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Es necesario considerar que la violencia en todos sus ámbitos ha sido generada durante un largo periodo de la existencia de la sociedad, teniendo un enfoque internacional ley nacional, por lo que es indispensable que el Estado Ecuatoriano genere estrategias, mecanismos bajo la esencial de los distintos cuerpos normativos la erradicación de la violencia.

En el caso del Ecuador la violencia ha sido enfocada en su gran mayor en la violencia contra la mujer y miembros del núcleo familiar, por lo que el Estado debe cumplir con las responsabilidades necesarias para garantizar los verdaderos derechos de todos quienes están sujetos de violencia, es así que las Naciones Unidades bajo estas concepciones argumenta y comparte con todos los países la idea de persistir en una las diferentes culturas machistas que aun en el pleno siglo XXI siguen existiendo.

Así mismo la Comisión Interamericana de Derechos Humanos se ha referido al carácter de erradicar la violencia, en lo que considera que todos los Estados deben organizar, prevenir, investigar, sancionar y reparar este grave problema de violación de los derechos humanos, puesto que en el Ecuador aún no se entiende la importancia de que todo tipo de violencia especialmente en contra de los miembros de la familia debe ser juzgado y sancionado de una manera más flexible, sin esperar un procedimiento común para todos los delitos, ya que su caracterización es diferente, como es el caso de los delitos de violencia física, conocidos por la fiscalía; la Convención Americana sobre los Derechos Humanos consagra el derecho a la protección y a las garantías judiciales en sus artículos 8.1 y 25 como pilares básicos del Estado de Derecho.

De acuerdo con el enfoque jurídico, que se pretende realizar es importante que exista una sanción más flexible para el contraventor buscando así la rehabilitación, el derecho a su integridad física, psicológica y moral, es necesario buscar respuestas que puedan reintegrar a la persona violenta a un mundo distinto y cero violencias.

El Ecuador debe cambiar su manera de establecer las sanciones y que no sea manejada de una forma equivocada sin una interpretación o análisis previo de lo que es el entorno familiar antes del cometimiento de la contravención, los administradores de justica, se entiende que los jueces son las personas más idóneas para estar en esos lugares para administrar justicia y lo deben hacer en función de lo que manda nuestra Constitución

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garantizar aquella persona procesada que sus derechos no sean vulnerados y que de cierta manera se busque en sanar o rehabilitar su conducta.

Una de las formas de solucionar el problema de violencia intrafamiliar es la educación en cada uno de los hogares, pero el mismo tiempo también para solucionar el problema en lo que se refiere a la sanción en dicha contravención es que se opten por otras manera de sancionar la conducta del procesado de una manera más flexible y que las únicas formas en la que verdaderamente exista justicia es en un país en el que se permita que los administradores de justicia puedan realizar su trabajo sin ninguna presión o influencia, sino solo cumpliendo con lo que determina nuestra Constitución.

El Principio anunciado en este documento jurídico es el Principio de Proporcionalidad en la Constitución del Ecuador Art 76 “En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas: 6. La ley establecerá la debida proporcionalidad entre las infracciones y las sanciones penales, administrativas o de otra naturaleza”

Es obligación del Estado establecer dentro de sus planes de gobierno, la educación más integra a la población, destinando más presupuesto para aquellos institutos de formación profesional u ocupacional y centrándose en una sociedad libre de violencia ya sea dentro o fuera del hogar.

Es necesario propiciar medidas sociales, antes que penales, como la educación, empleo, estabilidad económica, disminución de la desigualdad, asistencia en salud, reinserción social y garantías de los derechos fundamentales.

El Estado debe establecer verdaderos planes de reinserción para aquellas personas que están cumpliendo una pena privativa de libertad, para garantizar que en efecto esas personas al salir nuevamente a la sociedad que no vuelvan a delinquir con eso el Estado ahorraría muchos más recursos y garantizara un país más seguro en el que aquellas personas que alguna vez cometieron un error no vuelvan a caer en lo mismo y para las que aún no han sido juzgadas pero ya han cometido dicha contravención se les aplique una sanción más favorable y flexible a fin de que no se dañe mas la conducta del procesado.

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Establecer más centros educativos técnicos en donde enseñen una ocupación u oficio en el que te enseñe a desenvolverte en el campo laboral para aquellos que no han podido acceder a una universidad. Esta es una oportunidad para aquellas personas que no pueden continuar sus estudios universitarios por diversos factores y que por la falta de oportunidades caen en la delincuencia.

Establecer más medidas sociales antes que penales frente a la contravención contra la mujer y miembros del núcleo familiar como solución a muchos de los delitos que no es necesario una pena privativa de libertad sino un tratamiento diferente como trabajo comunitario u alguna otra medida con el cual se pueda en gran parte disminuir el hacinamiento existente en las cárceles del Ecuador.

Estos son los verdaderos medios para atacar las desviaciones estructurales, tumbar el discurso del miedo, entretejer una sociedad más justa y equilibrada y que construya políticas de seguridad verdaderas.

3.3. Conclusiones del Capitulo

• En este capítulo se llevó a efecto a realizar la validación del proyecto, ya que se pudo apreciar la existencia del problema, y por lo tanto tiene validez, porque efectivamente el problema, vulnera y afecta directamente al procesado al momento de sancionarlo.

• Se puede concluir también de cierta manera que con la caracterización del problema se ha llegado a evidenciar el problema que no importa el tiempo de incapacidad de la víctima y por lo tanto debe buscarse una manera más flexible de sancionar.

• La realización del diseño de la propuesta tomo en cuenta los resultados que se obtuvo durante las encuestas, estableciendo prioridades que ayudaron a realizar actividades destinadas a la promoción de la salud integral y a la prevención de la violencia intrafamiliar dando de cierta manera que para poder sancionar al procesado es necesario buscar maneras más livianas o flexibles de sancionar al mismo así permitiendo que no se altere o dañe mas la conducta del mismo

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CONCLUSIONES GENERALES

Al finalizar el trabajo investigativo realizo las siguientes conclusiones, entre las que sobresalen:

• La violencia intrafamiliar se viene suscitando con mucha frecuencia en nuestra sociedad por la falta de valores que deben ser impartidos desde un principio dentro del ámbito del hogar

• La violencia intrafamiliar constituye uno de los principales obstáculos para la participación de las familias o específicamente de las mujeres en todas las esferas del desarrollo y para el disfrute pleno de sus derechos.

• Los jueces y juezas de la Unidad de violencia contra la Mujer y la familia deben contribuir para poder garantizar la aplicabilidad de una sanción más flexible, tomando siempre en cuanta que dentro del entorno familiar existen otros puntos de debate los cuales deberían ser analizados antes de imponer una sanción.

• Las sanciones para la contravención contra la mujer y miembros del núcleo familiar demuestra de cierta manera que es muy drástica al sancionar con una privación de libertad al procesado, por ende es necesario que se cambie a una sanción me nos rigurosa como podría ser Prohibición de aproximación o comunicación directa con la víctima, servicio comunitario o un tratamiento médico.

• Las personas más vulnerables dentro de la violencia intrafamiliar son los niños, niñas, adolescentes, las mujeres, los ancianos, los discapacitados, no obstante también los hombres pueden ser víctimas.

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RECOMENDACIONES

• Prevenir toda clase de violencia asumiendo una formación que empiece en el hogar, basada en el respeto propio y a los demás, rompiendo prototipos de violencia y superioridad que no tienen cabida en la actualidad, pues todas las personas merecemos respeto y tenemos derecho a una vida libre de violencia tanto en espacios públicos como privados.

• El Estado ecuatoriano con sus políticas públicas debe brindar a las familias con este problema, una atención donde se realicen terapias, pero en conjunto con toda la familia, donde se les explique que la violencia no conlleva a nada bueno, que más bien que si se sigue con este problema habitualmente conllevaría a que se convierta en delito, y que para sus hijos esto sería algo normal en lo que ellos continuarían produciendo este maltrato a futuro cuando ya formen su hogar.

• Al ser la violencia intrafamiliar un hecho de tipo cultural y social; el Estado debe fomentar su erradicación mediante actividades educativas que desde la Educación Inicial permita comprender la igualdad existente entre hombres y Mujeres.

• La familia debe mantenerse unidad, por lo que es necesario implementar departamentos de asistencia adecuada y profesional a los hogares en donde se generen hechos conflictivos de violencia que traten dichos problemas previos a emitirse una sanción.

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ANEXOS

ENCUESTA A ABOGADOS

Encuesta del Proyecto de Investigación previo a obtener el Título de abogado de los tribunales de la república.

INSTRUCCIONES GENERALES

- Lea con atención y responda señalando con una “X” dentro de los paréntesis correspondientes.

CUESTIONARIO

PREGUNTA No. 1.- ¿Conoce usted en que consiste la Contravención contra la Mujer y Miembros del núcleo Familiar?

Si ( ) No ( )

PREGUNTA No. 2.- ¿Conoce usted la pena establecida para la Contravención contra la mujer y miembros del núcleo Familiar?

Si ( ) No ( )

PREGUNTA No. 3.- ¿Considera usted que la pena impuesta para las contravenciones contra la mujer y miembros del núcleo familiar es muy Severa?

Si ( ) No ( )

PREGUNTA No. 4.- ¿Considera usted que en Contravenciones contra la mujer y miembros del núcleo familiar es una buena opción establecer una pena no privativa de libertad?

Si ( ) No ( )

PREGUNTA No. 5.- ¿Usted considera que el Juez debería hacer un análisis previo del entorno Familiar del procesado y de la víctima para dictaminar una pena?

Si ( ) No ( )

PREGUNTA No. 6.- ¿Considera usted es adecuado el tratamiento penal en contravenciones contra la mujer y miembros del núcleo Familiar?

Si ( ) No ( )

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