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Chapter 5: Analysis and Discussion

5.4 Community Aspects that Influence Learning/Knowledge Transfer

Primera Instancia, alojándose en la audiencia preliminar, un índice revelador de la racionalización de la gestión probatoria es el de la

pertinencia de aquellos medios que son útiles o idóneos para que, sin

minorizar ni exceder lo que requiere el deber de probar, no se malogre en la sobrecarga disfuncional del órgano.

7) Se comprueba, asimismo, que subsisten las dificultades en el

juez de arribar a la plena convicción. Envuelto en un haz de

impresiones contradictorias que "procura superar", con el auxilio de la prueba, en el tumulto de los debates, el acto de juzgar será siempre el más complejo de todos. Aquel que, como decía BOSSUET, constituye "la verdadera perfección del entendimiento" (PERROT) . [Ver infra, Cap. VII].

Convendrá en las páginas que siguen diversificar las áreas estáticas de aquellas manifestaciones más atractivas en el actual proceso de reacomodación y los aspectos en que su 'modernización* emerge llamativamente.41

En los lugares respectivos —capítulos V. VI y VII. infra— desarrollaremos lo que aquí se ha mostrado sólo de modo anticipatorio.

41 No siempre es 'la reforma o 'el cambio'; a veces es de por sí be- neficioso conformarse con buscar un rendimiento mayor de lo que tenemos. Y que no sabemos aplicar, ejercer, ni los abogados (por ejemplo el más intensivo uso de la prueba anticipada) ni los jueces (decretar, aun de oficio) diligencias de investigación de hechos, etc. Una y otra son 'desesperadamente nulas hasta la fecha', o poco usables. Ver MUÑOZSABATÉ, Lluis, Hacia una 'nueva frontera' en medidas cautelares y diligencias preparatorias, Revista Jurídica de Catalunya, n? 4 (1990), pp. 1107-1111, en pro de la heurística (comprobación de datos) técnica de facilitación de la probática. La recaudación de información que muchas veces el accionante no puede obtener por sí mismo y para lo cual se ha de contar con el auxilio del imperium de la Jurisdicción. La jurisprudencia española, a regañadientes, también viene adaptándose a los nuevos tiempos para reconocer, con sencillez, que 'la parte que se encuentre en posesión de la contabilidad —que es común— (por haberlo así acordado las partes) está obligada a su exhibición al otro partícipe'. Op. cit., p. 1109, del fallo de la Audiencia de Barcelona.

CAPITULO SEGUNDO GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA PRUEBA

SUMARIO: I. Insistencia en la significación práctica del tema. — II. Gestión probatoria. (Puntos en ajuste). — III. Valoración (Matices).

I. INSISTENCIA EN LA SIGNIFICACIÓN PRACTICA DEL TEMA.

En el capítulo anterior nos ocupó la importancia y actualidad del 'derecho de probar'. Es incontrastable que la prueba constituye una de las espinas dorsales del derecho procesal. Quienes gozamos de la compañía y enseñanzas de SENTÍS MELENDO, sabemos de su enamoramiento por esta parcela, renuente al reposo y a fáciles y estabilizadoras explicaciones: porque no hay descanso en las elaboraciones continuas, análisis rectificatorios y desplazamiento de exposiciones que aparentemente tenían sólidas raíces \ Ajustes que dicta la expe-

1 PERROT, Roger, Le droit a la preuve, citado, en el volumen que contiene los relatos generales, Effektiver Rechtsschutz und verjas-sungsmafiige Ordnung, editado por el profesor Walther J. HABSCHEID, Gieseking-Verlag-Bielefeld, 1983, pp. 95 a 115. Conf.: BARBOSAMOREIRA, J. C, O juiz e a prova, Revista de Processo, núm. 35 (1984), pp. 178-184, ídem, Algunos problemas actuáis da prova civil, Revista de Processo, San Pablo, núm. 53 (1989), pp. 122-133. ídem, O problema da 'divisáo do trabalho' entre juiz e partes: aspectos terminológicos, Revista de Processo, núm. 41 (1986), pp. 7-14. TARUFFO, Michele, Note per una riforma del diritto delle prove, Rivista di Diritto Processuale, núms. 2-3, 1986, p. 237. DENTI, Virtorio, Scientificitá della prova e libera valutazione del giu-dice, en Un progetto per la giustizia avile, p. 66, II Mulino, Bologna, 1982. DEVIS ECHANDÍA, Hernando, Compendio de la prueba judicial, v. I, p.

AUGUSTO M. MORELLO

riencia del derecho vivo, ante los desafíos al sistema judicial escriturario tradicional, divorciado de los mejores principios jurídicos —la inmediación, la búsqueda de la verdad objetiva, la desformalización, la proscripción del exceso ritual manifiesto, el ejercicio activo de los poderes de esclarecimiento—, pese a la guía de constantes fallos ejemplares de la Corte Suprema y de unas ansias colectivas de su profunda modernización.

Solía repetir SENTÍS MELENDO que los juicios se ganan (o se pierden) con la prueba y eso acontece en los diversos sistemas legales (del derecho romanístico continental —el nuestro—) , el del Common law y el de los (ex) países socialistas del Este.

En el derecho anglosajón el tema de las evidencias2 es de suma importancia en el terreno probatorio. Las películas y los videos muestran en el proceso penal, singularmente: a) el rol activo de 'investigador' (privado) del abogado defensor; b) la necesidad del hallazgo (por el Fiscal, el Ministerio Público), de las pruebas (evidencias) de cargo; c) el impacto de esa demostración en el jurado, juez de los hechos y cuyo veredicto —culpable, inocente— se asienta en lo probado; d) el rigor del raciocinio, del juicio lógico que conduce a través de las 'evidencias' a la convicción.

Quienes hayan visto la excelente producción Mi secreto me

condena (Reserval of fortune), habrán quedado atrapados por la

extraordinaria reconstrucción de ese caso tan pu-blicitado sobre la base de un auténtico expediente judicial. El libro de Alan DERSHOWITZ, en las imágenes del actor (el inteligente abogado) Ron SILVER, muestra con naturalidad

277, anotado por Adolfo ALVARADOVELLOSO, Santa Fe. s/d, FAIRÉNGUI- LLEN, Víctor, Doctrina general del derecho procesal (hacia una teoría y ley procesal general), cap. XIII (La prueba), pp. 421-477, con amplísima bibliografía (prueba civil, penal), Editorial Bosch, Barcelona, 1990; FASCHING, Hans W., O desenvolvimento do Código de Processo Civil austríaco nos últimos 75 años (en portugués), Revista de Processo, Sao Paulo, núm. 2 (1977), pp. 115-127, en esp., cap. II, pp. 116-118.

2 Ver en Códigos, cit., v. V-A, § 588 el aporte del doctor Guido San- tiago TAWIL.

LA PRUEBA