidos en los códigos o leyes electorales locales.

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES

Documento Normativo para Entidades con Proceso Electoral Local 50

El Registro Federal de Electores, será el responsable del desarrollo de las herramientas informáticas para la administración y la consulta de la ubicación de las casillas, así como de la incorporación de la información inicial al sistema, que consistirá en la información general de la casilla electoral (domicilio, ubicación y referencia), así como la ubicación geográfica determinada con respecto al último proceso electoral. Por otra parte, la actualización y validación de la información y ubicación de las casillas para el proceso electoral local, será responsabilidad del Organismo Electoral Local.

Para el trabajo de actualización y validación de la información y ubicación de las casillas, se requiere de la capacitación de personal del Organismo Electoral Local. En caso de realizarse ésta en las instalaciones y equipos del propio del Órgano Local, los gastos de transportación, alojamiento y viáticos de una figura del Registro Federal de Electores, por dos días, correrán a cuenta del Órgano Local; en caso de realizarse la capacitación en las instalaciones y equipos del Registro Federal de Electores en la Ciudad de México, sólo se requerirá de un disco compacto para la entrega de manuales de usuario e información general a manera de reposición.

Asimismo, la instalación de las casillas puede cambiar de un proceso electoral al otro por diversos factores, se estima que al menos un 10% de las casillas cambia de ubicación entre cada proceso, de este universo un 80% puede ser resuelto en gabinete, mientras que el 20% restante puede requerir su verificación en campo. En caso de considerarse esta verificación, se deberá llevar a cabo por personal y recursos económicos del Órgano Electoral Local.

Las cuotas que pudieran implicar el desarrollo de la aplicación por el consumo de recursos en los servidores de alojamiento (almacenamiento, ancho de banda, etc.) y/o software para el desarrollo de la aplicación, correrán por cuenta del Organismo Electoral Local, salvo en aquellos casos, donde por convenio del Registro Federal de Electores no se requiera pago alguno.

3.4.3.3. Generación de Productos Cartográficos con Distritación Electoral Local.

En caso de que el Organismo Electoral Local solicite productos cartográficos (únicamente Plano Urbano Seccional –PUS- y Carta Electoral Municipal -CEM-), con Distritación Electoral Local, se requiere contratar técnicos de actualización cartográfica cuyo volumen y tiempo estará determinado por el universo de archivos digitales de los productos cartográficos a generar e imprimir en cada Entidad de acuerdo con el siguiente cuadro:

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Documento Normativo para Entidades con Proceso Electoral Local 51

Técnicos de Actualización Cartográfica para la elaboración de archivos de impresión PUS y CEM

CVE NOMBRE PUS CEM

01 Aguascalientes 54 13 1

02 Baja California Sur 201 80 4

03 Baja California 59 109 2 04 Campeche 60 103 2 05 Coahuila 229 158 5 06 Colima 87 52 2 07 Chiapas 429 425 9 08 Chihuahua 304 191 6 09 Distrito Federal 220 27 3 10 Durango 133 119 3 11 Guanajuato 344 119 6 12 Guerrero 298 135 5 13 Hidalgo 273 104 5 14 Jalisco 408 226 7 15 México 749 132 11 16 Michoacán 429 196 7 17 Morelos 213 48 4 18 Nayarit 107 29 2 19 Nuevo León 252 132 5 20 Oaxaca 813 582 16 21 Puebla 658 279 11 22 Querétaro 141 57 3 23 Quintana Roo 97 177 3

24 San Luis Potosí 179 129 4

25 Sinaloa 361 106 6 26 Sonora 247 252 6 27 Tabasco 214 60 4 28 Tamaulipas 357 189 7 29 Tlaxcala 325 61 5 30 Veracruz 784 332 13 31 Yucatán 266 121 5 32 Zacatecas 246 111 4

ENTIDAD No. de ARCHIVOS

QUINCENAS REQUERIDAS El número de figuras a contratar estará determinado por el tiempo requerido (no. de quincenas) por el Organismo Electoral Local para la elaboración de los productos cartográficos

Ejemplo:

Veracruz requiere elaborar PUS y CEM en 60 días naturales (equivale a 4 quincenas)

13 / 4 = 3.3

De acuerdo al resultado, se debe contratar a 4 figuras para realizar la actividad en el plazo señalado

Por cada técnico de actualización cartográfica se asigna un paquete básico de material de oficina con un costo de $62.70 y un paquete de limpieza de $54.11 por cada mes de contratación.

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Documento Normativo para Entidades con Proceso Electoral Local 52

Para la impresión del Plano Urbano Seccional (PUS) y la Carta Electoral Municipal (CEM) se requiere contar con insumos por Entidad de acuerdo con el equipo de impresión disponible y el volumen de archivos digitales de productos cartográficos generados, de acuerdo con el siguiente cuadro:

Consumibles para la impresión de un juego de PUS y CEM

CVE NOMBRE PUS CEM SUMA

01 Aguascalientes HPZ6100PS 54 13 67 2 1 1

02 Baja California HP5500PS 201 80 281 6 1 1

03 Baja California Sur HPZ6100PS 59 109 168 4 1 1

04 Campeche HPZ6100PS 60 103 163 3 1 1 05 Coahuila HP5500PS 229 158 387 8 1 1 06 Colima HPZ6100PS 87 52 139 3 1 1 07 Chiapas OCÉ TDS 400 429 425 854 16 1 1 08 Chihuahua HP5500PS 304 191 495 10 1 1 09 Distrito Federal HP5500PS 220 27 247 5 1 1 10 Durango HPZ6100PS 133 119 252 5 1 1 11 Guanajuato HP5500PS 344 119 463 9 1 1 12 Guerrero HP5500PS 298 135 433 8 1 1 13 Hidalgo HP5500PS 273 104 377 7 1 1 14 Jalisco OCÉ TDS 400 408 226 634 12 1 1 15 México OCÉ TDS 400 749 132 881 17 1 1 16 Michoacán HP5500PS 429 196 625 12 1 1 17 Morelos HPZ6100PS 213 48 261 5 1 1 18 Nayarit HPZ6100PS 107 29 136 3 1 1

19 Nuevo León OCÉ TDS 400 252 132 384 8 1 1

20 Oaxaca OCÉ TDS 400 813 582 1,395 26 1 1

21 Puebla HP5500PS 658 279 937 18 1 1

22 Querétaro HPZ6100PS 141 57 198 4 1 1

23 Quintana Roo HPZ6100PS 97 177 274 6 1 1

24 San Luis Potosí OCÉ TDS 400 179 129 308 6 1 1

25 Sinaloa HP5500PS 361 106 467 9 1 1 26 Sonora HP5500PS 247 252 499 10 1 1 27 Tabasco HPZ6100PS 214 60 274 6 1 1 28 Tamaulipas HP5500PS 357 189 546 11 1 1 29 Tlaxcala HPZ6100PS 325 61 386 8 1 1 30 Veracruz OCÉ TDS 400 784 332 1,116 21 1 1 31 Yucatán HP5500PS 266 121 387 8 1 1 32 Zacatecas HP5500PS 246 111 357 7 1 1 Totales 9,537 4,854 14,391 283 32 32

ENTIDAD TOTAL DE PRODUCTOS

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