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Al inicio del siglo XXI, nuestro país pasó por un cambio de acuerdo con el estado con el único objetivo del pasar muchas bayas de humildad y discriminación, para reforzar los procesos de la democracia. Por eso dentro de la primera década del siglo se adquirieron acuerdos sociales, políticos dentro del estado y se plasmaron documentos legales, que tenían como único objetivo el orientar las acciones de la educación para lograr la calidad.

Estos conjuntos de acuerdos se marcan dentro del marco normativo que justifica los estándares de aprendizaje dentro del Perú.

De forma específica, el PEN (proyecto educativo institucional) del 2006, explicaba de manera explícita las necesidades de tomar a los estándares de aprendizaje. En dicho documento, se definen los 6 diversificadas estrategias que ayudan en la orientación las políticas educacionales hasta el 2021, donde se acuerda la necesidad de asegurar a los peruanos la accesibilidad a los aprendizajes fundamentales dentro de la calidad para su mayor aprendizaje, y que además permitan ser comprobadas de manera internacional. Estos estándares deben ser establecidos de forma concreta para que sean aceptados y puedan ser aplicados dentro del ámbito nacional, regional y local, siempre inclinando el respeto por las inecsactitud socioculturales y los derechos de todos los estudiantes para la adquisición de nuevos aprendizajes de calidad (NCE, 2006).

En el año 2006, se crea el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y

Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE), por medio de la Ley N° 28740, con la finalidad de que se garantice dentro de las instituciones educativas el

de calidad dentro del desarrollo de los procesos de evaluación, que certifique la labor profesional (Congreso de la República del Perú, 2006)

En el artículo de dicha Ley se menciona que el Instituto de Evaluación,

Acreditación y Certificación de Calidad Educativa (ipeba) “mencionando que era el órgano que movilizaba al SINEACE que define los estándares para la medición interna y para garantizarlas en las instituciones dentro de sus indicadores para las instituciones de educación básica y técnicos del sector público o privado para la aceptación de los niveles de calidad educativa, de la misma forma aplicar las medidas que son necesarias para su mejora”. Luego, en el año 2007 ese

reglamento de ley se enfocó en que los procesos de mejora en cuanto a la calidad determinan también incluir los estándares de aprendizaje para mejorar la calidad y los criterios de evaluación en la educación dentro de lo nacional, regional, en conjunto con el Ministerio de Educación (Minedu, 2007).

Más adelante, en el 2011, el Bicentenario 1 recolectó algunos objetivos

estratégicos del PEN asumiéndolos como lineamientos de su política. Dentro de su objetivo 2, se menciona “exterminar las brechas educativas existentes dentro de la educación pública y privada, la rural con la urbana dentro de la diversidad

sociocultural”. También observa a las acciones estratégicas para “definir los estándares nacionales de aprendizaje y la evaluación de forma regular (Ceplan, 2011).

De esta forma, una muestra de los estándares se puede considerar al trabajo que se realizó en la Unidad de Medición de la Calidad Educativa (umc) del Minedu.

Desde inicios de 1996, la UMC se esforzaba por evaluar el currículo teniendo logros en algunas áreas curriculares. Las evaluaciones llevadas a cabo en el 2001 (EN 2011) mostró una modificación importante en la forma de evaluar. Sin embargo, la forma de definir al aprendizaje, al que se puede considerar que no fue sencillo, ya que se exigía posiciones curriculares más reales y y claras en cuanto a los logros que se esperaban de los estudiantes dentro de cada competencia. Ante la impresencia del currículo vigente, UMC comenzó a exigir desde el 2001 la elaboración de estándares de aprendizaje.

Pero, de acuerdo con la demanda que se debe concretar, la UMC ha objetivizado lo denominado aprendizaje esperado, partiendo de los resultados que se obtuvieron de los estudiantes dentro de las pruebas. De este modo, se cuenta con el currículo que define lo que los alumnos deben hacer de acuerdo con su grado y ciclo al que pertenecen, dentro de los estándares y desempeños dentro de la evaluación nacional.

De esta forma, se señala a los estándares como si empezaran a elaborarse dentro de un contexto donde el currículo y evaluación no se comunican con los aprendizajes que se esperaban necesariamente. Es por eso, que la elaboración de los estándares propone otorgar dentro de ese marco común el permiso de mejorar la relación entre currículo y evaluación en nuestro país.

La meta era dotar de manera coherente al sistema de la educación partiendo del concepto de las expectativas similares y la misma visión de lo que se debe aprender.

Luego, se resuelve dentro de las solicitudes de las progresiones al DCN, un archivo de programa educativo desde 2005 a la luz de las solicitudes de las progresiones dentro del cambio del programa educativo que se desarrolló en América Latina durante la

década de 1990. En Perú, el cambio curricular comenzó en 1995 dentro del Programa Curricular de Articulación Inicial - Primaria y cerró su primera etapa en 2005 con el DCN, que incluyó dentro de un trabajo los diferentes proyectos dentro de los niveles actuales en instrucción, como opcional también, este cambio tuvo una actualización significativa en la sustancia de los diferentes controles, ya que era susceptible de consultas desde que se distribuyó. Sus expectativas eran confusas, demasiada información que no ayudaba cubrir los objetivos del aprendizaje en un año. Sus terminologías no eran consistentes, habían problemas en la secuencialidad y la

progresión de los aprendizajes, la enseñanza – aprendizaje tenía un débil alineamiento en competencias y la ausencia de la coherencia de la evaluación dentro del aula. Por lo general, estos resultados, obligó que se brindara especificaciones más entendibles en cuanto a los logras de aprendizaje de los estuantes a nuestros maestro y maestras.

Sin embargo, el resultado de los aprendizajes en cuanto a las pruebas demostraban que los estudiantes peruanos no estaban ni cerca de poder asumir que existe una desigualdad que fue tomando mayor incremento. el 15, 1% logra el nivel suficiente en tercero, en quinto, el 9,8% (UMC 2005a, 2005b, 2005c, 2005d).

De la misma forma, las pruebas censales de 2008 y 2009 del segundo grado del nivel primario, dieron resultados de que, solo el 6,9% y 23, 1% de los alumnos logran el nivel de lectura suficiente. En números y operaciones, un 9,4% y 13, 3% lo logra. Es así, que continúan las brechas entre lo urbano y lo rural, en el 2009, el 28, 9% y 11, 6% en lectura, 16, 8% y 7, 1% en matemáticas. Así como en las escuelas públicas y privadas, en el 2008, mostró resultados de evaluaciones casi similares dentro de los que participa (UMC, 2004; Llece. 2008).

Se trató de explicar estos resultados con que existían muchos factores que brindaban ese resultado que no se podía ver dentro del sistema educativo, la cual no podía resolver.

Es por eso, que se decidió que los cambios contribuyan a que todos los estudiantes aprendan lo que deberían y que este debe estar conectado al establecimiento de las metas de aprendizaje que ayuden a su misma vez a ser comprendidas sin dificultad por todos los actores para que exista un logro de manera efectiva.

Por último, la descentralización curricular instó en que se desarrollaran los estándares de aprendizaje. Dentro del reglamento de la Ley General de Educación (LGE), se

promulga que, el Ministerio de Educación es el encargado de diseñar los currículos nacionales, regionales y locales, partiendo de la diversificación con el fin de responder de manera positiva a las características de cada estuante y su entorno. De este modo, los diseños curriculares regionales se convierten en documentos que son construidos a base del currículo nacional y que esto incluirá los aprendizajes complementarios, de acuerdo a las necesidades de los estudiantes en cada región del país (Minedu, 2012).

La elaboración del diseño curricular regional dentro del Perú, se realiza a partir del 2006 sin monitoreo del Ministerio de Educación, y sin lineamientos específicos que propicien su realización y prescripción. No existe ningún tipo de guía donde se mencione cómo es que cada actor involucrado debe ser partícipe para que esto sea validado y caracterice la calidad que debe tener el currículo, de forma que pueda

responder a las necesidades de los aprendizajes regionales y nacionales presentados en el DCN.

definiciones curriculares extensas y no especificadas, como las que se establecen en el DCN.

Es por eso, que la construcción de los modos de adecuar dentro de los centros regionales y locales, está advertido del peligro en la disminución de las capacidades y competencias del currículo, enlazada a una expectativa inferior en los aprendizajes dentro del contexto socioeconómico desfavorable. Es por eso, que se toma en consideración la elaboración de los estándares de aprendizaje nacionales dentro del proceso de descentralización curricular. Eso tendrá pie para que no se prescriba un aprendizaje no negociable, que las instituciones educativas, nacionales, regionales y locales deben garantizar dentro de ellas para la orientación de forma precisa en cuanto a los diversos pasos que se siguieron para poder realizar la diversificación dentro de las diferente realidades en la educación (Ipeba/Sineace, 2011. P 18).