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CHAPTER 4 SIMULATION

4.1 Conceptual Model

El tráfico rodado y los peatones suelen coexistir en el mismo plano, por lo que es necesario generar una diferencia de cota entre ellos para que el cruce se efectúe a distinto nivel. Las rampas y escalera que solucionan este primer inconveniente pueden generar una segunda dificultad, la tendencia natural de los transeúntes a elegir el camino más cómodo, que normalmente consiste en cruzar directamente la calzada. Por lo que habrá que buscar un encaje geométrico que produzca al usuario la sensación visual de que el trazado coincide con el camino más directo.

La AC-11 en este tramo constituye un peligro para los viandantes, ya que no existe regulación mediante semáforos, la velocidad de los vehículos es elevada aunque la misma esté limitada a 80 km/h, el flujo rodado es continuo y no existen pasos peatonales cercanos. La presencia de carriles de aceleración en ambos márgenes con cambios de pendiente dificulta la visibilidad a los peatones, aumentando la peligrosidad.

5.2.

Estéticos

Es necesario buscar una correcta integración en los parámetros que intervienen en la armonía y la atracción visual del conjunto, no sólo para el peatón, sino también para el tráfico que

coexistirá con la estructura y demás observadores de la misma desde distintos puntos de vista. Para evitar un choque visual negativo se buscarán formas atractivas, geometrías que fluyan con continuidad respetando los condicionantes funcionales.

Este concepto de belleza y armonía visual no sólo se tendrá en cuenta en los elementos de mayor importancia como el tablero, las pilas y las rampas, sino que se deben tener en consideración todos los elementos que conforman la pasarela, atendiendo por lo tanto a la iluminación, los materiales, los acabados o las barandillas.

En este caso nos encontramos con un área comercial a un lado mientras que en el otro margen se encuentra la antigua fábrica de armas (actualmente clausurada) y viviendas. A pesar de esto

tenemos un gran espacio abierto que permite ver la pasarela desde lejos, con lo cual se buscará un diseño discreto y armonioso que no desencaje con el entorno.

5.3.

Geométricos

La pasarela peatonal deberá ajustarse a unas limitaciones impuestas por la normativa vigente en el ámbito autonómico-estatal. Estos estándares mínimos de accesibilidad y funcionalidad están marcados por las siguientes leyes y decretos:

 Instrucción de Carreteras 3.1-IC de Trazado.

 Ley 8/1997 del 20 de agosto de accesibilidad y supresión de barreras en la Comunidad Autónoma de Galicia.

 Decreto 35/2000, del 28 de enero de desarrollo y ejecución de la Ley 8/1997.

 Recomendaciones para el proyecto y diseño del viario urbano, del Ministerio de Fomento.

 Obras de paso de nueva construcción, del Ministerio de Fomento.

 Orden FOM 2523/2014 del 20 de diciembre que actualiza el PG-3.

 Orden VIV 561/2010, del 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones de accesibilidad y no discriminación para el acceso y uso de espacios públicos urbanizados.

A continuación se realiza una subdivisión de estos condicionantes en función de su relación con el transeúnte y los impuestos por o para los vehículos y el entorno.

5.3.1. Necesidades del peatón

En la Ley 8/1997 del 20 de agosto se limitan ciertos cánones respecto a los itinerarios peatonales, que son desarrollados y ejecutados por el Decreto 35/2000 en la comunidad autónoma gallega. Estas normativas dan valores y demás requisitos exigibles para que una instalación, espacio o servicio posea la condición de adaptado o practicable, es decir, que

pueda ser utilizado de manera autónoma por personas con movilidad reducida o poseedoras de cualquier tipo de discapacidad.

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Anchura libre de paso

La anchura libre del tablero definirá el espacio máximo que permita la circulación de peatones. El ancho será establecido según en nivel de uso previsto para la pasarela. La Figura 5.3.1. muestra una tabla con los valores proporcionados por las Recomendaciones para el proyecto y diseño del viario urbano.

CASOS RECOMENDABLE (m) MÍNIMA (m)

Movimiento de una persona 0.75 0.60 Una persona con cochecito 0.90 0.80 Cruce de dos personas 1.00 0.90 Dos personas en paralelo 1.30 1.10 Dos personas con niño 2.25 1.80 Persona con cochecito y niño 1.25 1.15 Cruce de minusválido y otra persona 1.80 1.70 Dos personas con paraguas 2.40 2.00

Figura5.3.1.a

Adicionalmente el Decreto 28-1-2000 nº 35/2000 de desarrollo y ejecución de la Ley 20-8-1997 de accesibilidad y supresión de barreras establece que las rampas situadas en itinerarios

proyectados deben estar adaptadas a las condiciones establecidas en la base 1.2.4 del Código de accesibilidad, según el cual la anchura mínima de la rampa para que se considere practicable es de 1.20 metros y de 1.50 metros para que sea adaptada. Por lo tanto, solamente

consideraremos los valores superiores a 1.50 metros.

Observando la tabla, el valor más desfavorable para la comodidad de los peatones es el de 2.40 metros, a lo que habrá que añadir el espacio para barandillas y pasamanos. La anchura es un factor determinante en el aspecto económico, un valor muy elevado aumentaría el peso propio de la pasarela y, por tanto el gasto en materiales.

La frecuencia de tránsito en la zona dónde se encuentra la pasarela es elevada, por lo que requerirá el mayor ancho recomendable, es decir, tendrá 2.40 metros, los cuales al añadir las barandillas se convierten en 2.50 metros.

Rampas de acceso a la pasarela

Para el diseño de las rampas de acceso que forman parte de un itinerario peatonal nos

ceñiremos a los condicionantes establecidos por el Real Decreto 35/2000 del 28 de enero, Ley de accesibilidad y supresión de barreras de la Comunidad Autónoma de Galicia. Esta Ley

establece unos requisitos de pendientes máximas tanto adaptados como practicables, que han de cumplir las rampas de acceso.

ADAPTADO PRACTICABLE

Pendiente Longitudinal

Rampas de longitud < 3 m 10% 12% Rampas de longitud entre 3 y 10 m 8% 10% Rampas de longitud > 10 m 6% 8% Pendiente transversal máxima 2% 3% Ancho mínimo de rampa 1.50 m 1.20 m

Descansos

Ancho mínimo El de la rampa El de la rampa Longitud mínima 1.50 m 1.50 m Espacio libre de obstáculos al inicio y

final de la rampa

1.80x1.80 m 1.50x1.50 m

Figura5.3.1.b

Para evitar largos y tediosos recorridos peatonales se tiende a utilizar la mayor pendiente longitudinal posible. Fijándonos en la tabla de la Figura 5.3.1b vemos que la mayor pendiente aceptable es del 10%, pero esta sólo se puede utilizar en tramos de 3 metros de longitud, lo que supondría la intercalación de varios rellanos de 1.50 metros. Por este motivo optaremos por una rampa con una pendiente del 6%, para trazar un recorrido de mayor longitud y con una menor cantidad de descansillos.

En los extremos de cada tramo, donde se llevan a cabo los cambios de sentido situaremos rellanos en los que se pueda inscribir un círculo de un diámetro mínimo de 1.50 metros, que es lo que especifica la normativa para itinerarios adaptados.

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Gálibo

La altura de paso libre de obstáculos está normalizada por el Decreto 35/2000 del 28 de enero del 2000, de desarrollo y ejecución de la Ley 20 de agosto de 1997 de accesibilidad y supresión de barreras.

Esta ley establece la altura de paso libre de obstáculos mínima en 2.20 metros para itinerarios peatonales adaptados, esta será la altura que tomaremos.

Escaleras

Los requisitos a cumplir por las escaleras atienden al Decreto 35/2000 del 28 de enero, de desarrollo y ejecución de la Ley 20-8-1997 de accesibilidad y supresión de barreras.

ADAPTADO PRACTICABLE

Pendiente Longitudinal

Altura libre de obstáculos 2.20 m 2.10 m Anchura mínima 1.20 m 1.00 m Altura máxima de la contrahuella 17 cm 18 cm Huella mínima 30 cm

Relación huella-contrahuella 2t + h ≤64 cm

Dimensión mínima del descanso 1.20 m 1.00 m

Figura5.3.1.c

En la expresión anterior “t” es la dimensión de la contrahuella en centímetros y “h” la dimensión de la huella.

Las barandillas se deberán disponer a ambos lados si la anchura es menor de 3.00 metros, de ser mayor se dispondrá también una barandilla central.

Ascensor

Conforme al Decreto 35/2000 del 28 de enero, de desarrollo y ejecución de la Ley 20-8-1997 de accesibilidad y supresión de barreras el ancho mínimo del ascensor en adaptados será de 1.10 metros y en practicables será de 1.40metros. La superficie mínima del mismo no será inferior a

1.60 m^2 en adaptados y 1.20 m^2 en practicables. Las puertas serán automáticas, con un zócalo de 40 centímetros y dejarán un paso libre mínimo de 80 centímetros.

5.3.2. Necesidades del vehículo y entorno

Gálibo

El gálibo vertical mínimo está indicado en la Instrucción de carreteras, que dice lo siguiente: “La altura mínima bajo pasarelas, pórticos o banderolas, sobre cualquier punto de la plataforma, será mayor o igual que cinco metros y cincuenta centímetros (≥ 5.50 m)”

Tomaremos este valor, ya que cuanto mayor sea la altura a salvar, mayor será el recorrido peatonal.

Luz a salvar

La zona de estudio está constituida por una vía de circulación de doble sentido, con dos carriles por sentido de 3.50 metros cada uno, además de dos carriles de incorporación, uno por cada sentido de 3.90 metros de ancho cada uno. Las construcciones existentes colindantes a la AC-11 en el área de estudio dificultan el diseño de las rampas de acceso, para resolver este problema el eje de la pasarela no será perpendicular al de la carretera, sino que tendrá una ligera

inclinación. Esta solución trae consigo el aumento de la longitud del tablero, que tendrá alrededor de 50 metros de longitud.

5.4.

Económicos

La valoración económica de las distintas alternativas dependerá de diversos factores, como la anchura, la longitud, los materiales empleados o la tipología estructural.

Este condicionante tiene un gran peso a la hora de determinar la selección de las opciones, ya que se pretende que el coste sea el mínimo posible pero que a su vez garantice una vida útil elevada y un conjunto estético agradable para el observador.

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5.5.

Geológicos y geotécnicos

La zona de actuación se asienta en su totalidad sobre un sustrato rocoso compuesto por materiales granitoides, con lo cual será importante atender a su grado de alteración. En este

caso nos encontramos granito con un grado de alteración III (moderadamente meteorizada, según la escala ISRM), con lo cual presenta un comportamiento claramente rocoso.

Teniendo en cuenta que nos encontramos en una zona urbana y atendiendo a las actuaciones realizadas previamente en la zona encontraremos también una capa de relleno antrópico siendo estos los siguientes:

 Rellenos antrópicos de viales: son los rellenos de las vías de comunicación existentes, siendo los más abundantes, lógicamente, los de la AC-11.

Se trata de rellenos controlados en su naturaleza, granulometría y puesta en obra, con lo cual, como mínimo podemos asegurar que se trata de suelos tolerables aptos para el núcleo de rellenos tipo terraplén.

 Rellenos antrópicos de explanaciones: corresponden a los movimientos de tierras para edificaciones, para plataformas y aparcamientos. Estos materiales de relleno debido a su heterogeneidad, tanto en composición como en propiedades geotécnicas pueden generar problemas de inestabilidad, por lo que de ser posible se buscará retirarlos. Las características del suelo descritas anteriormente influirán a la hora de seleccionar, tanto la tipología como la ubicación de las cimentaciones. Además habrá que tener en cuenta el tipo de terreno y las condiciones hidrogeológicas para el cálculo de muro, y el tipo de suelo con el que se realizarán los terraplenes.

Hidrogeología

La zona de estudio, como ya se ha indicado, se emplaza sobre materiales rocosos con distinto grado de alteración. En estos materiales la permeabilidad está asociada al grado de fisuración o alteración en superficie. En la Figura 5.2 se observa que el trazado se ubica sobre una zona de baja permeabilidad.

Figura 5.2

5.6.

Sismicidad

La Norma de Construcción Sismorresistente NCSE-02 y NCSP-07 establece que la peligrosidad sísmica se establece mediante un mapa del territorio Nacional español, diseñado con este fin. Este mapa(Figura 5.3) suministra para cada punto del territorio y expresada en relación al valor de la aceleración de la gravedad (g) , la aceleración sísmica básica (ab), que corresponde a un valor característico de la aceleración horizontal de la superficie del terreno, correspondiente a un período de retorno de 500 años. Además recoge los valores del coeficiente de contribución (K), que tiene en cuenta la influencia en la peligrosidad sísmica de cada punto, de los distintos tipos de terremoto considerados en el cálculo de la misma.

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Figura 5.3

La norma es de obligado cumplimiento en el ámbito de aplicación, excepto en los siguientes casos:

 Construcciones de importancia moderada.

 Edificaciones de importancia normal o especial en el caso de que la aceleración sísmica básica sea inferior a 0.04g, siendo “g” la aceleración de la gravedad.

 En construcciones de importancia normal con pórticos bien arriostrados entre sí en todas las direcciones cuando la aceleración sísmica básica sea inferior a 0.08g.

En la zona de estudio la aceleración sísmica básica es inferior a 0.04g, por lo tanto no es necesaria la consideración de sismo en los cálculos estructurales.

5.7.

Durabilidad

La estructura debe ser proyectada para que mantenga su seguridad, funcionalidad y apariencia durante el período de su vida útil, estando sometida a las acciones medioambientales y que los costes de mantenimiento no sean elevados. El entorno se caracteriza por unas condiciones meteorológicas con abundantes precipitaciones y una humedad alta, por lo tanto los materiales elegidos deberán soportar dichas agresiones.

5.8.

Facilidad de ejecución y montaje

La zona donde se ubica la pasarela posee una alta densidad de tránsito de vehículos, por lo que se buscará seleccionar una tipología de pasarela que afecte lo menos posible al tráfico durante su construcción. El hecho de que existan dos carriles por sentido de circulación juega a nuestro favor, ya que de ser necesario inhabilitar uno de ellos no cortaría completamente el tránsito de vehículos aunque este se vería congestionado.

6.

Descripción de alternativas

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