• No results found

to confirm the existence and value of assets and liabilities

In document Make the most of your energy (Page 53-55)

¿Qué es la producción ecológica?

La agricultura ecológica es un sistema agrario cuyo objeto es la obtención de alimentos de máxima calidad, respetando el medio ambiente y conservando la fertilidad de la tierra mediante la utilización óptima de los recursos naturales. Para ello emplea métodos de cultivo biológicos y mecánicos y evita los productos químicos de síntesis.

La agricultura ecológica se diferencia de otros sistemas de producción agrícola en varios aspectos:

1. La fertilidad y actividad biológica del suelo se mantiene mediante el cultivo de leguminosas, el abonado en verde y las plantas de enraizamiento profundo, siguiendo un programa de rotación de cultivos anual. De esta forma se reduce la erosión hídrica del suelo, fija el nitrógeno atmosférico y supone un aporte de materia orgánica al suelo.

Esta medida puede complementarse incorporando a la tierra estiércol procedente de explotaciones ganaderas ecológicas y materias orgánicas transformadas en compost o sin transformar.

Si con estos sistemas no se ha logrado todavía una nutrición adecuada de los vegetales, se pueden incorporar fertilizantes orgánicos o minerales naturales poco solubles que no se obtienen mediante síntesis química y que figuran en el anexo I del Reglamento (CE) 889/2008.

2. La protección de las plantas contra los parásitos y las enfermedades pasa por:

• la selección de las especies y las variedades que sean resistentes por naturaleza, • la aplicación de programas de rotación de cultivos,

• el empleo de medios mecánicos de cultivo, • la quema de malas hierbas y

• la protección de los enemigos naturales de los parásitos, como la conservación de setos o nidos.

Cuando sea necesario utilizar productos fitosanitarios solo podrán emplearse los que figuran en el Anexo II del Reglamento (CE) 889/2008.

El periodo mínimo para convertir una parcela de agricultura convencional en ecológica es de dos años para cultivos anuales y tres para cultivos perennes.

La normativa permite la recolección silvestre en zonas naturales, bosques y zonas agrícolas siempre que, durante tres años, estas zonas no hayan sido tratadas con productos prohibidos. ¿Cómo está regulada?

Normativa europea

Reglamento (CE) nº 834/2007 del Consejo de 28 de junio de 2007 sobre la producción y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) 2092/91 del Consejo.

Reglamento (CE) nº 967/2008 del Consejo, de 29 de septiembre de 2008: modificación del Reglamento (CE) nº 834/2007.

Reglamento (CE) nº 889/2008 de la Comisión por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 834/2007.

Reglamento (CE) 1235/2008 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2008, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 834/2007 del Consejo en lo que se refiere a las importaciones de productos ecológicos procedentes de terceros países.

Reglamento (CE) 1254/2008 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2008, que modifica el Reglamento (CE) 889/2008 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 834/2007 del Consejo sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos, con respecto a la producción ecológica, su etiquetado y su control (levadura y huevos).

Reglamento (CE) 537/2009 de la Comisión, de 19 de junio de 2009, que modifica el Reglamento (CE) 1235/2008 en lo que atañe a la lista de los terceros países de los que deben ser originarios determinados productos agrarios obtenidos mediante producción ecológica para poder ser comercializados en la Comunidad.

Reglamento (CE) 271/2010 de la Comisión, de 24 de marzo de 2010, que modifica el Reglamento (CE) n o 889/2008 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n o 834/2007 del Consejo, en lo que atañe al logotipo de producción ecológica de la Unión Europea.

Reglamento de ejecución (UE) 344/2011 de la Comisión, de 8 de abril de 2011, que modifica el Reglamento (CE) n o 889/2008, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n o 834/2007 del Consejo, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos, con respecto a la producción ecológica, su etiquetado y su control.

Reglamento de ejecución (UE) 590/2011 de la Comisión, de 20 de junio de 2011, que modifica el Reglamento (CE) n o 1235/2008, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n o 834/2007 del Consejo en lo que se refiere a las importaciones de productos ecológicos procedentes de terceros países.

Reglamento de ejecución (UE) 426/2011 de la Comisión, de 2 de mayo de 2011, que modifica el Reglamento (CE) n o 889/2008 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n o 834/2007 del Consejo sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos, con respecto a la producción ecológica, su etiquetado y su control.

Normativa nacional

En el marco de estos reglamentos comunitarios los distintos países de la Unión Europea han ido desarrollando sus propias normativas. En España se encuentra regulada desde 1989, año en el que se aprobó el Reglamento de la Denominación Genérica Agricultura Ecológica.

Posteriormente, mediante el Real Decreto 1852/1993, de 22 de octubre, se establece el marco legal que actualmente regula la producción ecológica en el territorio nacional y se crea la Comisión Reguladora de la Agricultura Ecológica.

Normativa autonómica

Orden 24 de enero de 1997, por la que se designa la autoridad de control en el ámbito de La Rioja en materia de producción agraria ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios (Or. 33/96)

Decreto 1/2009, de 2 de enero, por el que se crea la corporación de derecho público Consejo Regulador de la Producción Agraria Ecológica de La Rioja y se aprueba el Reglamento sobre Producción Agraria Ecológica de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

In document Make the most of your energy (Page 53-55)

Related documents