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manifestaciones a que se refieren los puntos II y III).

VII.- Para efectos de la evaluación de las proposiciones, se identificaran las propuestas solventes que resulten con precio mas bajo de cada uno de los Grupos citados en el punto VI, denominándolas, respectivamente como G1, G2 y G3.

VIII.- Primeramente se comparará la proposición G1 con la G2, para después proceder conforme a lo siguiente:

a) Si la proposición con precio solvente mas bajo es la G1, se determinara el precio comparativo del bien nacional de dicha proposición, de acuerdo con la siguiente formula:

PCBN = 0.90 (PBN) En donde:

PCBN = Precio comparativo del bien nacional PBN = Precio mas bajo del bien nacional ofertado

El precio comparativo del bien nacional se comparará con la proposición G3, a efecto de determinar la proposición ganadora.

b) Si la proposición con el precio mas bajo es la G2, esta se compararádirectamente con la proposición G3, a efecto de determinar la proposición ganadora y no se aplicará el margen de preferencia.

IX.- En el contrato correspondiente a la proposición ganadora se incluirá el precio propuesto por el licitante sin considerar el margen de preferencia.

X.- En caso de que se determine por las autoridades competentes, que el licitante que presente su escrito, no haya cumplido con lo establecido en los puntos contenidos en este apartado así como con el “Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación del margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto del precio de los bienes de importación, en los procedimientos de contratación de carácter internacional que realizan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, publicado el 12 de julio de 2004, la

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Dirección General de Industrias de la Secretaría de Economía notificará lo anterior a la Secretaría de la Función Pública para los efectos del articulo 60 de la Ley.

4.4.3.

Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.

Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más proposiciones, de conformidad con el artículo 36 Bis de la Ley y 54 del Reglamento, la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna de material transparente, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador, y posteriormente los demás boletos empatados con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones, en presencia de los licitantes que asistieren así como del representante del Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUÍMICA.

5.

Criterios de adjudicación.

Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará a:

I. Aquél cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación de aspectos técnicos, legales y económicos establecidos en esta licitación, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

Si resultare que dos o más proposiciones son solventes, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo.

Il. La adjudicación del Contrato será por: Requisición Total

5.1

Abastecimiento simultáneo. (NO APLICA).

Se considerarán (indicar número) fuentes del suministro y un diferencial no mayor del 5% en el precio unitario respecto de la propuesta solvente más baja y la asignación será como sigue:

Se considerarán __ fuentes de suministro. FUENTES Al 1er. lugar se asignará el (50 o superior) % 1o.

Al 2do. lugar se asignará el __% 2o. Al 3er. lugar se asignará el __% 3o. Al 4to. lugar se asignará el __% 4o. Al 5to. lugar se asignará el __% 5o.

6.

Casos en que se declarará desierta la licitación.

La Convocante podrá declarar desierta la licitación en los casos previstos por el primer párrafo del artículo 38 de la Ley y 58 del Reglamento.

En los procedimientos que sean declarados como desiertos las propuestas que se hayan recibido serán archivadas por la Convocante por un período de tres (3) años.

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La Convocante podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, conforme a los supuestos previstos en el penúltimo y último párrafo del artículo 38 de la Ley.

8.

Causas de desechamiento de proposiciones.

Se desecharán las propuestas de los licitantes cuando incurran en una o algunas de las situaciones, que se enlistan de manera enunciativa, más no limitativa en el Documento 20 y que afecte la solvencia de la propuesta.

9.

Fallo.

El fallo de la licitación se dará a conocer conforme a lo previsto por los artículos 29 fracción III, 37 y 37 bis de la Ley, será el día ___ de ____ del 2010 a las ___:00 hrs., en Sala de Juntas de Adquisiciones y Servicios localizada en el Edificio Administrativo, del Complejo Petroquímico Cangrejera sito en km. 10 de la Carretera Coatzacoalcos- Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver, fecha que podrá diferirse conforme a lo indicado en la fracción III del artículo 35 de la Ley.

En el caso de que los licitantes no proporcionen la dirección de correo electrónico a que se refiere la fracción VII del artículo 29 de la Ley, la convocante quedará eximida de la obligación de realizar el aviso a que hacen referencia los párrafos cuarto y quinto del artículo 37 de la Ley. (Art. 58 último párrafo del Reglamento).

Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en la fecha y términos señalados en el fallo o bien en la convocatoria a la licitación pública.

10. Inconformidades

.

Podrá interponerse inconformidad ante la Secretaría de la Función Pública por actos del procedimiento de contratación que contravengan las disposiciones que rigen la materia objeto de la Ley, cuando dichos actos se relacionen con: I. La convocatoria a la licitación y la junta de aclaraciones, siempre que el interesado haya manifestado su interés

por participar en el procedimiento según lo establecido en el artículo 33 Bis de esta Ley, dentro de los seis días hábiles siguientes a la celebración de la última junta de aclaraciones.

II. El acto de presentación y apertura de proposiciones y el fallo.

En este caso, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien hubiere presentado proposición, dentro de los seis días hábiles siguientes a la celebración de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo, o de que se le haya notificado al licitante en los casos en que no se celebre junta pública.

III. Los actos y omisiones por parte de la convocante que impidan la firma del contrato en los términos establecidos en la convocatoria o en la Ley.

En esta hipótesis, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien haya resultado adjudicado, dentro de los seis días hábiles posteriores a aquél en que hubiere vencido el plazo establecido en el fallo para la formalización del contrato o, en su defecto, el plazo legal.

IV. La cancelación de la licitación.

En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse por el licitante que hubiere presentado proposición, dentro de los seis días hábiles siguientes a su notificación

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En todos los casos en que se trate de licitantes que hayan presentado proposición conjunta, la inconformidad sólo será procedente si se promueve conjuntamente por todos los integrantes de la misma.

La Secretaría de la Función Pública desechará las inconformidades que se presenten en contra de actos o en momentos distintos a los establecidos en las fracciones anteriores; igualmente, desechará las inconformidades a que se refiere la fracción I de este punto, cuando de las constancias se desprenda que el inconforme no hubiere asistido a la junta de aclaraciones o cuando, habiendo asistido, no hubiere manifestado su objeción y los argumentos y razones jurídicas que la funden respecto de aquellos actos que presuntamente contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto de esta Ley.

Toda inconformidad será presentada, a elección del promovente, por escrito o a través de los medios remotos de comunicación electrónica que al efecto establezca la Secretaría de la Función Pública.

Transcurrido el plazo establecido en este numeral, se tendrá por precluido el derecho a inconformarse, sin perjuicio de que la Secretaría de la Función Pública pueda actuar en cualquier tiempo en términos de Ley.

Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUÍMICA ubicado en: Jacarandas No. 100, Col. Rancho Alegre I, Nivel C-1, a la atención del LIC. LUIS GUILLERMO PINEDA BERNAL, en días y horas hábiles o, en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el programa informático que les proporcione la Secretaría de la Función Pública en términos de lo dispuesto por el Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley así como de las Reglas Décima y Décima Primera del ACUERDO.

11. Compromisos con la Transparencia.

En el marco del Programa para la Transparencia y el Combate a la Corrupción emprendido por Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, se les exhorta a todos los licitantes y servidores públicos que intervienen en este procedimiento de contratación a actuar con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad y equidad, por lo que, los licitantes podrán presentar dentro o fuera de su proposición, dos tantos firmados autógrafamente del documento denominado “Compromisos con la Transparencia” conforme al Documento 16.

El servidor público de PEMEX PETROQUÍMICA responsable de presidir el acto de presentación y apertura de proposiciones, lo firmará y entregará un tanto firmado al licitante que lo haya presentado.

La falta de suscripción u omisión de entregar este Documento no será motivo de desechamiento de la proposición presentada.

Asimismo, en cumplimiento a los compromisos adquiridos por México como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), para conocimiento de los licitantes, como Documento 17 se acompaña la “Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal”, la cual también podrá ser consultada en la página electrónica:

http://www.pemex.com/files/transparencia/nota_inf_Bases_Licita.pdf

12. Firma del Contrato.

La firma del Contrato se hará a mas tardar el día ___ del mes de _________ del año 2010 y en defecto de tales previsiones, dentro de los quince días naturales siguientes al de la notificación del fallo, en: Atención a proveedores localizada en Edificio Administrativo, del Complejo Petroquímico Cangrejera, sito en km. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver,, y en el horario comprendido de las 08:00 a 14:00 horas.

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El licitante adjudicado, previo a la firma del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo de los documentos cuyos datos se citan en el Documento 03.

- Para los efectos del Artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del Código Fiscal de la Federación (CFF), cuando el monto exceda de $300,000.00 M. N. sin incluir el IVA, al momento de suscribir el contrato el licitante adjudicado deberá presentar y entregar lo siguiente:

-

a). Documento actualizado expedido por el SAT, (“Acuse de Respuesta”) en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, de conformidad con la Regla 1.2.1.15 (Procedimiento para contrataciones con la Federación y entidades federativas) de la Resolución de modificaciones a la Resolución Miselanea Fiscal para 2010, publicada en Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2010; o en su caso, Escrito bajo protesta de decir verdad que realizó ante el SAT la solicitud de opinión respecto al cumplimiento de sus obligaciones fiscales en los términos señalados en la Regla I.2.1.15 (Contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2010, en apego al modelo de manifestación que se presenta como Documento 12, anexando el “ACUSE DE RECEPCIÓN”, que compruebe que realizó la solicitud de opinión prevista en la citada Regla.

a) En el caso de licitantes residentes en el extranjero que resulten adjudicados y que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro o declaraciones periódicas en México, así como los contribuyentes que no estén obligados a presentar, total o parcialmente, la declaración anual del ISR, deberán realizar su solicitud de opinión al SAT ante la administración local de servicios al contribuyente que corresponda al domicilio de la convocante, en apego al modelo de manifestación que se presenta como Documento 13.

Para dar cumplimiento a lo antes citado, referente el artículo 32-D, se deberá considerar lo siguiente:

1. Realizar la consulta de opinión ante el SAT, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo o adjudicación correspondiente.

2. En la solicitud de opinión al SAT deberán incluir el correo electrónico siguiente:

[email protected]; [email protected], para que el SAT envíe el “acuse de

respuesta”, que emitirá en atención a su solicitud de opinión.

Si PEMEX PETROQUÍMICA, previo a la formalización del contrato, recibe del SAT el “acuse de respuesta” de la solicitud en el que se emita una opinión en sentido negativo del Proveedor que resulto adjudicado, PEMEX PETROQUÍMICA dará cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y remitirá a la Secretaría de la Función Pública la documentación de los hechos presumiblemente constitutivos de infracción por la falta de formalización del contrato, por causas imputables al adjudicado.

Deberá presentar original o copia certificada de la documentación solicitada en el inciso N) del punto 4, para su cotejo Cuando una proposición conjunta resulte adjudicada con un contrato, dicho instrumento deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la proposición, a quienes se considerará, para efectos del procedimiento y del contrato, como responsables solidarios o mancomunados, según se establezca en el propio contrato.

Lo anterior, sin perjuicio de que las personas que integran la proposición conjunta puedan constituirse en una nueva sociedad, para dar cumplimiento a las obligaciones previstas en el convenio de proposición conjunta, siempre y cuando se mantenga en la nueva sociedad las responsabilidades de dicho convenio.

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El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causas imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, perderá el derecho a formalizarlo y se hará acreedor a las sanciones señaladas por los artículos 59 y 60 de la Ley.

El licitante a quien se hubiere adjudicado el contrato no estará obligado a suministrar los bienes o prestar el servicio, si PEMEX PETROQUÍMICA, por causas imputables a la misma, no firmare el contrato, en este supuesto, PEMEX PETROQUIMICA, a solicitud escrita del licitante, cubrirá los gastos no recuperables en que hubiere incurrido para preparar y elaborar su proposición, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la licitación de que se trate, limitándose a los siguientes conceptos, conforme a lo establecido en el numeral 6.30.2 de las POBALINES:

- Pasajes y hospedaje debidamente comprobados, de una persona que haya asistido a la junta de aclaraciones, al acto de presentación y apertura de proposiciones y al fallo de la licitación. En pasajes clase turista en cualquier medio de transporte utilizado y en hospedaje hasta 15 salarios mínimos diarios vigentes en el Distrito federal, en caso de que el licitante no resida en el lugar en que se realice el procedimiento de contratación.

Los gastos no recuperables serán pagados dentro de un término que no exceda de 45 días naturales posteriores a la solicitud fundada y documentada del licitante..

13. Aspectos contractuales básicos.

Como Documento 18 se incluye el modelo de contrato que aplicará en este procedimiento, el licitante deberá considerar las condiciones ahí establecidas.

13.1 Contrato abierto. (NO APLICA)

13.1.1 Vigencia del Contrato.

La vigencia del contrato iniciará en la fecha de formalización del mismo y concluirá a los 210 días naturales más 20 días del plazo de pago.

13.1.2. Presupuesto del Contrato. (NO APLICA)

El presupuesto máximo que

PEMEX PETROQUÍMICA podrá ejercer es de $

(número) (letra) y el