don JOSÉ CASTRO RABADÁN, sobre la cantidad a la que asciende la deuda con la Seguridad Social del Estado, en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, de las em- presas públicas dependientes o gestionadas por la misma, hasta diciembre de 1996.
El anuncio de la presentación de la referida pregunta fue publicado en el BOLETÍNOFICIAL DE LASCORTESGENE- RALES, Senado, Serie I, número 152, 27 de febrero de 1997.
Palacio del Senado, 10 de abril de 1997.—El Presidente del Senado, Juan Ignacio Barrero Valverde.—La Secre- taria primera del Senado, María Cruz Rodríguez Sal-
daña.
Al Presidente del Senado
José Castro Rabadán, Senador por Salamanca, pertene- ciente al Grupo Parlamentario Socialista, al amparo de lo dispuesto en los artículos 160 y 169 del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente pregunta al Gobierno de la Nación, para la que desea obtener res- puesta escrita.
Las empresas públicas vienen siendo objeto de críticas por su gestión, especialmente las que no dependen direc- tamente del Gobierno Central y sí de las Comunidades Autónomas.
Por ello se pregunta:
¿A cuánto asciende la deuda con la Seguridad Social del Estado de las empresas públicas dependientes o gestio- nadas por la Junta de Castilla y León en esta Comunidad Autónoma hasta diciembre de 1996?
Palacio del Senado, 7 de febrero de 1997.—José Cas-
tro Rabadán.
Excmo. Sr.: A los efectos del artículo 169 del Regla- mento del Senado, se traslada respuesta del Gobierno res- pecto al asunto de referencia.
(684) Pregunta escrita Senado. 684/006706.
AUTOR: Castro Rabadán, José (GS).
Asunto: Cantidad a la que asciende la deuda con la Seguri- dad Social del Estado, en la Comunidad Autónoma de Cas-
tilla y León, de las empresas públicas dependientes o ges- tionadas por la misma, hasta diciembre de 1996.
Respuesta:
Las empresas públicas dependientes o gestionadas por la Junta de Castilla y León, según datos obrantes en el Fi- chero de Recaudación, a fecha 31 de diciembre de 1996, no mantienen deuda alguna con la Seguridad Social.
Madrid, 21 de marzo de 1997.—El Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes.
684/006720
PRESIDENCIA DEL SENADO
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169 del Reglamento del Senado, se ordena la publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LASCORTESGENERALESde la pregunta
número 6.720, seguida de la contestación remitida por el Gobierno, formulada por el Senador del Grupo Socia- lista, don JOSÉ CASTRO RABADÁN, sobre el coste to- tal, en cifras concretas, del nuevo modelo de financiación autonómica, con especificación por Comunidades Autó- nomas.
El anuncio de la presentación de la referida pregunta fue publicado en el BOLETÍNOFICIAL DE LASCORTESGENE- RALES, Senado, Serie I, número 152, 27 de febrero de 1997.
Palacio del Senado, 10 de abril de 1997.—El Presidente del Senado, Juan Ignacio Barrero Valverde.—La Secre- taria primera del Senado, María Cruz Rodríguez Sal-
daña.
Al Presidente del Senado
José Castro Rabadán, Senador por Salamanca, pertene- ciente al Grupo Parlamentario Socialista, al amparo de lo dispuesto en los artículos 160 y 169 del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente pregunta al Gobierno de la Nación, para la que desea obtener res- puesta escrita.
Cerrado ya el período de discusión presupuestaria y ha- biéndose aprobado los Presupuestos Generales del Estado para 1997 por las Cortes Generales, el Gobierno debe tener conocimiento de todas las obligaciones que de ellos resul- tan.
Por ello se pregunta:
¿Cuál es en cifras concretas el coste total del nuevo mo- delo de financiación autonómica y cuánto le corresponde a cada Comunidad Autónoma?
Palacio del Senado, 7 de febrero de 1997.—José Cas-
tro Rabadán.
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Excmo. Sr.: A los efectos del artículo 169 del Regla- mento del Senado, se traslada respuesta del Gobierno res- pecto al asunto de referencia.
(684) Pregunta escrita Senado. 684/006720.
AUTOR: Castro Rabadán, José (GS).
Asunto: Coste total, en cifras concretas, del nuevo modelo de financiación autonómica, con especificación por Comu- nidades Autónomas.
Respuesta:
El «Modelo para la aplicación del sistema de finan- ciación de las Comunidades Autónomas en el quinque- nio 1997-2001», aprobado por el Consejo de Política Fiscal y Financiera el 23 de septiembre de 1996, cumple el principio de neutralidad financiera en el año base 1996 y, por tanto, el tránsito entre los dos sistemas se produce de forma que la financiación total que se asigna a cada Comunidad Autónoma, en valores del citado año base 1996, es una cantidad igual a la que percibía por el sistema del quinquenio 1992-1996 por la suma de los si- guientes mecanismos: recaudaciones normativas por tri- butos cedidos y tasas afectas a los servicios traspasados y participación en los ingresos generales del Estado. Por tanto, en dicho año base no se produce ningún coste para la Administración General del Estado en la aplicación del citado Modelo a la financiación de las Comunidades Autónomas.
Madrid, 21 de marzo de 1997.—El Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes.
684/006739
PRESIDENCIA DEL SENADO
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169 del Reglamento del Senado, se ordena la publicación en el BO- LETÍNOFICIAL DE LASCORTESGENERALESde la pregunta nú-
mero 6.739, seguida de la contestación remitida por el Gobierno, formulada por el Senador del Grupo Socialista, don MANUEL DE LA PLATA RODRÍGUEZ, sobre las previsiones del Ministerio de Medio Ambiente en orden a realizar una inspección y seguimiento de las zonas de do- minio público afectas a cauces de la Comunidad Autó- noma de Andalucía para evitar la construcción de vivien- das ilegales e inversiones agropecuarias.
El anuncio de la presentación de la referida pregunta fue publicado en el BOLETÍNOFICIAL DE LASCORTESGENE- RALES, Senado, Serie I, número 152, 27 de febrero de 1997.
Palacio del Senado, 10 de abril de 1997.—El Presidente del Senado, Juan Ignacio Barrero Valverde.—La Secre-
taria primera del Senado, María Cruz Rodríguez Sal-
daña.
Al Presidente del Senado
Manuel de la Plata Rodríguez, Senador por Granada, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista del Se- nado, al amparo de lo dispuesto en los artículos 160 y 169 del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente pregunta al Gobierno, para la que desea obte- ner respuesta escrita.
Dados los problemas tan serios surgidos en las últimas semanas en diferentes zonas como consecuencia directa de las recientes lluvias e inundaciones, se pregunta:
¿Va el Ministerio de Medio Ambiente a realizar una inspección y seguimiento de las zonas de dominio público afectas a cauces, en evitación de construcción de viviendas ilegales e inversiones agropecuarias, con el fin de evitar daños irreparables como los producidos en el último tem- poral de lluvias de Andalucía?
Palacio del Senado, 7 de febrero de 1997.—Manuel de
la Plata Rodríguez.
Excmo. Sr.: A los efectos del artículo 169 del Regla- mento del Senado, se traslada respuesta del Gobierno res- pecto al asunto de referencia.
(684) Pregunta escrita Senado. 684/006739.
AUTOR: De la Plata Rodríguez, Manuel (GS).
Asunto: Previsiones del Ministerio de Medio Ambiente en orden a realizar una inspección y seguimiento de las zonas de dominio público afectas a cauces de la Comunidad Au- tónoma de Andalucía para evitar la construcción de vi- viendas ilegales e inversiones agropecuarias.
Respuesta:
Los cauces de las corrientes naturales son bienes inte- grantes del dominio público del Estado, de conformidad con lo establecido por la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas, encontrándose su utilización regulada por el Tí- tulo IV de dicha Ley, requiriéndose autorización adminis- trativa previa para los usos comunes especiales allí descri- tos, y disposición legal o concesión administrativa para el ejercicio del derecho al uso privativo.
En este sentido, corresponde a los Organismos de cuenca la administración y control del dominio público hi- dráulico (artículo 21.b), entes que, en el caso de cuencas intercomunitarias, se corresponden con las Confederacio- nes Hidrográficas, dependientes en la actualidad del Mi- nisterio de Medio Ambiente.
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Asimismo, la Ley establece (artículo 6) en las márge- nes contiguas al dominio público una zona de servidum- bre de 5 metros y una zona de policía de 100 metros de anchura, con el fin esta última de proteger la zona dema- nial y el régimen de corrientes. La ejecución de cual- quier obra o trabajo en la zona de policía precisa autori- zación administrativa previa del Organismo de cuenca, muy particularmente las referentes a construcciones de todo tipo.
El Ministerio de Medio Ambiente, por mediación de los Organismos citados, ejerce una labor permanente de con- trol del dominio público, en función de las posibilidades que le permiten los medios asignados para ello.
Madrid, 25 de marzo de 1997.—El Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes.
684/006750
PRESIDENCIA DEL SENADO
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169 del Reglamento del Senado, se ordena la publicación en el BO- LETÍNOFICIAL DE LASCORTESGENERALESde la pregunta nú-
mero 6.750, seguida de la contestación remitida por el