Financial Flows of Structural Funds
MF Control
3 PROJECT CYCLE
3.1 Basic Structure of the Project Cycle
De: Alicia Chavarría (Egresada de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”).
Para: GAD Municipal de Santo Domingo, Jefatura Provincial de la Policía Judicial.
Asunto: Presentación del Informe Jurídico que evidencie el riesgo y peligrosidad hacia la sociedad por el hecho de que se permita que se transporte más de una persona en motocicleta dentro de la provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas.
Fecha: Lunes 20 de Mayo del 2014.
Antecedentes.
En Santo Domingo de los Tsáchilas, es un territorio productivo, y donde transitan un sin número de ciudadanos de diferentes provincia del país, y por ello deben preocuparse por garantizar a sus habitantes una seguridad que le permita circular por las diferentes vías de la provincia, pero durante la realización de una investigación en las Cooperativas, Barrios, Ciudadelas y Urbanizaciones, se han presenciado una serie de conflictos que han alterado el convivir ciudadano.
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Es por ello que los derechos que tiene establecidos en la Carta Magna, están siendo vulnerados por el malestar generado por el aumento de los índices delictivos, los mismos que empañan la imagen que deben preservar como Provincia, sino también generan conmoción social, por las diferentes conductas que se generan que cotidianamente se presentan en la provincia siendo las principales ocho conductas antijurídicas, comprendidas según estadísticas de Enero/ Febrero año 2014:
DELITOS CANTIDAD DE DENUNCIAS
Homicidio/ Asesinatos 28
Robo a personas 345
Robo a domicilios 231
Robo a locales comerciales 100
Robo de vehículos 83
Robo de motocicletas 155
Robo en vías o carreteras 7
Robo de accesorios de carros 43
Fuente: Datos Registrados en la Policía Judicial Sto. Dgo.
Los factores que generan la proliferación de delitos, sin duda son la falta de desempleo, educación, vivienda, abandono en la que cierto de individuos han padecido, pero esto no es una excusa para delinquir, sobre todo para alterar un orden construido en la Sociedad, por ello es que se deben fomentar proyectos que tenga como propósito disminuir la delincuencia, que erradique los delitos, más que todo, que ya no se vulnere los derechos Consagrados en nuestro ordenamiento jurídico, por ejemplo el derecho a una seguridad jurídica, a la vida, la libertad, que son uno de los derechos de primera generación, y uno de los bienes más preciados.
En Santo Domingo de los Tsáchilas, este problema se ve reflejado con mayor frecuencia por las personas que se transitan en motocicletas, al referirme a esto, es por cuanto los individuos utilizan este medio de transporte para delinquir,
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cometen delitos de robo, hurtos, intimidaciones a grande escala, actualmente la mayoría de la población ha sido víctima por estos delincuentes, que terminan en algunos casos con nuestra vida.
A diario se ven las noticias a través de los diversos medios de comunicación como radio, televisión, periódicos y medios electrónicos, como narran los delitos que han sido víctimas, incluso los mismos agentes policiales han sido sujetos pasivos de estos actos, por lo que el problema avanza y se dispersa por la Provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas.
Objetivo General.
Establecer como medida de seguridad en la Provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, que en las motocicletas se traslade únicamente una sola persona, a fin de Garantizar estabilidad en las diferentes zonas de la Ciudad, logrando disminuir los altos índices delictivos.
Objetivo Especifico
Realizar una convocatoria a las Autoridades principales de la Ciudad de Santo Domingo de los Tsáchilas, para que se tomen las medida sugerida en este informe jurídico, para disminuir los índices delictivos dentro de la provincia, garantizando de esta forma la seguridad ciudadana de los habitantes.
Exposición de los Derechos Vulnerados.
Por la existencia de actos delictivos, se vulnera los derechos consagrados en nuestra Carta Magna, razón por la cual estos actos constituyen en un impedimento para conservar la seguridad ciudadana, a continuación menciono lo principales:
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Derecho al Hábitat.
Este derecho se encuentra plenamente establecido en nuestra norma suprema, y enfocado en el problema, la presencia de la delincuencia en la Provincia, imposibilita el acceso de la ciudadanía a un hábitat seguro, digno que permita a sus habitantes gozar de una independencia, disfrutar de los espacios públicos con tranquilidad, pues son víctimas de la delincuencia, es por ello que los oriundos de la Ciudad de Santo Domingo de los Tsáchilas, abandona la provincia en búsqueda de un lugar más seguro, que le permita su desarrollo.
Es así que en nuestra Constitución se establece lo siguiente:
“Art. 30.- las personas tienen derecho a un hábitat seguro y saludable, y a una vivienda adecuada y digna, con independencia de su situación social y económica.”
“Art. 31.- Las personas tienen derecho al disfrute pleno de la ciudad y de sus espacios públicos, bajo los principios de sustentabilidad, justicia social, respeto a las diferentes culturas urbanas y equilibrio entre lo urbano y lo rural. El ejercicio del derecho a la ciudad se basa en la gestión democrática de ésta, en la función social y ambiental de la propiedad y de la ciudad, y en el ejercicio pleno de la ciudadanía.” (Constitución de la República del Ecuador, 2014).
Uno de los deberes del Estado conforme las disposiciones indicadas, es abastecer a la población de un ambiente adecuado y digno, en donde puedan desempeñarse y desarrollarse de forma tranquila, sin embargo, por los actos delictivos, han convertido a la Ciudad de Santo Domingo de los Tsáchilas en una ciudad violenta, conflictiva, que no presta la atención debida a sus ciudadanos, por la proliferación de delitos, es asi que los moradores del sector presentan denuncias y exigen a las autoridades que tomen medidas drásticas para que puedan habitar con tranquilidad en la Ciudad.
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Derecho de libertad.
Otros de los derechos que se ven violentado constituyen los establecidos en el Artículo 66, los cuales transcribo:
1. El derecho a la inviolabilidad de la vida. No habrá pena de muerte.
2. El derecho a una vida digna, que asegure la salud, alimentación y nutrición, agua potable, vivienda, saneamiento ambiental, educación, trabajo, empleo, descanso y ocio, cultura física, vestido, seguridad social y otros servicios sociales necesarios. (Constitución de la República del Ecuador, 2014)
El cometimiento de delitos a bordos de motocicletas, es una actividad que alarma a la sociedad, porque no solamente les arrebatan sus pertenencias, sino que también terminan con sus vidas, atentando contra este bien jurídico, y causando un daño irreparable a sus familiares, es así que se vulnera el derecho a la Vida, los índices de asesinatos trascienden con mayor frecuencia por el impacto, ya que no hay justificativo para este acto delictivo, ya que una vez realizado es un daño irreparable.
En los diferentes medios de comunicación de la Ciudad de Santo Domingo de los Tsáchilas, cotidianamente se anuncias crímenes de asesinato, los mismos que han quedado en la impunidad, la población santo domingueña, se atemoriza porque actualmente los delitos de asesinatos se cometen a bordos de motocicletas, ellos dispara hacia la humanidad y huyen del lugar de los hechos, generalmente el sicariato, es el delito que llama la atención porque en instantes terminan con la vida de una persona, y la continuación de sus delitos siguen sin obstáculos, sin que se tomen precauciones debidas.
Derecho a la Integridad Personal
Este derecho se encuentra determinado en el artículo 66 numeral 3 de la Carta Magna:
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a) La integridad física, psíquica, moral y sexual.
b) Una vida libre de violencia en el ámbito público y privado. El Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar toda forma de violencia, en especial la ejercida contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad y contra toda persona en situación de desventaja o vulnerabilidad; idénticas medidas se tomarán contra la violencia, la esclavitud y la explotación sexual. (Constitución de la República del Ecuador, 2014)
Habitar en una provincia donde existen índices de violencia altos, provoca que se atente contra la integridad física a la que tenemos derecho, porque no solamente somos víctimas de robos, hurtos, sino que sufrimos lesiones, porque al tratar de impedir que se lleven nuestra pertenencias, forcejeamos con los delincuentes, pues nos agreden a fin de consumar el delito, es por ello que los incrementos de delitos no solo alteran la convivencia, sino que provocan lesiones físicas, morales a mujeres, niños, niñas y personas adultas.
Atentando una vez más, contra uno de los derechos establecidos en la Constitución, los individuos que utilizan las motocicletas como instrumentó para delinquir, agreden a los ciudadanos, en su afán por robar, únicamente piensan en su objetivo, sin importarles la vida de los demás, es por lo que se viola el derecho a la integridad física.
Mantenimiento de la Paz y Seguridad.
En el Artículo 83 numeral 4 se establece:
“Colaborar en el mantenimiento de la paz y de la seguridad.” (Constitución de la República del Ecuador, 2014)
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Si el Estado no nos proporciona de la seguridad a la que tenemos derecho, es nuestro deber como ciudadanía colaborar para preservar la paz, armonía en la Ciudad, sin embargo, esto nos resulta imposible, cuanto no existe contribución de las autoridades gubernamentales, por lo que una vez más, nuestro derecho en mantener la seguridad.
La violación de este derecho, se ha visto reflejada en la Ciudad de Santo Domingo de los Tsáchilas, ya que la tranquilidad que debe imperar entre sus moradores se ha visto alterada por los delitos cometidos dentro de la zona, pese a los esfuerzos de la ciudadanía, agentes policiales, las medidas adoptadas no han servido para disminuir la delincuencia.
Régimen de desarrollo.
EL aumento de los delincuentes, y con ello los índices delictivos, hacen imposibles que se proporcione a la ciudadanía del derecho al buen vivir, ya que este resulta una tarea difícil, ya que la conducta delictiva se está esparciendo a grandes pasos, sin que se tomen las medidas necesarias.
Al respecto en la Constitución se establece:
Art. 275.- El régimen de desarrollo es el conjunto organizado, sostenible y dinámico de los sistemas económicos, políticos, socio-culturales y ambientales, que garantizan la realización del buen vivir, del sumak kawsay.
El Estado planificará el desarrollo del país para garantizar el ejercicio de los derechos, la consecución de los objetivos del régimen de desarrollo y los principios consagrados en la Constitución. La planificación propiciará la equidad social y territorial, promoverá la concertación, y será participativa, descentralizada, desconcentrada y transparente.
El buen vivir requerirá que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades gocen efectivamente de sus derechos, y ejerzan responsabilidades en el marco
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de la interculturalidad, del respeto a sus diversidades, y de la convivencia armónica con la naturaleza. (Constitución de la República del Ecuador, 2014)
El Estado está privando de la Seguridad a la ciudadanía, al no cumplir con su deber de planificar proyectos para la consecución de sus objetivos, y más aún al no hacer nada por combatir la delincuencia, todos hablamos de erradicar la delincuencia, pero nadie presenta propuestas que se puedan poner en práctica para lograr restablecer la seguridad y de esta forma habitar en un lugar pacifico, libre de inseguridades.
Seguridad humana.
La mayor preocupación que genera la conducta delictiva es que perturba el convivir ciudadano, dificulta devolver la paz, por lo que el Estado debe procurar prevenir que continúe la proliferación de delitos, para ello cuenta con órganos especializados, pero sucede que en la Ciudad de Santo Domingo, las autoridades hablar de contribuir con la disminución de la delincuencia, pero no cristalizan en hechos , y aun no presentan propuestas que se tornen pertinentes y que ayuden con el desarrollo y el fortalecimiento de la seguridad.
En el Artículo 393 se establece “El Estado garantizará la seguridad humana a través de políticas y acciones integradas, para asegurar la convivencia pacífica de las personas, promover una cultura de paz y prevenir las formas de violencia y discriminación y la comisión de infracciones y delitos. La planificación y aplicación de estas políticas se encargará a órganos especializados en los diferentes niveles de gobierno. (Constitución de la República del Ecuador, 2014).
Conclusión del Informe Jurídico
Con los antecedentes indicados, y más aun con el planteamiento del problema, y con el respaldo de Disposiciones Constitucionales indicadas, pongo en conocimiento de las Autoridades, la peligrosidad que representan los motorizados, y a su vez propongo que conforme lo determina el articulo
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264 numeral 1 que transcribo “Planificar el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural.” ; y el numeral 6 “Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte público dentro de su territorio cantonal”, hacen posible que el Gobierno Autónomo Descentralizado, con el afán de disminuir los índices delictivos imponga como medida que solo una persona se traslade en las motocicletas, ya que los individuos acompañados en motocicletas se vuelven un peligro para la sociedad.
Recomendación del Informe Jurídico
Definitivamente debo destacar que este informe jurídico es un medio para poner en conocimiento la inseguridad jurídica en la que se habita dentro de la Provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, y requerir a las autoridades competentes para que contribuyan restablecer la convivencia pacífica dentro del territorio, a través de la disminución de índices delictivos.
ALICIA JACKELINE CHAVARRIA SAAVEDRA
EGRESADA DE LA UNIVERSIDAD REGIONAL AUTONOMA DE LOS ANDES “UNIANDES” SANTO-DOMINGO
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