Methodology and Future Directions
Chapter 5 – Case Study Description 5.1 Introduction
5.2 Case State
5.3.2 Case Organisation D
En este primer periodo, se identifican dos medidas institucionales destinadas a garantizar la participación ciudadana en el Perú: la promulgación
de la Constitución Política de 1979; y, la promulgación de la Ley8 que crea el Programa de Vaso de Leche (1985).
a) La participación en la Constitución Política de 1979. La Constitución Política del Perú se promulgó julio de 1979 y entró en vigencia el 28 de julio de 19809, durante el segundo gobierno presidencial de D. Fernando Belaúnde Terry (1980-1985), perteneciente al partido de Acción Popular (considerado un partido político de derecha). En materia de participación ciudadana, este marco constitucional supuso el reconocimiento formal de la participación, ya que otorgó el derecho de toda persona a participar, en forma individual o colectiva, en la vida política, económica, social y cultural de la nación.
b) La participación en el Programa de Vaso de Leche (1985). En enero del año 1985, durante el mandato presidencial de D. Belaúnde Terry, se promulgó la Ley10 que creó el Programa Vaso de Leche. En el gobierno de D. Alan García Pérez11, este Programa se implantó en todos los municipios provinciales de la República12 con la finalidad de entregar una ración diaria de alimentos a la población vulnerable. Esto se hizo con la colaboración activa de las madres de familia organizadas. Este modelo buscaba no solo elevar el nivel nutricional de las familias, sino también elevar la calidad de vida de este colectivo. Su marco legal13 define los criterios de priorización, para los niños entre 0-6 años de edad; gestantes, seguida de la atención de las niñas y niños entre los 7 a 13 años de edad; y personal de tercera edad.
El Programa del Vaso de Leche fue uno de los pocos programas sociales que tuvo cobertura nacional, ya que se implementó en 1,834
8 Véase la Ley Nº 24059.
9 El texto constitucional fue sesionado el 12 de julio de 1979 y entró en vigencia a partir del 28 de julio de 1980 (segundo periodo de gobierno de D. Fernando Belaúnde).
10 Véase la Guía de Participación Ciudadana en el Perú - Dirección Nacional de Educación y Formación Cívica Ciudadana del Jurado Nacional de Elecciones.
11 El Presidente Alán García pertenecía al partido Aprista Peruano (APRA), considerado un partido de centro (derecha/izquierda).
12 Fue en el año 1985 que por primera vez en el Perú se dan muestras claras a nivel local (municipalidades) de hacer participar a los ciudadanos en los asuntos públicos: participación de las madres organizadas en el Programa de Vaso de Leche.
municipios del país, entre provinciales y distritales. Esta iniciativa surgió como respuesta a las madres organizadas frente a las necesidades alimentarias de la población y fue aplicado, por primera vez, en el Asentamiento Humano “El Nazareno” San Juan de Miraflores, en donde las madres colaboraban con las autoridades locales para brindar el servicio alimentario. Lo más resaltante de este programa fue que se encontraba gestionado por el gobierno local y era conducido por los propios comités beneficiarios. Con la implementación de este programa se consiguió un importante progreso en las organizaciones sociales, los cuales fueron consiguiendo un notorio espacio de desarrollo en la participación ciudadana; posicionamiento de líderes en los movimientos de mujeres. Lo cierto es que, este programa se expandió de manera incontrolable, lo que hizo que las organizaciones de madres de familia se posesionaran no solo del programa, sino que se canalizaban a toda la sociedad y de esa manera defender lo que consideraban que era producto de su esfuerzo. Descartando de todas las formas, la intervención del Estado, a través de la emisión de normatividad que la regule o las estructura. Luego de algunos años, este programa fue estructurándose de manera paulatina. En concreto, no existió desde sus orígenes una adecuada conformación, debido seguramente, a que el Programa se fue implementando de acuerdo a las necesidades de la población de escasos recursos económicos y en las diferentes regiones del país. Es así que a través de la promulgación de la Ley Nº 27470 se dispone que al interior de cada municipalidad provincial y distrital se exija la conformación de un Comité de Administración del Programa, el cual debería ser aprobado por resolución de alcaldía, con lo cual se le involucra a la gestión municipal en este programa.
Según un documento del MEF (1990) de la Dirección General de asuntos económicos y sociales del Ministerio de Economía y Finanzas, el referido Comité estaba integrado por: el Alcalde; un funcionario municipal; un representante del Ministerio de Salud, y; tres representantes de la Organización del Programa del Vaso de Leche. Y entre sus funciones se encontraba la de coordinar la selección de beneficiarios y su empadronamiento con las
Organizaciones Sociales; efectuar la depuración y selección de los beneficiarios; elaborar el requerimiento de productos o insumos, solicitar su compra al Área de Abastecimientos de la municipalidad; elaborar el programa de distribución de los productos y lo entrega al almacén municipal; y, elaborar la información de ejecución mensual sobre uso y destino de los fondos.
De igual forma, se tiene referencia la importancia de la presencia activa de la población femenina en este Programa del Vaso de Leche, la cual comprendían mujeres de bajo nivel educativo y en su mayoría entre 11 a 40 años de edad (Ver Figura 01).
Figura 01: Características generales de las mujeres que refirieron participar como dirigentes de Organizaciones del Vaso de Leche.
Fuente: Caracterización del Programa del Vaso de Leche Año 1990 - Dirección General de asuntos económicos y sociales del Ministerio de Economía y Finanzas.
Por último, cabe referir que este programa de vaso de leche se encuentra aún implantado por parte de los gobiernos locales, pero financiados y gestionados en su ejecución directamente por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y en colaboración con las madres de familia organizadas, sin que medie una corresponsabilidad entre ambos.
3.3. EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA (1991-