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Para la integración de las mujeres en las Fuerzas Armadas se basaron en los artículos de la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, que insta a los Estados Miembros a que velen por elaumento en la representación de la mujer en todos los niveles de adopción de decisiones de las instituciones y mecanismos nacionales, regionales e internacionales para la prevención, la gestión y la solución de conflictos. Además, está la Resolución 1889 del mismo organismo, que insta a los Estados Miembros a que sigan adoptando medidas que mejoren la participación de la mujer en todas las etapas de los procesos de paz, en particular en la solución y planificación posterior de los conflictos y la consolidación de la paz, incluso procurando que participen más en la adopción de decisiones políticas y económicas (MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, 2013:5).

Las Fuerzas Armadas en el proceso de continuar incorporando medidas a favor del ingreso y participación de la mujer al interior de la Institución, ha partido su acepción más amplia del análisis de una serie de cuerpos jurídicos pertenecientes al año 2006, que más que la obligatoriedad del mandato para incorporarlas, tienen la legitimidad de la voz de los mandantes que exigen el reconocimiento a la igualdad de derechos para la mujer e integrando la visión de género desde los pilares que exigen esta implementación como la Constitución de la República del

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Ecuador, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas , la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y su Reglamento, el Reglamento de Educación de la Fuerza Terrestre, las Leyes y reglamentos de la materia, las políticas con relación al ingreso del personal femenino a las Fuerzas Armadas y los planes Operativos de Derechos Humanos del Ecuador 2003-3006 (DIRECTIVA No. 01-2006, 2006:8).

Al ser una Institución originalmente de hombres, las normas reglamentarias no habían señalado aspectos específicos vinculados con la permanencia de la mujer; hechos que podrían ser intrascendentes como es el caso del uniforme que se utiliza y la posibilidad de que estos cambien frente a una situación de maternidad y que no habían sido considerados al momento de emitir la norma; de igual manera garantizar la igualdad de oportunidades y derechos a las diferentes funciones; las regulaciones en torno a conducta inapropiada, acoso sexual, embarazo, amenazas, chantaje, entre otras, que no se habían incluido(MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, 2013:12).

La normativa no incluía los aspectos relacionados a pruebas físicas tanto como por parte del desempeño profesional o como requisito para continuar en los cursos de ascenso, entre los que debían plantearse el tema del embarazo y la necesidad que la mujer se encuentre en esa condición por el riesgo que implica la actividad física fuerte y la posibilidad de lastimar al niño o incluso de un aborto, buscar la forma de normar la situación sin que esto implique negar la posibilidad del reingreso a las Fuerzas Armadas(CHACÓN, 2008: 50).

Problemas disciplinarios con los superiores de una doble naturaleza con los superiores y subalternos, viviendo en ambos casos presiones por parte de la persona que ostenta mayor jerarquía pueden desear imponerse o en caso de menor grado no acatar las disposiciones impartidas. Se cree que la mujer no puede sancionar o evita una sanción logrando estimular su sentimiento maternal y filial para que no se ejecuten las sanciones (LYNAE SCHAKELL, 2009:71).

En cuanto al régimen interno advirtieron tras la inserción de la mujer que lo relacionado con el acatamiento de las “Guardias” o “semana”, actividades que

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exigen de un espacio físico con privacidad para poder cambiarse de uniforme y descansar, tenía una limitación porque sólo existía un espacio para compartir con los Oficiales varones. Además que un embarazo limita a la mujer a realizar estas actividades por un período limitado de tiempo, que debe ser tomado en cuenta para el Reglamento (RODRÍGUEZ & SÁNCHEZ, 2010:68).

La normativa de los pases también se vio debatida al ingreso de las mujeres porque la situación personal y familiar de una mujer militar al interior de un hogar, donde además desempeña el papel de madre y esposa, impacta de sobremanera al momento de trasladarse de una unidad a otra. Esta situación es más fácil si la oficial se encuentra con alguien de la misma fuerza, pero si está casada con un profesional civil se torna complejo. Muchas militares que no tienen el apoyo de su pareja para mudarse a otro lugar terminan yéndose con los niños, o dejándolos con los abuelos maternos creando a futuro familias disfuncionales (CHACÓN, 2008: 53). El acoso sexual tampoco fue previsto debido a que puede haber lenguaje verbal explícito o con doble intencionalidad colocando a la mujer en una situación incómoda. Como también se puede dar situaciones que suscitaron y mantuvieron una connotación sentimental que fueron inducidos por las mismas mujeres militares, buscando acercamientos más que amistosos rompiendo los límites de la normativa militar vigente (CHACÓN, 2008: 54).

Los problemas afectivos que dada la estructura jerárquica que implica la Institución la relación entre oficiales y personal de Tropa no se encuentra reglamentada. La norma vigente mantiene la necesidad de restringir ese tipo de relaciones personales, los cuales sin embargo, se dan y terminan en casamiento o uniones de hecho o en el peor de los casos involucran rompimiento de familias ya establecidas. Este es un punto que debe ser normado y discutido tomando en cuenta la naturaleza humana, pero también las reglas militares (CHACÓN, 2008: 54).

Partiendo de la idea que la mujer militar se ha ido adecuando a un conjunto de regulaciones administrativas y disciplinarias y que la Institución al mismo tiempo se ha ido instruyendo a los cambios que deben seguirse realizando para poder

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obtener un proceso exitoso y con la menor cantidad de barreras posibles, se está incorporando la mujer cada vez en mayores cantidades a sus filas;se está viviendo un proceso de construcción interna en relación a su presencia y permanencia al interior de las Fuerzas Armadas, puesto que sus particulares han demandado un replanteamiento en todos los ámbitos institutivos (LYNAE SCHAKELL, 2009:83).

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