BANK RECONCILIATION STATEMENT
8. Amount due from CFC in Currency of Project Account:
Escriba el nombre completo y en orden como figure en el documento de identificación de
quien firma como contador o revisor fiscal: Primer apellido, segundo apellido, primer nombre
y otros nombres, Así: SUAREZ PEREZ JOSE MARIA.
Casilla 980. Pago total.
Consigne en esta casilla el valor del pago total que hace con la presentación de esta declaración. Sume los renglones 87 a 89.
Notas
El plazo para el pago de las declaraciones tributarias de las personas naturales obligadas a llevar contabilidad o de sus asimiladas y el de las personas jurídicas y asimiladas o de ingresos y retenciones que arrojen un saldo a pagar inferior a dos (2) salarios mínimos mensuales vigentes, vence el mismo día del plazo señalado para la presentación de la respectiva declaración, debiendo realizarse en una sola cuota.
5. Número de Identificación Tributaria (NIT):
1. Año 4. Número de formulario
2 0 0 4
6. DV. 7. Apellidos y nombres o razón social
Datos generales 8. Dirección 12. Cód. Admón. 9. Teléfono 27. Tipo de contribuyente: 28. Precios de transferencia (Marque “X”): 26. Actividad económica: 30. Fracción año gravable 2005 (Marque “X”):
Saldo a favor año 2003 sin solicitud de devolución o compensación (Reng. 105 decl. 2003 P. Jurídicas o reng. 104 decl. 2003 P. Naturales)
Liquidación priv
ada
O Total saldo a favor (Si rengs. 79 + 80 + 81 + 82 - 76 - 83
- 84 , mayor que 0 escriba el resultado, de lo contrario escriba 0) 31. Si se acoge al beneficio de auditoría (Marque “X”) 24. Si es una corrección indique: No. Autoadhesivo
declaración anterior: 25. Año Mes Día
Firma declarante:981. Cód. Calidad declarante 983. No. Tarjeta profesional
Espacio reservado para la DIAN
13 Cód. Dpto.15. Cód. Ciudad/
Municipio 29. Clase de declarante:
92. Apellidos y nombres de quien firma en calidad de declarante 95. Apellidos y nombres del contador o revisor fiscal
32. Cambio titular inversión extranjera (Marque “X”)
Anticipo sobretasa año gravable 2004 (Reng. 102 decl. 2003 P. Jurídicas o reng. 101 decl. 2003 P. Naturales)
Firma signatario:982. Signatario:Contador Revisor fiscal
UNIDAD
ADMINISTRA
TIVA ESPECIAL
DIRECCION DE IMPUEST
OS Y ADUANAS NACIONALES UNIDAD
ADMINISTRA TIVA ESPECIAL DIRECCION DE IMPUEST OS Y ADUANAS NACIONALES UNIDAD ADM 110 UNIDAD ADMINISTRA TIVA ESPECIAL DIRECCION DE IMPUEST
OS Y ADUANAS NACIONALES UNIDAD
ADMINISTRA
TIVA ESPECIAL
DIRECCION DE IMPUEST
OS Y ADUANAS NACIONALES UNIDAD
ADMINISTRA
TIVA ESPECIAL
DIRECCION DE IMPUEST
OS Y ADUANAS NACIONAL
(415)7707212489984(8020)0110400000000 0 Declaración de Renta y Complementarios o de Ingresos y
Patrimonio para Personas Jurídicas y Asimiladas, Personas Naturales y Asimiladas Obligadas a llevar Contabilidad - Año Gravable 2004
Pa
trimonio
Total patrimonio líquido (Si renglones 42 - 43 mayor que
0 escriba el resultado, de lo contrario escriba 0)
Da
to
s
informativos
Acciones y aportes (Sociedades anónimas, limitadas y asimiladas)
Ingresos
Ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional
Cost
os
Impuesto sobre la renta gravable
(Renglón 69 por tarifa o aplique tabla)
91. DV. Total gastos de nómina Aportes al sistema de seguridad social Aportes al SENA, ICBF, cajas de compensación Efectivo, bancos, cuentas de ahorro, otras inversiones Cuentas por cobrar Inventarios Activos fijos Otros activos
Total patrimonio bruto (Sume renglones 36 a 41)
Pasivos Ingresos brutos operacionales Ingresos brutos no operacionales Intereses y rendimientos financieros Utilidad por exposición a la inflación
Total ingresos brutos (Sume renglones 45 a 48)
Devoluciones, rebajas y descuentos en ventas
Total ingresos netos (Renglón 49 - 50 - 51)
Costo de ventas Otros costos
Total costos (Sume renglones 53 + 54)
Gastos operacionales de administración Gastos operacionales de ventas Deducción inversiones en activos fijos Pérdida por exposición a la inflación Otras deducciones
Total deducciones (Sume renglones 56 a 60)
33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 Deducciones
Total saldo a pagar (Si rengs. 76 + 83 + 84 - 79 - 80 - 81
- 82, mayor que 0 escriba el resultado, de lo contrario escriba 0)
Total retenciones año gravable 2004
(Sume renglones 77 + 78) Anticipo por el año gravable 2004 (Reng. 99 decl. 2003 P. Jurídicas o reng. 98 decl. 2003 P. Naturales )
Rent
a
Renta líquida ordinaria del ejercicio (Si reng. 52 - 55 -
61 mayor que 0 escriba el resultado, de lo contrario escriba 0) Compensaciones
Renta líquida del ejercicio (Renglón 62 - 63)
Renta líquida gravable (Al mayor valor entre renglón 64
y 66 reste el valor del renglón 67 y sume el reng. 68)
O pérdida líquida del ejercicio (Si rengs. 55 + 61 - 52
mayor que 0 escriba el resultado, de lo contrario escriba 0) Renta presuntiva Rentas exentas Rentas líquidas especiales y rentas líquidas gravables Descuentos tributarios
Impuesto neto de renta (Renglones 70 - 71)
Sobretasa impuesto a la renta 2004 Impuesto de ganancias ocasionales Impuesto de remesas
Total Impuesto a cargo (Sume renglones 72 a 75)
Autorretenciones Otras retenciones Anticipo renta y complementarios por el año gravable 2005 Sanciones 94. DV.
Pagos
Valor pago sanciones Valor pago intereses de mora Valor pago impuesto
62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 Signatarios
90. Número de Identificación Tributaria (NIT): 93. Número de Identificación Tributaria (NIT):
997. Espacio exclusivo para el sello de la entidad recaudadora
Coloque el timbre de la máquina registradora al dorso de este formulario
980. Pago total
(Sume renglones 87 a 89) $
996. Espacio para el Autoadhesivo de la entidad recaudadora
Firma declarante: 981. Cód. Calidad declarante
983. No. Tarjeta profesional
Firma signatario:982. Signatario:Contador Revisor fiscal
UNIDAD
ADMINISTRA
TIVA ESPECIAL
DIRECCION DE IMPUEST
OS Y ADUANAS NACIONALES UNIDAD
ADMINISTRA
TIVA ESPECIAL
DIRECCION DE IMPUEST
OS Y ADUANAS NACIONALES UNIDAD
ADMINISTRA
TIVA ESPECIAL
DIRECCION DE IMPUEST
OS Y ADUANAS NACIONAL 997. Espacio exclusivo para el sello de la entidad recaudadora
Coloque el timbre de la máquina registradora al dorso de este formulario
980. Pago total
(Sume renglones 87 a 89)$
Instrucciones de Diligenciamiento - Declaración de Exportación
175
175
Recuerde que los pagos que efectúe se imputan al año gravable e impuesto que indique en su declaración en el siguiente orden: A las sanciones, a los intereses, a los anticipos, impuestos o retenciones junto con la actualización por inflación cuando hubiere lugar a ella. (E.T. Art. 804)
Firma Declarante: Espacio destinado para registrar la firma del declarante cuyos datos
personales registró en la casilla 92 de este formulario.
Casilla 981. Código calidad declarante.
Como regla general, las declaraciones deben ser firmadas por el contribuyente o responsable declarante. Sin embargo, esta regla varía en los siguientes casos:
- Cuando el contribuyente sea un hijo menor, la declaración debe ser firmada por uno cualquiera
de los padres. Los tutores o curadores deben firmar la declaración por los incapaces que representan.
- Cuando el contribuyente constituya representante o autorice a una persona mediante poder
especial, se firma por ese representante o apoderado. En el caso de los apoderados generales y mandatarios especiales, se requiere poder otorgado mediante escritura pública.
- Los mandatarios o apoderados generales, los apoderados especiales para fines del impuesto
y los agentes exclusivos de negocios en Colombia de residentes en el exterior, respecto de sus representados, en los casos en que sean apoderados de éstos para presentar sus declaraciones de renta o de ventas y cumplir los demás deberes tributarios.
- Cuando se trate de una sucesión ilíquida, la declaración puede ser firmada por el albacea
con administración de bienes o en su defecto por cualquiera de los herederos con administración de bienes y a falta de unos y otros, por el administrador de la herencia.
- Los donatarios o asignatarios por las respectivas donaciones o asignaciones modales.
- El agente oficioso puede cumplir con los deberes formales de los contribuyentes, como
declarar, cuando circunstancias ajenas a su voluntad, como son el caso fortuito o fuerza mayor, le impidan al contribuyente cumplirlas en forma personal o por apoderado. En atención a la sentencia C-690 del 05 de diciembre de 1996, ese agente oficioso no requiere ser abogado, y se entenderá debidamente presentada la declaración.
Escriba en esta casilla el código que corresponda a la condición en que actúa quien firma como declarante:
01. Declarante 05. Agente oficioso 09. Curador 13. Liquidador
02. Representante legal 06. Padres 10. Donatario 14. Mandatario
03. Administrador privado 07. Tutor 11. Heredero 15. Funcionario autorizado
04. Apoderado 08. Albacea 12. Asignatario
Firma signatario: Espacio destinado para registrar la firma del contador o de revisor fiscal,
cuyos datos personales registró en la casilla 95 de este formulario.
Casilla 982. Contador / Revisor fiscal.
Marque con una “X” el tipo de signatario que da fe pública acerca del contenido de la declaración, según se trate de contador o revisor fiscal. Para ello tenga en cuenta que requerirán de:
Contador: Los contribuyentes obligados a llevar libros de contabilidad, cuyo patrimonio
bruto en el último día del año gravable, o los ingresos brutos del año 2004 sean superiores
a mil ochocientos millones cuatrocientos noventa y cinco mil pesos$ 1.800.495.000.
Revisor fiscal: Las sociedades por acciones, las sucursales de compañías extranjeras, las
sociedades en las que, por ley o por estatutos, la administración no corresponda a todos los socios, cuando así lo disponga cualquier número de socios excluidos de la administración que representen no menos del veinte por ciento del capital y todas las sociedades comerciales, de cualquier naturaleza, cuyos activos brutos al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior sean o excedan el equivalente de cinco mil salarios mínimos y/o cuyos ingresos brutos durante el año inmediatamente anterior sean o excedan al equivalente a tres mil salarios mínimos.
Nota
En los espacios destinados a nombres y firmas del declarante y contador público no deben utilizarse sellos.
Casilla 983. Número de tarjeta profesional.
Registre aquí el número de tarjeta profesional asignado al contador o revisor fiscal por la autoridad competente.
Casillas 996 y 997.
Son para uso exclusivo de la entidad recaudadora.
Instrucciones especificas para el diligenciamiento del formulario por
entidades con régimen tributario especial
El Decreto 4400 de 2004, reglamentó de manera amplia y específica el tratamiento de estos contribuyentes descrito de manera genérica en esta cartilla. Por tanto, si requiere ampliar las instrucciones de diligenciamiento de la declaración, sírvase consultarlo. No obstante se resumen las variaciones en los siguientes puntos:
1. Secciones de datos generales y patrimonio.
Se aplican las instrucciones dadas para las personas jurídicas y asimiladas contribuyentes del régimen ordinario.
2. Sección de ingresos.
Se aplican las instrucciones dadas para las personas jurídicas y asimiladas contribuyentes del régimen ordinario.
3. Secciones costos y deducciones.
Se aplican las instrucciones dadas para las personas jurídicas y asimiladas contribuyentes del régimen ordinario.
Instrucciones de Diligenciamiento - Declaración de Exportación
177
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4. Sección liquidación del impuesto.
El excedente o beneficio neto se determina en el renglón 62 renta líquida como resultado de restar a los ingresos los costos y deducciones.
El excedente o beneficio neto que reúna las condiciones para ser exento, debe llevarse al renglón 68, Rentas exentas.
El excedente o beneficio gravado se lleva al renglón 69, Renta líquida gravable.
El impuesto sobre la renta y complementarios se líquida en el renglón 70, Impuesto sobre la renta gravable, aplicando la tarifa del veinte por ciento (20%) al valor del renglón 69.
Nota
En el caso de las cooperativas se debe tener en cuenta que a partir del año gravable de 2001, el cálculo del beneficio neto o excedente, se realizará según lo establezca la normatividad cooperativa. (Ley 633/00, Art. 6)
Los contribuyentes del régimen especial no están obligados a determinar renta presuntiva, ni anticipo sobre la renta, ni se someten a la determinación especial de la renta por el sistema de comparación patrimonial.
Si se determina impuesto neto de renta, debe calcularse la sobretasa de que trata el artículo 260-11 del E.T. para los contribuyentes obligados a declarar impuesto sobre la renta.
5. Secciones pagos, signatarios y siguientes.
Se aplican las instrucciones dadas para las personas jurídicas y asimiladas contribuyentes del régimen ordinario.
DECLARANTES DE INGRESOS Y PATRIMONIO
Declaración de ingresos y patrimonio.
Las entidades calificadas como Grandes Contribuyentes obligadas a presentar declaración de ingresos y patrimonio deberán utilizar el formulario prescrito por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y presentarla dentro del plazo previsto para los grandes contribuyentes. Las demás entidades deberán utilizar el formulario que prescriba la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y presentarla dentro de los plazos previstos para las demás personas jurídicas.
En ambos casos se diligenciarán las casillas y renglones en la forma prevista en esta cartilla y se omitirá el diligenciamiento de los datos relativos a la liquidación del impuesto y el anticipo. En estos renglones se debe escribir cero (0).