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3 Tidal Flow Modelling 1 Introduction

3.4 First Nested Model: Malacca Strait Model

3.4.2 Calibration

Otra de las instituciones gubernamentales que otorga recursos que permiten financiar proyectos productivos es la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA). Esta institución opera el Fondo para el apoyo a Proyectos Productivos en Núcleos Agrarios (FAPPA) que es un programa que brinda apoyos subsidiarios. El objetivo de este programa consiste en contribuir a impulsar la productividad de los hombres y mujeres con 18 años o más, que habitan en los Núcleos Agrarios (ejidos y comunidades) del país mediante el otorgamiento de incentivos para la inversión en Proyectos Productivos. Está dirigido a Mujeres y los hombres que habitan en los núcleos agrarios del país, preferentemente sin tierra, que cumplan con los requisitos de participación señalados en las presentes “Reglas de Operación”.

Los requisitos con los que se debe cumplir para poder acceder a este apoyo son los siguientes: Las personas físicas mayores de edad; deben presentar: a) Identificación oficial vigente (Credencial para Votar, el Pasaporte, la Cartilla del Servicio Militar Nacional o la Cédula Profesional); b) CURP; c) RFC; d) Comprobante de domicilio (Luz, teléfono, predial, agua); En caso de que la persona física esté representada, el representante, tutor (en

avalada por un Fedatario Público); b) Identificación oficial vigente (Credencial para Votar, el Pasaporte, la Cartilla del Servicio Militar Nacional o la Cédula Profesional); c) CURP, y d) Comprobante de domicilio (Luz, teléfono, predial, agua), con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud (SAGARPA, 2015).

Las personas morales deberán presentar lo siguiente: a) Acta constitutiva; b) Acta en la que conste la designación de su representante legal o poder debidamente protocolizado ante fedatario público; c) Comprobante de domicilio fiscal (Luz, teléfono, predial, agua); d) RFC; e) Identificación oficial del representante legal vigente (Credencial para Votar, el Pasaporte, la Cartilla del Servicio Militar Nacional o la Cédula Profesional); f) CURP del representante legal; g) Acreditar, en su caso, la legal posesión del predio mediante documento jurídico que corresponda, con las formalidades que exija el marco legal aplicable en la materia, y h) Listado de productores integrantes de la persona moral solicitante. Los incentivos consisten en aportaciones directas, con calidad de subsidio que serán otorgadas para la inversión en Proyectos Productivos de la siguiente manera:

Cuadro 2. Incentivos para la inversión en Proyectos Productivos. a) Grupos Autorizados sin formalidad jurídica:

Para proyectos de giros agrícola y pecuario

Se otorgarán hasta $240,000.00, calculado en razón de $40,000.00, por integrante. Lo anterior no implica que el monto será divisible.

Para el resto de los giros Se otorgarán hasta $180,000.00, calculado en razón de $30,000.00, por integrante, lo anterior no implica que el monto será divisible.

b) Grupos Autorizados legalmente constituidos:

Para proyectos de giros agrícola y pecuario

Se otorgarán hasta $360,000.00, calculado en razón de $40,000.00, por integrante, sin rebasar el tope máximo del monto del apoyo. Lo anterior no implica que el monto será divisible.

Para el resto de los giros (Comercial, Servicio e Industrial)

Se otorgarán hasta $270,000.00, calculado en razón de $30,000.00 por integrante, sin rebasar el tope máximo del monto del apoyo. Lo anterior no implica que el monto será divisible.

Fuente: SAGARPA, 2015

Adicionalmente, para Grupos Beneficiarios con recursos de hasta $270,000.00 se otorgará el equivalente al 12% de la "Aportación Directa", para el pago de la "Asesoría Técnica"; en

$32,400.00 para este concepto; en ambos casos el pago se realizará, una vez que el "Grupo Beneficiario" haya recibido la “Aportación Directa” para la implementación del "Proyecto Productivo" (SAGARPA, 2015).

Otro programa que también financia la SAGARPA es el Programa de Apoyo para la Productividad de la Mujer Emprendedora (PROMETE)

Este programa tiene como objetivo contribuir a impulsar la productividad de las mujeres emprendedoras con 18 años o más, que habitan en los Núcleos Agrarios (ejidos y comunidades) del país mediante el otorgamiento de incentivos para la inversión en Proyectos Productivos, siendo así un programa que brinda apoyos subsidiarios.

La población a la cual va dirigido este programa es a las mujeres emprendedoras que habitan en los núcleos agrarios del país, preferentemente sin tierra, que cumplan con los requisitos de participación señalados en las presentes “Reglas de Operación”.

Además de Formular el “Proyecto Productivo”, los requisitos con los que se debe cumplir para poder acceder a este apoyo son los siguientes:

Las personas físicas mayores de edad; deben presentar: a) Identificación oficial vigente (Credencial para Votar, el Pasaporte, la Cartilla del Servicio Militar Nacional o la Cédula Profesional); b) CURP; c) RFC; d) Comprobante de domicilio (luz, teléfono, predial, agua). En caso de que la persona física esté representada, el representante, tutor (en caso de ser menor de edad) o apoderado legal deberá cumplir además con los siguientes requisitos documentales: a) Poder o Carta poder para gestión de incentivos (certificada o avalada por un Fedatario Público); b) Identificación oficial vigente (Credencial para Votar, el Pasaporte, la Cartilla del Servicio Militar Nacional o la Cédula Profesional); c) CURP, y d) Comprobante de domicilio (luz, teléfono, predial, agua), con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud (SAGARPA, 2015).

Las personas morales deberán presentar lo siguiente: a) Acta constitutiva; b) Acta en la que conste la designación de su representante legal o poder debidamente protocolizado ante fedatario público; c) Comprobante de domicilio fiscal (luz, teléfono, predial, agua); d) RFC; e) Identificación oficial del representante legal vigente (Credencial para Votar, el Pasaporte, la Cartilla del Servicio Militar Nacional o la Cédula Profesional); f) CURP del representante legal; g) Acreditar, en su caso, la legal posesión del predio mediante documento jurídico que corresponda, con las formalidades que exija el marco legal aplicable en la materia, y h) Listado de productores integrantes de la persona moral solicitante. Los apoyos consisten en Aportaciones Directas en calidad de subsidio que serán otorgadas para la inversión en proyectos productivos y su respectiva Asesoría Técnica, de la siguiente manera:

Cuadro 3. Apoyos otorgados para la inversión en proyectos productivos. a) Grupos Autorizados sin formalidad jurídica:

Para proyectos de giros agrícola y pecuario Se otorgarán hasta $240,000.00, calculado en razón de $40,000.00 por integrante. Lo anterior no implica que el monto será divisible.

Para el resto de los giros (comercial, servicio e industrial)

Se otorgarán hasta $180,000.00, calculado en razón de $30,000.00 por integrante, lo anterior no implica que el monto será divisible.

b) Grupos Autorizados legalmente constituidos:

Para proyectos de giros agrícola y pecuario Se otorgarán hasta $360,000.00, calculado en razón de $40,000.00 por integrante, sin rebasar el tope máximo del monto del apoyo. Lo anterior no implica que el monto será divisible

Para el resto de los giros (comercial, servicio e industrial)

Se otorgarán hasta $270,000.00, calculado en razón de $30,000.00 por integrante, sin rebasar el tope máximo del monto del apoyo. Lo anterior no implica que el monto será divisible.

Adicionalmente, para Grupos Beneficiarios con recursos de hasta $270,000.00 se otorgará el 12% de la "Aportación Directa", para el pago de la "Asesoría Técnica"; en el caso de Grupos Beneficiarios con recursos superiores a $270,000.00, se otorgarán $32,400.00 para este concepto; en ambos casos el pago se realizará, una vez que el "Grupo Beneficiario" haya recibido la “Aportación Directa” para la implementación del "Proyecto Productivo" (SAGARPA, 2015).

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