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COPEL-Asociación de Familiares, se incluye una encuesta que podría corresponder a la que el diario publicaba.

ya se encontraba depositada. Entre ellos ocupaban un lugar privilegiado los edificios, cuya renovación ya era urgente antes de la ola de motines. Mientras se reparaban los desperfectos gracias a un nuevo crédito extraordinario de casi 250 millones de pesetas y se buscaba ubicación para trasladar la Modelo, avanzaban a buen ritmo las obras de las nuevas prisiones de Murcia, Alicante y El Puerto de Santa María, pero fue la cárcel de máxima seguridad de He- rrera de la Mancha la que mereció más comentarios. La construcción de esta prisión se había planificado a finales de 1976, siendo director general José Moreno, aunque podría haber sido una idea del ministro del Interior Rodolfo Martín Villa, a raíz de una visita oficial a la República Federal de Alemania.31

De lo que no hay duda es de la influencia de las control units anglosajonas, los quartiers d’ haute sécurité franceses o la prisión alemana de Sttutgart- Stammheim sobre la primera prisión de máxima seguridad de este estilo que se construía en nuestro país.32 En julio de 1978, cuando García Valdés visitó

las obras aún por finalizar, su nombre empezó a asociarse a negros augurios. La prisión se destinaría, cuando entrase en funcionamiento, antes de final de año, a 240 presos de especial peligrosidad que contarían con todos los servicios, pero también con todos los impedimentos para provocar incidentes y fugas. García Valdés manifestó que «la reforma penitenciaria no es Herrera de la Mancha, pero pasa por un centro como éste, de máxima seguridad». Y añadió que aún se preveía la construcción de otro centro similar para llegar a cubrir entre el 5 y el 7% de la población penal, el mismo porcentaje que promovía los conflictos.33

Pese a lo dicho, seis meses en aquellas circunstancias podían representar una eternidad, así que, antes de finalizar el mes de julio, el director general dictaba una nueva orden destinada a desactivar de manera definitiva el movi- miento de presos. La circular del día 24 regulaba la normativa del régimen interior «en orden a poner al alcance de las Juntas de Régimen de los Estable- cimientos todos los medios legales posibles para evitar la transmisión epistolar

31 Revuelta, M.: op. cit., p. 129. Entrevista a Manolo Revuelta, 21 de agosto de 2008. 32 Serrano-Piedecasas, J. R.: Emergencia y crisis del Estado social. Análisis de la excepcionalidad penal y motivos de su perpetuación, Barcelona, Promociones y Publicaciones Universitarias, 1988.

33 El País, 15 de julio de 1978.

de consignas de prisión a prisión, libre correspondencia desde los Centros de cartas y misivas firmadas por meras siglas, generosas comunicaciones orales con personas extrañas al circulo legal o familiar y excesos injustificables en la interpretación de las normas que rigen la cogestión, cuanto a la excesiva liber- tad regimental de que disfrutan, no sólo los internos más peligrosos, sino la población reclusa en su totalidad».34 En lenguaje llano, lo que la orden esta-

blecía, en primer lugar y para los más refractarios a la disciplina carcelaria, era un régimen de aislamiento —de «vida mixta», en argot penitenciario— ca- racterizado por la restricción al máximo de movimientos y actividades, la li- mitación de las comunicaciones con familiares, prohibición de visitas vis a vis, supresión de los permisos de salida y censura de la correspondencia. Perma- nencia —que no sanción, pues no era necesario el dictamen de la Junta de Régimen para ser adscrito a esta categoría— a cumplir en departamentos es- peciales —incluso de fuera de la prisión habitual—, en caso de no poder lle- varse a cabo en las celdas ordinarias. Para la población reclusa en general es- tablecía la prohibición y censura de las cartas enviadas de prisión a prisión, así como toda la que estuviese firmada por siglas, y la revisión a fondo de los paquetes que los presos recibían. Por último, acababa vaciando de contenido real el «régimen de cogestión» que él mismo autorizó tres meses atrás, y deja- ba al director de cada centro la última palabra sobre su suspensión.

El informe anual de la Dirección General, que firmó el propio García Valdés, anota escuetamente respecto a las alteraciones del orden en el mes de agosto: huelgas de hambres en Yeserías, Hospital Penitenciario y Caraban- chel, y «alteración del orden de relativa importancia» en Gerona y Madrid-2. Las medidas, pues, dieron resultado desde su implantación, pero no se expli- caba a costa de qué. Un informe escrito en Carabanchel por los presos referen- te a la situación de distintas cárceles es menos aséptico:

Prisión de Ocaña – Departamento celular: Aquí se encuentran aislados aproximadamente, unos 70 compañeros, muchos de ellos sin sanción, en con- diciones si cabe, más desesperantes. Hace pocos días salían tres cuartos de hora al patio en grupos de 6 o 7 presos. Sufren una total censura de correspondencia

y comunicaciones, donde igualmente sufren discriminación en la entrada de familiares y amigos. Los presos que conocemos este departamento celular de este penal sabemos la gran angustia que provoca la arquitectura de cloaca, que son las celdas y pasillos de este departamento, de lo reducidos de sus patios, donde es imposible hacer el más mínimo deporte. Comprendemos perfecta- mente las razones que nuestros compañeros allí sepultados tiene, para que, desesperadamente, incendien o rompan sus celdas, pese a que en el mismo de- partamento estén amenazantes los policías antidisturbios. Desde hace varias semanas, es raro el día que no se incendia alguna celda, o se autolesione algún compañero, sin que la prensa o la DGIP haya informado de ello a la opinión pública. [...] Es necesario destacar, que en éste régimen celular de aislamiento indefinido se encuentran en gran mayoría presos preventivos, a nuestro enten- der ilegalmente, en contra de lo que prescribe el artículo 12 del reglamento de prisiones, que limita el tiempo máximo de aislamiento a 72 horas.35

Se trata sólo un ejemplo de lo que en realidad quería decir régimen de «vida mixta»: aislamiento en departamentos celulares —algunos de infausta memoria, como el referido «tubo» de Ocaña— durante la mayor parte de las horas de día, con breves paseos en grupos reducidos, sin posibilidad de reali- zar ejercicio físico, acudir a la escuela, trabajar en talleres o desarrollar cual- quier otra actividad.36 En estas circunstancias, con las comunicaciones res-

tringidas e intervenidas «por su manifiesta peligrosidad y por existir indicios racionales de que a través de la correspondencia recibe consignas y planea o proyecta fugas cuyas consecuencias es impedir lograr los fines asignados a las Instituciones Penitenciarias», un preso podía permanecer durante largos pe- riodos de tiempo indefinido sin necesidad de haber sido sometido previamen- te a un proceso de incoación de faltas.37 En resumen, la anulación de la per-

sonalidad del recluso que lo padeciese hasta su desesperación, y un poderoso disuasivo para el resto.

35 LCI: Arxiu COPEL-Carabanchel, «Informe relativo a diferentes prisiones», 30 de agosto de 1978.

36 Cañadas, X.: op. cit., p. 77-110.

37 «Auto autorizando censura de la correspondencia de A. S. V.», ANC: Fons Centre penitenciari d’homes de Barcelona, UI 3.857, expediente 87.402.

A todo ello se sumó la presencia habitual de fuerzas antidisturbios en el interior de las prisiones: durante el resto del año, efectivos venidos expresamen- te para actuar en caso de conflicto, pero que a fuerza de días pasaron a inte- grarse en el paisaje carcelario, y desde principios del año siguiente, las mismas que tenían encargada la vigilancia exterior del recinto.38 Aspecto, por cierto,

que es recordado con claridad tanto por antiguos presos como por funcionarios por la flagrante excepcionalidad que suponía, que creaba mayor tensión y que, pese a evitar manu militari la preparación de acciones coordinadas, no impidió estallidos de violencia ocasionales ni las huelgas de hambre que se continuarán sucediendo aunque en mucha menor proporción durante los meses siguientes. Una cobertura policial que amparó abusos, cuando no formó parte de ellos en sí misma, como en los «pasillos» de bienvenida a presos provenientes de otra prisión, o en cacheos caracterizados por la brutalidad con que se regis- traba, destrozando las pertenencias de los reclusos. Así lo acreditan numero- sos testimonios orales y escritos. Y es que por mucho que el propio García Valdés negase los abusos de funcionarios y policías en una carta dirigida a un abogado cuyo cliente los padecía en Ocaña —«En resumen, nada de lo de- nunciado es cierto, habiéndose tratado, seguramente con mala fe, de confun- dirte, tergiversando hechos justificativos para que parecieran anómalos o abu- sivos para desprestigiar a las Fuerzas del Orden Público»—, nada induce a pensar que de un año para otro se volvieran escrupulosamente respetuosos con las nuevas leyes que protegían los derechos humanos, más aún teniendo en cuenta los antecedentes que ambos cuerpos atesoraban en su historial y las muestras coetáneas de abusos mucho mayores y de los que no se derivaron apenas responsabilidades.39

El endurecimiento de las condiciones en función de los envites de los pre- sos parece más que evidente a tenor de la cronología, que presenta la fuga del 2 de junio como el punto de inflexión en la postura de la DGIP respecto a la COPEL. Pero en contra de esta percepción si no de improvisación sí, al me- nos, de acompañamiento e influencia de unas sobre las otras, García Valdés afirmó que

38 El Real Decreto-Ley 3/1979 de 26 de enero, sobre protección de seguridad ciudadana, art. 10 (BOE, n.º 28, de 1 de febrero).

[...] para aproximarse al preso utilicé el método que toda mi vida univer- sitaria he empleado: el paciente y constante diálogo, en este caso con ellos, hasta límites agotadores, fiel a un planteamiento inicial que también me hice: después de todo lo sucedido para llevar a cabo la reforma podía emplear dos caminos, ambos con el inequívoco objeto de asegurarla: 1) una disciplina fé- rrea, que en ese momento, recientes los sucesos «sub iudice» de la prisión de Carabanchel, hubiese provocado fuerte rechazo social y que además no corres- ponde a mi forma de abordar a priori los problemas y 2) un proceso de diálogo constante, especialmente con los internos más conflictivos, que una vez deterio- rado por parte de estos, me permitiera aplicar con posterioridad, procedimien- tos de ordenada convivencia cargado de razón. Y elegí la segunda senda.40

Pronunciadas tres días antes de arremeter la estocada definitiva al movi- miento reivindicativo mediante la circular del 24 de julio, estas palabras sue- nan a autojustificación por las actuaciones pasadas y futuras. Pero el hecho de que dos meses antes el ministro de Justicia se refiriese en términos muy similares durante la sesión de votación del Dictamen de la Comisión de En- cuesta en el Senado, justo antes del inicio del giro restrictivo, al afirmar que «La Administración Penitenciaria está llevando el tema con la paciencia sufi- ciente como para cargarse de razón y que si algún día, por la situación que se alcance, es necesario adoptar determinadas medidas más o menos de excep- ción, pueda en todo caso hacerlo desde la posición de autoridad que puede dar el tratamiento verificado del tema en profundidad», puede hacer sospe- char —temer más bien— que, efectivamente, existiese un plan preconcebi- do para emprender «medidas más o menos de excepción» una vez deteriora- da la convivencia por parte de los presos —¿por quién, si no?—.41 De ser

cierta esta hipótesis, García Valdés partiría de un apriorismo: los presos no aceptarían la reforma sin libertad y por ello serían los responsables del fraca- so de la vía dialogada, pero para emprender medidas impopulares antes de- bía abrir el proceso de diálogo que aquellos romperían, lo que le permitiría presentarse como la única opción posible para la consecución del éxito de la reforma.

40 García Valdés, C.: Estudios…, op. cit., p. 110. 41 DSS, n.º 27, 24 de mayo de 1978, p. 1105.

No se puede ser concluyente sobre este supuesto a raíz, simplemente, de la coincidencia de los discursos, pero la duda se cierne sobre la pretendida since- ridad de un diálogo que, de ser cierta esta sospecha, no pretendería más que justificar la reacción termidoriana emprendida. Para acabar de añadir intran- quilidad, las palabras de uno de los mandos de la Policía Armada, la misma «víctima» de las falsas difamaciones sobre su supuesta brutalidad a que antes me refería, ahonda en la táctica, al parecer relativamente extendida, de «car- garse de razón» —tercera alusión a tan inquietantes palabras— antes de ac- tuar con toda la dureza acostumbrada:

Los gobernadores y los jefes policiales estaban aprendiendo que, dada la situación política (en la que la actuación policial era sistemáticamente criti- cada), no era conveniente que la intervención de la fuerza pública se produ- jera hasta que no es estuviera cargado de razón. Por eso esperaban a que los manifestantes destrozaran el mobiliario urbano, que dañaran bienes públicos y privados, o que incluso llevaran a cabo alguna agresión contra personas, para dar la orden a la policía de intervenir. Esta táctica, aparte de ser mani- fiestamente ilegal al hacer dejación la autoridad política de sus responsabili- dades, se prolongó hasta bastante después de la Transición, produciendo nu- merosas injusticias y daños, que nunca debieron darse, pero, como ningún fiscal denunciaba estas prácticas, las autoridades se encontraban más cómodas en el ejercicio impune de sus responsabilidades.42

En cambio, en septiembre, en una entrevista concedida a El País semanal en la que el director general de Instituciones Penitenciarias se reafirmaba en el éxito global de su política, negaba este supuesto determinismo: «No he actuado a priori y ahora nadie podrá decirme que yo empecé tomando medi- das, llamémoslas de represión, de orden público o de orden interno. Las he tomado cuatro meses después de haber entrado en esta Dirección General». Y tras justificar su actuación en la persistencia de esta minoría violenta influen- ciada por la extrema izquierda, concluyó con estas palabras:

42 Delgado, J.: Los grises. Víctimas y verdugos del franquismo, Madrid, Temas de hoy, 2005, p. 307.

Pregunta. ¿Y si después [de promulgada la Ley Penitenciaria y el CP] se siguen quemando cárceles?

Respuesta. Ya lo he dicho, campos de concentración con alambradas. Cla- ro, no queda más por hacer.

P. ¿Sería un fracaso para usted?

R. Para mí no, para los presos. Yo dejaré una ley nueva y una buena re- forma que ellos no han aceptado. Ellos fracasarán porque al día siguiente de irme vendrá aquí un militar, o un guardia civil, o un teniente coronel de la Policía Armada.43

43 Alameda, S.: «García Valdés: “Reprimir me revuelve las tripas”», El País semanal, 75, 1978, pp. 8-11.

10. El tortuoso final del

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