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PLANTAS · e 1·300 14.02 m salida emergencia 23.47 m 24.76 m 2 4.68 m 11.7 1 m 23.21 m 30.18 m 17.15 m 17.15 m 24.10 m 14.02 m salida emergencia 23.47 m 24.76 m 2 4.68 m 11.7 1 m 23.21 m 30.18 m 17.15 m 17.15 m 24.10 m 27.95 m 26. 10 m 73.00 m 17.15 m 30.46 m 17.15 m 23.85 m 22.69 m 27.95 m 26. 10 m 73.00 m 17.15 m 30.46 m 17.15 m 23.85 m 22.69 m PLANTA BAJA PLANTA SEGUNDA PLANTA PRIMERA PLANTA TERCERA

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SI 3.4 Dimensionado de los medios de evacuación En este apartado se dimensionarán los pasillos, puer- tas o escaleras con el fin de garantizar y facilitar una correcta evacuación de los ocupantes. Debemos tener en cuenta que la normativa dice que cuando en una zona, en un recinto, en una planta o en el edificio deba existir más de una salida, considerando también como tales los puntos de paso obligado, la distribución de los ocupantes entre ellas a efectos de cálculo debe hacerse suponiendo inutilizada una de ellas, bajo la hipóte- sis más desfavorable. Con la tabla 4.1 se dimensionan los elementos deevacuación.

Puertas y pasos A > P / 200 > 0,80 m

Siendo A la anchura de la puerta o el paso y P el núme- ro total de personas cuyo paso esta previsto por el punto cuya anchura se dimenesiona, se puede concluir que con una dimensión mínima de 0,80 m pueden evacuar un total de 160 personas. Aparte de las salidas gene- rales, sólo existe un espacio con una ocupación mayor. Se trata de la zona expositiva en planta primera. La ocupación asciende a 316 personas por lo que: A > 316 / 200 = 1,58 m

La anchura de evacuación de la zona expositiva debe ser mayor a 1.58 metros. Esto se cumple en las dos sa- lidas con las que cuenta dicho espacio. En ambas dos puertas de 0.8 metros cada una garantizan la salida de sus ocupantes.

Por otro lado, se garantiza que las salidas generales del palacio en planta baja cuentan con una anchura suficiente para desalojar al sumatorio de ocupantes de los disintos recintos (543 en el caso del sector 1 y 201 en el caso del sector 2).

Pasillos y rampas A > P / 200 > 1,00 m

En este caso, muy parecido al anterior, el mínimo esta- blecido para pasillos es de 1 metro, lo que equivale a una ocupación de 200 personas. Esta ocupación solo se ve superada de nuevo por el espacio expositivo, don- de la anchura de los pasillos deberá alcanzar 1.58 m de anchura. Esto se cumple porque el espacio en sí no cuenta con estrechamientos que se pudieran considerar pasillos y las dimensiones de las salas por las que se evacuaría son mucho mayores a esta dimensión. Por otro lado se quiere comprobar si el vestibulo princi- pal, con cierta forma de ‘pasillo’ cumple con la anchura mínina. Suponiendo que las demás salidas se encon- traran bloqueadas (hipótesis más desfavorable), dicho tramo soportaría una ocupación de 543 personas, el total del sector 2.

A > 543 / 200 = 2,71 m

Una vez deducido esto, garantizamos que el vestibulo, con una anchura de 5.60 metros cumple esta normativa con holgura.

Escaleras no protegidas (escaleras sur del palacio) La comprobación de la capidad de las escaleras en

función de su anchura se realiza con la tabla 4.2. · Anchura de la escalera: 1.20 m

· Evacuación: Descendente

· Ocupación máxima admisible 192 personas En el caso de las escaleras sur del palacio, estas es- caleras no protegidas llevarán en su punto más bajo hasta un total de 186 personas, por lo que cumple la normativa con la anchura de 1.20 m.

Escaleras protegidas(escaleras norte del palacio) La comprobación de la capidad de las escaleras en función de su anchura se realiza con la tabla 4.2. · Anchura de la escalera: 1.20 m

· Evacuación: Descendente · Número de plantas: Tres plantas

· Ocupación máxima admisible 315 personas En el caso de las escaleras norte del palacio la ocupa- ción de evacuación total será de 233 personas. Cum- ple la normativa con la anchura de 1.20 m que tiene.

Escaleras protegidas(escaleras archivo)

· Anchura de la escalera: 1.10 m · Evacuación: Descendente · Número de plantas: Cinco plantas · Resultado 356 personas

En el caso de la evacuación del archivo, no cabe nin- gún problema dado que la ocupación total del sector a evacuar por dichas escaleras es de 12 personas por cada núcleo de comunicación.

SI 3.5 Protección de las escaleras

En la tabla 5.1 se indican las condiciones de protección que deben cumplir las escaleras previstas para evacua- ción. En el caso que nos ocupa sólo es necesario que la escalera del archivo sea protegida (como lo es) debido a que la altura de evacuación descendente es de 12.5 metros, por encima de los 10 m que indica la normativa.

Tras esta tabla, se indica en el SI algo muy relevan- te para las escaleras norte del palacio. Dice así: ‘Las escaleras que comuniquen sectores de incendio diferentes pero cuya altura de evacuación no exceda de la admitida para las escaleras no protegidas, no precisan cumplir las condiciones de las escaleras protegidas, sino únicamente estar compartimenta- das de tal forma que a través de ellas se mantenga la compartimentación exigible entre sectores de incendio, siendo admisible la opción de incorporar el ámbito de la propia escalera a uno de los sectores a los que sirve.’ Bajo estas consideraciones se ha diseñado el nuevo nú- cleo de escaleras que da acceso entre los espacios de biblioteca y el resto de usos del palacio.

SI 3.6 Puertas situadas en recorridos evacuación Las puertas previstas como salida de planta o de edi- ficio y las previstas para la evacuación de más de 50 personas serán abatibles con eje de giro vertical y su sistema de cierre, o bien no actuará mientras haya actividad en las zonas a evacuar, o bien consistirá en

un dispositivo de fácil y rápida apertura desde el lado del cual provenga dicha evacuación, sin tener que utilizar una llave y sin tener que actuar sobre más de un mecanismo.

Abrirá en el sentido de la evacuación toda puerta de salida prevista para el paso de más de 100 personas en los casos que no sean Residencial Vivienda. Además, haciendo referencia a las puertas que cierran el espacio de calle que existe entre el palacio y el archi- vo, se indica en la normativa que las puertas peatona- les automáticas dispondrán de un sistema que en caso de fallo en el suministro eléctrico o en caso de señal de emergencia, cumplirá la condición de que, cuando se trate de una puerta corredera o plegable, abra y mantenga la puerta abierta o bien permita su apertura abatible en el sentido de la evacuación mediante simple empuje con una fuerza total que no exceda de 220 N. SI 3.7 Señalización de los medios de evacuación Se utilizarán las señales de evacuación definidas en la norma UNE 23034:1988, conforme a los criterios: · Las salidas de recinto, planta o edificio tendrán una señal con el rótulo “SALIDA”, excepto cuando se trate de salidas de recintos cuya superficie no exceda de 50 m2, sean fácilmente visibles desde todo punto de dichos recintos y los ocupantes estén familiarizados con el edificio.

· La señal con el rótulo “Salida de emergencia” debe utilizarse en toda salida prevista para uso exclusivo en caso de emergencia.

· Deben disponerse señales indicativas de dirección de los recorridos, visibles desde todo origen de eva- cuación desde el que no se perciban directamente las salidas o sus señales indicativas y, en particular, frente a toda salida de un recinto con ocupación mayor que 100 personas que acceda lateralmente a un pasillo. · En los puntos de los recorridos de evacuación en los que existan alternativas que puedan inducir a error, tam- bién se dispondrán las señales antes citadas, de forma que quede claramente indicada la alternativa correcta. Tal es el caso de determinados cruces o bifurcaciones de pasillos, así como de aquellas escaleras que, en la planta de salida del edificio, continúen su trazado hacia plantas más bajas, etc.

· En dichos recorridos, junto a las puertas que no sean salida y que puedan inducir a error en la evacuación debe disponerse la señal con el rótulo “Sin salida” en lugar fácilmente visible pero en ningún caso sobre las hojas de las puertas.

· Las señales se dispondrán de forma coherente con la asignación de ocupantes que se pretenda hacer a cada salida, conforme a lo establecido en el capítulo 4 de esta Sección.

· Los itinerarios accesibles para personas con discapaci- dad que conduzcan a una zona de refugio, a un sector de incendio alternativo previsto para la evacuación de personas con discapacidad, o a una salida del edificio accesible se señalizarán mediante las señales estable- cidas en los párrafos anteriores a), b), c) y d) acompa- ñadas del SIA (Símbolo Internacional de Accesibilidad para la movilidad). Cuando dichos itinerarios accesi-

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bles conduzcan a una zona de refugio o a un sector de incendio alternativo previsto para la evacua- ción de personas con discapacidad, irán además acompaña- das del rótulo “ZONA DE REFUGIO”.

· La superficie de las zonas de refugio se señalizará mediante diferente color en el pavimento y el rótulo “ZONA DE REFUGIO” acompañado del SIA colocado en una pared adyacente a la zona.

Además as señales deben ser visibles incluso en caso de fallo en el suministro al alumbrado nor- mal. Cuan- do sean fotoluminiscentes deben cumplir lo establecido en las normas UNE 23035-1:2003, UNE 23035-2:2003 y UNE 23035-4:2003 y su mante- nimiento se realizará conforme a lo establecido en la norma UNE 23035-3:2003.

SI 3.8 Control de humo de incendio

Respecto a lo que indica la normativa en lo que se refiE- re a los casos en los que se debe instalar un sistema de control del humo de incendio, ninguno de ellos afecta a los espacios del CAE, ya que no cuenta con aparca- miento, su ocupación no excede de 1000 personas y ninguno de los sectores cuenta con un atrio pertenecien- te a un sector con más de 500 personas de ocupación. SI 3.9 Evuación de personas con discapacidad La normativa indica que en el uso de Pública Concurren- cia, si la altura de evacuación es mayor que 10 metros, toda planta que no sea zona de ocupación nula y que no disponga de alguna salida del edificio accesible dis- pondrá de posibilidad de paso a un sector de incendio alternativo mediante una salida de planta accesible o bien de una zona de refugio apta para el número de plazas que se indica a continuación.

A este respecto únicamente el archivo cuenta con una altura de evacuació mayor de 10 metros, pero su uso en planta superior no es de uso pública concurrencia. Además ya cuenta con dos salida de planta y del edifi- cio accesibles por lo que no es necesario que existiera un segundo sector de incendios alternativo o una zona de refugio excluvisa para personas con discapacidad. SI 4. INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

El edificio dispondrá de los equipos e instalaciones ade- cuados para hacer posible la detección, el con- trol y la extinción del incendio, así como la transmisión de la alarma a los ocupantes.

SI 4.1 Dotación de instalaciones de protección con- tra incendios

Los edificios deben disponer de los equipos e instalacio- nes de protección contra incendios que se indican en la tabla 1.1, Dotación de instalaciones de protección con- tra incendios. A continuación se presentan los equipos que se deberán instalar en el CAE.

· Extintores portátiles

· Bocas de incendio equipadas

· Sistema de alarma y detección de incendio

Extintores portátiles

Como indica la normativa se colocará un extintor por- tátil de eficacia 21A -113B a 15 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde todo origen de eva- cuación. Además también se dispondrán en aquellos espacios de zona de riesgo especial, es decir, en los archivos, la cocina de la cafetería y las zonas de insta- laciones. Como requerimiento de local de contadores se dispondrá de un extintor de CO2 junto a cada cua- dro eléctrico principal.

Bocas de incendio equipadas (BIES)

Las bocas de incendio equipadas deberán disponerse sobre toda la superficie en planta de uso de pública

concurrencia, ya que se superan los 500 m2 que se

determina como base.

Se instalarán además en las zonas de riesgo especial alto, es decir, en los espacios que ocupan los archivos en planta primera y segunda de nuevo volúmen ya que el riesgo se debe principalmente a materias combusti- bles sólidas. Los equipos serán de 45 mm.

Las BIES dse situarán sobre un soporte rígido, de forma que el centro quede como máximo a una altura de 1,5 con relación al suelo, preferentemente cerca de las puer- tas o salidas y a una distancia máxima de 5m respec- to de las mismas, teniendo en cuenta que no deberán constituir obtáculo para la utilización de dichas puertas. Hidrantes exteriores

El CAE no requiere de hidrantes exteriores ya que la densidad de ocupación resultante es de 1 perso- na/6.36 m2, inferior a la exigencia que se pide cuan- do la densidad de ocupación mayor que 1 persona cada 5 m2.

Instalación automática de extinción

La cafetería no requerirá de una instalación automá- tica de extinción ya que no supera el límite de 50kW que se establece para el resto de usos que no sean Hospitalario o Residencial Público.

Sistema de alarma y detección de incendio El sistema dispondrá de detectores y pulsadores ma- nuales y permitirá la transmisión de alarmas locales, alarma general e instrucciones vocales. Todo el sistema estará interconectado: primero con la propia centralita de incendios que tomará las acciones necesarias de protección y comunicación y luego con el sistema cen- tral de control de clima y gas natural. Para la ubicación y de- terminación del modelo de dispositivo instalado se seguiran las indicaciones establecidas en la norma UNE 23007-14.

Se determina que dado el uso museístico y la ubicación de los detectores, en falso techo plano, se opta por detectores de humo por aspiración. Se cumplira todo lo establecido en la norma UNE 23007 -14 en cuanto a las recomendaciones de distribución y ubicaciones de los detectores y sistema de alarma.

Toda la superficie edificada del establecimiento estará cubierta por una instalación de pulsadores manuales de alarma.

En el caso de detección de un incendio, el sistema de

climatización se parará. En el caso del sistema de gas, se cerraran las electroválvulas de corte de la caldera situada en planta segunda del palacio.

SI 4.2 Señalización de las instalaciones manuales de protección contra incendios

Los medios de protección contra incendios de utilización manual (extintores, bocas de incendio, pulsadores ma- nuales de alarma y dispositivos de disparo de sistemas de extinción) se deben señalizar mediante señales defi- nidas en la norma UNE 23033-1, siguiendo los tama- ños adecuados según las disntacias de observación de la señal. Además las señales deben ser visibles incluso en caso de fallo en el suministro al alumbrado nor- mal.

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El caso del archivo

El archivo cuenta con unos requerimientos muy específicos debido a su uso. En primer lugar, se trata de un local de riesgo espe- cial alto, ya que supera los 400 m3 de vo- lumen. Esto significa que la estructura que le rodea deberá contar con una protección de R180. Para ello toda la envolvente del espacio interior del archivo esta resuelta con una solción de placas de pladur con una protección ante el fuego EI180. Además, al tratarse de un archivo cuyo material de almacenado es muy sensible, requiere de la instalación de un sistema de detección prematura del incendio. Se deci- de instalar el sistema Cirrus Pro 200, una detección de fuego por cámara de niebla que también es utilizado en el archivo de la Bibliote ca de la Diputación Foral de Bi- zkaia, obra de IMB. Este sistema, como in- dica el gráfico adjunto, permite detectar el fuego en su fase más temprana. El sistema de aspiración es ultra-sensible y evita las posibles “falsas alarmas” de los cambios de polvo, vapor, condensación, humedad, flujo de aire y temperaturas elevadas que afectan a otros sistemas de detección de aspiración

Relacionado con este sistema de detección, se instala un sistema de extinción de fue- go por agua nebulizada. Es necesario utilizar un sistema como este, que ahoga el ambiente, por los desperfectos que podría ocasionar el agua de un sprinkler normal a la documentación del archivo. El agua nebulizada consgigue el enfriamiento tanto de la llama como de los gases generados en la combustión. Además provoca el des- plazamiento de oxígeno por evaporación y la atenuación del calor radiante con las mismas pequeñas gotas. Es por todo esto que se trata del sistema más idóneo para un caso tan específico como el archivo.

17. 15 m S S S 17. 15 m

equipos de protección contra incendios